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Lima, 08 de Julio del 2003

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TIM insiste en desacato de Ley venezolana

 Caracas (Venezuela).- Telecom Italia Mobile (TIM) insiste en desacato de las medidas dictadas por dos tribunales venezolanos, mediante las cuales fue suspendida la aprobación del balance  general de la empresa Digitel TIM correspondiente al año 2002 y, en consecuencia,  paralizan el reintegro de capital por parte de los accionistas.

TIM haciendo uso de su mayoría accionaria (65.66%) procedió, el pasado mes de junio, a la aprobación de dicho balance, así como de un reintegro de capital, sin tomar en cuenta la opinión del resto de los accionistas de la empresa, quienes quedarían diluidos en esta estrategia de TIM para tomar el control definitivo de la compañía.

Los accionistas minoritarios han alegado que el balance de la compañía no incluye la concesión para operar que es su activo principal. También señalan que el balance del año 2002 es negativo por los efectos de la devaluación del bolívar, sin embargo, no refleja el estado real de la compañía, pues Digitel/TIM tiene un flujo de caja positivo y es una empresa en expansión, con un potencial de captar un millón de suscriptores en el mediano plazo.

A pesar de las decisiones judiciales,  TIM  ignoró su obligación de suspender la Convocatoria del Universo de Accionistas de la Compañía, que en su calidad de accionista mayoritario realizó a través los medios de comunicación social, para el día 7 de Julio a las 8:00 a.m. en la sede de la corporación.

De acuerdo con un comunicado de los accionistas minoritarios, publicado el domingo 6 de julio, la conducta reiterativa de TIM puede acarrear sanciones civiles o penales de acuerdo al ordenamiento jurídico venezolano.

Los accionistas minoritarios hicieron del conocimiento público las decisiones judiciales  que impiden la realización de tal convocatoria. Por una parte, el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 4 de julio de 2003, con ocasión de la acción de Amparo Constitucional intentada por la sociedad mercantil TRIANGLE INVESTMENT  C.V. decretó: “...con carácter temporal y hasta tanto quede definitivamente firme la sentencia que resuelva la presente acción ...las siguientes medidas cautelares:  Se suspende la aprobación del Balance General al 31 de Diciembre de 2002 y su correspondiente estado general de ganancias y pérdidas el día 31 de diciembre de 2002, acordadas unilateralmente  por TIM INTERNATIONAL NV en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas de fecha 6 de junio de 2003. Se prohíbe a la Junta Directiva, a los accionistas o a cualquier otro órgano de la sociedad mercantil “CORPORACIÓN DIGITEL C.A.”, a convocar o realizar Asambleas de Accionistas, que tengan por objeto, estado general de ganancias y pérdidas al 31 de diciembre de 2002”.

Asimismo, el día 4 de julio de 2003 el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dictó una medida cautelar en la acción de amparo autónomo interpuesta Norconsult Telematics, Ltd., en contra de la sociedad de la CORPORACIÓN DIGITEL C.A. y TIM INTERNATIONAL N.V., que acordó lo siguiente:

PRIMERO: SE SUSPENDEN, mientras se resuelve definitivamente esta acción de Amparo los efectos de las decisiones adoptadas en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas de CORPORACIÓN DIGITEL, C.A., celebrada en fecha 6 de junio de 2003, cuya “ACTA DE LAS DECISIONES ADOPTADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE CORPORACIÓN DIGITEL, C.A., CELEBRADA EN EL CENTRO BANAVEN TORRE B, PISO 4, AVENIDA ERNESTO BLOHM, CHUAO, CARACAS, VENEZUELA EN FECHA 06 DE JUNIO DE 2003; A LAS 8:00 A.M.”, fue registrada en el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 6 de junio de 2003, bajo el Nª 27, Tomo 772-A, con la cual se aprobó el balance general de la antes referida sociedad mercantil al treinta y uno (31) de diciembre de 2002.

TERCERO: Como consecuencia de lo anterior, SE ORDENA a la Junta Directiva de CORPORACIÓN DIGITEL, C.A., así como a cualquier órgano competente de dicha sociedad mercantil, abstenerse de convocar y celebrar cualquier Asamblea de Accionistas que tengan como objeto de correspondiente convocatoria el mismo o similar objeto de la Asamblea suspendida en el numeral primero y, particularmente, lo referente a considerar pérdida, disminución o reposición del capital social, todo ello mientras se resuelve definitivamente esta acción de amparo constitucional.”

Los accionistas minoritarios esperan que TIM reconozca el derecho que tienen de defender sus legítimos intereses y acate las decisiones que han dictado los tribunales venezolanos.

 
   

Mayor información comunicarse con Giovanny Paladini ([email protected])

 

 

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