CATEGORÍAS DE MEMBRESÍA Y
REQUISITOS PARA HACERSE MIEMBRO.
Miembro activo:
a. Ser graduado en Medicina y tener
autorización para ejercer la profesión medica y su especialidad afín con el
trauma, de acuerdo a las Leyes Colombianas.
b. Presentar su solicitud de admisión,
acompañada de su curriculum vitae, el pago de sus cuotas, una fotografía
reciente, fotocopia del diploma de médico y de especialista que lo acredite
como tal y dos referencias personales de miembros de la Asociación Colombiana
de Trauma(ACT).
c.
Tener una ética profesional intachable.
d.
Residir en la República de Colombia.
e. Ser
colombiano de nacimiento o nacionalizado y en ejercicio de sus derechos civiles
como profesional y ciudadano colombiano.
f. Ser
aceptado en una reunión ordinaria por la junta directiva de la Asociación
Colombiana de Trauma (ACT), la cual informará oportunamente al interesado de su
aceptación o no y entregará el diploma correspondiente en la siguiente Asamblea
General.
g.
Aceptar y cumplir los reglamentos y estatutos de la Asociación Colombiana de
Trauma (ACT).
Además
de los miembro Activos de la Asociación Colombiana de Trauma, se establecen
otras categorías de miembros: Fundadores, Miembros Honorarios, Miembros Eméritos,
Miembros Correspondientes y Miembros Adjuntos.
Miembros Correspondientes: son
aquellos médicos no especialistas o profesionales de la salud, residentes o no
en el país o Colombianos en el exterior que sean aceptados por la Junta
Directiva de la Asociación Colombiana de Trauma (ACT), pero sin derecho al
voto, ni a ser miembros de la Junta Directiva de la Asociación Colombiana de
Trauma. Tiene todas las obligaciones económicas con la sociedad.
Asociados Adjuntos: Son
los médicos en entrenamiento en programas de especialización debidamente
aprobados por el ICFES y que hayan cumplido por lo menos el segundo año de
entrenamiento.
Deberán
ser representados por el respectivo Jefe del Servicio correspondiente al
programa y aprobado por la Junta Directiva de la Sociedad Colombiana de Trauma
(ACT). No tendrán derecho al voto, ni podrán ser miembros de la Junta
Directiva, ni tener representación oficial de la sociedad. Sus obligaciones
económicas serán fijadas por la Junta Directiva y serán objeto de tratamiento económico
especial en actos científicos realizados por la Asociación. Desde el punto de
vista económico, pagaran un 25% de las cuotas de admisión y sostenimiento de la
Asociación Colombiana de Trauma (ACT). Dicho pago de admisión servirá de cuota
inicial de las
cuotas
de admisión al ingreso como Miembro Activo.
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