Cielo 12� Sur
Reglamento Interno

REGLAMENTO INTERNO

DE LA NATURALEZA DE CIELO 12 SUR

Art�culo 1.
Cielo 12� Sur es un grupo de personas naturales que reunidas libre y voluntariamente realizan actividades comunes como aficionados y estudiosos de la astronom�a.
El grupo se constituye como una entidad civil sin fines de lucro.


DE LA MISI�N FINES Y OBJETIVOS
Art�culo 2.
Misi�n.  Poner la astronom�a al alcance de todos los miembros de la comunidad.

Art�culo 3.
Fines. Realizar el estudio, seguimiento y anuncio de eventos c�smicos interesantes y notables.
Organizar y desarrollar actividades como cursos, presentaciones, exhibiciones, excursiones, publicaciones, etc. sobre temas referidos al �rea de inter�s del grupo

Art�culo 4.
Objetivos. Difundir la ciencia de la astronom�a y fomentar la afici�n por esta rama del conocimiento como una actividad sana y provechosa para la ampliaci�n del horizonte cultural de todas las personas.


DE LOS MIEMBROS
Art�culo 5.
Cielo 12� Sur, Grupo de Astronom�a estar� conformado por un n�mero indeterminado de miembros, pudiendo participar en la forma de personas naturales o jur�dicas, profesionales activos o cesantes,  de todas las �reas de las Ciencias Sociales, Ciencias Pol�ticas, Ciencias Naturales; investigadores, doctrinarios y expertos en todas las especialidades o materias y sub-especialidades, que se identifiquen con los fines y objetivos de Cielo 12� Sur, inscritos en el Libro Padr�n correspondiente para tener la condici�n de asociado.

Art�culo 6.
La calidad de asociado es inherente a la persona y no es transmisible en ning�n caso; las personas jur�dicas podr�n designar a un representante mediante copia legalizada del acta que contenga su nombramiento.

Art�culo 7.
Los Asociados ser�n:
Miembros Fundadores: Son las personas que fundaron el Grupo:
� Sr. Manuel Valencia Ram�rez
� Sr. An�bal Paredes Monteblanco

Miembros Titulares: Son todos los asociados incluidos los fundadores y los que se inscriban durante la vigencia de la instituci�n.

Miembros Honorarios: Son personas naturales o jur�dicas nacionales o extranjeras que por sus m�ritos especiales o por actos propios comprometan la gratitud de Cielo 12� Sur y que a juicio de los Miembros Fundadores merecen tal distinci�n.

Miembros Benefactores: Son las personas naturales o jur�dicas nacionales e internacionales que en alguna forma han contribuido con aportar al patrimonio social en forma desinteresada y altruista.

Miembros Adherentes.  Son las personas naturales que desean participar voluntariamente en las actividades de la asociaci�n.


DE LAS ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE LOS ASOCIADOS MIEMBROS FUNDADORES
Art�culo 8.
Los asociados Miembros Fundadores tienen los m�s altos poderes para dirigir, gestionar y administrar el grupo, con excepci�n de aquellos asuntos cuya soluci�n corresponda a los acuerdos que se tomen en Asamblea General de Asociados Miembros Titulares; por tanto, y sin que la enumeraci�n sea limitativa, sino enunciativa corresponde a los  Asociados Miembros Fundadores:
a) Reglamentar su propio funcionamiento.
b) Establecer la pol�tica que debe seguir el grupo de acuerdo a sus fines.
c) Aceptar o rechazar el ingreso de nuevos miembros a Cielo 12� Sur, as� como acordar su separaci�n.
d) Dirigir todas y cada una de las actividades del grupo, organizar sus oficinas, filiales, etc.  y determinar sus gastos.
e) Ejercer todos los medios necesarios para el cumplimiento de los fines del grupo en concordancia con el reglamento.
f) Fijar y modificar las cuotas que correspondan pagar a los Asociados Miembros Titulares.
g) Nombrar, separar funcionarios, apoderados y empleados al servicio del grupo,  conferirles las facultades convenientes, se�alar sus obligaciones y remuneraciones, limitar y renovar facultades que anteriormente hubieran conferido y establecer todas las reglas que sean necesarias para el buen servicio del grupo.
h) Enajenar, permutar y otorgar promesa de venta de bienes muebles e inmuebles (previa autorizaci�n de la Asamblea General), as� como comprarlos o venderlos, ceder cr�ditos o recibir donaciones y tambi�n hacerlas,  celebrando toda clase de contratos cualquiera sea su naturaleza, con las facultades mas amplias y obtener u otorgar pr�stamos mediante contrato de mutuo acuerdo, sobregiros, adelantos en cuenta corriente en cualquier otra forma de acuerdo a Ley.
i) Contratar seguros y servicios de cualquier naturaleza.
j) Sostener en cualquier fuero judicial los derechos del grupo con las facultades de desistimiento, convenir en demandas, autorizar o practicar reconocimiento, transigir juicios y someter a arbitraje las cuestiones promovidas o por promoverse con las facultades generales y especiales de mandato contenidas en el art�culo 9 y 10 del C�digo de Procedimientos Civiles, pudiendo delegar  poder de una o m�s facultades en una o m�s personas que representen al grupo, tanto en juicios como ante las autoridades policiales, administrativas y pol�ticas.
k) Convocar a Asamblea General de Asociados Miembros Titulares cuando las actividades del grupo lo exijan.
l) Discutir y resolver todos los dem�s asuntos que de acuerdo con este reglamento no estuviesen sometidos a la decisi�n de la Asamblea General
m) Nombrar a los miembros de las Comisiones de Trabajo.
n) Designar, dirigir y coordinar  las Comisiones de Trabajo que se requieran conformar en funci�n de las diferentes actividades que afectan a la asociaci�n.


DE LA ADMISI�N
Art�culo 9.
Para acceder como Asociado Miembro Titular se requiere ser propuesto por dos asociados miembros titulares h�biles, propuesta que ser� revisada por los Miembros Fundadores y deber� ser aprobada.
Adem�s se deber� cumplir con los siguientes requerimientos:
� Solicitar por escrito y participar su inter�s y las razones por las que desea formar parte de Cielo 12� Sur
� Ser mayor de edad.
� Tener solvencia moral demostrada.
� Tener solvencia econ�mica.
� Firmar la carta compromiso.
� Pagar los derechos que correspondan: Cuota �nica de admisi�n.

Art�culo 10.
Para acceder como Asociado Miembro Adherente puede ser:
� Mediante la propuesta de un miembro de Cielo 12� Sur o
� Mediante las convocatorias o invitaciones abiertas que se hagan
� Tambi�n puede ser por solicitud del interesado. 

En todos los casos los interesados en incorporarse a  Cielo 12� Sur deber�n cumplir con los siguientes requisitos:
a) Solicitar por escrito y participar su inter�s y las razones por las que desea formar parte de Cielo 12� Sur.
b) Ser mayor de edad.
c) Tener solvencia moral demostrada.
d) Tener solvencia econ�mica.
e) Completar la ficha de inscripci�n y datos personales.
f) Pagar los derechos que correspondan: Cuota �nica de admisi�n

Los Miembros  Fundadores evaluar�n las propuestas y decidir�n sobre la admisi�n de los nuevos miembros.

No hay discriminaci�n de ning�n tipo (sexo, raza, credo pol�tico o religioso, posici�n socioecon�mica, ocupaci�n, educaci�n o profesi�n, etc.) para integrar Cielo 12� Sur.

Art�culo 11.
Una vez aprobada la admisi�n de un nuevo asociado, se le comunicar� haber sido admitido y se le invitar� a una reuni�n personal para formalizar su admisi�n. En esta reuni�n el nuevo miembro asociado firmar� los documentos correspondientes en dos copias originales y el Libro Padr�n de Asociados; abonar� la cuota �nica de admisi�n que corresponda y recibir� la credencial de su membres�a, un fotocheck y una copia de la Gu�a de Astronom�a para Aficionados.
En el caso de los nuevos Asociados Miembros Titulares, abonar�n la primera cuota social mensual.


DEL PADR�N DE ASOCIADOS
Art�culo 12.
Cielo 12� Sur llevar� un Libro de Registro de Asociados actualizado en el que consten el nombre, actividad, domicilio y fecha de  admisi�n de cada uno, con indicaci�n de la especialidad, los cargos de administraci�n o representaci�n y otros datos anexos.


DE LA RENUNCIA

Art�culo 13.
La renuncia de cualquier asociado debe formularse por escrito  a trav�s de una carta dirigida a Cielo 12� Sur, la que ser� puesta a consideraci�n de los Miembros Fundadores.


DE LA SUSPENSI�N Y EXCLUSI�N:

Art�culo 14.
Los Asociados Miembros Titulares que incumplan con el pago de sus cuotas mensuales durante seis meses consecutivos, o cuatro alternados, dentro de los seis meses u ocho cuotas alternadas dentro de los doce meses, sin raz�n justificada, ser�n suspendidos de sus derechos o excluidos de Cielo 12� Sur.
La inasistencia a dos sesiones consecutivas o recurrentes injustificadas, da lugar a la suspensi�n del asociado en sus derechos; si continuara con las inasistencias injustificadas, ser� excluido de Cielo 12� Sur.
Constituye falta grave que determina la suspensi�n o exclusi�n de los asociados:
� La utilizaci�n del nombre y prestigio de Cielo 12� Sur para fines personales.
� La infidencia comprobada.
� Robo, da�os  y perjuicios graves a la instituci�n.

La calidad de cualquier asociado se pierde tambi�n por:
� Realizar actividades paralelas, afines a los objetivos generales y espec�ficos de Cielo 12� Sur.
� Incurrir hasta en dos inasistencias injustificadas consecutivas o recurrentes a las citaciones convocadas por cualquier organizaci�n nacional o extranjera, que tiene que ver con asuntos propios de Cielo 12� Sur.
� Tener malos antecedentes de naturaleza judicial, penal o policial o adquirirlos durante su membres�a en Cielo 12� Sur.
� Mala conducta dentro o fuera de Cielo 12� Sur (consumidor de drogas, alcoh�lico, etc.)
� Realizar actividades que vayan en contra y perjuicio de Cielo 12� Sur y de su Reglamento.


DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS
Art�culo 15.
Son Derechos de los Asociados  Miembros Titulares los siguientes:
a) Elegir y ser elegido para los cargos directivos de Cielo 12� Sur.
b) Ser destinatarios de los beneficios acordados Cielo 12� Sur.
c) Ser beneficiarios de cargos y actividades organizadas por instituciones nacionales y extranjeras.
d) Participar en todas las actividades que organiza Cielo 12�Sur, sea como expositor, investigador, creador, de la ciencia o arte  que domina as� como en las actividades convocadas por instituciones nacionales e internacionales.
e) Emitir su voz y voto sobre los asuntos de inter�s de Cielo 12� Sur en las reuniones y convocatorias que se realicen.
f) Otros que se acuerden.

Art�culo 16.
Son Deberes y Obligaciones de los Asociados Miembros Titulares:
a) Cumplir con los acuerdos establecidos.
b) Cumplir con los objetivos de las Comisiones  que le son encomendadas.
c) Presentar los informes correspondientes como presidente de comisi�n, si fuera el caso.
d) Cumplir con el aporte de las cuotas de asociado ordinarias y extraordinarias acordadas.
e) Cumplir con las disposiciones emanadas del presente reglamento.
f) Otros que se acuerden.

Art�culo 17.
Son Derechos de los Asociados Miembros Adherentes:
a) Asistir a todas las reuniones y convocatorias que se realicen.
b) Recibir sin excepci�n todas las comunicaciones, invitaciones, convocatorias, etc. que emita Cielo 12� Sur referidas a sus actividades.
c) Emitir su voz y opini�n sobre los asuntos de inter�s de Cielo 12� Sur en las reuniones y convocatorias que se realicen.
d) Formar parte y ser elegido miembro de las comisiones de trabajo.
e) Participar de todas las actividades de Cielo 12� Sur.
f) Gozar de todos los beneficios tangibles e intangibles que se obtengan a favor de Cielo 12� Sur.
g) Gozar de descuentos y oportunidades preferenciales en las actividades que realice Cielo 12� Sur.
h) Los Asociados Miembros Adherentes no tienen obligaci�n de pagar cuotas o hacer aportaciones mensuales a Cielo 12� Sur.

Art�culo 18.
Son Deberes y Obligaciones de los Asociados Miembros Adherentes.
a) La participaci�n de los Asociados Miembros Adherentes en las actividades de Cielo 12� Sur es voluntaria.  Sin embargo, al ser requerida la participaci�n de los miembros para alguna actividad, estos podr�n expresar su deseo de participar y es su obligaci�n asumir su compromiso voluntario de asistir o participar de la actividad programada, por lo que a partir de ese momento se considerar� su estado de disponibilidad para la organizaci�n y funcionamiento del equipo formado y para llevar a cabo la actividad  programada.
b) Acatar como hora exacta los horarios que se establezcan para las actividades que se realicen tales como: asambleas, reuniones, cursos, excursiones, presentaciones, etc. Se otorgar� un m�ximo de 10 minutos en el horario de inicio de cualquier actividad.  La impuntualidad quedar� registrada en el R�cord Personal.
c) Asistir a los cursos, capacitaciones y entrenamientos. Se permitir� un m�ximo de faltas de 10% de las sesiones. Superando  este porcentaje queda   inhabilitado y registrado en el r�cord personal.
d) El cuidado, conservaci�n y custodia de los recursos materiales de Cielo 12� Sur.  Lo cual es responsabilidad de todos y cada uno de los miembros, haci�ndose responsables solidarios mancomunados por su p�rdida y/o deterioro.
e) Acatar el principio del trabajo en equipo. Todos y cada uno de los miembros de un equipo de trabajo son responsables de la seguridad propia y de los dem�s miembros del equipo y de los recursos materiales de Cielo 12� Sur.
f) Honrar la verdad, honradez y honestidad.
g) Acatar las directivas que se impartan.


DEL PATRIMONIO
Art�culo 19.
El patrimonio de Cielo 12� Sur est� constituido por todos los bienes materiales que a t�tulo oneroso o gratuito, permanente o temporal, aporten los miembros asociados.  Asimismo por los ingresos o rentas que se obtengan en m�rito a las actividades que organice y desarrolle para cubrir los gastos y costos operativos de las mismas o para mejorar la implementaci�n, equipamiento y capacidad operativa del grupo. Tambi�n por las cuotas o aportaciones mensuales de los Asociados Miembros Titulares y por las cuotas �nicas de admisi�n de todos los nuevos miembros.


DE LAS CUOTAS
Art�culo 20.
Cuotas �nicas de admisi�n.
Para los nuevos Asociados Miembros Titulares la cuota �nica de admisi�n es de S/. 100.00 (cien nuevos soles). 

Para los nuevos Asociados Miembros Adherentes la cuota �nica de admisi�n es de S/. 80.00 (ochenta nuevos soles)

Los pagos de las cuotas se pueden hacer mediante dep�sito en  la cuenta del Banco de la Naci�n N� 0410 2319 309  a nombre de Mar�a Elena Pinto Barriales.  Una copia del voucher del dep�sito deber� ser enviada por e-mail o en f�sico a:

Cielo 12� Sur
Jr. Emilio Fern�ndez 640, Sta. Beatriz, Lima
Telf: 4337981
e-mail: 
[email protected]

Art�culo 21.
Cuotas mensuales de los Asociados Miembros Titulares. La cuota social mensual es de S/. 35.00 (treintaicinco nuevos soles)

Art�culo 22.
Los Asociados Miembros Adherentes no tienen obligaci�n de aportar cuotas sociales mensuales.


DE LAS PROHIBICIONES

Art�culo 23.
Los miembros de Cielo 12� Sur tienen prohibido lo siguiente:
a) Usar y/o consumir drogas, narc�ticos, estupefacientes, bebidas alcoh�licas, etc., o estar en posesi�n de estas sustancias.
b) Cualquier acto u omisi�n en contra de los principios de solidaridad, unidad, seguridad y/o de los objetivos de Cielo 12� Sur.
c) Realizar gestiones, invitaciones o comunicaciones de cualquier �ndole en nombre de Cielo 12� Sur sin estar facultado para hacerlo.
d) En caso de haber sido asignado para cumplir alg�n puesto o cargo, abandonarlo sin dar aviso oportuno y sin quedar asegurado su relevo.  El miembro que ha sido asignado a un puesto o cargo no lo podr� transferir sin autorizaci�n.
e) El actuar negligente e irresponsablemente y exponerse y/o exponer al peligro a los dem�s miembros del equipo de trabajo o a terceros o a los recursos materiales de Cielo 12� Sur.
f) Cualquier hecho, acto u omisi�n que contravenga las normas de seguridad impartidas.  La seguridad personal, del equipo de trabajo y de los recursos materiales es principio fundamental de toda actividad de Cielo 12� Sur.
g) Participar o fomentar ri�as, rencillas, maledicencias, peleas internas, rivalidades, etc., entre los miembros de Cielo 12� Sur, lo cual ser� considerado falta grave y ser� sancionado por atentar contra la unidad, solidaridad y seguridad del grupo.
h) Fomentar o cometer actos de indisciplina, de incumplimiento de sus funciones en los cargos o puestos asignados o faltar a los principios de Cielo 12� Sur.
i) Realizar actividades y/o actos proselitistas de car�cter pol�tico o religioso dentro de Cielo 12� Sur.


DE LAS SANCIONES
Art�culo 24.
Dependiendo del grado de falta cometida se aplicar� el nivel de sanci�n que corresponda.
a) Primer nivel: Llamada de atenci�n.
b) Segundo nivel: Amonestaci�n escrita.
c) Tercer nivel: Sometimiento a evaluaci�n disciplinaria por los Asociados Miembros Fundadores quienes dictaminar�n sobre el caso.
d) Cuarto nivel: Exclusi�n de Cielo 12� Sur de acuerdo a lo previsto en el Art�culo 14. Sin perjuicio de la devoluci�n de los bienes y recursos materiales que le hayan sido entregados en uso. En todos los casos sin perjuicio del registro en el r�cord personal.
e) En caso que los miembros de Cielo 12� Sur, en el cumplimiento de sus funciones cometan faltas graves o delitos tipificados en el c�digo penal vigente, ser�n denunciados ante las autoridades correspondientes.
URANIA
Musa de la Astronom�a
Cont�ctanos
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Cielo 12� Sur
Grupo de Astronom�a de Yanapasayki,
Cuerpo Peruano de Ayuda - YCPA
Jr. Emilio Fernandez 640, Sta. Beatriz,
Lima, Per�, Sudam�rica, 12�S 77�W
Telefonos: 4337981
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