Hay
tantas cosas que parecen obvias para el que lleva residiendo en un mismo
piso cierto tiempo, que enumerar pasos dados se transforma en una labor
de introspección casi tan ardua como mantenerse en pie plenamente
consciente de cada músculo.
A la hora del alquiler nos topamos con sagaces dueños (landlords
o landladies) o las inhumanas y sangrientas agencias inmobiliarias. Lo
primero que suelen pedir estos entes es una fianza de alquiler para cubrirse
las espaldas. No veo nada malo en ello cuando hay amigos que olvidaron
devolver ese CD que tantísimo nos gustaba. Pero, aquí como
en Pekín, del mismo modo que entregamos ese dinero con todo el
dolor de las horas de sudor laboral, que no se nos olvide pedir el recibo,
de otra manera quién nos asegura que nos lo vayan a devolver, casos
ha habido y los habrá. Las agencias inmobiliarias son muy cucas
y no se quieren coger las manos con nimiedades como una de nuestras fianzas,
no con esta modalidad, y facilitan el resguardo en el momento de abonar
el depósito. Con los dueños particulares se puede caer en
el olvido, es decir, en que pierdas las libras por la cara. Retrocediendo
a los primeros pasos, hago similar análisis para el recibo del
pago de cada mes.
Es
obligación de los dueños de la propiedad que el estado del
piso se encuentre en condiciones de habitabilidad, así como de
las reparaciones y desperfectos ocasionados por el propio uso. En este
punto es cuando se siente el poder maquiavélico de las agencias
que siempre dirán que la limpieza de la moqueta tras tres años
es un desperfecto ocasionado por el inquilino y, con dicha excusa nos
pasarán un pequeño recibo de algunas cientos de libras por
la limpieza de la misma.
Al
entrar en el piso nos encontraremos con una pequeña lista detallando
el inventario. No se os olvide el diccionario porque vais a leer palabras
muy específicas. Muchas veces este inventario se realizará
en presencia vuestra con un tono recitativo monótono, con indicaciones
a los objetos como un guía turístico que siempre quiso ser
cocinero. En otras ocasiones se nos entregará el prontuario con
un plazo para la revisión y corrección, otorgándonos
la libertad para efectuar la comprobación sin tener que demostrar
nuestro inglés o tener que buscar el hueco en nuestro tan ocupadísimo
horario. Tanto lo uno como otro tienen el inconveniente de que vamos leyendo
lo que el otro nos indica, por lo tanto no dejemos de indicar cualquier
desperfecto que por nimio no haya sido indicado, tampoco firmemos en el
primer caso sin una pequeña reconsideración.
Otros
de los aspectos que hay que dejar bien claro son:
- La fecha en la que se paga el alquiler: en algunos casos nos encontraremos
con una pequeña multa por retraso.
- Con cuánto tiempo de antelación hay que notificar el abandono
del piso. Este trámite es también aplicable a con cuánta
antelación se nos debe de comunicar la fecha en que debemos de
abandonar el piso.
- Tanto al entrar, como al salir, anotad lo que marcan los contadores
de electricidad y de gas, así como la última factura de
teléfono.
De
vosotros depende seguir un consejo, otro, o ninguno. Hay veces que la
intuición personal es mejor que el mejor de ellos. Pero, como dicen
por ahí, la pela es la pela: the pound is the pound...
Mientras tanto, feliz año nuevo y que no se os atragante la cuestión
del milenio, porque una cosa está clara, para todo el mundo ya
nos encontramos en el tercero, el siglo XXI... y parece que no pasan los
tiempos, ni los años, ni las estaciones, ni ná de ná,
¡qué cosas!
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