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Lima, 08 de Julio del 2003

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MEF publica montos estimados de Foncomun y programas sociales que deberán considerar gobiernos locales para formulación del presupuesto institucional 2004

La Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en concordancia con lo establecido en los artículos 15º y 16º de la Directiva Nº 010-2003-EF/76.01 -Directiva para la Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2004-, dio a conocer a través del Oficio Circular 003-2003-EF/76.15.2, publicado en el Diario Oficial “El Peruano”.

Los montos estimados que deberán considerar en el 2004 por la Fuente de Financiamiento Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), así como aquellos asociados al Programa del Vaso de Leche y a las transferencias de los Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos de Infraestructura Social  y Productiva, en el marco del proceso de descentralización de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM y en el Decreto Supremo Nº 060-2003-PCM en lo referente al proceso de fusión de las entidades responsables de dichos programas sociales.

Con respecto al Fondo de Compensación Municipal, a fin de establecer claramente el financiamiento para la ejecución de las acciones (gasto corriente y gasto de capital), que se van a considerar en los Planes de Desarrollo Provincial y Distrital se ha mostrado por separado  la asignación que por este concepto corresponde a la provincia para acciones de ámbito provincial y  la asignación correspondiente a las municipalidades distritales, incluido el municipio del distrito capital. En cuanto a su ejecución, ésta se sujetará a lo estipulado en los  respectivos Planes  de Desarrollo Provincial y Distrital, al proceso participativo del presupuesto y a la vigilancia de la sociedad civil representada en los Consejos de Coordinación Local Provincial y Distrital.

Por otro lado, la ejecución de las transferencias de los Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos de Infraestructura Social  y Productiva se sujetarán a la suscripción de Convenios de Gestión con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES. Esto será normado a través de Directivas y lineamientos que incluirán también los procedimientos para la adquisición y distribución en el caso de alimentos y demás bienes que se adquieran con estos recursos, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, a nivel provincial con el objeto de aprovechar las economías de escala que trae el efectuar compras conjuntas. Es de resaltar que éstas transferencias han sido estimadas sobre la base de criterios de población, pobreza, necesidades básicas insatisfechas y desnutrición infantil.

 

 
 

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