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ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COLOMBIANA DE TRAUMA

CAPITULO I .

NOMBRE - DURACION - DOMICILIO Y OBJETO

ARTICULO lo. La Asociacion Colombiana de Trauma, es una corporación científica, sin animo de lucro, de derecho privado y cuyo nombre y siglas seran ASOCIACION CQLOMBIANA DE TRAUMA (ACT). Tiene su domicilio en Santafe de Bogota y su sede en la Calle 119 No. 9-O2 Departamento de Urgencias 2º. piso. r

ARTICULO 2o. El termino de duracion de la entidad es indefinido, pero podra disolverse y liquidarse de acuerdo con lo establecido en el Capitulo V de estos estatutos o por decision de autoridad competente.

ARTICULO 3o. Son propositos y objetivos de la Asociacion Colonbiana de Trauma (ACT):

a.

Estimular el estudio y manejo del trauna por los diferentes estamentos medicos y paramedicos, asi como por las multiples especialidades de diferentes profesiones que le son afines, estableciendo los mecanismos para tal efecto.

b.

Estimular el trabajo cientifico e investigativo, mediante la realizacion de eventos científicos, concursos y premios, distinciones, etc.

c o

Promover la calidad de la enseñanza del trauma
en las facultades de medicina del pais.


d.

Luchar por el adelanto y desarrollo armonico de la Asociación Colombiana de Trauma (ACT), de sus filiales en general .y de sus miembros en particular, bajo el aspecto cientifico y social.


e .

Propender porque en el ejercicio de las diferentes
especialidades relacionadas con el trauma, se mantengan los mas exigentes niveles eticos y cientificos y porque dicho ejercicio sea ademas humanitario e inspirado en un claro sentido de beneficio social.

f.

Representar a sus filiales ante entidades cientificas y sociales .


g.

Adquirir y poseer bienes muebles o inmuebles y tener capacidad para enajenarlos o gravarlos.


h.

Asegurar la realizacion del Congreso Nacional de Trauma cada ano.


CAPITULO II

DISPOSICIONES SOBRE EL PATRIMOMIO

Articulo 4o. El patrimonio de la Asociacion esta constituido por las cuotas canceladas, por los asociados, por auxilios donados por personas naturales o juridicas y por los bienes que a cualquier titulo adquiera, incluyendo donaciones de empresas extranjeras, o de cualquier entidad privada.

ARTICULO 5o. La organizacion y administracion del patrimonio estara a cargo de la Asamblea General, la cual delegara en el Tesorero la responsabilidad de su manejo. Sus fondos seran depositados en una cuenta corriente o de ahorros y solamente se destinaran al cumplimiento de sus objetivos.

CAPITULO III
DE LOS ASOCIADOS

ARTICULO 6o. Son Miembros Activos de la Asociacion Colombiana de Trauma las personas que firmaron el acta de constitucion y las que posteriormente se adhieran a ella, previo el lleno de los siguientes requisitos:

a. Ser graduado en Medicina y tener autorizacion para ejercer la profesion medica y su especialidad afin con el trauma, de acuerdo a las Leyes Colombianas.

b. Presentar su solicitud de admision, acompañada de su
curriculum vitae, el pago de sus cuotas, una fotografia
reciente, fotocopia del diploma de medico y de especialista que lo acredite como tal y dos referencias personales de miembros de la Asociacion Colombiana de Trauma(ACT).

c. Tener una etica profesional intachable.

d. Residir en la Republica de Colombia.

e. Ser colombiano de nacimiento o nacionalizado y en ejercicio de sus derechos civiles como profesional y ciudadano colombiano.

f. Ser aceptado en una reunion ordinaria por la junta directiva de la Asociacion Colombiana de Trauma (ACT), la cual informara oportunamente al interesado de su aceptacion o no y entregara el diploma correspondiente en la siguiente Asamblea General.


g. Aceptar y cumplir los reglamentos y estatutos de la Asociación Colombiana de Trauma (ACT).

ARTICULO 7o. Ademas de los miembro Activos de la Asociación Colombiana de Trauma, se establecen otras categorías de miembros: Fundadores, Miembros Honorarios, Miembros Emeritos, Miembros Correspondientes y Miembros Adjuntos.

ARTICULO 8o. Miembros Emeritos son aquellos especialistas que siendo asociados activos de la Asociacion Colombiana de Trauma (ACT) por un largo lapso no menor de 25 anos se incapacitan permanentemente o se retiran de la especialidad. Conservan sus deberes y derechos a excepcion de las obligaciones economicas.

ARTICULO 9o. Son Miembros Fundadores, quienes suscribieron el acta de fundacion y llenaron los requisitos de idoneidad que adelante se establecen. Dicha acta la suscribieron doce (12) miembros.

ARTICULO lOo. Son miembros Honorarios, los medicos nacionales o extranjeros que por su merecimiento, titulo academico o ejecutivo u obra cientifica se hagan acreedores a este honor. No tienen obligaciones economicas con la Asociacion Colombiana de Trauma
(ACT). No tienen ni voz ni voto.

ARTICULO llo. Miembros Correspondientes, son aquellos medicos no especialistas o profesionales de la salud, residentes o no en el pais o Colombianos en el exterior que sean aceptados por la Junta Directiva de la Asociacion Colombiana de Trauma (ACT), pero sin
derecho al voto, ni a ser miembros de la Junta Directiva de la Asociacion Colombiana de Trauma. Tiene todas las obligaciones economicas con la sociedad.

ARTICULO 12o. Son asociados Adjuntos, los medicos en entrenamiento en programas de especializacion debidamente aprobados por el ICFES y que hayan cumplido por lo menos el segundo año de entrenamiento.

Deberan ser representados por el respectivo Jefe del Servicio correspondiente al programa y aprobado por la Junta Directiva de la Sociedad Colombiana de Trauma (ACT). No tendran derecho al voto, ni podran ser miembros de la Junta Directiva, ni tener representación oficial de la sociedad. Sus obligaciones economicas seran fijadas
por la Junta Directiva y seran objeto de tratamiento economico especial en actos cientificos realizados por la Asociacion. Desde el punto de vista economico, pagaran un 25% de las cuotas de admision y sostenimiento de la Asociacion Colombiana de Trauma (ACT). Dicho pago de admision servira de cuota inicial de las
cuotas de admision al ingreso como Miembro Activo.

CAPITULO IV


ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE LOS ORGANOS DE ADMINISTRACIÓN, DIRECCIÓN Y FISCALIZACION

ARTICULO 13o. La Asamblea General es el organo directo supremo de la Asociacion Colombiana de Trauma (ACT) y se compondra de los miembros Activos, Fundadores y Honorarios que se encuentren a paz y salvo con la Asociacion. Las decisiones de la Asamblea General obligan a todos sus afiliados, presentes o ausentes siempre
que tales decisiones se hayan adoptado con el quorum decisorio establecido en el Articulo 15 de estos estatutos.


ARTICULO l4o. La Asamblea General tendra facultad para reformar, si se requiere, los Estatutos y los reglamentos cada vez que sea necesario, con el lleno de los requisitos de Ley.

ARTICULO 15o. La Asamblea General tendra dos clases de reuniones:

a. Ordinarias, convocadas para cada año por la Junta Directiva y
b.Extraordinarias convocadas por el Presidente, la Junta Directiva, el Revisor Fiscal, o por el 25% de los miembros Activos que se encuentren a paz y salvo con la Asociacion.

Sera necesario un Quorum de la mitad mas uno de los miembros para decidir y deliberar en cualquiera de ellas. En caso de no cumplirse este requisito podra citarse a una nueva Asamblea en un lapso no menor de dos dias y en esta nueva Asamblea se considerara Quorum cualquier numero de miembros activos asistentes.

PARAGRAFO: En las Asambleas de la Asociacion Colombiana de Trauma ACT) los votos seran personales e intransferibles.


ARTICULO 16o. En la Asamblea General actuaran como Presidente y Secretario quienes ejerzan tales cargos en la Junta Directiva de la Asociacion. Sin embargo, la Asamblea podra asignar personas distintas para tal fin.

ARTICULO 17o. Son funciones de la Asamblea General de la Asociación Colombiana de Trauma (ACT), como su organo supremo, el estudio y aprobacion de las politicas estatutarias que la rigen y la elección de los recursos humanos y de organizacion para su cabal operacion.

Otras funciones seran:

a. Velar por el correcto funcionamiento de la entidad.

b. Elegir los miembros de la Junta Directiva y darle su reglamento.

c. Elegir el revisor Fiscal.

d. Estudiar el presupuesto de gastos y darle su aprobacion.

e. Determinar la orientacion general de la Asociacion.

f. Decidir sobre el cambio de domicilio.


g. Autorizar la enajenación de bienes de la entidad.

h. Aprobar las reformas estatutarias y la disolución y liquidación de la Asociación.

i. Las demas que le señale la Ley.


ARTICULO 18º. La Asamblea general se reunira en sesion ordinaria anualmente y en ella se sometera a su consideración lo siguiente:


a. El informe del Presidente de la Junta Directiva.

b. La aprobación del balance a 31 de Diciembre del año inmediatamente anterior.

c. El informe del Revisor Fiscal.

d. La ejecución presupuestal a 31 de Diciembre del año inmediatamente anterior.

e. La eleccion del Revisor Fiscal.


f. La eleccion de Junta Directiva cuando sea del caso.

g. Los demas temas que se pretenda poner a consideracion de la Asamblea.

ARTICULO 19o. La Junta Directiva es la delegataria de la Asamblea General segun sus propias funciones. Estara constituida por: Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario Ejecutivo, un Tesorero y tres vocales, elegidos por la Asamblea General entre los
asociados activos de la Asociacion Colombiana de Trauma (ACT), para periodos de dos (2) anos contados a partir de la fecha de eleccion.

El Tesorero podra ser elegido indefinidamente. Los demas miembros de la Junta Directiva solo podran ser reelegidos hasta por un periodo consecutivo, en el mismo cargo.

PARAGRAFO: Para poder ser elegido miembro de la Junta Directiva es necesario estar presente en el momento de la eleccion y estar a paz y salvo con la Asociacion Colombiana de Trauma (ACT).

ABTICULO 20. Los Vocales seran elegidos entre los Mieabros de las diferentes especialidades afines con el trauma, con excepcion de uno que obligatoriamente sera el Presidente saliente.

Los Vocales tendran como funcion presentar propuestas ante la Junta Directiva y la Asamblea General y actuar como asesores y coordinadores de la Asociacion en los asuntos academicos y cientificos.

ARTICULO 21. El Secretario y el Tesorero deberan residir en la ciudad de Bogota.

ABTICULO 22o. La Junta Directiva tendra las siguientes funciones:

a. Ejecutar las disposiciones emanadas de la Asamblea General.
b. Aplicar los estatutos y reglamentos.

c. Nombrar comisiones y comites, convocar asamab1eas, organizar eventos cientificos y reunirse periódicamente.


signar y remover sus dignatarios cuya cleccion corresponded1^
la As a m b 1 e a General.." '^^^^^^>^^;.^^^:?^

ear los empleos que considcre necesarios para el o buen
funcionamicnto de la Asociacion.

Delegar en el Representante Legal o cualquier . otro
funcionario, las funciones que estine convenientes.

g. Autorizar al Representante legal para comprar, vender o gravar
bienes y para cclebrar contratos cuyo valor exceda 10 salaries
ainiaos aensuales. o . \

h. Convocar a la Asamblea General cuando no lo baga el Represen-
tante Legal o a reuniones extraordinaria cuando o lo juzgue

convenicnte. "o

i. Presentar a la Asamblea General los inforiaes necesarios de
acuerdo con el Articulo 18 de estos estatutos.

j. Exarainar cuando lo tenga a bicn, los libros, docuTncntos y caja

delaentidad.

k. Tomar las decisiones que no correspondan a otro 6rgano de la

Asociacion.

ARTICULO 23o. El Presidente es el Representante Legal de la Aso
ciacion Colombiana de Trauma (ACT) en todos los actos
cientificos, sociales y legates , y firna todos los docuttentos
emanados de ella en asocio del Secretarlo. 'Debe citar a Junta
Directiva una vez al mes como ainiao.

ARTICULO 24o. El Vicepresidente es el miembro de la Junta Directiva
que reenplaza al Presidente en su ausencia temporal o definitiva.

AfiTICULO 25o. Son funciones del Secretario Ejecutivo:


a. Ejecutar todos los programas y actividades aprobadas por la

Junta Directiva o la Asaablea General.

b. Concurrir a las sesiones ordinarias o extraordinarias, tanto
de la Asamblea General, como de la Junta Directiva, elaborar
las actas, firmarlas junto con el Presidente despues de ser
aprobadas y tener al dia los libros respectivos.


c. Velar por el correcto funcionamiento de las oficinas, los
archivos y la correspondencia de la Asociacion.

d. Llevar el inventario de los bienes de la Asociacion.

e. Promover y ejecutar de comun acuerdo con el Presidente,
Actividades científicas en diversas regiones del pais, segun
Las normas trazadas al respecto por la Junta Directiva.


f. Expedir al miembro que lo solicite las certificaciones que por
razones estatutarias o administrativas, exijan entidades nacionales y extranjeras.

g. Mantener informados a los asociados sobre las actividades de la Asociacion, por medio de boletines, circulares o correspondencia especial.

h. Estar pendiente de los asuntos y actlvidades que en una u otra
forma afecten los infcereses o derechos de la Asociacion y de
los Asociados, para comunicarlos oportunamente a la Junta
Directiva y a la Asamblea General.

i. Estar informado de las actividades de otras Asociaciones
Medicas o paramedicas y procurar la colaboracion de estas en
el desarrollo de programas comunes.

j. Convocar a la Asamblea General y a la Junta Directiva cuando
asi lo disponga el Presidente.

k. Elaborar la hoja de vida de los Asociados.

l. Todas las demas que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea
General.


ARTICULO 26o. Son funciones del Tesorero:

a. Recaudar las cuotas, manejar los fondos que por cualquier
concepto reciba la Asociaci6n y llevar los libros de contabilidad.

b. Previa autorizacion de la Junta Directiva, abrir cuentas en asocio del
Secretario con los fondos de la Asociación.

c. Girar los cheques que fueren necesarios para atender los
gastos de la Asociacion previamente autorizados por el
Presidente.

d. Presentar semestralmente o cuando la Asamblea General, o la
Junta Directiva o el Revisor Fiscal lo exijan un balance de
estado de cuentas de la Asociacion.

e. Presentar los proyectos de presupuesto a consideración de la
Junta Directiva y el desarrollo de los mismos a la Asamblea General.

f. Permitir la revisión de los libros de contabilidad a los miembros que asi lo soliciten y vigilar porque permanezcan en todo momento en la sede de la Asociación.

g. Responder legalmente de los bienes confiados.

h. Procurar la financiaci6n de los programas cientificos programados por la Junta Directiva.

i. Todas las demas que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea
General.

ARTICULO 27o. La Asociacion tendra un Revisor Fiscal nombrado por
la Asamblea General y es el vigilante constante de los bienes,
ingresos y egresos de la Asociacion Colombiana de Trauma (ACT), asi
como del fiel cumplimiento de sus estatutos y reglamentos.

ARTICULO 28o. Son funciones del Revisor Fiscal:

a. Cerciorarse -que las operaciones que se celebren o cumplan se
ajusten a las prescripciones estatutarias y a las decisiones
de la Junta.

b. Dar oportuna cuenta por escrito a la Junta Directiva de las
irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la
Asociación.

c. Velar por que se lleven regularmente la contabilidad y las
actas de las reuniones de la Junta y por que se conserven
debidamente la correspondencia, los comprobantes y documentos
de la Asociación.

c. Inspeccionar asiduamente los bienes de la Asociación y procurar que se tomen medidas de conservacion.

d. Autorizar con su firma los balances.


f. Cumplir las demas atribuciones que la naturaleza del cargo le
indiquen como compatibles con las anteriores y las demas que
le encomiende la Junta.


ARTICULO 29o. El Comite Asesor es el Consultor permanente de la
Junta Directiva y estara constituido por los Expresidentes de la
Asociacion Colombiana de Trauma (ACT). El Comite Asesor es el
consejero, conciliador y delegatario de la Asociacion cuando la
Junta Directiva o la Asamblea General lo considere pertinente.

ARTICULO 30o. La Asociarcion Colombiana de Trauma (ACT) podra establecer Capitulos Regionales dedicados al estudio y promocion de las diferentes areas de la especialidad.

 

CAPITULO V

Disolucion y Liquidación:

ARTICULO 31. En caso de disolucion de la Asociacion Colombiana de
Trauma (ACT), el liquidador sera la persona designada por la Asamblea General que haya determinado su disolucion ceñidos a los requerimientos para tal efecto.

PARAGRAFO: Mientras no se haya nombrado por la Asamblea General el liquidador, actuara como tal el Representante Legal inscrito. El liquidador no podra ejercer su cargo sin haber obtenido su inscripción ante la Alcaldia Mayor de Santafe de Bogota.

ARTICULO 32o. Para disolver la Asociacion Colombiana de Trauma
(ACT) seran necesarias las tres cuartas partes de los votos de
todos los Miembros Activos a paz y salvo, y ser ratificada esta
decision despues de 30 dias en una proxima Asamblea General
extraordinaria.

ARTICULO 33o. La ratificaci6n de la disolucion debe ser ejecutada
bajo las mismas condiciones del Articulo anterior, en dicha Asamblea General
de Disolucion.

ARTICULO 34o. La Asociacion Colombiana de Trauma (ACT) asi disuelta
conservara la Personeria Juridica hasta cuando culmine la liquidacion. Satisfecho el Pasivo, los bienes que conforman el Activo Patrimonial Liquido de La Asociación Colombiana de Trauma ACT) pasaran a la institucion de beneficencia que determine la Asamblea General de disolucion o en su defecto el liquidador.

CAPITULO VI
DISPOSICIONES VARIAS

ABTICULO 35o. Derechos y Deberes de los Asociados: Todos los
Miembros Activos tienen derecho a participar de las actividades
cientificas y sociales que se deriven de los objetivos y funciones
de la Asociacion Colombiana de Trauma (ACT), lo nismo que a elegir
y ser elegido y tendran el deber de cumplir fielmente los presentes
estatutos.

ARTICULO 36o. Sanciones: Sin perjuicio de las facultades que
corresponden a las autoridades de la Republica de Colombia, la
Asociacion Colombiana de Trauma (ACT) podra sancionar de oficio al
responsable de todo acto de desdoro para la profesion o incompatible con su dignidad por los siguientes medios:

a. Amonestaciones privadas ejecutadas por el Presidente.

b. Censura Formulada por la Junta Directiva.

c. Suspension temporal.

d. Expulsion.

Dichas sanciones pueden ser tambien ocasionadas por el incumplimiento consecutivo en el pago de la Cuota Anual fijada por la
Asociacion Colombiana de Trauma (ACT) para pertenecer a ella como
Miembro, en cualquiera de sus categorias.


AKTICULO 37o. Publicaciones: La Asociación Coloimbiana de Trauma
(ACT) tendra como organo de divulgacion cientifica la Revista
Panamericana de Trauma.

ARTICULO 38o. Eventos Cientificos: La Asociacion Colombiana de
Trauma (ACT), celebrara un Congreso Nacional cada año y los eventos
cientificos nacionales o regionales que sean aprobados por la Junta directiva.

Una vez discutidos los Estatutos se aprobaron por unanimidad.

Jorge Alberto Ospina Londoño
Presidente


Natan Zundel Majerowicz
Secretario

 

 
 

 

 

   
 

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