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MEF
publica montos estimados de Foncomun y programas sociales que deberán
considerar gobiernos locales para formulación del presupuesto
institucional 2004
La
Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y
Finanzas, en concordancia con lo establecido en los artículos 15º y 16º
de la Directiva Nº 010-2003-EF/76.01 -Directiva para la Programación,
Formulación y Aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Locales para
el Año Fiscal 2004-, dio a conocer a través del Oficio Circular
003-2003-EF/76.15.2, publicado en el Diario Oficial “El Peruano”.
Los
montos estimados que deberán considerar en el 2004 por la Fuente de
Financiamiento Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), así como
aquellos asociados al Programa del Vaso de Leche y a las transferencias
de los Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos de
Infraestructura Social y Productiva, en el marco del proceso de
descentralización de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº
036-2003-PCM y en el Decreto Supremo Nº 060-2003-PCM en lo referente al
proceso de fusión de las entidades responsables de dichos programas
sociales.
Con
respecto al Fondo de Compensación Municipal, a fin de establecer
claramente el financiamiento para la ejecución de las acciones (gasto
corriente y gasto de capital), que se van a considerar en los Planes de
Desarrollo Provincial y Distrital se ha mostrado por separado la
asignación que por este concepto corresponde a la provincia para
acciones de ámbito provincial y la asignación correspondiente a las
municipalidades distritales, incluido el municipio del distrito capital.
En cuanto a su ejecución, ésta se sujetará a lo estipulado en los
respectivos Planes de Desarrollo Provincial y Distrital, al proceso
participativo del presupuesto y a la vigilancia de la sociedad civil
representada en los Consejos de Coordinación Local Provincial y
Distrital.
Por otro
lado, la ejecución de las transferencias de los Programas Sociales de
Lucha contra la Pobreza y Proyectos de Infraestructura Social y
Productiva se sujetarán a la suscripción de Convenios de Gestión con el
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES. Esto será normado a
través de Directivas y lineamientos que incluirán también los
procedimientos para la adquisición y distribución en el caso de
alimentos y demás bienes que se adquieran con estos recursos, bajo
responsabilidad del Titular del Pliego, a nivel provincial con el objeto
de aprovechar las economías de escala que trae el efectuar compras
conjuntas. Es de resaltar que éstas transferencias han sido estimadas
sobre la base de criterios de población, pobreza, necesidades básicas
insatisfechas y desnutrición infantil.
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