Contrato Colectivo de Trabajo -sindicato del cecyteo- dos mil tres.

CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE OAXACA (CECYTEO) REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL LICENCIADO PAULO TAPIA PALACIOS Y POR LA OTRA EL SINDICATO DE TRABAJADORES AL SERVICIO DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE OAXACA (STSCECYTEO), REPRESENTADO POR SU SECRETARIO GENERAL LICENCIADO AMADO MORALES OLIVERA.

DECLARACIONES.

PRIMERA.- Declara el Colegio de Estudios Científicos Y Tecnológicos del Estado de Oaxaca, que es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Oaxaca, con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado mediante Decreto publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 12 de Marzo de 1994, y con domicilio legal en el numero 321 de la calle de Dalias de la Colonia Reforma de esta Ciudad de Oaxaca.

 

SEGUNDA.- Declara el Colegio que sus objetivos son: Impartir educación en el nivel medio superior en la modalidad de Bachillerato Tecnológico Bivalente y Bachillerato General conjugando convenientemente el conocimiento teórico que asegure su vertiente propedéutica y el logro de habilidades y destrezas que den ascendencia a su línea tecnológica; promover un mejor aprovechamiento social de los recursos naturales y contribuir a la utilización racional de los mismos; enriquecer el proceso enseñanza c con actividades curriculares y extracurriculares debidamente planeadas y desarrolladas; promover y difundir una actitud crítica y creadora derivada de la investigación científica de nuestra realidad, que permitan el desarrollo de una tecnología propia y promover y consolidar la idiosincrasia estatal y la cultura nacional universal, con especial énfasis en la de carácter tecnológico, apegándose desde luego a los lineamientos del articulo 3º de la Constitución General de la República y demás disposiciones reglamentarias.

 

TERCERA.- Declara el Sindicato de Trabajadores al Servicio del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Oaxaca, estar legalmente constituido según acta de fecha 14 de junio del 2002 y debidamente registrado ante la Junta Local de conciliación y Arbitraje del Estado, como sindicato de empresa, según resolución de fecha 15 de julio del 2002, dictada en el expediente número 119/2002, que se lleva en la Secretaría Auxiliar de Conflictos Colectivos y Registros de la referida Junta, quedando registrado bajo el numero 555, teniendo por ende capacidad legal para contratar y obligarse y con domicilio en el numero 103 Altos de la 5ª Privada de Orquídeas de la Colonia las Flores del Municipio de Santa Lucia del Camino, Centro, Oaxaca.

 

CUARTA.- Declara el Sindicato que fue constituido para el estudio mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses, tanto colectivos como individuales de sus integrantes.

 

QUINTA.-Ambas partes reconocen y aceptan que la finalidad del Colegio es eminentemente educativa, cultural, de investigación científica y tecnológica, a través de las cuales se forman los educandos ideas y principios racionales, producto de la reflexión científica y el análisis filosófico; por lo tanto, en el cumplimiento de sus metas no operan los factores de la producción (TRABAJO-CAPITAL), y por ello no persigue fines lucrativos.

 

SEXTA.-Ambas partes reconocen y aceptan que los servicios educativos que presta el Colegio, dada su especial y particular naturaleza, son de orden público e interés general, por ser la educación la base del desarrollo de toda persona humana en lo individual y de los pueblos en general.

 

SÉPTIMA.- Declaran las partes contratantes que es su voluntad libre y espontánea celebrar el presente Contrato Colectivo de Trabajo, reconociéndose mutua y recíprocamente la personalidad con que se ostentan, en cuya virtud otorgan las siguientes:

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