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ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COLOMBIANA DE TRAUMA
CAPITULO I .
NOMBRE - DURACION - DOMICILIO Y OBJETO
ARTICULO lo. La Asociacion Colombiana de Trauma, es una corporación
científica, sin animo de lucro, de derecho privado
y cuyo nombre y siglas seran ASOCIACION CQLOMBIANA DE TRAUMA
(ACT). Tiene su domicilio en Santafe de Bogota y su sede en
la Calle 119 No. 9-O2 Departamento de Urgencias 2º. piso.
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ARTICULO 2o. El termino de duracion de la entidad es indefinido,
pero podra disolverse y liquidarse de acuerdo con lo establecido
en el Capitulo V de estos estatutos o por decision de autoridad
competente.
ARTICULO 3o. Son propositos y objetivos de la Asociacion
Colonbiana de Trauma (ACT):
a.
Estimular el estudio y manejo del trauna por los diferentes
estamentos medicos y paramedicos, asi como por las multiples
especialidades de diferentes profesiones que le son afines,
estableciendo los mecanismos para tal efecto.
b.
Estimular el trabajo cientifico e investigativo, mediante
la realizacion de eventos científicos, concursos y
premios, distinciones, etc.
c o
Promover la calidad de la enseñanza del trauma
en las facultades de medicina del pais.
d.
Luchar por el adelanto y desarrollo armonico de la Asociación
Colombiana de Trauma (ACT), de sus filiales en general .y
de sus miembros en particular, bajo el aspecto cientifico
y social.
e .
Propender porque en el ejercicio de las diferentes
especialidades relacionadas con el trauma, se mantengan los
mas exigentes niveles eticos y cientificos y porque dicho
ejercicio sea ademas humanitario e inspirado en un claro sentido
de beneficio social.
f.
Representar a sus filiales ante entidades cientificas y sociales
.
g.
Adquirir y poseer bienes muebles o inmuebles y tener capacidad
para enajenarlos o gravarlos.
h.
Asegurar la realizacion del Congreso Nacional de Trauma cada
ano.
CAPITULO II
DISPOSICIONES SOBRE EL PATRIMOMIO
Articulo 4o. El patrimonio de la Asociacion esta constituido
por las cuotas canceladas, por los asociados, por auxilios
donados por personas naturales o juridicas y por los bienes
que a cualquier titulo adquiera, incluyendo donaciones de
empresas extranjeras, o de cualquier entidad privada.
ARTICULO 5o. La organizacion y administracion del patrimonio
estara a cargo de la Asamblea General, la cual delegara en
el Tesorero la responsabilidad de su manejo. Sus fondos seran
depositados en una cuenta corriente o de ahorros y solamente
se destinaran al cumplimiento de sus objetivos.
CAPITULO III
DE LOS ASOCIADOS
ARTICULO 6o. Son Miembros Activos de la Asociacion Colombiana
de Trauma las personas que firmaron el acta de constitucion
y las que posteriormente se adhieran a ella, previo el lleno
de los siguientes requisitos:
a. Ser graduado en Medicina y tener autorizacion para ejercer
la profesion medica y su especialidad afin con el trauma,
de acuerdo a las Leyes Colombianas.
b. Presentar su solicitud de admision, acompañada
de su
curriculum vitae, el pago de sus cuotas, una fotografia
reciente, fotocopia del diploma de medico y de especialista
que lo acredite como tal y dos referencias personales de miembros
de la Asociacion Colombiana de Trauma(ACT).
c. Tener una etica profesional intachable.
d. Residir en la Republica de Colombia.
e. Ser colombiano de nacimiento o nacionalizado y en ejercicio
de sus derechos civiles como profesional y ciudadano colombiano.
f. Ser aceptado en una reunion ordinaria por la junta directiva
de la Asociacion Colombiana de Trauma (ACT), la cual informara
oportunamente al interesado de su aceptacion o no y entregara
el diploma correspondiente en la siguiente Asamblea General.
g. Aceptar y cumplir los reglamentos y estatutos de la Asociación
Colombiana de Trauma (ACT).
ARTICULO 7o. Ademas de los miembro Activos de la Asociación
Colombiana de Trauma, se establecen otras categorías
de miembros: Fundadores, Miembros Honorarios, Miembros Emeritos,
Miembros Correspondientes y Miembros Adjuntos.
ARTICULO 8o. Miembros Emeritos son aquellos especialistas
que siendo asociados activos de la Asociacion Colombiana de
Trauma (ACT) por un largo lapso no menor de 25 anos se incapacitan
permanentemente o se retiran de la especialidad. Conservan
sus deberes y derechos a excepcion de las obligaciones economicas.
ARTICULO 9o. Son Miembros Fundadores, quienes suscribieron
el acta de fundacion y llenaron los requisitos de idoneidad
que adelante se establecen. Dicha acta la suscribieron doce
(12) miembros.
ARTICULO lOo. Son miembros Honorarios, los medicos nacionales
o extranjeros que por su merecimiento, titulo academico o
ejecutivo u obra cientifica se hagan acreedores a este honor.
No tienen obligaciones economicas con la Asociacion Colombiana
de Trauma
(ACT). No tienen ni voz ni voto.
ARTICULO llo. Miembros Correspondientes, son aquellos medicos
no especialistas o profesionales de la salud, residentes o
no en el pais o Colombianos en el exterior que sean aceptados
por la Junta Directiva de la Asociacion Colombiana de Trauma
(ACT), pero sin
derecho al voto, ni a ser miembros de la Junta Directiva de
la Asociacion Colombiana de Trauma. Tiene todas las obligaciones
economicas con la sociedad.
ARTICULO 12o. Son asociados Adjuntos, los medicos en entrenamiento
en programas de especializacion debidamente aprobados por
el ICFES y que hayan cumplido por lo menos el segundo año
de entrenamiento.
Deberan ser representados por el respectivo Jefe del Servicio
correspondiente al programa y aprobado por la Junta Directiva
de la Sociedad Colombiana de Trauma (ACT). No tendran derecho
al voto, ni podran ser miembros de la Junta Directiva, ni
tener representación oficial de la sociedad. Sus obligaciones
economicas seran fijadas
por la Junta Directiva y seran objeto de tratamiento economico
especial en actos cientificos realizados por la Asociacion.
Desde el punto de vista economico, pagaran un 25% de las cuotas
de admision y sostenimiento de la Asociacion Colombiana de
Trauma (ACT). Dicho pago de admision servira de cuota inicial
de las
cuotas de admision al ingreso como Miembro Activo.
CAPITULO IV
ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE LOS ORGANOS DE ADMINISTRACIÓN,
DIRECCIÓN Y FISCALIZACION
ARTICULO 13o. La Asamblea General es el organo directo supremo
de la Asociacion Colombiana de Trauma (ACT) y se compondra
de los miembros Activos, Fundadores y Honorarios que se encuentren
a paz y salvo con la Asociacion. Las decisiones de la Asamblea
General obligan a todos sus afiliados, presentes o ausentes
siempre
que tales decisiones se hayan adoptado con el quorum decisorio
establecido en el Articulo 15 de estos estatutos.
ARTICULO l4o. La Asamblea General tendra facultad para reformar,
si se requiere, los Estatutos y los reglamentos cada vez que
sea necesario, con el lleno de los requisitos de Ley.
ARTICULO 15o. La Asamblea General tendra dos clases de reuniones:
a. Ordinarias, convocadas para cada año por la Junta
Directiva y
b.Extraordinarias convocadas por el Presidente, la Junta Directiva,
el Revisor Fiscal, o por el 25% de los miembros Activos que
se encuentren a paz y salvo con la Asociacion.
Sera necesario un Quorum de la mitad mas uno de los miembros
para decidir y deliberar en cualquiera de ellas. En caso de
no cumplirse este requisito podra citarse a una nueva Asamblea
en un lapso no menor de dos dias y en esta nueva Asamblea
se considerara Quorum cualquier numero de miembros activos
asistentes.
PARAGRAFO: En las Asambleas de la Asociacion Colombiana de
Trauma ACT) los votos seran personales e intransferibles.
ARTICULO 16o. En la Asamblea General actuaran como Presidente
y Secretario quienes ejerzan tales cargos en la Junta Directiva
de la Asociacion. Sin embargo, la Asamblea podra asignar personas
distintas para tal fin.
ARTICULO 17o. Son funciones de la Asamblea General de la
Asociación Colombiana de Trauma (ACT), como su organo
supremo, el estudio y aprobacion de las politicas estatutarias
que la rigen y la elección de los recursos humanos
y de organizacion para su cabal operacion.
Otras funciones seran:
a. Velar por el correcto funcionamiento de la entidad.
b. Elegir los miembros de la Junta Directiva y darle su reglamento.
c. Elegir el revisor Fiscal.
d. Estudiar el presupuesto de gastos y darle su aprobacion.
e. Determinar la orientacion general de la Asociacion.
f. Decidir sobre el cambio de domicilio.
g. Autorizar la enajenación de bienes de la entidad.
h. Aprobar las reformas estatutarias y la disolución
y liquidación de la Asociación.
i. Las demas que le señale la Ley.
ARTICULO 18º. La Asamblea general se reunira en sesion
ordinaria anualmente y en ella se sometera a su consideración
lo siguiente:
a. El informe del Presidente de la Junta Directiva.
b. La aprobación del balance a 31 de Diciembre del
año inmediatamente anterior.
c. El informe del Revisor Fiscal.
d. La ejecución presupuestal a 31 de Diciembre del
año inmediatamente anterior.
e. La eleccion del Revisor Fiscal.
f. La eleccion de Junta Directiva cuando sea del caso.
g. Los demas temas que se pretenda poner a consideracion
de la Asamblea.
ARTICULO 19o. La Junta Directiva es la delegataria de la
Asamblea General segun sus propias funciones. Estara constituida
por: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario Ejecutivo,
un Tesorero y tres vocales, elegidos por la Asamblea General
entre los
asociados activos de la Asociacion Colombiana de Trauma (ACT),
para periodos de dos (2) anos contados a partir de la fecha
de eleccion.
El Tesorero podra ser elegido indefinidamente. Los demas
miembros de la Junta Directiva solo podran ser reelegidos
hasta por un periodo consecutivo, en el mismo cargo.
PARAGRAFO: Para poder ser elegido miembro de la Junta Directiva
es necesario estar presente en el momento de la eleccion y
estar a paz y salvo con la Asociacion Colombiana de Trauma
(ACT).
ABTICULO 20. Los Vocales seran elegidos entre los Mieabros
de las diferentes especialidades afines con el trauma, con
excepcion de uno que obligatoriamente sera el Presidente saliente.
Los Vocales tendran como funcion presentar propuestas ante
la Junta Directiva y la Asamblea General y actuar como asesores
y coordinadores de la Asociacion en los asuntos academicos
y cientificos.
ARTICULO 21. El Secretario y el Tesorero deberan residir
en la ciudad de Bogota.
ABTICULO 22o. La Junta Directiva tendra las siguientes funciones:
a. Ejecutar las disposiciones emanadas de la Asamblea General.
b. Aplicar los estatutos y reglamentos.
c. Nombrar comisiones y comites, convocar asamab1eas, organizar
eventos cientificos y reunirse periódicamente.
signar y remover sus dignatarios cuya cleccion corresponded1^
la As a m b 1 e a General.." '^^^^^^>^^;.^^^:?^
ear los empleos que considcre necesarios para el o buen
funcionamicnto de la Asociacion.
Delegar en el Representante Legal o cualquier . otro
funcionario, las funciones que estine convenientes.
g. Autorizar al Representante legal para comprar, vender
o gravar
bienes y para cclebrar contratos cuyo valor exceda 10 salaries
ainiaos aensuales. o . \
h. Convocar a la Asamblea General cuando no lo baga el Represen-
tante Legal o a reuniones extraordinaria cuando o lo juzgue
convenicnte. "o
i. Presentar a la Asamblea General los inforiaes necesarios
de
acuerdo con el Articulo 18 de estos estatutos.
j. Exarainar cuando lo tenga a bicn, los libros, docuTncntos
y caja
delaentidad.
k. Tomar las decisiones que no correspondan a otro 6rgano
de la
Asociacion.
ARTICULO 23o. El Presidente es el Representante Legal de
la Aso
ciacion Colombiana de Trauma (ACT) en todos los actos
cientificos, sociales y legates , y firna todos los docuttentos
emanados de ella en asocio del Secretarlo. 'Debe citar a Junta
Directiva una vez al mes como ainiao.
ARTICULO 24o. El Vicepresidente es el miembro de la Junta
Directiva
que reenplaza al Presidente en su ausencia temporal o definitiva.
AfiTICULO 25o. Son funciones del Secretario Ejecutivo:
a. Ejecutar todos los programas y actividades aprobadas por
la
Junta Directiva o la Asaablea General.
b. Concurrir a las sesiones ordinarias o extraordinarias,
tanto
de la Asamblea General, como de la Junta Directiva, elaborar
las actas, firmarlas junto con el Presidente despues de ser
aprobadas y tener al dia los libros respectivos.
c. Velar por el correcto funcionamiento de las oficinas, los
archivos y la correspondencia de la Asociacion.
d. Llevar el inventario de los bienes de la Asociacion.
e. Promover y ejecutar de comun acuerdo con el Presidente,
Actividades científicas en diversas regiones del pais,
segun
Las normas trazadas al respecto por la Junta Directiva.
f. Expedir al miembro que lo solicite las certificaciones
que por
razones estatutarias o administrativas, exijan entidades nacionales
y extranjeras.
g. Mantener informados a los asociados sobre las actividades
de la Asociacion, por medio de boletines, circulares o correspondencia
especial.
h. Estar pendiente de los asuntos y actlvidades que en una
u otra
forma afecten los infcereses o derechos de la Asociacion y
de
los Asociados, para comunicarlos oportunamente a la Junta
Directiva y a la Asamblea General.
i. Estar informado de las actividades de otras Asociaciones
Medicas o paramedicas y procurar la colaboracion de estas
en
el desarrollo de programas comunes.
j. Convocar a la Asamblea General y a la Junta Directiva
cuando
asi lo disponga el Presidente.
k. Elaborar la hoja de vida de los Asociados.
l. Todas las demas que le asigne la Junta Directiva o la
Asamblea
General.
ARTICULO 26o. Son funciones del Tesorero:
a. Recaudar las cuotas, manejar los fondos que por cualquier
concepto reciba la Asociaci6n y llevar los libros de contabilidad.
b. Previa autorizacion de la Junta Directiva, abrir cuentas
en asocio del
Secretario con los fondos de la Asociación.
c. Girar los cheques que fueren necesarios para atender los
gastos de la Asociacion previamente autorizados por el
Presidente.
d. Presentar semestralmente o cuando la Asamblea General,
o la
Junta Directiva o el Revisor Fiscal lo exijan un balance de
estado de cuentas de la Asociacion.
e. Presentar los proyectos de presupuesto a consideración
de la
Junta Directiva y el desarrollo de los mismos a la Asamblea
General.
f. Permitir la revisión de los libros de contabilidad
a los miembros que asi lo soliciten y vigilar porque permanezcan
en todo momento en la sede de la Asociación.
g. Responder legalmente de los bienes confiados.
h. Procurar la financiaci6n de los programas cientificos
programados por la Junta Directiva.
i. Todas las demas que le asigne la Junta Directiva o la
Asamblea
General.
ARTICULO 27o. La Asociacion tendra un Revisor Fiscal nombrado
por
la Asamblea General y es el vigilante constante de los bienes,
ingresos y egresos de la Asociacion Colombiana de Trauma (ACT),
asi
como del fiel cumplimiento de sus estatutos y reglamentos.
ARTICULO 28o. Son funciones del Revisor Fiscal:
a. Cerciorarse -que las operaciones que se celebren o cumplan
se
ajusten a las prescripciones estatutarias y a las decisiones
de la Junta.
b. Dar oportuna cuenta por escrito a la Junta Directiva de
las
irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la
Asociación.
c. Velar por que se lleven regularmente la contabilidad y
las
actas de las reuniones de la Junta y por que se conserven
debidamente la correspondencia, los comprobantes y documentos
de la Asociación.
c. Inspeccionar asiduamente los bienes de la Asociación
y procurar que se tomen medidas de conservacion.
d. Autorizar con su firma los balances.
f. Cumplir las demas atribuciones que la naturaleza del cargo
le
indiquen como compatibles con las anteriores y las demas que
le encomiende la Junta.
ARTICULO 29o. El Comite Asesor es el Consultor permanente
de la
Junta Directiva y estara constituido por los Expresidentes
de la
Asociacion Colombiana de Trauma (ACT). El Comite Asesor es
el
consejero, conciliador y delegatario de la Asociacion cuando
la
Junta Directiva o la Asamblea General lo considere pertinente.
ARTICULO 30o. La Asociarcion Colombiana de Trauma (ACT) podra
establecer Capitulos Regionales dedicados al estudio y promocion
de las diferentes areas de la especialidad.
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