REGLAMENTO DEL COLEGIO

 

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         REGLAMENTO INTERNO

DE LA I.E.P.

PERUANO DEL SAGRADO CORAZÓN

 

2008


 

 


CAPITULO I

 

DISPOSICIONES GENERALES

 

 

Artículo 1

Las características son:

a.      Somos un Centro Educativo de Gestión no estatal, mixto

b.      Se imparte educación escolarizada en el nivel de primaria y secundaria en la modalidad de menores.

c.      Funciona en dos turnos: mañana de Lunes a Viernes 07:45 am hasta las 2:30 pm y Tarde de Lunes a Viernes de 3:00pm hasta las 6:45 pm y Sábados de 9:00 am a 1:00 pm. Para funciones administrativas, talleres o reforzamientos.

d.      Integra la UGEL Nro. 03

 

Artículo 2

Se encuentra ubicado en el Jr. Trujillo 140, Urb. Sta. Catalina, La Victoria, altura de la Cuadra 9 y 10 de la Av. Canada.

 

 

CAPITULO II

DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, CREACIÓN, FINES, OBJETIVOS,

FUNCIONES GENERALES, ESTRUCTURA ORGANICA DE LA

I.E.P. PERUANO DEL SAGRADO CORAZÓN

 

 

SOBRE LA CREACIÓN

Artículo 3

Fue creado por Resolución Ministerial Nº 071, el 19 de Septiembre de 1945, como una institución sin fines de lucro.

 

SOBRE LA FINALIDAD

Artículo 4

La finalidad del presente reglamento interno del I.E.P. Peruano del Sagrado Corazón es normar los derechos y obligaciones de su organización e integrantes.

 

OBJETIVOS GENERALES

Artículo 5

a.      Propiciar la formación integrar de los alumnos

b.      Desarrollar y perfeccionar la tecnología educativa. Buscando la innovación pedagógica y organización de los procesos de aprendizaje en el aula.

c.      Elevar el nivel académico y fomentar el interés por el arte, así como capacitarlos en algunas opciones laborales.

d.      Promover y desarrollar actividades culturales, deportivas y de recreación.

e.      Fortalecer la fe cristiana y la religión católica en los alumnos y demás estamentos del plantel.

f.        Hacer hincapié en el Patriotismo y civismo. Formando niños, jóvenes y adultos como personas y ciudadanos capaces de construir la democracia, el bienestar y el desarrollo nacional.

 

FUNCIONES GENERALES

Artículo 6

El servicio que se ofrece en todos lo niveles está orientado a garantizar con sentido intercultural la equidad y calidad en las aulas y en los diversos espacios educativos.

 

a.      Impartir educación primaria y secundaria de menores.

b.      Propiciar la formación integral de los educandos.

c.      Desarrollar y perfeccionar la tecnología educativa.

d.      Administrar eficientemente los recursos económicos.

 

OBJETIVOS ESPECIFICOS

Artículo 7

a.      Brindar al educando oportunidades de aprendizaje que le permitan adquirir conocimientos en los campos humanísticos, científicos, que estimulen el desarrollo de sus capacidades para aprender; analizar y evaluar el medio natural, cultural y social en los ámbitos locales, micro regional, nacional e internacional.

b.      Profundizar el conocimiento y afianzar la práctica de los valores cívico-patrióticos; éticos y religiosos.

c.      Brindar al educando servicios de orientación y bienestar que contribuyan al conocimiento y comprensión de sí mismo y al desarrollo de su personalidad.

d.      Ofrecer orientación vocacional, profesional y formación teórico-práctico que facilite el incremento en el desarrollo de conocimientos básicos, aptitudes, habilidades y destrezas que los capacite para estudios superiores.

e.      Preservar en la disciplina, higiene y limpieza.

 

DE LA ESTRUCTURA ORGANICA

Artículo 8

El I.E.P. PERUANO DEL SAGRADO CORAZON para cumplir con sus objetivos generales y específicos ha tomado la siguiente organización:

a.      Organismo de Dirección.

b.      Órgano de Asesoramiento

a.      Coordinación Interna

c.      Órganos Técnico Pedagógico

a.      Personal Docente

d.      Órganos de Apoyo al Educando

a.      Profesores tutores.

b.      Personal de Educación

e.      Órganos de Apoyo Administrativo

a.      Secretaría.

 

CAPITULO III

 

FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS

ORGANOS Y MIEMBROS QUE LO INTEGRAN

 

DEL ORGANISMO PROMOTOR

Artículo 9

El Centro Educativo, entre otras facultades, tiene la de: Intervenir en las orientaciones axiológicas, académica y administrativas del colegio.

 

DEL ORGANISMO DE DIRECCIÓN

Artículo 10

Son funciones básicas del Director:

  1. Responsable de la organización y funciones generales del Colegio
  2. Debe planificar, organizar, controlar, supervisar y evaluar las acciones de los organismos internos que intervienen en el proceso educativo.
  3. Es el representante legal del colegio, con la autoridad y responsabilidad necesaria para que se cumpla los fines del plantel.

 

DEL ORGANISMO DE ASESORAMIENTO

Artículo 11

El Coordinación Interna COI es el encargado de coordinar acciones a fin de lograr los objetivos propuestos. Estando conformado por una profesora de primaria y un profesor de secundaria.

 

Artículo 12

Es el organismo que coordina y orienta las actividades educativas, buscando optimizar la formación académica de los alumnos. El responsable directo es el director.

 

Artículo 13

La Asamblea de Profesores tiene por función la participación activa y aportación de sugerencias a fin de lograr la buena marcha del Plantel y la optimización del Servicio Educativo.

 

DEL ORGANISMO TÉCNICO PEDADOGICO

Artículo 14

Es el organismo que coordina y orienta las actividades educativas buscando optimizar la formación académica de los alumnos. El responsable directo es el Director.

 

DEL ORGANISMO DE APOYO AL EDUCANDO

Artículo 15

Los Organismo de Apoyo al Educando, son los que favorecen el desarrollo personal, vela por la salud física, mental y espiritual de los alumnos. Proporciona a los alumnos orientación vocacional y profesional.

 

DEL ORGANISMO DE APOYO ADMINISTRATIVO

Artículo 16

Es el organismo que complementa la labor educativa, responsable directo es la secretaria, realiza las funciones de administración, trámite documentario, infraestructura, servicios.


 

 

CAPITULO IV

 

ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO

 

Artículo 17

Contempla los siguientes aspectos:

  1. Caracterización de la problemática (Situación, problema, Causa, efecto, alternativa de solución)
  2. Definición de objetivos y metas
  3. Formulación y elaboración de actividades

 

Artículo 18

De la formulación, discusión y aprobación del Plan Anual de Trabajo del Plantel son responsables:

  1. El Promotor
  2. El Director
  3. El personal Docente
  4. El personal Administrativo

 

Artículo 19

El Plan Anual de Trabajo, será elaborado con la participación plena de los trabadores del Plantel, cuyas observaciones y algunas modificaciones serán tratadas en Asamblea General conjuntamente con el director y promotor.

 

Artículo 20

La ejecución de lo planificado es responsabilidad de todos los trabajadores del Plantel.

 

Artículo 21

La Supervisión y Evaluación del Plan Anual de Trabajo es de responsabilidad del Director de la Institución educativa.

 

DEL DESARROLLO CURRICULAR

Artículo 22

Para la Programación curricular de las diferentes asignaturas se tendrá en cuenta lo siguiente:

  1. El personal docente de cada asignatura son los responsables.
  2. El período de programación es el mes de Marzo
  3. El trabajo es por equipo de docentes
  4. Los objetivos de cada asignatura estarán en función de los contenidos para cada línea de Acción Educativa.

 

 

DE LA SUPERVISIÓN

Artículo 23

El Plan Anual de Supervisión contiene:

  1. Caracterización de la problemática
  2. Objetivos y metas
  3. Cronograma de acciones y/o tareas.

 

Artículo 24

La Supervisión en el colegio aspira a:

  1. Verificar y evaluar los aspectos técnicos-pedagógicos y administrativos
  2. Fomentar el diálogo e intercambio de experiencias entre el supervisor y el docente

 

Artículo 25

La formulación, discusión, aprobación, ejecución y evaluación es de responsabilidad del director.

 

DE LA JORNADA DE TRABAJO

Artículo 26

El personal del centro educativo distribuye su jornada de trabajo de la siguiente forma:

a.      El personal directivo ejerce su cargo desde las 8:00 a.m. hasta las 3:00 p.m.

b.      El personal de la sección ejerce su cargo desde las 7:30 a.m. a 3:00 p.m.

c.      El personal docente por horas, ejerce su cargo de acuerdo al número de horas pedagogicas (hora de hasta 45 minutos).

d.      El personal administrativo cumplirá su tarea laborando desde las 7:30 a.m. a 4:00 p.m.

e.      El personal de servicio labora 48 horas cronológicas a la semana, 8 horas diarias, o las que por medidas de emergencia adopte el gobierno.

 

 

CAPITULO V

 

DE LA ORGANIZACIÓN DEL

TRABAJO ADMINISTRATIVO

 

Artículo 27

Son responsables el Promotor, el Director y la Secretaria.

 

Artículo 28

Tiene como funciones apoyar en organizar, orientar, supervisar, evaluar el proceso de la enseñanza y el aprendizaje.

 

Artículo 29

Preparar la documentación para el Despacho correspondiente con el Director.

 

Artículo 30

Realizar tareas de trámite documentario, certificados y constancias.

 

Artículo 31

Es el encargado de llevar el Registro de Control de Asistencia de todo el personal.

 

Artículo 32

Coordinar acciones de requerimiento de material de enseñanza, oficinas, etc.

 

Artículo 33

El mantenimiento y necesidades que requiere el plantel, lo realiza el propietario asesorado con el Director, Secretaria. Las acciones realizadas por la dirección son:

  1. Pintado interno y externo de los ambientes, Aulas y fachadas.
  2. Pintado del mobiliario escolar
  3. Reposición de lunas
  4. Reparación de servicios higiénicos
  5. Compra de carpetas y pizarras.

 

CAPITULO VI

 

FUNCIONAMIENTO DE LA

INSTITUCIÓN EDUCATIVA

 

 

FUNCIONES DEL DIRECTOR

Artículo 34

Son funciones del Director:

a.      Representar legalmente al Centro Educativo

b.      Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el Plan de trabajo anual.

c.      Velar por el cumplimiento de los objetivos educacionales y por el buen trato de los alumnos dentro y fuera del plantel.

d.      Organizar y dirigir el servicio de supervisión educativa.

e.      Autorizar visitas de  estudio dentro del ámbito departamental de acuerdo a las normas específicas.

f.        Organizar el proceso de matrícula

g.      Formular el cuadro de necesidades

h.      Programar, organizar, coordinar, supervisar y evaluar el desarrollo de las acciones técnico pedagógico correspondiente al nivel primario y secundario.

i.         Participar en todo el proceso de planeamiento de los niveles y del plantel

j.         Supervisar la distribución de los alumnos en las diferentes secciones

k.       Verificar la programación curricular y establecer los reajustes que sean convenientes para alcanzar un servicio adecuado.

l.         Hacer cumplir las actividades impartidas por la dirección del Plantel.

m.    Reunir periódicamente al personal docente a fin de apreciar los resultados educativos, escuchar sugerencias y dictar medidas convenientes para alcanzar un mejor rendimiento

n.      Controlar la asistencia del personal docente que permita prestar un buen servicio educativo.

o.      Presentar informes semestrales a la Dirección del plantel sobre la marcha educativa del nivel correspondiente

p.      Realizar la supervisión de clases dictadas

q.      Informar a los padres de Familia sobre el avance curricular de los alumnos.

 

FUNCIONES DEL PERSONAL DOCENTE

Artículo 35

Las funciones del Personal Docente son:

a.      Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan Educativo

b.      Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, así como las actividades de Orientación y bienestar del educando.

c.      Organizar y ambientar el aula y prepara el material educativo

d.      Evaluar el proceso de enseñanza y aprendizaje

e.      Atender a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanecen en el Centro Educativo.

f.        Atender a los Padres de Familia en el horario establecido por el Centro Educativo

g.      Apoyar en la formación de los alumnos, paseos, desfiles, presentaciones artísticas,  dentro y fuera del plantel.

h.      Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, presentando su presentación curricular y sílabo, en documento impreso, por duplicado y grabado en disquete.

i.         Evaluar al educando en forma integral y permanente.

j.         Cumplir con la elaboración oportuna de la documentación pedagógica y administrativa de la sección o asignatura a su cargo; calificar oportunamente los trabajos, los exámenes escritos, mantener al día los registros de evaluación, presentándolo en las fechas establecidas, confeccionar las actas promocionales y otras que le sean asignadas por al dirección.

k.       Cumplir su labor con eficiencia, puntualidad y espíritu de colaboración, procurando con el ejemplo realizar su misión educativa

l.         Participar en acciones programadas de investigación de nuevos métodos y técnicas de trabajo educativo, así como en eventos de actualización profesional organizada por al dirección.

m.    Colaborar con el mantenimiento de la disciplina de los alumnos en el aula y formación en el patio, cumpliendo con el rol de formación en las fechas que se le asigne.

n.      Informar a los tutores de las deficiencias observadas en el rendimiento y comportamiento de los alumnos para la oportuna adopción de las medidas correctivas.

o.      Informar a la dirección en casos sumamente necesarios de indisciplina para que sean tomadas las medidas correctivas.

p.      Cooperar en las acciones de mantenimiento y conservación de los bienes del colegio.

q.      Responsabilizarse por los materiales educativos entregados a inicio de año y por su conservación.

r.        Exigir a los alumnos corrección en clase, empleo de un lenguaje adecuado y seriedad en su manera de comportarse propiciando una conducta con la reserva de su condición jerárquica y dentro de los principios de respeto mutuo.

s.      Evitar actitudes e interacción con los alumnos que puedan propiciar falta de conducta moral y ética.

t.        Presentar anualmente y/o cuando se les solicite los informes técnico-pedagógicos con las indicaciones de los logros, dificultades y sugerencias.

 

FUNCIONES DE LA SECRETARIA

Artículo 36

Son funciones de secretaría la siguiente:

a.      Prepara la documentación para el despacho correspondiente del director.

b.      Realizar tareas de trámite documentario (certificados, constancias y otros)

c.      Redactar y mecanografías documentos variados de acuerdo a las instrucciones del Director.

d.      Archivar la documentación observando las normas correspondientes

e.      Orientar a los padres de Familia sobre los servicios y gestiones administrativas a realizarse

f.        Llevar el registro y control de asistencia de personal.

g.      Llevar el registro y control de la asistencia de los alumnos.

h.      Orientar a los alumnos en los horarios, uniforme y disciplina cuando este se requiera.

i.         Llevar el inventario de los enseres del área administrativa y velar por su conservación

j.         Mecanografiar las nóminas de matricula y las actas de evaluación promocional

k.       Archivar en ambiente seguro y especial las actas promocionales.

l.         Coordinar acciones de requerimiento de material de enseñanza, oficinas, etc.

 

FUNCIONES DEL AUXILIAR DE EDUCACIÓN

Artículo 37

Son funciones del auxiliar de Educación, las siguientes:

a.      Orientar a los alumnos en el cultivo de los valores, objetivos y fines de la educación.

b.      Velar por la integridad física, moral y espiritual de los alumnos

c.      Mantener estrecha comunicación y coordinación con el tutor, profesor de las diferentes asignaturas.

d.      Mantener un clima de amistad con los docentes, padres de familia y educandos.

e.      Acompañar a los delegaciones de los alumnos a los eventos que se realicen fuera del centro educativo

f.        Incentivar a los alumnos en la conservación de la infraestructura del plantel, el material educativo, el mobiliario escolar y sobre todo para la conservación del aseo personal del alumno.

g.      Participar en la elaboración del reglamento de disciplina

h.      Calificar la conducta en la base de una tabla de criterio o rubros para la evaluación de la conducta.

i.         Efectuar rodas permanentes por los diferentes ambientes del Centro Educativo, velando por el estricto cumplimiento de las normas de disciplina, especialmente a la hora de recreo.

j.         Controlar la adecuada presentación personal con respecto al uniforme, aseo personal y útiles escolares.

k.       Atender el buen uso del tiempo libre en el aula.

l.         Realizar formaciones generales con el alumnado para las diferentes actuaciones cívico-patrióticas

m.    Detectar y dar a conocer al tutor la problemática conductual de los educandos

n.      Mantener actualizado el registro de asistencia e informar a la dirección bimestralmente.

 

RESPONSABLE DE LA SALA DE CÓMPUTO

Artículo 38

Son funciones del Responsable de la Sala de Cómputo, las siguientes:

a.      Programar los objetivos, contenidos y actividades de acuerdo a la existencia de las computadoras y asignaturas, teniendo relación con los objetivos del nivel o grado correspondiente.

b.      Preparar el software adecuados para el desarrollo de la programación curricular.

c.      Velar por el estado físico y/o conservación de la sala de cómputo

d.      Apoyar en el aspecto técnico Pedagógico y administrativo del centro educativo

e.      Presentar informe periódico anual del material existente y sugerir la modernización de las máquinas de acuerdo al avance tecnológico.

 

RESPONSABLE DE LA BIBLIOTECA

Artículo 39

Son funciones del Responsable de la Biblioteca, las siguientes:

a.      Realizar los requerimientos de nuevos materiales didácticos, libros, revistas, videos, coleccionables, entre otros. Manteniendo la relación con los objetivos del nivel y grados correspondientes al centro educativo.

b.      Velar por el estado físico y/o conservación de toda la biblioteca.

c.      Orientar la búsqueda de información para los alumnos que requieren investigación.

d.      Apoyar en el aspecto técnico Pedagógico y administrativo del centro educativo.

e.      Mantener un orden estricto bajo criterios pedagógicos  de todos los materiales existentes en la biblioteca.

f.        Verificar y cuidar el buen funcionamiento y estado de los instrumentos musicales y deportivos del plantel.

g.      Verificar y cuidar el buen estado de conservación del pabellón nacional y asta de bandera del centro educativo.

h.      Verificar y cuidar el buen estado de conservación del los objetos y documentación históricos del centro educativo, como el pabellón nacional de 1945,  documentación de 1938, campana y cuadros de la época, entre otros.

i.          Presentar informes periódicos anuales del material existente.

 

RESPONSABLE DEL LABORATORIO DE CIENCIAS NATURALES

Artículo 40

a.      Realizar los requerimientos de nuevos materiales didácticos e implementos para los laboratorios de Física y Biología del Plantel. Manteniendo la relación con los objetivos del nivel y grados correspondientes al centro educativo.

b.      Velar por el estado físico y/o conservación de todos los laboratorios.

c.      Orientar la búsqueda de información para los alumnos que requieren investigación.

d.      Apoyar en el aspecto técnico Pedagógico y administrativo del centro educativo.

e.      Mantener un orden estricto bajo criterios pedagógicos  de todos los materiales existentes en los laboratorios.

f.        Verificar y cuidar el buen funcionamiento y estado de los equipos y materiales.

g.      Presentar informes periódicos anuales del material existente.

 

 

PERSONAL DE SERVICIO INTERNO

Artículo 41

Son funciones del personal de servicio internos, las siguientes:

a.      Mantener limpio las diferentes instalaciones del Colegio

b.      Velar por la conservación de la infraestructura, los bienes y enseres del colegio

c.      Realizar tareas de portería y vigilancia del colegio

d.      Realizar labores de consejería

e.      Velar por la seguridad de los muebles, equipos, herramientas y otros bienes del colegio

f.        Distribución interna y externa de la documentación.

g.      Cumplir otras funciones que le asigne la dirección.

 

 

CAPITULO VII

 

MATRICULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN

 

DE LA MATRICULA

Artículo 42

De conformidad con el reglamento general del Centro Educativo, el proceso de matrícula abarcará los siguientes pasos:

La Dirección de la I.E.P. PERUANO DEL SAGRADO CORAZON establecerá los requisitos formales para la admisión, teniendo en cuenta:

a.      Número de vacantes por grados o años de estudios

b.      Certificación concluyente de los estudios cursados el año anterior.

c.      Ausencia de impedimentos académico-disciplinarios, es decir, las referencias del plantel de procedencia.

d.      El Director del Plantel dispondrá la apertura de los Registros de Matrícula en el emes de Marzo

e.      La responsabilidad de la matrícula y la conservación de las fichas, corresponde a la Secretaría del centro educativo.

f.        Se establecerá en el Plantel el Régimen de: “Matricula Única”, en virtud de la cual los alumnos serán inscritos por una sola vez al ingresar.

g.      La Ficha de Matrícula constituirá el documento de referencia del alumno indispensable para su promoción o traslado. En ella se registrarán los datos correspondientes a la matrícula y los resultados de su evaluación permanente e integral, desde el acceso a la modalidad.

h.      Al acto de la matrícula, los alumnos deberán concurrir, obligatoriamente, acompañados de sus padres y apoderados obligatoriamente.

i.         Los padres o apoderados de los alumnos que se hallen matriculados en el Plantel, para ratificar la matrícula de sus hijos, llenarán y firmarán la Ficha de Confirmación de matrícula que se les entregará.

j.         Los requisitos para inscribir a los alumnos nuevos son:

a.      Partida de nacimiento y/o Partida de Bautizo

b.      Certificado Oficial de haber aprobado el año anterior.

c.      Certificado de Buena Conducta del último año escolar

d.      Ficha Única de Matrícula que se recabará en el Plantel de procedencia.

e.      No haber sido expulsado de su plantel de procedencia.

k.       Las pruebas de admisión valen como instrumento para:

a.      Detectar casos excepcionales que pudieran requerir educación o tratamiento especial en otra institución.

b.      Elaborar el cuadro de aptos para el ingreso al Plantel.

c.      Ubicar adecuadamente a los alumnos con la conformación de las secciones de acuerdo a los criterios existentes en el Plantel.

l.         La matrícula quedará anulada en caso de que resultara falso algunos de los documentos presentados.

m.    La edad cronológica mínima para el ingreso al Plantel 1er Grado es de 6 años.

n.      El número de alumnos que debe admitirse por sección no será en ningún caso superior a los 40 por aula.

o.      Cerrada la matrícula, el Director del Plantel enviará la nómina de alumnos por secciones y grados en estricto orden alfabético a la USE para su aprobación, las que irán acompañadas por sus respectivos documentos.

p.      Los traslados de matrícula sólo podrán efectuarse hasta 60 días antes de la finalización del segundo semestre lectivo, salvo el caso debidamente acreditado de cambio de residencia del alumno.

q.      Al producirse el traslado de matrícula, el educando llevará consigo su Ficha Única y su tarjeta de información, las que deberá presentar en el Centro Educativo al cual se traslada, debiendo quedar en los Centros Educativos de origen, un duplicado de las mismas.

 

DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN

Artículo 43

La evaluación del educando será permanente, integral y flexible en función de los objetivos educacionales propuestos.

La evaluación del educando tiene por finalidad

a.      Diagnosticar la situación del educando para orientar adecuadamente las acciones educativas.

b.      Verificar y valorar el logro de los objetivos educacionales previstos.

c.      Proporcionar la información necesaria para la adopción de medidas de reajustes y complementación.

Los alumnos tendrán una tarjeta de información, en que se registrará los calificativos sobre su rendimiento y conducta que serán entregados en las fechas señaladas por la Dirección y deberán devolverlas firmadas por sus padres o apoderados, dentro de un plazo de tres días.

Los profesores deberán colocar en los registros del plantel calificativos bimensuales, a base de los procedimientos de evaluación que utilicen:

a.      Prueba escrita mensual

b.      Intervenciones orales

c.      Asignaciones

d.      Diálogo

e.      Evaluación grupal

 

Los promedios de cada asignatura se obtendrán en base a las calificaciones obtenidas con los diferentes procedimientos. En el período de planificación y al inicio de cada semestre lectivo, los equipos docentes de línea determinarán los procedimientos de evaluación más apropiados para cada asignatura del vitae y que se adecuen en las diferencias individuales los educandos. Se podrá emplear uno o más procedimientos de evaluación para cada asignatura y calificar una o más veces por cada procedimiento.

El alumno que falte a una prueba mensual, podrá justificar su inasistencia y solicitar una nueva fecha para rendirla.

Al término de cada semestre, se tomarán pruebas de revisión general en lugar de los pasos escritos mensuales.

Los Registros Oficiales de Evaluación deben llevarse sin borrones ni enmendaduras, no deben salir del plantel por ningún motivo.

 

DE LA PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN

Artículo 44

a.      La promoción de los alumnos al año inmediato se realizará según las normas oficiales vigentes del Ministerio de Educación.

b.      Los educandos que al segundo semestre lectivo no hubieran alcanzado los requisitos mínimos de grado, serán reunidos en grupos homogéneos de recuperación, participando obligatoriamente en períodos de Complementación.

c.      Los períodos de complementación se realizarán durante las tres semanas previas del primer semestre lectivo y serán obligatorios para los educando que no alcanzaron los objetivos, al finalizar el año lectivo anterior.

d.      Los alumnos rendirán sus exámenes de cargo y de aplazado en el propio Plantel previo pago de los derechos respectivos y visación de las Actas a la UGEL Nro. 03

e.      El puntaje de los dos primeros alumnos para acogerse a los dispositivos oficiales que faculta el ingreso a la universidad sin el requisito del examen de ingreso deben aplicarse a los alumnos que hayan cursado estudios secundarios en el IEP o que procedan de otros centros educativos.

 

DE LOS ESTIMULOS

Artículo 45

Para estimular el buen comportamiento y el esfuerzo de superación moral, intelectual y física de los alumnos, el Plantel otorgará varias clases de recompensas.

a.      Premios de estímulos a los educandos que al término del año lectivo hayan obtenido un óptimo rendimiento académico, o bien el logro de las actividades, actitudes y valores que propicia el sistema educativo en sus respectivos grados o años de estudios.

b.      Asimismo, nociones de felicitaciones y premios de estímulo a los alumnos que realicen actos distinguidos durante el año escolar, o que tengan destacada participación en actividades de carácter cultural, social y deportivo, etc.

c.      La publicación del Cuadro de Mérito de aprovechamiento y conducta se publicará cada bimestre.

d.      Anualmente, se acordará PREMIOS DE ESTIMULOS a cualidades morales a los alumnos que se hubieran distinguido por un auténtico y notorio esfuerzo de superación, colaboración, compañerismo, voluntad, etc.


 

CAPITULO VIII

 

DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES,

FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO

 

Artículo 46

a.      El personal docente y no docente, es contratado por escrito por el Director en coordinación con el Promotor y esta sujeto en lo laboral a las disposiciones que rigen el Sector Privado.

b.      Por excepción se rigen por las normas específicas que el Ministerio de Educación Particular, en materias determinadas.

c.      Los docentes tienen derecho a 2 meses de vacaciones. El período vacacional se inicia el 1ro de enero y termina el último día de Febrero.

d.      El mes de Marzo de cada año, es laborable para los docentes, debiendo presentarse el día previamente indicado por la Dirección del Colegio y concurrir los días y horas establecidas para cumplir las tareas propias de Planificación del Año Lectivo a iniciarse. La inasistencia dará lugar a cese del trabajador, conforme a las causales de rescisión de contrato establecidas por la Ley.

e.      El personal Directivo, Administrativo y de Servicio tiene derecho a un mes de vacaciones y hará su periodo vacacional en el mes de Febrero.

f.        Asistir a laborar al Colegio dentro del horario establecido por la Dirección del Colegio.

g.      El personal docente que ingrese a clases cinco minutos posteriores al inicio de clases, incurrirá en tardanzas. El personal docente que ingrese a clases después de los quince minutos del inicio de clases, incurrirá en inasistencia. En ambos casos estarán sujetos a descuentos.

h.      Los auxiliares de educación registrarán las inasistencias, tardanzas y otras anotaciones en los Partes de Clases, de acuerdo a las indicaciones de las Coordinadores.

i.         En caso de enfermedad, el personal administrativo y docente deberá dar aviso de inmediato a la Dirección del Colegio.

j.         Cuando la inasistencia es motivada por razones de Salud, la justificación se hará mediante la presentación del Certificado Médico, dentro de las 48 horas posteriores; vencido este plazo, no habrá lugar a trámite, declarándose extemporáneo y sujeto a un doble descuento.

k.       Cuando la inasistencia es motivada por razones personales, se deberá informar y pedir autorización al Director y Promotor con 24 horas de anticipación para estar sujeto a un descuento, en caso de no hacerlo, el descuento será duplicado.

l.         Ningún trabajador deberá ausentarse de su puesto de trabajo sin el conocimiento y debida autorización de la dirección.

m.    El personal docente y administrativo deberán asistir al Centro Educativo con las siguientes consideraciones:

a.      Correctamente peinado y con el cabello corto para los caballeros. (se considera cabello corto, siempre que se pueda visualizar el total del cuello y las orejas) y cabello amarrado para las damas.

b.      Correctamente vestido, faldas para el personal femenino y pantalón de vestir para el personal masculino, conjuntamente con corbata.

c.      El profesor de Educación Física deberá asistir con el buzo del colegio y será el único autorizado de venir en zapatillas.

d.      Los profesores deben dar el ejemplo a los alumnos, siendo responsables en su forma de vestir y comportamiento

e.      El personal de limpieza y mantenimiento deberá vestir su uniforme de trabajo (mameluco), zapatillas oscuras y mantenerlo correctamente limpio. Así como su higiene personal y cabello corto.

f.        El personal docente y administrativo que incumpla con las normas establecidas en su forma de vestir y presentación personal será sancionado mediante descuento y/o retiro del centro educativo.

g.      Ningún personal docente o administrativo, deberá llegar intoxicado por alcohol o drogas, motivo por el cual será retirado inmediatamente del centro educativo sin posibilidad de retorno.

h.      Ningún personal docente o administrativo, deberá fumar o tomar productos alcohólicos dentro del Centro Educativo.

n.      El personal docente y administrativos no deberán fomentar ni promover ninguna actividad extracurricular sin previa coordinación con la Dirección del Plantel.

o.      El personal docente y administrativo, son ejemplo de comportamiento y responsabilidad para con los alumnos, es por eso, que cualquier falta será sancionado ejemplarmente.

p.      El personal docente que falte en su horario de clases deberá recobrarlo obligatoriamente y ponerse al día previa coordinación con la Dirección del Plantel.

q.      El personal docente y administrativo deberá aportar en la educación de los alumnos del colegio, manteniendo Higiene, Buenas Costumbres, Alto nivel de moral y respeto mutuo para con todos los vinculados al centro educativo.

r.        La suplantación o reemplazo en el registro de asistencia es considerada una falta grave.

s.      Es obligatorio que todo el personal registre su asistencia al ingreso.

t.        El control de la permanencia del personal en su puesto de trabajo es responsabilidad del Sub-Director sin excluir lo que corresponde al propio trabajador.

u.      Constituye tardanza el ingreso al colegio hasta 5 minutos después de la hora programada.

v.       Cada 3 tardanzas de cualquier índole en el mes serán sancionadas con el descuento de un día de labores.

w.     Constituye inasistencia el retiro antes del término de su jornada diaria de trabajo, sin justificación alguna.

x.       Toda inasistencia deberá justificarse dentro de la primera hora del día de labores, posterior a la inasistencia, ante la sub-dirección acompañado de los documentos sustentatorios.

y.       El docente deberá laboral en el plantel hasta culminar el año académico, en caso desee retirarse deberá avisar con 3 meses de anticipación en caso contrario tendrá que abonar el importe correspondiente al ultimo mes de servicio.


 

 

CAPITULO IX

 

DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES, FALTAS

Y SANCIONES DE LOS ALUMNOS Y PADRES DE FAMILIA

 

DERECHOS DE LOS ALUMNOS

Artículo 47

Constituyen derechos de los alumnos:

  1. Recibir una educación que está de acuerdo con los postulados de la Ley General de Educación.
  2. Participar en las acciones educativas que se realicen en el colegio y gozar de todos sus beneficios.
  3. Ser respetado, evaluado con justicia y conocer el resultado de los mismos.
  4. Participar de los estímulos que establezca el Colegio, según sea merecedor por sus calificaciones y apreciación general.
  5. Cuidar su integridad física y psicológica. La institución avisará a las autoridades pertinentes si se observa algún tipo de daño proveniente de la institución, por terceros u originados en su hogar.

 

DEBERES DE LOS ALUMNOS

Artículo 48

Constituyen deberes de los alumnos:

a.      Cumplir con las normas establecidas en el presente reglamento y las que dictan sus superiores y profesores.

b.      Comprometerse a cumplir la orientación axiológica y fines del Colegio y someterse al régimen educativo establecido.

c.      Asistir puntualmente a las labores escolares y presentarse con una justificación y con la asistencia personal de sus padres o tutor en caso de inasistencia y tardanza. Cumplir con ingresar a su centro de estudio antes de las 8:00 a.m. hora de ingreso a clases.

d.      Cumplir estrictamente con todas las tareas y entregar con la debida oportunidad los trabajos solicitados.

e.      Cuidar la buena conservación del local del Colegio, de los muebles y útiles de enseñanza, así como su orden y limpieza.

f.        Abstenerse de realizar actos que atente contra la dignidad, honradez y la moral general.

g.      Participar en las actividades extra programáticas organizadas por el Colegio y representarla con lealtad cuando sea designado.

h.      Demostrar confianza y respeto permanente, su comportamiento debe ser disciplinado, atento y de buenos modales.

i.         Fomentar la amistad y ayuda entre sus compañeros.

j.         Conservar en forma permanente un comportamiento disciplinado y una alta escala de valores.

 

Artículo 49

Son aplicables las siguientes disposiciones:

a.      El alumno deberá asistir al Colegio correctamente uniformado:

a.      Falda larga bajo la rodilla con tirantes de color azul.

b.      Pantalón de vestir color azul.

c.      Camisa o blusa de color blanco, manga corta.

d.      Cabello recogido con cinta roja para las alumnas.

e.      Cabello corto y bien peinado para los alumnos.

f.        Uñas cortadas y sin pintura.

g.      Sin pintura en la cara.

h.      Medias blancas, para alumnos y alumnas.

i.         Insignia del centro educativo

j.         Pasadores amarrados hacia delante

k.       Sin aretes, sortijas u otras alhajas

l.         Zapatos bien lustrados de color negro.

m.    Chompa Roja con cuello Ve

n.      Uniforme completo y limpio

o.      No debe traer celulares, radios u otro equipo electrónico.

b.      El uniforme de Educación Física se usará sólo cuando se desarrolle las respectivas clases.

c.      Cuando el profesor ingresa al salón a dictar clase o cuando se reciba la visita de otro profesor o persona mayor, los alumnos se podrán de pie y tomarán asiento a indicación del profesor.

d.      Está prohibido salir del aula en horas de clase, salvo por indicación expresa del profesor.

e.      Los alumnos utilizarán los servicios higiénicos durante las horas de recreo.

f.        Está terminantemente prohibido a los alumnos salir del centro educativo sin permiso escrito y autorizado por la dirección.

g.      Las citas con médicos, dentistas, psicólogos, etc., deberán concretarse fuera de las horas de clase.

h.      Los alumnos que deterioren el mobiliario, bienes del colegio o de sus compañeros, deberán reponerse por cuenta propia.

i.         En caso de inasistencias continuas por salud, los padres de familia o tutores deben poner inmediatamente de conocimiento del Plantel en un plazo no mayor de 05 días a partir del primer día de la falta.

j.         La inasistencia a evaluaciones se debe justificar en un plazo no mayor de 05 días laborales después de haberse realizado la prueba, sustentando el motivo de la falta.

k.       Horario de los alumnos:

            Turno de mañana

a.      Hora de ingreso   : 7:45 a.m.

b.      Inicio de clases    : 8:00 a.m.

c.      Salida de clases  : 2:30 p.m.

            Turno de tarde

d.      Hora de ingreso   : 2:45 a.m.

e.      Inicio de clases    : 3:00 a.m.

f.        Salida de clases  : 6:30 p.m.

 

SANCIONES, PROHIBICIONES Y FALTAS

Artículo 50

El régimen disciplinario del Plantel buscará organizar y sistematizar el comportamiento de los alumnos para contribuir al desarrollo de su personalidad, respetando sus derechos y exigiendo el cumplimiento de sus deberes.

Se basará en una acción preventiva y correctora. Teniendo en cuenta lo siguiente:

  1. El respeto a la persona.
  2. Un elevado espíritu de justicia.
  3. Una amplia comprensión de los problemas de la adolescencia
  4. Un criterio de búsqueda de integración social mediante la amistad y la buena voluntad.

 

SANCIONES

Artículo 51

Las acciones preventivas consistirán en:

a.      Recomendaciones generales que tiendan a la educación de la voluntad, orientación hacia la moral y la disciplina.

b.      Consejos individuales entre los profesores y alumnado.

c.      Advertencias a los padres o apoderados de los alumnos mediante un documento escrito.

 

Artículo 52

Las acciones correctivas consideran:

a.      Las amonestaciones en privado serán hechas por el profesor del aula, el profesor tutor y/o el auxiliar de educación.

b.      Las disminución del puntaje sobre la nota de conducta, mediante boletas de amonestación, anotación en el cuaderno de control o anotación en el parte del aula; serán hechas por el profesor del aula, el profesor tutor, auxiliar de educación y/o director.

c.      La citación a los padres de familia o apoderados serán hechas por el profesor del aula, el profesor tutor, auxiliar de educación y/o dirección.

d.      Suspensión temporal del Centro Educativo, será aplicada por la Dirección ó por el profesor del aula u coordinador.

e.      La separación del Plantel será aplicada por la Dirección en coordinación con el tutor y Coordinador o profesor del aula.

Las sanciones mencionadas no forman escala rigurosa y pueden aplicarse indistintamente, según la naturaleza y gravedad de la falta cometida.

 

PROHIBICIONES

Artículo 53

Los alumnos están prohibidos de lo siguiente:

f.        No venir correctamente uniformado

g.      Los hombres están prohibidos de llegar con el cabello largo, el cuello debe observarse en su totalidad.

h.      Las mujeres, están prohibidas de llegar con el cabello suelto, deben tenerlo amarrado y observarse el cuello en su totalidad.

i.         Traer objetos electrónicos como por ejemplo: celulares, mp#, MiniDVD, calculadoras científicas, Equipos de sonido, computadoras, juegos, grabadoras, filmadoras, etc. Salvo por indicación escrita del profesor o tutor.

j.         Traer objetos eléctricos como por ejemplo: planchas, secadoras, cargadores, lámparas, motores, etc. Salvo por indicación escrita del profesor o tutor.

k.       Traer indumentaria no propias del uniforme, como por ejemplo: collares, aretes  o anillos en orejas u otra parte del cuerpo, (solamente las niñas podrán utilizar un aretes no colgantes en cada oreja), pulseras, gorros, sombreros, casacas, ponchos, zapatillas (salvo que tengan educación física), anillos, guantes, etc.

l.         No traer indumentarias adecuadas y propias del uniforme, como por ejemplo: no traer medias, ropa interior, no venir con el uniforme completo, etc.

m.    No utilizar correctamente el uniforme, por ejemplo. Llevar la camisa o blusa afuera, llevar la corbata sin ajustar y la camisa abierta, no venir con el uniforme de su propia talla (muy chica o muy grande), la altura correcta de la falda del uniforme se considera cuando cubre por completo las rodillas al momento de sentarse, los pantalones no deben arrastrarse ni quedar por debajo de las caderas, teniendo que utilizar obligatoriamente correa. Llevar las chompas o casacas de buzo remangados o amarrados en la cintura, etc.

n.      Traer animales y/o insectos.

Los alumnos podrán traer equipos electrónicos o enseres de costo importante, solamente con autorización expresa del profesor y escrita del padre de familia o tutor, el Centro Educativo no se responsabiliza por las perdidas o deterioro de equipos o enseres ajenos al plantel.

Los alumnos podrán traer animales o insectos, solamente cuando están dirigidos a la educación en grupo y con autorización escrita del profesor y del padre de familia o tutor y por un tiempo corto determinado. El Centro Educativo no se responsabiliza por el cuidado de los animales o insectos.

 

FALTAS

Artículo 54

Se consideran faltas cometidas por negligencia:

a.      No traer los útiles necesarios para la clase.

b.      No entregar la libreta de notas en su oportunidad

c.      No devolver las citaciones o circulares firmadas por los padres o tutores.

d.      No traer el cuaderno de control.

Los alumnos que incurran en faltas cometidas por negligencia, no tendrán disminución en su nota de conducta y se le llamara la atención, si repitiera dicha falta consecutivamente se incluirá una boleta de amonestación o parte, disminuyendo 1 punto en su nota de conducta correspondiente al bimestre.

 

Artículo 55

Se consideran faltas que atentan contra la disciplina los siguientes:

a.      Faltas injustificadas a clases.

b.      Tardanzas injustificadas a clases. Llegar tarde al colegio, el inicio de clases es a las 8:00 a.m., se considerará tardanza a partir de dicha hora, no ingresando a sus aulas hasta terminada la hora de clases. Esta disposición será cumplida para los alumnos de primaria y secundaria.

c.      Retrasar el ingreso y/o salida de los alumnos.

d.      Faltar el respeto a los profesores o compañeros y/o utilizar vocabularios soez

e.      Evadirse del salón de clase o de las pruebas.

f.        Consumo de tabaco, tomar bebidas alcohólicas u otras sustancias altamente tóxicas u prohibidas, dentro y fuera del plantel.

g.      Formar parte de pandillas o barras que originen destrozos dentro o fuera del colegio.

h.      Pintar las paredes, carpetas o periódicos murales. Dentro y fuera del centro educativo.

i.         Lanzar objetos de diferente forma y tamaño que pueda fomentar desorden y/o daño a otra persona.

j.         No traer firmado el cuaderno de control, por el padre u apoderado.

k.       Por presentación personal desordenada, no cumpliendo con el uniforme. No venir correctamente uniformados.

l.         No entregar su libreta de control para colocarle el Parte por indisciplina.

m.    Por incumplimiento de sus tareas, asignaciones, investigaciones, entre otros  o por bajo rendimiento escolar.

n.      Traer equipos eléctricos, electrónicos (celulares, calculadoras, mp3, etc.), juegos de azar o fomentar las apuestas. (casinos, dados, dardos, etc.)

o.      Traer insectos o animales de cualquier tipo y tamaño.  (arañas, perros, gatos, aves, reptiles, etc.)

p.      Traer objetos punzo cortantes, emisión de químicos tóxicos ó armas de fuego.

q.      Traer objetos de emisión de gases, líquidos como encendedores, fósforos, gases inflamables y/o tóxicos,

r.        Hacer escándalos de cualquier tipo (peleas, gritos, lanzarse cosas, pintarse, echarse basura, echarse talco, pintar paredes, etc.) fuera o dentro del plantel y utilizando el uniforme del colegio, con sus propios compañeros u otros.

s.      Por utilizar sin permiso equipos de emergencia, en circunstancias que no lo ameriten. (extintores, luces de emergencia, timbre de alarma, etc.)

t.        Por ocasionar destrozos en cualquiera de los laboratorios, biblioteca o cualquier otro ambientes del centro educativo. Malograr equipos electrónicos, eléctricos y de precisión de los laboratorios o que pertenecen al centro educativo.

u.      Por atentar contra la moral y dignidad de los compañeros de estudios u otros. Pelearse, reñir, calumniar, agresión física, moral o psicológica contra otro compañero, dentro y fuera del plantel.

v.       Por no respetar los símbolos patrios y llegar al punto de deteriorarlos o dañarlos concientemente.

w.     Indisciplina de los padres de familia que perjudiquen a su menor hijo, como los siguientes: entregar documentos dolosos, falta de respeto, agresión, uso de palabras soez, fomentar el desorden y discusiones contra otros padres de familia, alumnos, mobiliario o miembros de la institución educativa; formar parte de bandas organizadas (narcotráfico, robo, secuestro, etc.), formar parte de grupos subversivos, fomentar la discriminación de cualquier tipo (religioso, racial, medico, social, etc.), Cuando se inicia cualquier tipo de proceso judicial o extrajudicial en contra del centro educativo.

x.       Por sustraer objetos ajenos o participar en hurtos, robos u estafas, dentro y fuera del plantel.

y.       Por ocultar información, que sirva al esclarecimiento de cualquier acto delictivo o falta grave de alguno de sus compañeros.

z.      Por apropiación ilícita de pruebas de evaluación materiales y enseres del Centro Educativo, fraude, plagio, adulteración y falsificación de notas y firmas

aa.  Cualquier otra indisciplina que no este en esta lista pero sea considerada en contra de los valores sociales, morales y éticos que pudieran perjudicar al alumno y sus compañeros.

 

Los alumnos que incurran en faltas contra la disciplina tendrán disminución de -2 puntos en su nota de conducta y si es recurrente a la misma actitud, será suspendido (-5 puntos) o retirado del centro educativo.

 

Artículo 56

Se consideran faltas graves los siguientes:

a.      Todas las sancionadas con boleta de amonestación y suspensiones temporales que se vuelven a reincidir consecutivamente o alternadamente en el año académico.

b.      Consumo de tabaco, tomar bebidas alcohólicas u otras sustancias altamente tóxicas u prohibidas, dentro y fuera del plantel.

c.      Formar parte de pandillas o barras que originen destrozos dentro o fuera del colegio.

d.      Traer objetos punzo cortantes, de emisión de cargas eléctricas, de emisión de productos químicos tóxicos, armas de fuego y/o armas de lucha (palos, mazos, catanas, etc.)

e.      Hacer escándalos de cualquier tipo (peleas, gritos, lanzarse cosas, pintarse, echarse basura, echarse talco, pintar paredes, etc.) fuera o dentro del plantel y utilizando el uniforme del colegio, con sus propios compañeros u otros.

f.        Por utilizar sin permiso equipos de emergencia, en circunstancias que no lo ameriten. (extintores, luces de emergencia, timbre de alarma, etc.)

g.      Por ocasionar destrozos en cualquiera de los laboratorios, biblioteca o cualquier otro ambientes del centro educativo. Malograr equipos electrónicos, eléctricos y de precisión de los laboratorios o que pertenecen al centro educativo. Dependiendo del daño ocasionado será suspendido y reintegrar lo malogrado.

h.      Por atentar contra la moral y dignidad de los compañeros de estudios u otros. Pelearse, reñir, calumniar, agresión física, moral o psicológica contra otro compañero, dentro y fuera del plantel. Serán castigados los supuestos agresores y los supuestos agredidos.

i.         Por no respetar los símbolos patrios y llegar al punto de deteriorarlos o dañarlos concientemente.

j.         Indisciplina de los padres de familia que perjudiquen a su menor hijo, como los siguientes: entregar documentos dolosos, falta de respeto, agresión, uso de palabras soez, fomentar el desorden y discusiones contra otros padres de familia, alumnos, mobiliario o miembros de la institución educativa; formar parte de bandas organizadas (narcotráfico, robo, secuestro, etc.), formar parte de grupos subversivos, fomentar la discriminación de cualquier tipo (religioso, racial, medico, social, etc.), Cuando se inicia cualquier tipo de proceso judicial o extrajudicial en contra del centro educativo.

k.       Por sustraer objetos ajenos o participar en hurtos, robos u estafas, dentro y fuera del plantel.

l.         Por apropiación ilícita de pruebas de evaluación materiales y enseres del Centro Educativo, fraude, plagio, adulteración y falsificación de notas y firmas

m.    Cualquier otra indisciplina que no este en esta lista pero sea considerada en contra de los valores sociales, morales y éticos que pudieran perjudicar al alumno y sus compañeros.

n.      Hacer escándalos de cualquier tipo (peleas, gritos, lanzarse cosas, pintarse, echarse basura, echarse talco, pintar paredes, etc.) fuera o dentro del plantel y utilizando el uniforme del colegio, con sus propios compañeros u otros.

o.      Cualquier otra indisciplina que no este en esta lista pero sea considerada en contra de los valores sociales, morales y éticos que pudieran perjudicar al alumno y sus compañeros.

 

Los alumnos que incurran en estos tipos de faltas serán suspendidos o retirados del centro educativo, teniendo desaprobado en la nota de conducta del bimestre con 05. En el caso de suspensión temporal ingresarán nuevamente al colegio acompañados con su padre de familia o apoderado y luego de revertido el daño económico o mobiliario si es el caso.

 

Los organismos encargados de aplicar sanciones son:

 

  1. La Dirección
  2. Los coordinadores de primaria y secundaria.
  3. El Auxiliar
  4. El personal docente. 

 

 

DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

Artículo 57

Constituyen derechos de los padres de familia:

a.      Recibir para con sus menores hijos una educación que está de acuerdo con los postulados de la Ley General de Educación.

b.      Recibir la información sobre los avances y rendimientos bimestralmente, mediante la libreta de notas.

c.      Recibir por intermedio del cuaderno de control, las notas de las practicas, exámenes, ejercicios, tareas, entre otros, que el profesor va evaluando en el periodo académico.

d.      Recibir información de circulares y comunicados para eventos, rol de exámenes, informativos, recordatorios, etc. con un mínimo de 24 horas de anticipación de los hechos.

e.      Estar seguro que a su menor hijo, recibirá cuidados en su integridad física y psicológica. La institución avisará si ha ocurrido algún tipo de accidente físico (golpes, lesiones, etc.) o materiales (por ejemplo pantalón roto, mojado, etc.)

 

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Artículo 58

Constituyen deberes de los padres de familia:

a.      Cumplir con las normas establecidas en el presente reglamento y las que dictan las normas, valores y costumbres sociales de nuestro pais.

b.      Comprometerse a cumplir la orientación y fines del Colegio y someterse al régimen educativo establecido para con su menor hijo.

c.      Asegurarse que el menor, llegue puntualmente a sus clases.

d.      Enviar al menor al colegio correctamente alimentado.

e.      Asegurarse que el menor, no sufra limitaciones corregibles (por ejemplo lentes)

f.        Esperar al menor en casa, tomando en cuenta el tiempo de la distancia.

g.      Asistir puntualmente a las reuniones de padres de familia y escuelas para padres.

h.      Asegurarse que el menor, posea los materiales necesarios para el cumplimiento de sus labores educativas. (lista de útiles).

i.         Asegurarse que el menor, cumpla con todas sus tareas y estudie para sus evaluaciones.

j.         Pagar las pensiones dentro del mes de servicio.

k.       No enviar a su menor hijo enfermo o con fiebre. Debiéndolo llevar a consulta médica para presentar la excusa por la falta.

l.         Excusar toda falta a clases, tardazas y cualquier otra falta disciplinaria.

m.    Traer a clases personalmente luego de que al menor se le haya suspendido por indisciplina

n.      Pedir una reunión previa para conversar con los profesores o personal administrativo y no interrumpir las labores planeadas del día.

o.      Responder a los comunicados por intermedio del cuaderno de control.

p.      Firmar diariamente el cuaderno de control del menor para saber cualquier comunicado del colegio y/o profesor con respecto al alumno.

 

PROHIBICIONES Y SANCIONES

Artículo 59

El régimen disciplinario del Plantel buscará organizar y sistematizar el comportamiento de los padres de familia para contribuir al desarrollo de la personalidad de los menores alumnos, respetando sus derechos y exigiendo el cumplimiento de sus deberes.

 

PROHIBICIONES

Artículo 60

Los alumnos están prohibidos de lo siguiente:

a.      Venir al centro educativo en estado alcohólico o con influencia de alguna droga.

b.      Venir al centro educativo con indumentaria poco conservadora.

c.      Venir al centro educativo con armas de fuego, químico o punzo cortantes

d.      Traer animales y/o insectos. (perros, arañas, etc.)

e.      Interrumpir las clases para hacer llegar poncheras, cuadernos, llaves, celulares, etc, a los alumnos.

f.        Interrumpir las clases para pedir reunirse con los profesores o alumno sin previa sita o sin respetar el horario de atención de cada docente (publicado en el panel)

g.      Programar y/o realizar fiestas de cumpleaños dentro del colegio sin previa comunicación a la dirección.

h.      Discutir o pelear dentro o fuera del plantel con otros padres de familia, personal docente o administrativo, no demostrando ser ejemplo a seguir.

i.         Dar ejemplo de faltas a la moral.

j.         Pertenecer a grupos subversivos o bandas organizadas que se contraponen a los valores sociales y morales.

k.       Dañar física y/o psicológicamente al menor.

l.         No asistir a las reuniones de padres de familia y/o escuelas para padres.

m.    Retrasar el ingreso y/o salida de los alumnos.

n.      Consumo de tabaco, tomar bebidas alcohólicas u otras sustancias altamente tóxicas u prohibidas, dentro del plantel.

o.      Presentar documentos falsos o dolosos, para la matricula del menor.

p.      No firmar el cuaderno de control del menor.

q.      No firma la libreta de notas que se entrega bimestralmente.

r.        Fomentar la discriminación de cualquier tipo (religioso, racial, medico, social, etc.),

s.      Inicia cualquier tipo de proceso judicial o extrajudicial en contra del centro educativo.

t.        Sustraer objetos ajenos o participar en hurtos, robos u estafas, dentro y fuera del plantel.

 

SANCIONES

Artículo 61

a.      Por no asistir a las reuniones de padres de familia y/o escuelas para padres, deberá abonar una multa de S/. 15.00 (quince con 00/100 nuevos soles) salvo que posea una excusa medica.

b.      Por Indisciplina de los padres de familia que perjudiquen a su menor hijo, como los siguientes: entregar documentos dolosos, falta de respeto, agresión, uso de palabras soez, fomentar el desorden y discusiones contra otros padres de familia, alumnos, mobiliario o miembros de la institución educativa; formar parte de bandas organizadas (narcotráfico, robo, secuestro, etc.), formar parte de grupos subversivos, fomentar la discriminación de cualquier tipo (religioso, racial, medico, social, etc.), Cuando se inicia cualquier tipo de proceso judicial o extrajudicial en contra del centro educativo. Se expulsará al menor alumno.

c.      Cualquier otra indisciplina que no este en esta lista pero sea considerada en contra de los valores sociales, morales y éticos que pudieran perjudicar al alumno y sus compañeros. Se evaluará la sanción llegando a la expulsión del alumno.

d.      Se pedirá la ayuda e intervención de las autoridades respectivas (policía, fiscalia, etc.) por cualquier tipo de maltrato físico o psicológico que pudiéramos detectar en el menor originado en el hogar o fuera del hogar.

e.      Se pedirá la ayuda e intervención de las autoridades respectivas (policía, fiscalia, etc.) por cualquier evento o hecho de maltrato físico o escándalos originados por los padres de familia dentro y/o fuera del local de la institución educativa.

f.        Al llamar al padre de familia en dos (2) ocasiones sucesivas y no se apersone a la institución para dialogar sobre el motivo de la llamada y/o no firmar el cargo respectivo y/o no comunicarse telefónicamente o por escrito. Se suspenderá al alumno hasta que el padre de familia se apersone a la institución. Ya que se considera que el padre de familia no esta cuidando al menor.

 

Los organismos encargados de aplicar sanciones son:

  1. La Dirección
  2. Los coordinadores de primaria y secundaria.
  3. El personal docente. 

 

 

 

 

CAPITULO X

 

DE LAS RELACIONES

Y COORDINACIONES

 

Artículo 62

El Centro Educativo fomenta las buenas relaciones entre sus integrantes en general, alumnado, docentes y personal administrativo, mediante las diferentes coordinaciones para la realización de eventos y reuniones dentro y fuera del plantel. Teniendo en cuenta los siguientes puntos:

 

  1. Los concursos de Comunicación, Razonamiento, Idiomas, Creatividad Científica y Creatividad Artística, que se realizan en cada Bimestre, nos sirven  para fomentar la unión de alumnos y profesores.
  2. En cada semestre se realizan visitas a teatros, museos, fábricas, empresas, paseos que sirven para estrechar la relación entre alumnos, profesores y comunidad.
  3. A nivel de Dirección constantemente se realizan reuniones con profesores para intercambiar ideas y subsanar errores del que hacer educativo.
  4. Hay una estrecha relación entre los profesores y los padres de familia, para informarles de los nuevos objetivos y hacer posible una mayor participación en la enseñanza del aprendizaje de sus hijos.
  5. Se fomenta entre los alumnos el respeto mutuo con igualdad de derechos y deberes.
  6. Compartir la responsabilidad entre todos.
  7. Se fomenta con los profesores, mantener un clima de trabajo, silencio y respeto en todas las clases y con todos los profesores por igual.
  8. En el recreo, respetar el juego o espacio de todos.
  9. Elaboración de proyectos científicos y artísticos capaces de fomentar la investigación del alumno e incrementar las buenas relaciones entre los docentes y el alumnado.
  10. Colaborar en el Orden y Limpieza del aula.
  11. Colaborar en el desarrollo de los periódicos murales de cada salón y los diferentes temas a implementar.
  12. Colaborar en el desarrollo y aprendizaje de técnicas de primeros auxilios y simulacros de defensa civil, conjuntamente con alumnados, docentes y personal directivo del centro educativo.
  13. Los alumnos de primaria podrán celebrar sus cumpleaños dentro del plantel, si es su deseo, pero respetando a sus compañeros de las demás aulas y en la última hora de clases. Las coordinaciones se tienen que realizar mediante la profesora y la dirección.

 

 

                


 

 

 

CAPITULO XI

 

DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS

 

Artículo 63

  1. El I.E.P. PERUANO DEL SAGRADO CORAZON está destinado a proporcionar Educación Primaria y Secundaria a un costo que va relacionado con la realidad nacional y destinada a la población escolar de nuestra ciudad.
  2. Los padres de familia contribuirán al financiamiento del plantel, con  aportaciones económicas por los servicios prestados en la educación.
  3. Las pensiones durante el año académico 2008 tendrán un costo de S/ 190.00 (Un ciento noventa con 00/100 Nuevos Soles)
  4. El pago por concepto de Matrícula, es equivalente a una cuota de la pensión anteriormente indicada y se realiza una vez al año, junto con la primera pensión.
  5. La pensión de la I.E.P. Peruano del Sagrado Corazón es una suma anual, que se ha de cancelar  íntegramente, aún en el caso de ausentarse temporalmente el alumno en el curso del año escolar.
  6. Para facilitar los pagos, el cobro de la pensión anual se realizará en 10 mensualidades, desde Marzo hasta Diciembre de cada año, más la Matrícula. También se podrá efectuar, al inicio del Año Escolar, el pago del total de las 10 pensiones y la Matrícula, obteniendo un descuento de S/. 100.= (un cien con 00/100 nuevos soles) por pronto pago.
  7. Los alumnos que no estén al día en el pago de sus pensiones, no podrán retirar sus certificados, libretas de notas y otros tipos de documentos, hasta la solución de dicha deuda, según la Ley Nº 27665.
  8. Las pensiones, matriculas y cuota de ingreso, se rigen según las normas del  DS 001-1996-ED y su modificaciones en el DS 005-2002-ED. Los padres de familia o apoderados que deban mas de dos meses deberán firmar una “Carta de compromiso de pago” según las disposiciones legales anteriormente indicadas y su no cumplimiento para el retiro definitivo de la institución educativa.
  9. La acumulación de dos meses consecutivos o alternos de no haber cancelado sus pensiones desarrollará nuestra renuncia a seguir brindándoles los servicios de nuestro Centro Educativo y el alumno deberá, dejar de asistir al plantel o retirar sus documentos de matrícula, previa cancelación de su deuda.
  10. A las pensiones atrasadas por más de un mes se le añadirá un monto de S/.2.00 por concepto de Pago extemporáneo, S/.3.00 por concepto de Gastos de Cobranza (Llamada por teléfono, circulares, etc.) y S/.5.00 por concepto de Gastos Administrativos. Dando un total de S/.10.00 por el mes atrasado el cual seguirá aumentando mensualmente.
  11. El pago de las pensiones se realizará los primeros 5 días útiles del mes que corresponde. Después de culminado el mes y no habiendo cancelado la pensión se considerará como Pago Extemporáneo añadiendo el monto correspondiente por dicho concepto según el punto anterior.
  12. Al efectuarse los pagos por cualquier concepto, los padres de familia recabarán su correspondiente boleta de pago en la Secretaría del Plantel, no existiendo reembolso por ningún motivo.

 


 

 

CAPITULO XII

 

BECAS Y SEMI-BECAS

 

Artículo 64

La I.E.P. Peruano del Sagrado Corazón, desarrolla anualmente un concurso de becas y semibecas, el deseo de este concurso es darles oportunidad y ayuda a los niños y jóvenes con motivación de estudio y progreso, llevándolos a un mejor nivel intelectual y orientándolos a ser lideres desde sus inicios y ser capaces de enfrentar a nuevos retos que se presentan en nuestra sociedad y en el mundo globalizado.

 

Artículo 65

El centro educativo toma una evaluación según un cronograma que se presenta una sola vez al año y en el cual se incluye el costo de la misma.

 

Artículo 66

Las becas consisten, en brindar los servicios educativos gratuitos y no incluyen el uniforme de clases, uniforme de educación física, cuaderno de control, libreta de notas, materiales didácticos, gastos administrativos, ni matricula.

 

Artículo 67

Las becas y semi-becas solo se obtendrán por merito a las notas del examen de selección y no por primeros puestos de otros colegios o por situación económica familiar.

 

Artículo 68

Los participantes que logren las becas y semi-becas deberán seguir estrictamente las Normas y Reglamento de la I.E.P. Peruano del Sagrado Corazón y asistir correctamente uniformados, siendo ejemplo para sus demás compañeros.

 

Artículo 69

Las Becas se perderán y pasarán a la condición de Semi-becados en los siguientes casos:

a.      Por la acumulación de faltas a las Normas y Reglamento del I.E.P. PERUANO DEL SAGRADO CORAZON en un bimestre, no debiendo tener menos de 15 en su nota de conducta.

b.      Por faltas de conducta o graves a las Normas y Reglamento del I.E.P. PERUANO DEL SAGRADO CORAZON.

c.      Por acumulación de inasistencias injustificadas en un bimestre.

d.      Por acumulación de tardanzas injustificadas en un bimestre.

e.      Por las inasistencias injustificadas a los simulacros de examen mensuales en el caso de los alumnos de secundaria.

f.        Por disminución de su rendimiento académico, debiendo tener un promedio bimestral en su libreta de 16.

g.      Por tener 3 ó más cursos con nota desaprobatoria en un bimestre.

h.      Por falta de pago del monto destinado para los materiales didácticos y gastos administrativos en dos meses si es que lo hubiera.

 

Artículo 70

Podrán regresar a su nivel de Beca, si regularizan y compensan toda falta anteriormente descrita en el bimestre siguiente, perdiendo la posibilidad de regresar a su condición de becado, si las irregularidades continúan en dos bimestres, pasando a ser alumno con la pensión establecida del I.E.P. PERUANO DEL SAGRADO CORAZON.

 

Artículo 71

Las Semi-Becas se perderán y pasarán a la condición de alumno regular en los siguientes casos:

a.      Por la acumulación de faltas a las Normas y Reglamento del I.E.P. PERUANO DEL SAGRADO CORAZON en un bimestre, no debiendo tener menos de 15 en su nota de conducta.

b.      Por faltas graves a las Normas y Reglamento del I.E.P. PERUANO DEL SAGRADO CORAZON.

c.      Por acumulación de inasistencias injustificadas en un bimestre.

d.      Por acumulación de tardanzas injustificadas en un bimestre.

e.      Por las inasistencias injustificadas a los simulacros de examen mensuales en el caso de los alumnos de secundaria.

f.        Por disminución de su rendimiento académico, debiendo tener un promedio bimestral en su libreta de 15.

g.      Por disminución de su rendimiento pre-universitario, debiendo tener un promedio mínimo mensual en sus simulacros semanales de 13.

h.      Por tener 3 ó más cursos con nota desaprobatoria en un bimestre.

i.         Por falta de pago del monto destinado a la pensión de semi-becas

 

Artículo 72

Podrán regresar a su nivel de semibecados, si regularizan y compensan toda falta anteriormente descrita en el bimestre siguiente, perdiendo la posibilidad de regresar a su condición de semibecado, si las irregularidades continúan en dos bimestres.

 

 


 

                

 

ANEXO 1

 

FUNCIONAMIENTO DE LA CAFETERIA

 

A.1.1    La cafetería del colegio se encuentra ubicada internamente y suministra solamente servicios alimentarios a los alumnos, docentes y personal administrativo. El presente anexo regula las normas a seguir en la concesión de la cafetería.

A.1.2    Los alimentos que se suministran deberán ser productos de origen y calidad garantizada con autorización sanitaria y fecha de vencimiento en vigencia.

A.1.3    El horario de atención se ajustará al horario de atención de la administración.

A.1.4    Los alimentos que se suministran y que fueran perecibles deberán ser preparados al momento o no  tener más de tres días en exhibición, se prohíbe los alimentos perecibles en bolsas plásticas como canchas, chifles, papitas, entre otros que no tengan autorización sanitaria y fecha de vencimiento.

A.1.5    Se prohíbe tener cubiertos y platos sucios o en mal estado, acumulados y expuestos.

A.1.6    La higiene y acondicionamiento del ambiente destinado para la cafetería está bajo responsabilidad del concesionario, incluyendo mantenimiento de las instalaciones eléctricas, pisos, paredes y utensilios a utilizar.

A.1.7    El concesionario pierde todos sus derechos por el manejo de la cafetería, al faltar en cualquiera de los puntos del presente anexo y a la moral y buenas costumbres que conlleva nuestra sociedad.

A.1.8    El concesionario pierde todos sus derechos al no pagar oportunamente su aporte por concesión al mes adelantado y sin ningún mes de atraso.

A.1.9    La higiene del personal a trabajar en la cafetería deberá constar de un mandil impecable, zapatos o zapatillas, ambos de colores claros y con su respectivo carné de sanidad emitido por el municipio y en vigencia.

A.1.10 La concesionaria deberá incluir entre sus implementos y utensilios un extintor de 6 kilos cargados y en vigencia.

A.1.11 La concesionaria deberá incluir entre sus implementos y utensilios un botiquín para primeros auxilios con medicina en vigencia.

A.1.12  No se expenderá ningún producto en horario de clases a los alumnos del colegio, solamente en horario de recreo, entrada o salida de clases.

A.1.13 En el ambiente de la cafetería se deberá exhibir los precios de cada producto de forma clara y a la vista de toda persona que ingrese.

A.1.14 No se venderá otros tipos de productos que no sean los que involucren a la concesión de alimentos, por ejemplo, la venta de útiles de escritorio, perfumes, juegos, etc.

A.1.15 El personal del concesionario deberá aportar en la educación de los alumnos del colegio, manteniendo higiene, buenas costumbres, alto nivel de moral y respeto mutuo para con todos los vinculados al centro educativo.

 

 

 

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