REGLAMENTO
INTERNO
DE LA
I.E.P.
PERUANO DEL SAGRADO CORAZÓN
2008
CAPITULO I
DISPOSICIONES
GENERALES
Artículo 1
Las
características son:
a.
Somos un Centro
Educativo de Gestión no estatal, mixto
b.
Se imparte
educación escolarizada en el nivel de primaria y secundaria en la modalidad de
menores.
c.
Funciona en dos
turnos: mañana de Lunes a Viernes 07:45 am hasta las 2:30 pm y Tarde de Lunes a
Viernes de 3:00pm hasta las 6:45 pm y Sábados de 9:00 am a 1:00 pm. Para
funciones administrativas, talleres o reforzamientos.
d.
Integra la UGEL
Nro. 03
Artículo 2
Se encuentra
ubicado en el Jr. Trujillo 140, Urb. Sta. Catalina, La Victoria, altura de la
Cuadra 9 y 10 de la Av. Canada.
CAPITULO II
DE LA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA, CREACIÓN, FINES, OBJETIVOS,
FUNCIONES
GENERALES, ESTRUCTURA ORGANICA DE LA
I.E.P. PERUANO
DEL SAGRADO CORAZÓN
SOBRE LA
CREACIÓN
Artículo 3
Fue creado por
Resolución Ministerial Nº 071, el 19 de Septiembre de 1945, como una institución
sin fines de lucro.
SOBRE LA
FINALIDAD
Artículo 4
La finalidad del
presente reglamento interno del I.E.P. Peruano del Sagrado Corazón es normar los
derechos y obligaciones de su organización e integrantes.
OBJETIVOS
GENERALES
Artículo 5
a.
Propiciar la
formación integrar de los alumnos
b.
Desarrollar y
perfeccionar la tecnología educativa. Buscando la innovación pedagógica y
organización de los procesos de aprendizaje en el aula.
c.
Elevar el nivel
académico y fomentar el interés por el arte, así como capacitarlos en algunas
opciones laborales.
d.
Promover y
desarrollar actividades culturales, deportivas y de recreación.
e.
Fortalecer la fe
cristiana y la religión católica en los alumnos y demás estamentos del plantel.
f.
Hacer hincapié
en el Patriotismo y civismo. Formando niños, jóvenes y adultos como personas y
ciudadanos capaces de construir la democracia, el bienestar y el desarrollo
nacional.
FUNCIONES
GENERALES
Artículo 6
El servicio que se ofrece en todos lo niveles está orientado a
garantizar con sentido intercultural la equidad y calidad en las aulas y en los
diversos espacios educativos.
a.
Impartir
educación primaria y secundaria de menores.
b.
Propiciar la
formación integral de los educandos.
c.
Desarrollar y
perfeccionar la tecnología educativa.
d.
Administrar
eficientemente los recursos económicos.
OBJETIVOS
ESPECIFICOS
Artículo 7
a.
Brindar al
educando oportunidades de aprendizaje que le permitan adquirir conocimientos en
los campos humanísticos, científicos, que estimulen el desarrollo de sus
capacidades para aprender; analizar y evaluar el medio natural, cultural y
social en los ámbitos locales, micro regional, nacional e internacional.
b.
Profundizar el
conocimiento y afianzar la práctica de los valores cívico-patrióticos; éticos y
religiosos.
c.
Brindar al
educando servicios de orientación y bienestar que contribuyan al conocimiento y
comprensión de sí mismo y al desarrollo de su personalidad.
d.
Ofrecer
orientación vocacional, profesional y formación teórico-práctico que facilite el
incremento en el desarrollo de conocimientos básicos, aptitudes, habilidades y
destrezas que los capacite para estudios superiores.
e.
Preservar en la
disciplina, higiene y limpieza.
DE LA ESTRUCTURA
ORGANICA
Artículo 8
El I.E.P.
PERUANO DEL SAGRADO CORAZON para cumplir con sus objetivos generales y
específicos ha tomado la siguiente organización:
a.
Organismo de
Dirección.
b.
Órgano de
Asesoramiento
a.
Coordinación
Interna
c.
Órganos Técnico
Pedagógico
a.
Personal Docente
d.
Órganos de Apoyo
al Educando
a.
Profesores
tutores.
b.
Personal de
Educación
e.
Órganos de Apoyo
Administrativo
a.
Secretaría.
CAPITULO III
FUNCIONES
ESPECIFICAS DE LOS
ORGANOS Y
MIEMBROS QUE LO INTEGRAN
DEL ORGANISMO
PROMOTOR
Artículo 9
El Centro
Educativo, entre otras facultades, tiene la de: Intervenir en las orientaciones
axiológicas, académica y administrativas del colegio.
DEL ORGANISMO DE
DIRECCIÓN
Artículo 10
Son funciones
básicas del Director:
-
Responsable
de la organización y funciones generales del Colegio
-
Debe
planificar, organizar, controlar, supervisar y evaluar las acciones de los
organismos internos que intervienen en el proceso educativo.
-
Es el
representante legal del colegio, con la autoridad y responsabilidad
necesaria para que se cumpla los fines del plantel.
DEL ORGANISMO DE
ASESORAMIENTO
Artículo 11
El Coordinación
Interna COI es el encargado de coordinar acciones a fin de lograr los objetivos
propuestos. Estando conformado por una profesora de primaria y un profesor de
secundaria.
Artículo 12
Es el organismo
que coordina y orienta las actividades educativas, buscando optimizar la
formación académica de los alumnos. El responsable directo es el director.
Artículo 13
La Asamblea de
Profesores tiene por función la participación activa y aportación de sugerencias
a fin de lograr la buena marcha del Plantel y la optimización del Servicio
Educativo.
DEL ORGANISMO
TÉCNICO PEDADOGICO
Artículo 14
Es el organismo
que coordina y orienta las actividades educativas buscando optimizar la
formación académica de los alumnos. El responsable directo es el Director.
DEL ORGANISMO DE
APOYO AL EDUCANDO
Artículo 15
Los Organismo de
Apoyo al Educando, son los que favorecen el desarrollo personal, vela por la
salud física, mental y espiritual de los alumnos. Proporciona a los alumnos
orientación vocacional y profesional.
DEL ORGANISMO DE
APOYO ADMINISTRATIVO
Artículo 16
Es el organismo
que complementa la labor educativa, responsable directo es la secretaria,
realiza las funciones de administración, trámite documentario, infraestructura,
servicios.
CAPITULO IV
ORGANIZACIÓN DEL
TRABAJO EDUCATIVO
Artículo 17
Contempla los
siguientes aspectos:
-
Caracterización de la problemática (Situación, problema, Causa, efecto,
alternativa de solución)
-
Definición
de objetivos y metas
-
Formulación
y elaboración de actividades
Artículo 18
De la
formulación, discusión y aprobación del Plan Anual de Trabajo del Plantel son
responsables:
-
El Promotor
-
El Director
-
El personal
Docente
-
El personal
Administrativo
Artículo 19
El Plan Anual de
Trabajo, será elaborado con la participación plena de los trabadores del
Plantel, cuyas observaciones y algunas modificaciones serán tratadas en Asamblea
General conjuntamente con el director y promotor.
Artículo 20
La ejecución de
lo planificado es responsabilidad de todos los trabajadores del Plantel.
Artículo 21
La Supervisión y
Evaluación del Plan Anual de Trabajo es de responsabilidad del Director de la
Institución educativa.
DEL DESARROLLO
CURRICULAR
Artículo 22
Para la
Programación curricular de las diferentes asignaturas se tendrá en cuenta lo
siguiente:
-
El personal
docente de cada asignatura son los responsables.
-
El período
de programación es el mes de Marzo
-
El trabajo
es por equipo de docentes
-
Los
objetivos de cada asignatura estarán en función de los contenidos para cada
línea de Acción Educativa.
DE LA
SUPERVISIÓN
Artículo 23
El Plan Anual de
Supervisión contiene:
-
Caracterización de la problemática
-
Objetivos y
metas
-
Cronograma
de acciones y/o tareas.
Artículo 24
La Supervisión
en el colegio aspira a:
-
Verificar y
evaluar los aspectos técnicos-pedagógicos y administrativos
-
Fomentar el
diálogo e intercambio de experiencias entre el supervisor y el docente
Artículo 25
La formulación,
discusión, aprobación, ejecución y evaluación es de responsabilidad del
director.
DE LA JORNADA DE
TRABAJO
Artículo 26
El personal del
centro educativo distribuye su jornada de trabajo de la siguiente forma:
a.
El personal
directivo ejerce su cargo desde las 8:00 a.m. hasta las 3:00 p.m.
b.
El personal de
la sección ejerce su cargo desde las 7:30 a.m. a 3:00 p.m.
c.
El personal
docente por horas, ejerce su cargo de acuerdo al número de horas pedagogicas
(hora de hasta 45 minutos).
d.
El personal
administrativo cumplirá su tarea laborando desde las 7:30 a.m. a 4:00 p.m.
e.
El personal de
servicio labora 48 horas cronológicas a la semana, 8 horas diarias, o las que
por medidas de emergencia adopte el gobierno.
CAPITULO V
DE LA
ORGANIZACIÓN DEL
TRABAJO
ADMINISTRATIVO
Artículo 27
Son responsables
el Promotor, el Director y la Secretaria.
Artículo 28
Tiene como
funciones apoyar en organizar, orientar, supervisar, evaluar el proceso de la
enseñanza y el aprendizaje.
Artículo 29
Preparar la
documentación para el Despacho correspondiente con el Director.
Artículo 30
Realizar tareas
de trámite documentario, certificados y constancias.
Artículo 31
Es el encargado
de llevar el Registro de Control de Asistencia de todo el personal.
Artículo 32
Coordinar
acciones de requerimiento de material de enseñanza, oficinas, etc.
Artículo 33
El mantenimiento
y necesidades que requiere el plantel, lo realiza el propietario asesorado con
el Director, Secretaria. Las acciones realizadas por la dirección son:
-
Pintado
interno y externo de los ambientes, Aulas y fachadas.
-
Pintado del
mobiliario escolar
-
Reposición
de lunas
-
Reparación
de servicios higiénicos
-
Compra de
carpetas y pizarras.
CAPITULO VI
FUNCIONAMIENTO
DE LA
INSTITUCIÓN
EDUCATIVA
FUNCIONES DEL
DIRECTOR
Artículo 34
Son funciones
del Director:
a.
Representar
legalmente al Centro Educativo
b.
Formular,
coordinar, ejecutar y evaluar el Plan de trabajo anual.
c.
Velar por el
cumplimiento de los objetivos educacionales y por el buen trato de los alumnos
dentro y fuera del plantel.
d.
Organizar y
dirigir el servicio de supervisión educativa.
e.
Autorizar
visitas de estudio dentro del ámbito departamental de acuerdo a las normas
específicas.
f.
Organizar el
proceso de matrícula
g.
Formular el
cuadro de necesidades
h.
Programar,
organizar, coordinar, supervisar y evaluar el desarrollo de las acciones técnico
pedagógico correspondiente al nivel primario y secundario.
i.
Participar en
todo el proceso de planeamiento de los niveles y del plantel
j.
Supervisar la
distribución de los alumnos en las diferentes secciones
k.
Verificar la
programación curricular y establecer los reajustes que sean convenientes para
alcanzar un servicio adecuado.
l.
Hacer cumplir
las actividades impartidas por la dirección del Plantel.
m.
Reunir
periódicamente al personal docente a fin de apreciar los resultados educativos,
escuchar sugerencias y dictar medidas convenientes para alcanzar un mejor
rendimiento
n.
Controlar la
asistencia del personal docente que permita prestar un buen servicio educativo.
o.
Presentar
informes semestrales a la Dirección del plantel sobre la marcha educativa del
nivel correspondiente
p.
Realizar la
supervisión de clases dictadas
q.
Informar a los
padres de Familia sobre el avance curricular de los alumnos.
FUNCIONES DEL
PERSONAL DOCENTE
Artículo 35
Las funciones
del Personal Docente son:
a.
Participar en la
elaboración, ejecución y evaluación del Plan Educativo
b.
Programar,
desarrollar y evaluar las actividades curriculares, así como las actividades de
Orientación y bienestar del educando.
c.
Organizar y
ambientar el aula y prepara el material educativo
d.
Evaluar el
proceso de enseñanza y aprendizaje
e.
Atender a los
educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanecen en el Centro
Educativo.
f.
Atender a los
Padres de Familia en el horario establecido por el Centro Educativo
g.
Apoyar en la
formación de los alumnos, paseos, desfiles, presentaciones artísticas, dentro y
fuera del plantel.
h.
Programar,
desarrollar y evaluar las actividades curriculares, presentando su presentación
curricular y sílabo, en documento impreso, por duplicado y grabado en disquete.
i.
Evaluar al
educando en forma integral y permanente.
j.
Cumplir con la
elaboración oportuna de la documentación pedagógica y administrativa de la
sección o asignatura a su cargo; calificar oportunamente los trabajos, los
exámenes escritos, mantener al día los registros de evaluación, presentándolo en
las fechas establecidas, confeccionar las actas promocionales y otras que le
sean asignadas por al dirección.
k.
Cumplir su labor
con eficiencia, puntualidad y espíritu de colaboración, procurando con el
ejemplo realizar su misión educativa
l.
Participar en
acciones programadas de investigación de nuevos métodos y técnicas de trabajo
educativo, así como en eventos de actualización profesional organizada por al
dirección.
m.
Colaborar con el
mantenimiento de la disciplina de los alumnos en el aula y formación en el
patio, cumpliendo con el rol de formación en las fechas que se le asigne.
n.
Informar a los
tutores de las deficiencias observadas en el rendimiento y comportamiento de los
alumnos para la oportuna adopción de las medidas correctivas.
o.
Informar a la
dirección en casos sumamente necesarios de indisciplina para que sean tomadas
las medidas correctivas.
p.
Cooperar en las
acciones de mantenimiento y conservación de los bienes del colegio.
q.
Responsabilizarse por los materiales educativos entregados a inicio de año y por
su conservación.
r.
Exigir a los
alumnos corrección en clase, empleo de un lenguaje adecuado y seriedad en su
manera de comportarse propiciando una conducta con la reserva de su condición
jerárquica y dentro de los principios de respeto mutuo.
s.
Evitar actitudes
e interacción con los alumnos que puedan propiciar falta de conducta moral y
ética.
t.
Presentar
anualmente y/o cuando se les solicite los informes técnico-pedagógicos con las
indicaciones de los logros, dificultades y sugerencias.
FUNCIONES DE LA
SECRETARIA
Artículo 36
Son funciones de
secretaría la siguiente:
a.
Prepara la
documentación para el despacho correspondiente del director.
b.
Realizar tareas
de trámite documentario (certificados, constancias y otros)
c.
Redactar y
mecanografías documentos variados de acuerdo a las instrucciones del Director.
d.
Archivar la
documentación observando las normas correspondientes
e.
Orientar a los
padres de Familia sobre los servicios y gestiones administrativas a realizarse
f.
Llevar el
registro y control de asistencia de personal.
g.
Llevar el
registro y control de la asistencia de los alumnos.
h.
Orientar a los
alumnos en los horarios, uniforme y disciplina cuando este se requiera.
i.
Llevar el
inventario de los enseres del área administrativa y velar por su conservación
j.
Mecanografiar
las nóminas de matricula y las actas de evaluación promocional
k.
Archivar en
ambiente seguro y especial las actas promocionales.
l.
Coordinar
acciones de requerimiento de material de enseñanza, oficinas, etc.
FUNCIONES DEL
AUXILIAR DE EDUCACIÓN
Artículo 37
Son funciones
del auxiliar de Educación, las siguientes:
a.
Orientar a los
alumnos en el cultivo de los valores, objetivos y fines de la educación.
b.
Velar por la
integridad física, moral y espiritual de los alumnos
c.
Mantener
estrecha comunicación y coordinación con el tutor, profesor de las diferentes
asignaturas.
d.
Mantener un
clima de amistad con los docentes, padres de familia y educandos.
e.
Acompañar a los
delegaciones de los alumnos a los eventos que se realicen fuera del centro
educativo
f.
Incentivar a los
alumnos en la conservación de la infraestructura del plantel, el material
educativo, el mobiliario escolar y sobre todo para la conservación del aseo
personal del alumno.
g.
Participar en la
elaboración del reglamento de disciplina
h.
Calificar la
conducta en la base de una tabla de criterio o rubros para la evaluación de la
conducta.
i.
Efectuar rodas
permanentes por los diferentes ambientes del Centro Educativo, velando por el
estricto cumplimiento de las normas de disciplina, especialmente a la hora de
recreo.
j.
Controlar la
adecuada presentación personal con respecto al uniforme, aseo personal y útiles
escolares.
k.
Atender el buen
uso del tiempo libre en el aula.
l.
Realizar
formaciones generales con el alumnado para las diferentes actuaciones
cívico-patrióticas
m.
Detectar y dar a
conocer al tutor la problemática conductual de los educandos
n.
Mantener
actualizado el registro de asistencia e informar a la dirección bimestralmente.
RESPONSABLE DE
LA SALA DE CÓMPUTO
Artículo 38
Son funciones
del Responsable de la Sala de Cómputo, las siguientes:
a.
Programar los
objetivos, contenidos y actividades de acuerdo a la existencia de las
computadoras y asignaturas, teniendo relación con los objetivos del nivel o
grado correspondiente.
b.
Preparar el
software adecuados para el desarrollo de la programación curricular.
c.
Velar por el
estado físico y/o conservación de la sala de cómputo
d.
Apoyar en el
aspecto técnico Pedagógico y administrativo del centro educativo
e.
Presentar
informe periódico anual del material existente y sugerir la modernización de las
máquinas de acuerdo al avance tecnológico.
RESPONSABLE DE
LA BIBLIOTECA
Artículo 39
Son funciones
del Responsable de la Biblioteca, las siguientes:
a.
Realizar los
requerimientos de nuevos materiales didácticos, libros, revistas, videos,
coleccionables, entre otros. Manteniendo la relación con los objetivos del nivel
y grados correspondientes al centro educativo.
b.
Velar por el
estado físico y/o conservación de toda la biblioteca.
c.
Orientar la
búsqueda de información para los alumnos que requieren investigación.
d.
Apoyar en el
aspecto técnico Pedagógico y administrativo del centro educativo.
e.
Mantener un
orden estricto bajo criterios pedagógicos de todos los materiales existentes en
la biblioteca.
f.
Verificar y
cuidar el buen funcionamiento y estado de los instrumentos musicales y
deportivos del plantel.
g.
Verificar y
cuidar el buen estado de conservación del pabellón nacional y asta de bandera
del centro educativo.
h.
Verificar y
cuidar el buen estado de conservación del los objetos y documentación históricos
del centro educativo, como el pabellón nacional de 1945, documentación de 1938,
campana y cuadros de la época, entre otros.
i.
Presentar
informes periódicos anuales del material existente.
RESPONSABLE DEL
LABORATORIO DE CIENCIAS NATURALES
Artículo 40
a.
Realizar los
requerimientos de nuevos materiales didácticos e implementos para los
laboratorios de Física y Biología del Plantel. Manteniendo la relación con los
objetivos del nivel y grados correspondientes al centro educativo.
b.
Velar por el
estado físico y/o conservación de todos los laboratorios.
c.
Orientar la
búsqueda de información para los alumnos que requieren investigación.
d.
Apoyar en el
aspecto técnico Pedagógico y administrativo del centro educativo.
e.
Mantener un
orden estricto bajo criterios pedagógicos de todos los materiales existentes en
los laboratorios.
f.
Verificar y
cuidar el buen funcionamiento y estado de los equipos y materiales.
g.
Presentar
informes periódicos anuales del material existente.
PERSONAL DE
SERVICIO INTERNO
Artículo 41
Son funciones
del personal de servicio internos, las siguientes:
a.
Mantener limpio
las diferentes instalaciones del Colegio
b.
Velar por la
conservación de la infraestructura, los bienes y enseres del colegio
c.
Realizar tareas
de portería y vigilancia del colegio
d.
Realizar labores
de consejería
e.
Velar por la
seguridad de los muebles, equipos, herramientas y otros bienes del colegio
f.
Distribución
interna y externa de la documentación.
g.
Cumplir otras
funciones que le asigne la dirección.
CAPITULO VII
MATRICULA,
EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN
DE LA MATRICULA
Artículo 42
De conformidad
con el reglamento general del Centro Educativo, el proceso de matrícula abarcará
los siguientes pasos:
La Dirección de
la I.E.P. PERUANO DEL SAGRADO CORAZON establecerá los requisitos formales para
la admisión, teniendo en cuenta:
a.
Número de
vacantes por grados o años de estudios
b.
Certificación
concluyente de los estudios cursados el año anterior.
c.
Ausencia de
impedimentos académico-disciplinarios, es decir, las referencias del plantel de
procedencia.
d.
El Director del
Plantel dispondrá la apertura de los Registros de Matrícula en el emes de Marzo
e.
La
responsabilidad de la matrícula y la conservación de las fichas, corresponde a
la Secretaría del centro educativo.
f.
Se establecerá
en el Plantel el Régimen de: “Matricula Única”, en virtud de la cual los alumnos
serán inscritos por una sola vez al ingresar.
g.
La Ficha de
Matrícula constituirá el documento de referencia del alumno indispensable para
su promoción o traslado. En ella se registrarán los datos correspondientes a la
matrícula y los resultados de su evaluación permanente e integral, desde el
acceso a la modalidad.
h.
Al acto de la
matrícula, los alumnos deberán concurrir, obligatoriamente, acompañados de sus
padres y apoderados obligatoriamente.
i.
Los padres o
apoderados de los alumnos que se hallen matriculados en el Plantel, para
ratificar la matrícula de sus hijos, llenarán y firmarán la Ficha de
Confirmación de matrícula que se les entregará.
j.
Los requisitos
para inscribir a los alumnos nuevos son:
a.
Partida de
nacimiento y/o Partida de Bautizo
b.
Certificado
Oficial de haber aprobado el año anterior.
c.
Certificado de
Buena Conducta del último año escolar
d.
Ficha Única de
Matrícula que se recabará en el Plantel de procedencia.
e.
No haber sido
expulsado de su plantel de procedencia.
k.
Las pruebas de
admisión valen como instrumento para:
a.
Detectar casos
excepcionales que pudieran requerir educación o tratamiento especial en otra
institución.
b.
Elaborar el
cuadro de aptos para el ingreso al Plantel.
c.
Ubicar
adecuadamente a los alumnos con la conformación de las secciones de acuerdo a
los criterios existentes en el Plantel.
l.
La matrícula
quedará anulada en caso de que resultara falso algunos de los documentos
presentados.
m.
La edad
cronológica mínima para el ingreso al Plantel 1er Grado es de 6 años.
n.
El número de
alumnos que debe admitirse por sección no será en ningún caso superior a los 40
por aula.
o.
Cerrada la
matrícula, el Director del Plantel enviará la nómina de alumnos por secciones y
grados en estricto orden alfabético a la USE para su aprobación, las que irán
acompañadas por sus respectivos documentos.
p.
Los traslados de
matrícula sólo podrán efectuarse hasta 60 días antes de la finalización del
segundo semestre lectivo, salvo el caso debidamente acreditado de cambio de
residencia del alumno.
q.
Al producirse el
traslado de matrícula, el educando llevará consigo su Ficha Única y su tarjeta
de información, las que deberá presentar en el Centro Educativo al cual se
traslada, debiendo quedar en los Centros Educativos de origen, un duplicado de
las mismas.
DEL SISTEMA DE
EVALUACIÓN
Artículo 43
La evaluación
del educando será permanente, integral y flexible en función de los objetivos
educacionales propuestos.
La evaluación
del educando tiene por finalidad
a.
Diagnosticar la
situación del educando para orientar adecuadamente las acciones educativas.
b.
Verificar y
valorar el logro de los objetivos educacionales previstos.
c.
Proporcionar la
información necesaria para la adopción de medidas de reajustes y
complementación.
Los alumnos
tendrán una tarjeta de información, en que se registrará los calificativos sobre
su rendimiento y conducta que serán entregados en las fechas señaladas por la
Dirección y deberán devolverlas firmadas por sus padres o apoderados, dentro de
un plazo de tres días.
Los profesores
deberán colocar en los registros del plantel calificativos bimensuales, a base
de los procedimientos de evaluación que utilicen:
a.
Prueba escrita
mensual
b.
Intervenciones
orales
c.
Asignaciones
d.
Diálogo
e.
Evaluación
grupal
Los promedios de
cada asignatura se obtendrán en base a las calificaciones obtenidas con los
diferentes procedimientos. En el período de planificación y al inicio de cada
semestre lectivo, los equipos docentes de línea determinarán los procedimientos
de evaluación más apropiados para cada asignatura del vitae y que se adecuen en
las diferencias individuales los educandos. Se podrá emplear uno o más
procedimientos de evaluación para cada asignatura y calificar una o más veces
por cada procedimiento.
El alumno que
falte a una prueba mensual, podrá justificar su inasistencia y solicitar una
nueva fecha para rendirla.
Al término de
cada semestre, se tomarán pruebas de revisión general en lugar de los pasos
escritos mensuales.
Los Registros
Oficiales de Evaluación deben llevarse sin borrones ni enmendaduras, no deben
salir del plantel por ningún motivo.
DE LA PROMOCIÓN
Y CERTIFICACIÓN
Artículo 44
a.
La promoción de
los alumnos al año inmediato se realizará según las normas oficiales vigentes
del Ministerio de Educación.
b.
Los educandos
que al segundo semestre lectivo no hubieran alcanzado los requisitos mínimos de
grado, serán reunidos en grupos homogéneos de recuperación, participando
obligatoriamente en períodos de Complementación.
c.
Los períodos de
complementación se realizarán durante las tres semanas previas del primer
semestre lectivo y serán obligatorios para los educando que no alcanzaron los
objetivos, al finalizar el año lectivo anterior.
d.
Los alumnos
rendirán sus exámenes de cargo y de aplazado en el propio Plantel previo pago de
los derechos respectivos y visación de las Actas a la UGEL Nro. 03
e.
El puntaje de
los dos primeros alumnos para acogerse a los dispositivos oficiales que faculta
el ingreso a la universidad sin el requisito del examen de ingreso deben
aplicarse a los alumnos que hayan cursado estudios secundarios en el IEP o que
procedan de otros centros educativos.
DE LOS ESTIMULOS
Artículo 45
Para estimular
el buen comportamiento y el esfuerzo de superación moral, intelectual y física
de los alumnos, el Plantel otorgará varias clases de recompensas.
a.
Premios de
estímulos a los educandos que al término del año lectivo hayan obtenido un
óptimo rendimiento académico, o bien el logro de las actividades, actitudes y
valores que propicia el sistema educativo en sus respectivos grados o años de
estudios.
b.
Asimismo,
nociones de felicitaciones y premios de estímulo a los alumnos que realicen
actos distinguidos durante el año escolar, o que tengan destacada participación
en actividades de carácter cultural, social y deportivo, etc.
c.
La publicación
del Cuadro de Mérito de aprovechamiento y conducta se publicará cada bimestre.
d.
Anualmente, se
acordará PREMIOS DE ESTIMULOS a cualidades morales a los alumnos que se hubieran
distinguido por un auténtico y notorio esfuerzo de superación, colaboración,
compañerismo, voluntad, etc.
CAPITULO VIII
DE LOS
DERECHOS, OBLIGACIONES,
FALTAS Y
SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO
Artículo 46
a.
El personal
docente y no docente, es contratado por escrito por el Director en coordinación
con el Promotor y esta sujeto en lo laboral a las disposiciones que rigen el
Sector Privado.
b.
Por excepción se
rigen por las normas específicas que el Ministerio de Educación Particular, en
materias determinadas.
c.
Los docentes
tienen derecho a 2 meses de vacaciones. El período vacacional se inicia el 1ro
de enero y termina el último día de Febrero.
d.
El mes de Marzo
de cada año, es laborable para los docentes, debiendo presentarse el día
previamente indicado por la Dirección del Colegio y concurrir los días y horas
establecidas para cumplir las tareas propias de Planificación del Año Lectivo a
iniciarse. La inasistencia dará lugar a cese del trabajador, conforme a las
causales de rescisión de contrato establecidas por la Ley.
e.
El personal
Directivo, Administrativo y de Servicio tiene derecho a un mes de vacaciones y
hará su periodo vacacional en el mes de Febrero.
f.
Asistir a
laborar al Colegio dentro del horario establecido por la Dirección del Colegio.
g.
El personal
docente que ingrese a clases cinco minutos posteriores al inicio de clases,
incurrirá en tardanzas. El personal docente que ingrese a clases después de los
quince minutos del inicio de clases, incurrirá en inasistencia. En ambos casos
estarán sujetos a descuentos.
h.
Los auxiliares
de educación registrarán las inasistencias, tardanzas y otras anotaciones en los
Partes de Clases, de acuerdo a las indicaciones de las Coordinadores.
i.
En caso de
enfermedad, el personal administrativo y docente deberá dar aviso de inmediato a
la Dirección del Colegio.
j.
Cuando la
inasistencia es motivada por razones de Salud, la justificación se hará mediante
la presentación del Certificado Médico, dentro de las 48 horas posteriores;
vencido este plazo, no habrá lugar a trámite, declarándose extemporáneo y sujeto
a un doble descuento.
k.
Cuando la
inasistencia es motivada por razones personales, se deberá informar y pedir
autorización al Director y Promotor con 24 horas de anticipación para estar
sujeto a un descuento, en caso de no hacerlo, el descuento será duplicado.
l.
Ningún
trabajador deberá ausentarse de su puesto de trabajo sin el conocimiento y
debida autorización de la dirección.
m.
El personal
docente y administrativo deberán asistir al Centro Educativo con las siguientes
consideraciones:
a.
Correctamente
peinado y con el cabello corto para los caballeros. (se considera cabello corto,
siempre que se pueda visualizar el total del cuello y las orejas) y cabello
amarrado para las damas.
b.
Correctamente
vestido, faldas para el personal femenino y pantalón de vestir para el personal
masculino, conjuntamente con corbata.
c.
El profesor de
Educación Física deberá asistir con el buzo del colegio y será el único
autorizado de venir en zapatillas.
d.
Los profesores
deben dar el ejemplo a los alumnos, siendo responsables en su forma de vestir y
comportamiento
e.
El personal de
limpieza y mantenimiento deberá vestir su uniforme de trabajo (mameluco),
zapatillas oscuras y mantenerlo correctamente limpio. Así como su higiene
personal y cabello corto.
f.
El personal
docente y administrativo que incumpla con las normas establecidas en su forma de
vestir y presentación personal será sancionado mediante descuento y/o retiro del
centro educativo.
g.
Ningún personal
docente o administrativo, deberá llegar intoxicado por alcohol o drogas, motivo
por el cual será retirado inmediatamente del centro educativo sin posibilidad de
retorno.
h.
Ningún personal
docente o administrativo, deberá fumar o tomar productos alcohólicos dentro del
Centro Educativo.
n.
El personal
docente y administrativos no deberán fomentar ni promover ninguna actividad
extracurricular sin previa coordinación con la Dirección del Plantel.
o.
El personal
docente y administrativo, son ejemplo de comportamiento y responsabilidad para
con los alumnos, es por eso, que cualquier falta será sancionado ejemplarmente.
p.
El personal
docente que falte en su horario de clases deberá recobrarlo obligatoriamente y
ponerse al día previa coordinación con la Dirección del Plantel.
q.
El personal
docente y administrativo deberá aportar en la educación de los alumnos del
colegio, manteniendo Higiene, Buenas Costumbres, Alto nivel de moral y respeto
mutuo para con todos los vinculados al centro educativo.
r.
La suplantación
o reemplazo en el registro de asistencia es considerada una falta grave.
s.
Es obligatorio
que todo el personal registre su asistencia al ingreso.
t.
El control de la
permanencia del personal en su puesto de trabajo es responsabilidad del
Sub-Director sin excluir lo que corresponde al propio trabajador.
u.
Constituye
tardanza el ingreso al colegio hasta 5 minutos después de la hora programada.
v.
Cada 3 tardanzas
de cualquier índole en el mes serán sancionadas con el descuento de un día de
labores.
w.
Constituye
inasistencia el retiro antes del término de su jornada diaria de trabajo, sin
justificación alguna.
x.
Toda
inasistencia deberá justificarse dentro de la primera hora del día de labores,
posterior a la inasistencia, ante la sub-dirección acompañado de los documentos
sustentatorios.
y.
El docente
deberá laboral en el plantel hasta culminar el año académico, en caso desee
retirarse deberá avisar con 3 meses de anticipación en caso contrario tendrá que
abonar el importe correspondiente al ultimo mes de servicio.
CAPITULO IX
DERECHOS,
DEBERES, PROHIBICIONES, FALTAS
Y SANCIONES DE
LOS ALUMNOS Y PADRES DE FAMILIA
DERECHOS DE LOS
ALUMNOS
Artículo 47
Constituyen
derechos de los alumnos:
-
Recibir una
educación que está de acuerdo con los postulados de la Ley General de
Educación.
-
Participar
en las acciones educativas que se realicen en el colegio y gozar de todos
sus beneficios.
-
Ser
respetado, evaluado con justicia y conocer el resultado de los mismos.
-
Participar
de los estímulos que establezca el Colegio, según sea merecedor por sus
calificaciones y apreciación general.
-
Cuidar su
integridad física y psicológica. La institución avisará a las autoridades
pertinentes si se observa algún tipo de daño proveniente de la institución,
por terceros u originados en su hogar.
DEBERES DE LOS
ALUMNOS
Artículo 48
Constituyen
deberes de los alumnos:
a.
Cumplir con las
normas establecidas en el presente reglamento y las que dictan sus superiores y
profesores.
b.
Comprometerse a
cumplir la orientación axiológica y fines del Colegio y someterse al régimen
educativo establecido.
c.
Asistir
puntualmente a las labores escolares y presentarse con una justificación y con
la asistencia personal de sus padres o tutor en caso de inasistencia y tardanza.
Cumplir con ingresar a su centro de estudio antes de las 8:00 a.m. hora de
ingreso a clases.
d.
Cumplir
estrictamente con todas las tareas y entregar con la debida oportunidad los
trabajos solicitados.
e.
Cuidar la buena
conservación del local del Colegio, de los muebles y útiles de enseñanza, así
como su orden y limpieza.
f.
Abstenerse de
realizar actos que atente contra la dignidad, honradez y la moral general.
g.
Participar en
las actividades extra programáticas organizadas por el Colegio y representarla
con lealtad cuando sea designado.
h.
Demostrar
confianza y respeto permanente, su comportamiento debe ser disciplinado, atento
y de buenos modales.
i.
Fomentar la
amistad y ayuda entre sus compañeros.
j.
Conservar en
forma permanente un comportamiento disciplinado y una alta escala de valores.
Artículo 49
Son aplicables
las siguientes disposiciones:
a.
El alumno deberá
asistir al Colegio correctamente uniformado:
a.
Falda larga bajo
la rodilla con tirantes de color azul.
b.
Pantalón de
vestir color azul.
c.
Camisa o blusa
de color blanco, manga corta.
d.
Cabello recogido
con cinta roja para las alumnas.
e.
Cabello corto y
bien peinado para los alumnos.
f.
Uñas cortadas y
sin pintura.
g.
Sin pintura en
la cara.
h.
Medias blancas,
para alumnos y alumnas.
i.
Insignia del
centro educativo
j.
Pasadores
amarrados hacia delante
k.
Sin aretes,
sortijas u otras alhajas
l.
Zapatos bien
lustrados de color negro.
m.
Chompa Roja con
cuello Ve
n.
Uniforme
completo y limpio
o.
No debe traer
celulares, radios u otro equipo electrónico.
b.
El uniforme de
Educación Física se usará sólo cuando se desarrolle las respectivas clases.
c.
Cuando el
profesor ingresa al salón a dictar clase o cuando se reciba la visita de otro
profesor o persona mayor, los alumnos se podrán de pie y tomarán asiento a
indicación del profesor.
d.
Está prohibido
salir del aula en horas de clase, salvo por indicación expresa del profesor.
e.
Los alumnos
utilizarán los servicios higiénicos durante las horas de recreo.
f.
Está
terminantemente prohibido a los alumnos salir del centro educativo sin permiso
escrito y autorizado por la dirección.
g.
Las citas con
médicos, dentistas, psicólogos, etc., deberán concretarse fuera de las horas de
clase.
h.
Los alumnos que
deterioren el mobiliario, bienes del colegio o de sus compañeros, deberán
reponerse por cuenta propia.
i.
En caso de
inasistencias continuas por salud, los padres de familia o tutores deben poner
inmediatamente de conocimiento del Plantel en un plazo no mayor de 05 días a
partir del primer día de la falta.
j.
La inasistencia
a evaluaciones se debe justificar en un plazo no mayor de 05 días laborales
después de haberse realizado la prueba, sustentando el motivo de la falta.
k.
Horario de los
alumnos:
Turno de mañana
a.
Hora de
ingreso : 7:45 a.m.
b.
Inicio de
clases : 8:00 a.m.
c.
Salida de
clases : 2:30 p.m.
Turno de tarde
d.
Hora de
ingreso : 2:45 a.m.
e.
Inicio de
clases : 3:00 a.m.
f.
Salida de
clases : 6:30 p.m.
SANCIONES,
PROHIBICIONES Y FALTAS
Artículo 50
El régimen
disciplinario del Plantel buscará organizar y sistematizar el comportamiento de
los alumnos para contribuir al desarrollo de su personalidad, respetando sus
derechos y exigiendo el cumplimiento de sus deberes.
Se basará en una
acción preventiva y correctora. Teniendo en cuenta lo siguiente:
-
El respeto a
la persona.
-
Un elevado
espíritu de justicia.
-
Una amplia
comprensión de los problemas de la adolescencia
-
Un criterio
de búsqueda de integración social mediante la amistad y la buena voluntad.
SANCIONES
Artículo 51
Las acciones
preventivas consistirán en:
a.
Recomendaciones
generales que tiendan a la educación de la voluntad, orientación hacia la moral
y la disciplina.
b.
Consejos
individuales entre los profesores y alumnado.
c.
Advertencias a
los padres o apoderados de los alumnos mediante un documento escrito.
Artículo 52
Las acciones
correctivas consideran:
a.
Las
amonestaciones en privado serán hechas por el profesor del aula, el profesor
tutor y/o el auxiliar de educación.
b.
Las disminución
del puntaje sobre la nota de conducta, mediante boletas de amonestación,
anotación en el cuaderno de control o anotación en el parte del aula; serán
hechas por el profesor del aula, el profesor tutor, auxiliar de educación y/o
director.
c.
La citación a
los padres de familia o apoderados serán hechas por el profesor del aula, el
profesor tutor, auxiliar de educación y/o dirección.
d.
Suspensión
temporal del Centro Educativo, será aplicada por la Dirección ó por el profesor
del aula u coordinador.
e.
La separación
del Plantel será aplicada por la Dirección en coordinación con el tutor y
Coordinador o profesor del aula.
Las sanciones
mencionadas no forman escala rigurosa y pueden aplicarse indistintamente, según
la naturaleza y gravedad de la falta cometida.
PROHIBICIONES
Artículo 53
Los alumnos
están prohibidos de lo siguiente:
f.
No venir
correctamente uniformado
g.
Los hombres
están prohibidos de llegar con el cabello largo, el cuello debe observarse en su
totalidad.
h.
Las mujeres,
están prohibidas de llegar con el cabello suelto, deben tenerlo amarrado y
observarse el cuello en su totalidad.
i.
Traer objetos
electrónicos como por ejemplo: celulares, mp#, MiniDVD, calculadoras
científicas, Equipos de sonido, computadoras, juegos, grabadoras, filmadoras,
etc. Salvo por indicación escrita del profesor o tutor.
j.
Traer objetos
eléctricos como por ejemplo: planchas, secadoras, cargadores, lámparas, motores,
etc. Salvo por indicación escrita del profesor o tutor.
k.
Traer
indumentaria no propias del uniforme, como por ejemplo: collares, aretes o
anillos en orejas u otra parte del cuerpo, (solamente las niñas podrán utilizar
un aretes no colgantes en cada oreja), pulseras, gorros, sombreros, casacas,
ponchos, zapatillas (salvo que tengan educación física), anillos, guantes, etc.
l.
No traer
indumentarias adecuadas y propias del uniforme, como por ejemplo: no traer
medias, ropa interior, no venir con el uniforme completo, etc.
m.
No utilizar
correctamente el uniforme, por ejemplo. Llevar la camisa o blusa afuera, llevar
la corbata sin ajustar y la camisa abierta, no venir con el uniforme de su
propia talla (muy chica o muy grande), la altura correcta de la falda del
uniforme se considera cuando cubre por completo las rodillas al momento de
sentarse, los pantalones no deben arrastrarse ni quedar por debajo de las
caderas, teniendo que utilizar obligatoriamente correa. Llevar las chompas o
casacas de buzo remangados o amarrados en la cintura, etc.
n.
Traer animales
y/o insectos.
Los alumnos
podrán traer equipos electrónicos o enseres de costo importante, solamente con
autorización expresa del profesor y escrita del padre de familia o tutor, el
Centro Educativo no se responsabiliza por las perdidas o deterioro de equipos o
enseres ajenos al plantel.
Los alumnos
podrán traer animales o insectos, solamente cuando están dirigidos a la
educación en grupo y con autorización escrita del profesor y del padre de
familia o tutor y por un tiempo corto determinado. El Centro Educativo no se
responsabiliza por el cuidado de los animales o insectos.
FALTAS
Artículo 54
Se consideran
faltas cometidas por negligencia:
a.
No traer los
útiles necesarios para la clase.
b.
No entregar la
libreta de notas en su oportunidad
c.
No devolver las
citaciones o circulares firmadas por los padres o tutores.
d.
No traer el
cuaderno de control.
Los alumnos que
incurran en faltas cometidas por negligencia, no tendrán disminución en su nota
de conducta y se le llamara la atención, si repitiera dicha falta
consecutivamente se incluirá una boleta de amonestación o parte, disminuyendo 1
punto en su nota de conducta correspondiente al bimestre.
Artículo 55
Se consideran
faltas que atentan contra la disciplina los siguientes:
a.
Faltas
injustificadas a clases.
b.
Tardanzas
injustificadas a clases. Llegar tarde al colegio, el inicio de clases es a las
8:00 a.m., se considerará tardanza a partir de dicha hora, no ingresando a sus
aulas hasta terminada la hora de clases. Esta disposición será cumplida para los
alumnos de primaria y secundaria.
c.
Retrasar el
ingreso y/o salida de los alumnos.
d.
Faltar el
respeto a los profesores o compañeros y/o utilizar vocabularios soez
e.
Evadirse del
salón de clase o de las pruebas.
f.
Consumo de
tabaco, tomar bebidas alcohólicas u otras sustancias altamente tóxicas u
prohibidas, dentro y fuera del plantel.
g.
Formar parte de
pandillas o barras que originen destrozos dentro o fuera del colegio.
h.
Pintar las
paredes, carpetas o periódicos murales. Dentro y fuera del centro educativo.
i.
Lanzar objetos
de diferente forma y tamaño que pueda fomentar desorden y/o daño a otra persona.
j.
No traer firmado
el cuaderno de control, por el padre u apoderado.
k.
Por presentación
personal desordenada, no cumpliendo con el uniforme. No venir correctamente
uniformados.
l.
No entregar su
libreta de control para colocarle el Parte por indisciplina.
m.
Por
incumplimiento de sus tareas, asignaciones, investigaciones, entre otros o por
bajo rendimiento escolar.
n.
Traer equipos
eléctricos, electrónicos (celulares, calculadoras, mp3, etc.), juegos de azar o
fomentar las apuestas. (casinos, dados, dardos, etc.)
o.
Traer insectos o
animales de cualquier tipo y tamaño. (arañas, perros, gatos, aves, reptiles,
etc.)
p.
Traer objetos
punzo cortantes, emisión de químicos tóxicos ó armas de fuego.
q.
Traer objetos de
emisión de gases, líquidos como encendedores, fósforos, gases inflamables y/o
tóxicos,
r.
Hacer escándalos
de cualquier tipo (peleas, gritos, lanzarse cosas, pintarse, echarse basura,
echarse talco, pintar paredes, etc.) fuera o dentro del plantel y utilizando el
uniforme del colegio, con sus propios compañeros u otros.
s.
Por utilizar sin
permiso equipos de emergencia, en circunstancias que no lo ameriten.
(extintores, luces de emergencia, timbre de alarma, etc.)
t.
Por ocasionar
destrozos en cualquiera de los laboratorios, biblioteca o cualquier otro
ambientes del centro educativo. Malograr equipos electrónicos, eléctricos y de
precisión de los laboratorios o que pertenecen al centro educativo.
u.
Por atentar
contra la moral y dignidad de los compañeros de estudios u otros. Pelearse,
reñir, calumniar, agresión física, moral o psicológica contra otro compañero,
dentro y fuera del plantel.
v.
Por no respetar
los símbolos patrios y llegar al punto de deteriorarlos o dañarlos
concientemente.
w.
Indisciplina de
los padres de familia que perjudiquen a su menor hijo, como los siguientes:
entregar documentos dolosos, falta de respeto, agresión, uso de palabras soez,
fomentar el desorden y discusiones contra otros padres de familia, alumnos,
mobiliario o miembros de la institución educativa; formar parte de bandas
organizadas (narcotráfico, robo, secuestro, etc.), formar parte de grupos
subversivos, fomentar la discriminación de cualquier tipo (religioso, racial,
medico, social, etc.), Cuando se inicia cualquier tipo de proceso judicial o
extrajudicial en contra del centro educativo.
x.
Por sustraer
objetos ajenos o participar en hurtos, robos u estafas, dentro y fuera del
plantel.
y.
Por ocultar
información, que sirva al esclarecimiento de cualquier acto delictivo o falta
grave de alguno de sus compañeros.
z.
Por apropiación
ilícita de pruebas de evaluación materiales y enseres del Centro Educativo,
fraude, plagio, adulteración y falsificación de notas y firmas
aa.
Cualquier otra
indisciplina que no este en esta lista pero sea considerada en contra de los
valores sociales, morales y éticos que pudieran perjudicar al alumno y sus
compañeros.
Los alumnos que
incurran en faltas contra la disciplina tendrán disminución de -2 puntos en su
nota de conducta y si es recurrente a la misma actitud, será suspendido (-5
puntos) o retirado del centro educativo.
Artículo 56
Se consideran
faltas graves los siguientes:
a.
Todas las
sancionadas con boleta de amonestación y suspensiones temporales que se vuelven
a reincidir consecutivamente o alternadamente en el año académico.
b.
Consumo de
tabaco, tomar bebidas alcohólicas u otras sustancias altamente tóxicas u
prohibidas, dentro y fuera del plantel.
c.
Formar parte de
pandillas o barras que originen destrozos dentro o fuera del colegio.
d.
Traer objetos
punzo cortantes, de emisión de cargas eléctricas, de emisión de productos
químicos tóxicos, armas de fuego y/o armas de lucha (palos, mazos, catanas,
etc.)
e.
Hacer escándalos
de cualquier tipo (peleas, gritos, lanzarse cosas, pintarse, echarse basura,
echarse talco, pintar paredes, etc.) fuera o dentro del plantel y utilizando el
uniforme del colegio, con sus propios compañeros u otros.
f.
Por utilizar sin
permiso equipos de emergencia, en circunstancias que no lo ameriten.
(extintores, luces de emergencia, timbre de alarma, etc.)
g.
Por ocasionar
destrozos en cualquiera de los laboratorios, biblioteca o cualquier otro
ambientes del centro educativo. Malograr equipos electrónicos, eléctricos y de
precisión de los laboratorios o que pertenecen al centro educativo. Dependiendo
del daño ocasionado será suspendido y reintegrar lo malogrado.
h.
Por atentar
contra la moral y dignidad de los compañeros de estudios u otros. Pelearse,
reñir, calumniar, agresión física, moral o psicológica contra otro compañero,
dentro y fuera del plantel. Serán castigados los supuestos agresores y los
supuestos agredidos.
i.
Por no respetar
los símbolos patrios y llegar al punto de deteriorarlos o dañarlos
concientemente.
j.
Indisciplina de
los padres de familia que perjudiquen a su menor hijo, como los siguientes:
entregar documentos dolosos, falta de respeto, agresión, uso de palabras soez,
fomentar el desorden y discusiones contra otros padres de familia, alumnos,
mobiliario o miembros de la institución educativa; formar parte de bandas
organizadas (narcotráfico, robo, secuestro, etc.), formar parte de grupos
subversivos, fomentar la discriminación de cualquier tipo (religioso, racial,
medico, social, etc.), Cuando se inicia cualquier tipo de proceso judicial o
extrajudicial en contra del centro educativo.
k.
Por sustraer
objetos ajenos o participar en hurtos, robos u estafas, dentro y fuera del
plantel.
l.
Por apropiación
ilícita de pruebas de evaluación materiales y enseres del Centro Educativo,
fraude, plagio, adulteración y falsificación de notas y firmas
m.
Cualquier otra
indisciplina que no este en esta lista pero sea considerada en contra de los
valores sociales, morales y éticos que pudieran perjudicar al alumno y sus
compañeros.
n.
Hacer escándalos
de cualquier tipo (peleas, gritos, lanzarse cosas, pintarse, echarse basura,
echarse talco, pintar paredes, etc.) fuera o dentro del plantel y utilizando el
uniforme del colegio, con sus propios compañeros u otros.
o.
Cualquier otra
indisciplina que no este en esta lista pero sea considerada en contra de los
valores sociales, morales y éticos que pudieran perjudicar al alumno y sus
compañeros.
Los alumnos que incurran en estos tipos de faltas serán
suspendidos o retirados del centro educativo, teniendo desaprobado en la nota de
conducta del bimestre con 05. En el caso de suspensión temporal ingresarán
nuevamente al colegio acompañados con su padre de familia o apoderado y luego de
revertido el daño económico o mobiliario si es el caso.
Los organismos
encargados de aplicar sanciones son:
-
La Dirección
-
Los
coordinadores de primaria y secundaria.
-
El Auxiliar
-
El personal
docente.
DERECHOS DE LOS
PADRES DE FAMILIA
Artículo 57
Constituyen
derechos de los padres de familia:
a.
Recibir para con
sus menores hijos una educación que está de acuerdo con los postulados de la Ley
General de Educación.
b.
Recibir la
información sobre los avances y rendimientos bimestralmente, mediante la libreta
de notas.
c.
Recibir por
intermedio del cuaderno de control, las notas de las practicas, exámenes,
ejercicios, tareas, entre otros, que el profesor va evaluando en el periodo
académico.
d.
Recibir
información de circulares y comunicados para eventos, rol de exámenes,
informativos, recordatorios, etc. con un mínimo de 24 horas de anticipación de
los hechos.
e.
Estar seguro que
a su menor hijo, recibirá cuidados en su integridad física y psicológica. La
institución avisará si ha ocurrido algún tipo de accidente físico (golpes,
lesiones, etc.) o materiales (por ejemplo pantalón roto, mojado, etc.)
DEBERES DE LOS
PADRES DE FAMILIA
Artículo 58
Constituyen
deberes de los padres de familia:
a.
Cumplir con las
normas establecidas en el presente reglamento y las que dictan las normas,
valores y costumbres sociales de nuestro pais.
b.
Comprometerse a
cumplir la orientación y fines del Colegio y someterse al régimen educativo
establecido para con su menor hijo.
c.
Asegurarse que
el menor, llegue puntualmente a sus clases.
d.
Enviar al menor
al colegio correctamente alimentado.
e.
Asegurarse que
el menor, no sufra limitaciones corregibles (por ejemplo lentes)
f.
Esperar al menor
en casa, tomando en cuenta el tiempo de la distancia.
g.
Asistir
puntualmente a las reuniones de padres de familia y escuelas para padres.
h.
Asegurarse que
el menor, posea los materiales necesarios para el cumplimiento de sus labores
educativas. (lista de útiles).
i.
Asegurarse que
el menor, cumpla con todas sus tareas y estudie para sus evaluaciones.
j.
Pagar las
pensiones dentro del mes de servicio.
k.
No enviar a su
menor hijo enfermo o con fiebre. Debiéndolo llevar a consulta médica para
presentar la excusa por la falta.
l.
Excusar toda
falta a clases, tardazas y cualquier otra falta disciplinaria.
m.
Traer a clases
personalmente luego de que al menor se le haya suspendido por indisciplina
n.
Pedir una
reunión previa para conversar con los profesores o personal administrativo y no
interrumpir las labores planeadas del día.
o.
Responder a los
comunicados por intermedio del cuaderno de control.
p.
Firmar
diariamente el cuaderno de control del menor para saber cualquier comunicado del
colegio y/o profesor con respecto al alumno.
PROHIBICIONES Y
SANCIONES
Artículo 59
El régimen
disciplinario del Plantel buscará organizar y sistematizar el comportamiento de
los padres de familia para contribuir al desarrollo de la personalidad de los
menores alumnos, respetando sus derechos y exigiendo el cumplimiento de sus
deberes.
PROHIBICIONES
Artículo 60
Los alumnos
están prohibidos de lo siguiente:
a.
Venir al centro
educativo en estado alcohólico o con influencia de alguna droga.
b.
Venir al centro
educativo con indumentaria poco conservadora.
c.
Venir al centro
educativo con armas de fuego, químico o punzo cortantes
d.
Traer animales
y/o insectos. (perros, arañas, etc.)
e.
Interrumpir las
clases para hacer llegar poncheras, cuadernos, llaves, celulares, etc, a los
alumnos.
f.
Interrumpir las
clases para pedir reunirse con los profesores o alumno sin previa sita o sin
respetar el horario de atención de cada docente (publicado en el panel)
g.
Programar y/o
realizar fiestas de cumpleaños dentro del colegio sin previa comunicación a la
dirección.
h.
Discutir o
pelear dentro o fuera del plantel con otros padres de familia, personal docente
o administrativo, no demostrando ser ejemplo a seguir.
i.
Dar ejemplo de
faltas a la moral.
j.
Pertenecer a
grupos subversivos o bandas organizadas que se contraponen a los valores
sociales y morales.
k.
Dañar física y/o
psicológicamente al menor.
l.
No asistir a las
reuniones de padres de familia y/o escuelas para padres.
m.
Retrasar el
ingreso y/o salida de los alumnos.
n.
Consumo de
tabaco, tomar bebidas alcohólicas u otras sustancias altamente tóxicas u
prohibidas, dentro del plantel.
o.
Presentar
documentos falsos o dolosos, para la matricula del menor.
p.
No firmar el
cuaderno de control del menor.
q.
No firma la
libreta de notas que se entrega bimestralmente.
r.
Fomentar la
discriminación de cualquier tipo (religioso, racial, medico, social, etc.),
s.
Inicia cualquier
tipo de proceso judicial o extrajudicial en contra del centro educativo.
t.
Sustraer objetos
ajenos o participar en hurtos, robos u estafas, dentro y fuera del plantel.
SANCIONES
Artículo 61
a.
Por no asistir a
las reuniones de padres de familia y/o escuelas para padres, deberá abonar una
multa de S/. 15.00 (quince con 00/100 nuevos soles) salvo que posea una excusa
medica.
b.
Por Indisciplina
de los padres de familia que perjudiquen a su menor hijo, como los siguientes:
entregar documentos dolosos, falta de respeto, agresión, uso de palabras soez,
fomentar el desorden y discusiones contra otros padres de familia, alumnos,
mobiliario o miembros de la institución educativa; formar parte de bandas
organizadas (narcotráfico, robo, secuestro, etc.), formar parte de grupos
subversivos, fomentar la discriminación de cualquier tipo (religioso, racial,
medico, social, etc.), Cuando se inicia cualquier tipo de proceso judicial o
extrajudicial en contra del centro educativo. Se expulsará al menor alumno.
c.
Cualquier otra
indisciplina que no este en esta lista pero sea considerada en contra de los
valores sociales, morales y éticos que pudieran perjudicar al alumno y sus
compañeros. Se evaluará la sanción llegando a la expulsión del alumno.
d.
Se pedirá la
ayuda e intervención de las autoridades respectivas (policía, fiscalia, etc.)
por cualquier tipo de maltrato físico o psicológico que pudiéramos detectar en
el menor originado en el hogar o fuera del hogar.
e.
Se pedirá la
ayuda e intervención de las autoridades respectivas (policía, fiscalia, etc.)
por cualquier evento o hecho de maltrato físico o escándalos originados por los
padres de familia dentro y/o fuera del local de la institución educativa.
f.
Al llamar al
padre de familia en dos (2) ocasiones sucesivas y no se apersone a la
institución para dialogar sobre el motivo de la llamada y/o no firmar el cargo
respectivo y/o no comunicarse telefónicamente o por escrito. Se suspenderá al
alumno hasta que el padre de familia se apersone a la institución. Ya que se
considera que el padre de familia no esta cuidando al menor.
Los organismos
encargados de aplicar sanciones son:
-
La Dirección
-
Los
coordinadores de primaria y secundaria.
-
El personal
docente.
CAPITULO X
DE LAS
RELACIONES
Y COORDINACIONES
Artículo 62
El Centro Educativo fomenta las buenas relaciones entre sus
integrantes en general, alumnado, docentes y personal administrativo, mediante
las diferentes coordinaciones para la realización de eventos y reuniones dentro
y fuera del plantel. Teniendo en cuenta los siguientes puntos:
-
Los
concursos de Comunicación, Razonamiento, Idiomas, Creatividad Científica y
Creatividad Artística, que se realizan en cada Bimestre, nos sirven para
fomentar la unión de alumnos y profesores.
-
En cada
semestre se realizan visitas a teatros, museos, fábricas, empresas, paseos
que sirven para estrechar la relación entre alumnos, profesores y comunidad.
-
A nivel de
Dirección constantemente se realizan reuniones con profesores para
intercambiar ideas y subsanar errores del que hacer educativo.
-
Hay una
estrecha relación entre los profesores y los padres de familia, para
informarles de los nuevos objetivos y hacer posible una mayor participación
en la enseñanza del aprendizaje de sus hijos.
-
Se fomenta
entre los alumnos el respeto mutuo con igualdad de derechos y deberes.
-
Compartir la
responsabilidad entre todos.
-
Se fomenta
con los profesores, mantener un clima de trabajo, silencio y respeto en
todas las clases y con todos los profesores por igual.
-
En el
recreo, respetar el juego o espacio de todos.
-
Elaboración
de proyectos científicos y artísticos capaces de fomentar la investigación
del alumno e incrementar las buenas relaciones entre los docentes y el
alumnado.
-
Colaborar en
el Orden y Limpieza del aula.
-
Colaborar en
el desarrollo de los periódicos murales de cada salón y los diferentes temas
a implementar.
-
Colaborar en
el desarrollo y aprendizaje de técnicas de primeros auxilios y simulacros de
defensa civil, conjuntamente con alumnados, docentes y personal directivo
del centro educativo.
-
Los alumnos
de primaria podrán celebrar sus cumpleaños dentro del plantel, si es su
deseo, pero respetando a sus compañeros de las demás aulas y en la última
hora de clases. Las coordinaciones se tienen que realizar mediante la
profesora y la dirección.
CAPITULO XI
DE LA
ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS
Artículo 63
-
El I.E.P.
PERUANO DEL SAGRADO CORAZON está destinado a proporcionar Educación Primaria
y Secundaria a un costo que va relacionado con la realidad nacional y
destinada a la población escolar de nuestra ciudad.
-
Los padres
de familia contribuirán al financiamiento del plantel, con aportaciones
económicas por los servicios prestados en la educación.
-
Las
pensiones durante el año académico 2008 tendrán un costo de S/ 190.00 (Un
ciento noventa con 00/100 Nuevos Soles)
-
El pago por
concepto de Matrícula, es equivalente a una cuota de la pensión
anteriormente indicada y se realiza una vez al año, junto con la primera
pensión.
-
La pensión
de la I.E.P. Peruano del Sagrado Corazón es una suma anual, que se ha de
cancelar íntegramente, aún en el caso de ausentarse temporalmente el alumno
en el curso del año escolar.
-
Para
facilitar los pagos, el cobro de la pensión anual se realizará en 10
mensualidades, desde Marzo hasta Diciembre de cada año, más la Matrícula.
También se podrá efectuar, al inicio del Año Escolar, el pago del total de
las 10 pensiones y la Matrícula, obteniendo un descuento de S/. 100.= (un
cien con 00/100 nuevos soles) por pronto pago.
-
Los alumnos
que no estén al día en el pago de sus pensiones, no podrán retirar sus
certificados, libretas de notas y otros tipos de documentos, hasta la
solución de dicha deuda, según la Ley Nº 27665.
-
Las
pensiones, matriculas y cuota de ingreso, se rigen según las normas del DS
001-1996-ED y su modificaciones en el DS 005-2002-ED. Los padres de familia
o apoderados que deban mas de dos meses deberán firmar una “Carta de
compromiso de pago” según las disposiciones legales anteriormente indicadas
y su no cumplimiento para el retiro definitivo de la institución educativa.
-
La
acumulación de dos meses consecutivos o alternos de no haber cancelado sus
pensiones desarrollará nuestra renuncia a seguir brindándoles los servicios
de nuestro Centro Educativo y el alumno deberá, dejar de asistir al plantel
o retirar sus documentos de matrícula, previa cancelación de su deuda.
-
A las
pensiones atrasadas por más de un mes se le añadirá un monto de S/.2.00 por
concepto de Pago extemporáneo, S/.3.00 por concepto de Gastos de Cobranza
(Llamada por teléfono, circulares, etc.) y S/.5.00 por concepto de Gastos
Administrativos. Dando un total de S/.10.00 por el mes atrasado el cual
seguirá aumentando mensualmente.
-
El pago de
las pensiones se realizará los primeros 5 días útiles del mes que
corresponde. Después de culminado el mes y no habiendo cancelado la pensión
se considerará como Pago Extemporáneo añadiendo el monto correspondiente por
dicho concepto según el punto anterior.
-
Al
efectuarse los pagos por cualquier concepto, los padres de familia recabarán
su correspondiente boleta de pago en la Secretaría del Plantel, no
existiendo reembolso por ningún motivo.
CAPITULO XII
BECAS Y
SEMI-BECAS
Artículo 64
La I.E.P. Peruano del Sagrado Corazón, desarrolla anualmente un
concurso de becas y semibecas, el deseo de este concurso es darles oportunidad y
ayuda a los niños y jóvenes con motivación de estudio y progreso, llevándolos a
un mejor nivel intelectual y orientándolos a ser lideres desde sus inicios y ser
capaces de enfrentar a nuevos retos que se presentan en nuestra sociedad y en el
mundo globalizado.
Artículo 65
El centro
educativo toma una evaluación según un cronograma que se presenta una sola vez
al año y en el cual se incluye el costo de la misma.
Artículo 66
Las becas consisten, en brindar los servicios educativos
gratuitos y no incluyen el uniforme de clases, uniforme de educación física,
cuaderno de control, libreta de notas, materiales didácticos, gastos
administrativos, ni matricula.
Artículo 67
Las becas y semi-becas solo se obtendrán por merito a las notas
del examen de selección y no por primeros puestos de otros colegios o por
situación económica familiar.
Artículo 68
Los participantes que logren las becas y semi-becas deberán
seguir estrictamente las Normas y Reglamento de la I.E.P. Peruano del Sagrado
Corazón y asistir correctamente uniformados, siendo ejemplo para sus demás
compañeros.
Artículo 69
Las Becas se
perderán y pasarán a la condición de Semi-becados en los siguientes casos:
a.
Por la
acumulación de faltas a las Normas y Reglamento del I.E.P. PERUANO DEL SAGRADO
CORAZON en un bimestre, no debiendo tener menos de 15 en su nota de conducta.
b.
Por faltas de
conducta o graves a las Normas y Reglamento del I.E.P. PERUANO DEL SAGRADO
CORAZON.
c.
Por acumulación
de inasistencias injustificadas en un bimestre.
d.
Por acumulación
de tardanzas injustificadas en un bimestre.
e.
Por las
inasistencias injustificadas a los simulacros de examen mensuales en el caso de
los alumnos de secundaria.
f.
Por disminución
de su rendimiento académico, debiendo tener un promedio bimestral en su libreta
de 16.
g.
Por tener 3 ó
más cursos con nota desaprobatoria en un bimestre.
h.
Por falta de
pago del monto destinado para los materiales didácticos y gastos administrativos
en dos meses si es que lo hubiera.
Artículo 70
Podrán regresar
a su nivel de Beca, si regularizan y compensan toda falta anteriormente descrita
en el bimestre siguiente, perdiendo la posibilidad de regresar a su condición de
becado, si las irregularidades continúan en dos bimestres, pasando a ser alumno
con la pensión establecida del I.E.P. PERUANO DEL SAGRADO CORAZON.
Artículo 71
Las Semi-Becas
se perderán y pasarán a la condición de alumno regular en los siguientes casos:
a.
Por la
acumulación de faltas a las Normas y Reglamento del I.E.P. PERUANO DEL SAGRADO
CORAZON en un bimestre, no debiendo tener menos de 15 en su nota de conducta.
b.
Por faltas
graves a las Normas y Reglamento del I.E.P. PERUANO DEL SAGRADO CORAZON.
c.
Por acumulación
de inasistencias injustificadas en un bimestre.
d.
Por acumulación
de tardanzas injustificadas en un bimestre.
e.
Por las
inasistencias injustificadas a los simulacros de examen mensuales en el caso de
los alumnos de secundaria.
f.
Por disminución
de su rendimiento académico, debiendo tener un promedio bimestral en su libreta
de 15.
g.
Por disminución
de su rendimiento pre-universitario, debiendo tener un promedio mínimo mensual
en sus simulacros semanales de 13.
h.
Por tener 3 ó
más cursos con nota desaprobatoria en un bimestre.
i.
Por falta de
pago del monto destinado a la pensión de semi-becas
Artículo 72
Podrán regresar
a su nivel de semibecados, si regularizan y compensan toda falta anteriormente
descrita en el bimestre siguiente, perdiendo la posibilidad de regresar a su
condición de semibecado, si las irregularidades continúan en dos bimestres.
ANEXO 1
FUNCIONAMIENTO
DE LA CAFETERIA
A.1.1
La cafetería del colegio se encuentra ubicada internamente y suministra
solamente servicios alimentarios a los alumnos, docentes y personal
administrativo. El presente anexo regula las normas a seguir en la concesión de
la cafetería.
A.1.2
Los alimentos que se suministran deberán ser productos de origen y calidad
garantizada con autorización sanitaria y fecha de vencimiento en vigencia.
A.1.3
El horario de atención se ajustará al horario de atención de la administración.
A.1.4
Los alimentos que se suministran y que fueran perecibles deberán ser
preparados al momento o no tener más de tres días en exhibición, se prohíbe los
alimentos perecibles en bolsas plásticas como canchas, chifles, papitas, entre
otros que no tengan autorización sanitaria y fecha de vencimiento.
A.1.5
Se prohíbe tener cubiertos y platos sucios o en mal estado, acumulados y
expuestos.
A.1.6
La higiene y acondicionamiento del ambiente destinado para la cafetería está
bajo responsabilidad del concesionario, incluyendo mantenimiento de las
instalaciones eléctricas, pisos, paredes y utensilios a utilizar.
A.1.7
El concesionario pierde todos sus derechos por el manejo de la cafetería, al
faltar en cualquiera de los puntos del presente anexo y a la moral y buenas
costumbres que conlleva nuestra sociedad.
A.1.8
El concesionario pierde todos sus derechos al no pagar oportunamente su aporte
por concesión al mes adelantado y sin ningún mes de atraso.
A.1.9
La higiene del personal a trabajar en la cafetería deberá constar de un mandil
impecable, zapatos o zapatillas, ambos de colores claros y con su respectivo
carné de sanidad emitido por el municipio y en vigencia.
A.1.10
La concesionaria deberá incluir entre sus implementos y utensilios un extintor
de 6 kilos cargados y en vigencia.
A.1.11
La concesionaria deberá incluir entre sus implementos y utensilios un botiquín
para primeros auxilios con medicina en vigencia.
A.1.12
No se expenderá ningún producto en horario de clases a los alumnos del colegio,
solamente en horario de recreo, entrada o salida de clases.
A.1.13
En el ambiente de la cafetería se deberá exhibir los precios de cada producto de
forma clara y a la vista de toda persona que ingrese.
A.1.14
No se venderá otros tipos de productos que no sean los que
involucren a la concesión de alimentos, por ejemplo, la venta de útiles de
escritorio, perfumes, juegos, etc.
A.1.15
El personal del concesionario deberá aportar en la educación de los alumnos del
colegio, manteniendo higiene, buenas costumbres, alto nivel de moral y respeto
mutuo para con todos los vinculados al centro educativo.