Guerrilleros extremeños en la Sierra

"Mario de Rosa"

Dionisio Tellado Vazquez "Angel" o"Mario de Rosa", Jefe de la 3a Agrupación Guerrillera. Nacido en Madrid, maestro de profesión.
Tras la guerra civil estuvo preso en la cárcel de Yeserias y después en la de Alcalá de Henares de la que se fugó en 1943.

Manifiesto:

A tal efecto, advierto que son actos de colaboración criminal con el enemigo nazi-falangista:


a)- Tomar represalias o incitar a otros a tomarlas contra los desterrados, presos sancionados etc. etc. y sus familiares, o los familiares de los exiliados

.b)- Tomar represalias o incitar a otros a tomarlas contra los familiares de los guerrillerosc)- Negar auxilio a los guerrilleros o darles noticias o informes falsos.

d)- Comunicar al enemigo noticias de los guerrilleros, tales como donde se les vio o donde se vio la pista que delate su presencia o paso por un lugar.

e)- Delatar o entregar al enemigo a los Españoles que colaboren con los guerrilleros.

 

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"Artículo 10.°. - Ningún guerrillero puede caer prisionero, en manos del enemigo; los guerrilleros se esforzarán por todos los medios a su alcance para que esto no suceda."

Artículo 17.°. - El guerrillero no puede apropiarse, ningún objeto ni dinero. Las requisas cuando hubiere lugar a ellas, se efectuarán por orden del mando, y sobre los objetivos señalados de antemano. El guerrillero, dará y entregará al mando, todos los objetos de la requisa."

Artículo 18.°. - El guerrillero que se vea obligado a pedir refugio, en el hogar de algún paisano, pagará todos los gastos que haga, y tratará a sus alojadores con la máxima consideración y respeto."

 

 

INTERESANTE

Análisis geográfico del periplo "La Marcha de los 100 Días" realizado por 6 guerrilleros andaluces desde Motri, (Granada) hasta la frontera de Francia, del profesor Fernando Hernández Sánchez, del
Dto. CCSS, Geografía e Historia
I.E.S. "Sefarad", de Fuenlabrada,
Madrid

(PULSAR)

 

Código de Disciplina del Guerrillero

U.N.E. (Unión Nacional Española)



Artículo Primero.-Para juzgar las faltas y delitos de los Guerrilleros, se formará en cada División un Consejo de Disciplina.

Este Consejo estará integrado por guerrilleros, elegidos por voto secreto y directo entre todos los que componen la División y por el Delegado de la Junta Suprema de la Unión Nacional que la presidirá. El consejo se constituirá por orden del Jefe de la División y después de dictar sentencia se disolverá.

En los casos de máxima gravedad habrá presente un representante del Estado Mayor de la Agrupación.


Artículo 2.°.— El guerrillero respetará a sus jefes, cuyas órdenes cumplirá exactamente, sin réplicas ni enmienda.


Artículo 5.°.
— El guerrillero aceptará como Jefe y estará obligado a respetar y obedecer como a tal al que oficialmente, le sea presentado por su jefe natural.


Artículo 4.°.
— El Jefe tratará a sus subordinados con camaradería, respeto y cariño.


Artículo 5.°.— El guerrillero expondrá sus motivos de descontento al Delegado de la Junta Suprema de Unión Nacional.


Artículo 6.°.— Todo guerrillero que desobedezca a sus jefes de palabra o de obra, o haga campaña de desprestigio de los mismos, será juzgado por el Consejo de Disciplina.


Artículo 7.°.— El Jefe de una Unidad Guerrillera, debe tomar medidas de máxima energía, incluso la de aplicar la pena capital, en el acto al guerrillero que huya frente al enemigo, o incumpla la misión que se le encomiende, poniendo con ello en situación de grave peligro a su unidad.


Artículo 8.°.— El guerrillero que intente capitular ante el enemigo o influya sobre sus compañeros para conseguir una capitulación colectiva, es reo del delito de alta traición, y como tal será juzgado.


Artículo 9.°.— El guerrillero que haga campaña, que tienda a desmoralizar o desunir a sus compañeros, será juzgado por el delito de alta traición.


Artículo 10.°.— Ningún guerrillero puede caer prisionero en manos del enemigo; los guerrilleros se esforzarán por todos los medios a su alcance para que esto no suceda.


Artículo 11.°.— Incurre en delito grave, el guerrillero que, por negligencia o indiscrección, pone en peligro a nuestros agentes del Llano.


Artículo 12.°.— No revelará a sus compañeros o a otra persona, noticias que pongan en peligro su unidad.


Artículo 13.°
.— El guerrillero no podrá abandonar su unidad sin permiso de sus jefes. Bajo ningún pretexto, el guerrillero que incumpla este Artículo será dado de baja como desertor y como tal será juzgado.


Artículo 14.°
.— Todo guerrillero que pueda solicitar el traslado de Unidad, el mando facilitará este traslado, siempre que no trastorne a sus planes generales.


Artículo 15.°
.— El Mando trasladará a los guerrilleros siempre que lo crea oportuno, para el mejor acoplamiento y fortalecimiento de su Unidad.


Artículo 16.°
.— El guerrillero recibirá equipo y armamento de sus jefes; el guerrillero está obligado a conservar con el máximo cuidado y esmero estos efectivos de uso personal.


Artículo 17.°
.— El guerrillero no puede apropiarse, ningún objeto ni dinero. Las requisas cuando hubiere lugar a ellas, se efectuarán por orden del Mando, y sobre los objetivos señalados de antemano. El guerrillero, dará y entregará al Mando, todos los objetos de la requisa.


Artículo 18.°
.— El guerrillero que se vea obligado a pedir refugio, en el hogar de algún paisano, pagará todos los gastos que haga, y tratará a sus alojadores con la máxima consideración y respeto.


Artículo 19.°
.— La reincidencia en las faltas o delitos, serán tomadas como delitos graves, por el Consejo de Disciplina y los guerrilleros incidentes. Será juzgado con la mayor severidad.

En Campaña, a 10 de enero de 1945. (Texto mecanografiado.) Mario de Rosa

Juramento Guerrillero

"Juro por mi honor de guerrillero patriota, realizar todos los esfuerzos y sacrificios que exija la lucha para reconquistar España, mi patria, independiente y libre.

Juro defender hasta la muerte a la Junta Suprema de Unión Nacional, entidad a la que yo reconozco como único Gobierno, guía de nuestro pueblo.

Juro acatar la disciplina y cumplir fielmente las órdenes de mis jefes dentro del Ejércoto Guerrillero, brazo armado de la Unión Nacional."

Himno Guerrillero (Bajar MP3)

Por llanuras y montañas
guerrilleros libres van
los mejores luchadores(bis)
del campo y la ciudad.


La bandera de combate
con su mano cubrirá
a los bravos guerrilleros(bis)
que al fascismo aplastarán.


Ni el dolor ni la miseria
nos impedirá vencer
seguiremos adelante(bis)
sin jamás retroceder


Nuestros jefes nos ordenan
Atacar para vencer
abnegados Españoles(bis)
cumplamos nuestro deber


Aplastaremos al fascismo
En la batalla final
compañeros muera Franco
¡¡Viva el Frente Nacional!

 

 

(Agrupación Málaga-Granada)


Los guerrilleros de España luchando
por las montañas y los llanos
han reconquistado ciudades y pueblos.
Todos luchando por la libertad, la libertad.
Unidos todos contra los tiranos.


Alzando el arma por un ideal
que haga al hombre hermano del hombre
en la justicia igual por igual.
Por una España libre
libertad nacional
muera Franco y su Falange
viva un Gobierno liberal ¡ liberal !


Teniendo la República por punto de mira
hasta con ello poder conseguir
y el hundimiento de Franco y Falange.
Y a nuestra Patria un libre porvenir ¡ porvenir ¡


En un abrazo de armas unidas
los españoles hemos de luchar
hasta alcanzar con esfuerzo
constante pan y trabajo con la libertad.


Contra el terror y el hambre y la miseria
los Guerrilleros lucharán
hasta aplastar a Franco y su Falange
y restaurar un Gobierno popular.


Por una España libre
libertad nacional
mueran Franco y su Falange
viva un Gobierno popular.

(Manuscrito: Agrupación Guerrillera de Granada, Málaga.)

3a Agrupación (Córdoba)

Hijos de un pueblo valiente,
que no quiso sucumbir,
antes que perder su honra
mil veces quieren morir.


Estos bravos combatientes,
de la libertad y el pueblo
son los valientes patricios
que, se llaman guerrilleros.


Timbre de honor y de gloria
es el nombre Guerrillero,
bandera de libertad
enseña de sangre y fuego.


Redención de los humildes,
castigo de los soberbios,
tu nombre de boca en boca
del artesano al labriego.


Del pequeño campesino,
del comerciante pequeño,
de todos los proletarios,
honra de este pueblo Ibero.


Guerrillero que en la Patria
con tu abnegación y esfuerzo,
vas marcando paso a paso,
la redención de tu pueblo.


Guerrillero digno y noble
que, entre la opresión y el fuego,
vas rompiendo las cadenas
que amordazan a tu pueblo.


Ya ondea por los picachos
el Estandarte del pueblo,
como justicia fraterna
que enarbola el Guerrillero.


Ya despliega el Estandarte,
en manos del guerrillero,
ya tiembla la reacción
por la justicia del pueblo.


En las villas, las ciudades,
en las aldeas y pueblos,
ya avanzan por la llanura
los patricios guerrilleros.


Después de haber derrotado
a la reacción por entero,
se entrecruzan las banderas
del Ejército y el Pueblo.


Se alzan los puños en alto
desafiando a los cielos,
los abrazos de las madres,
los gritos de las esposas.


El murmullo de los hijos,
y los besos de las novias,
claman pidiendo justicia
en esta suprema hora.

(Manuscrito, 3a Agrupación.)

*Gentileza de nuestro amigo y colaborador Alberto Bru

 

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