| europa na mochila (isbn: 84-7680-309-5) / infointerrail (reg.pr.ind: C-403-02) / © E. Vázquez Pita 2002 |
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¿Cómo pedir un visado para Madrid? / Julia Albor (Barranquilla / COLOMBIA) / 11 -ener-2003 |
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Necesito saber informacion sobre los papales que se necesitan para solicitar visa a España, y como se pide la cita y si es la embajada o el consulado. Pienso viajar a Madrid y por este motivo estoy averiguando cuales son los papeles para obtener esa visa y quiero saber la direccion que tenga la Embajada por Email . Les agradezco cualquier informacion que pudieran suministrarme al respecto. Email: [email protected] Hx |
Pienso viajar a Madrid y por este motivo estoy averiguando cuales son los papeles para obtener esa visa y quiero saber la direccion de la Embajada por Email |
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-He encontrado en España lo que me pedía: consulte usted en www.mir.es y www.mae.es . Le he mirado la dirección de la embajada de España en Colombia y los requisitos para un visado de 90 días. EMBAJADA EN SANTAFÉ DE BOGOTÁ (1) Cancillería: Dirección: Calle 92, n.º 12-68.-Bogotá. Apartado Aéreo: 90355. Teléfono: 635 02 18 y 622 00 90. Teléfono Asuntos Culturales: 22 00 81. Fax: 621 08 09. Correo electrónico: [email protected] Agregaduría de Defensa: Dirección: Calle 92, n.º 12-68.-Bogotá. Teléf.: 621 07 76. Fax: 622 16 79. Oficina Comercial: Dirección: Edificio "Andes", Carrera 9a, n.º 70A-35, 8.º y 9.ºSantafé de Bogotá. Apartado Aéreo: 91707. Teléfono: 212 35 43, 212 32 99, 212 33 00 y 345 68 69. Fax: 211 40 55. Email: buzon.[email protected] Oficina Técnica de Cooperación AECI: Dirección: Calle 92, n.º 12-68.-Bogotá. Teléfono: 621 07 71, 642 11 01 y 636 02 07. Fax: 622 02 15. Email: [email protected] E-mail:[email protected] Centro Iberoamericano de Formación: Dirección: Don Sancho, 36-79.-Cartagena de Indias. Teléfono: (95) 664 31 59, 664 12 10, 664 13 40 y 664 09 04. Fax: (95) 664 31 59. Email: [email protected] Web: http://www.cifaeci.org.co CONSULADO EN SANTAFÉ DE BOGOTÁ (1) Cancillería: Dirección: Calle 92, n.º 12-68.-Bogotá. Teléfono: 642 21 00. Fax: 623 01 21. Web: 1.- Deberá hallarse provisto, para acreditar su identidad, de uno de los siguientes documentos: a) Pasaporte, individual, familiar o colectivo, válidamente expedido y en vigor. Los menores de dieciseis años podrán figurar incluidos en el pasaporte de su padre, madre o tutor, cuando tengan la misma nacionalidad del titular del pasaporte y viajen con éste. b) Titulo de viaje, válidamente expedido y en vigor. c) Documento nacional de identidad, cédula de identificación o cualquier otro documento que acredite su identidad, que hayan sido considerados válidos para la entrada entrada en territorio español, en virtud de compromisos internacionales asumidos por España. Tanto los pasaportes como los títulos de viaje y demás documentos que se consideren válidos deberán estar expedidos por las autoridades competentes del país de orígen o de procedencia de sus titulares o por las organizaciones internacionales habilitadas para ello por el Derecho Internacional y contener, en todo caso, datos suficientes para la determinación de identidad y nacionalidad de los titulares. Los pasaportes deberán permitir el retorno al país que los haya expedido. 2.- Entre otros requisitos, deberán ir provistos del visado que corresponda a los motivos de su venida a España, extendido en su pasaporte o documento de viaje en vigor, salvo que no lo precisen por ser ya residentes, o se beneficien de la supresión de su exigencia por preverlo así un Convenio Internacional. Imprimir La solicitud de visado podrá ser presentada por el solicitante, personalmente o a través de representante debidamente acreditado, ante la Misión Diplomática u Oficina Consular española en cuya demarcación resida el extranjero. Colombia está incluida entre los cuyos nacionales precisan visado para estancias inferiores a 90 días y sin ejercer actividad lucrativa. - Requisitos El interesado deberá presentar, personalmente o a través de representante debidamente acreditado, una solicitud de visado en la Misión Diplomática u Oficina Consular española correspondiente a su nacinalidad o residencia legal. El formulario se entrega gratuitamente en la Oficina Consular (próximamente se encontrará disponible en Internet). a) EN TODOS LOS CASOS, el interesado deberá presentar la siguiente documentación: 1. El formulario debidamente cumplimentado y firmado. 2. 1 fotografía reciente tamaño carné. 3. Pasaporte con una vigencia mínima de 90 días posteriores a la fecha de finalización de la validez del visado. 4. Documentación que acredite el arraigo en el país de origen o de residencia legal, fundamentado en la situación socio-económica del solicitante, personal o de su unidad familiar que garantice el retorno al país de procedencia. 5. Documentación que acredite el motivo del viaje y las condiciones de la estancia previstas. 6. La disponibilidad de medios adecuados de subsistencia para el período de estancia que se solicita. 7. Disponibilidad de alojamiento. 8. Seguro médico que cubra los gastos médicos de la estancia y la repatriación. b) DOCUMENTACIÓN ADICIONAL que la Oficina Consular considere necesario dependiendo del objetivo de la estancia. Los visados de corta duración (inferior a 90 días), que no tienen finalidad laboral o no requieren autorización administrativa previa, pueden ser expedidos en representación de España por las Oficinas Consulares de otro Estado parte en el Convenio de Schengen, en aquellos Estados en los que no exista Representación española. Toda esta información la he encontrado en www.mae.es (la página del Ministerio de Asuntos Exteriores) |
Colombia está incluida entre los cuyos nacionales precisan visado para estancias inferiores a 90 días y sin ejercer actividad lucrativa. |
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