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| Reglamento Interno |
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REGLAMENTO INTERNO DE LA NATURALEZA DE CIELO 12 SUR Art�culo 1. Cielo 12� Sur es un grupo de personas naturales que reunidas libre y voluntariamente realizan actividades comunes como aficionados y estudiosos de la astronom�a. El grupo se constituye como una entidad civil sin fines de lucro. DE LA MISI�N FINES Y OBJETIVOS Art�culo 2. Misi�n. Poner la astronom�a al alcance de todos los miembros de la comunidad. Art�culo 3. Fines. Realizar el estudio, seguimiento y anuncio de eventos c�smicos interesantes y notables. Organizar y desarrollar actividades como cursos, presentaciones, exhibiciones, excursiones, publicaciones, etc. sobre temas referidos al �rea de inter�s del grupo Art�culo 4. Objetivos. Difundir la ciencia de la astronom�a y fomentar la afici�n por esta rama del conocimiento como una actividad sana y provechosa para la ampliaci�n del horizonte cultural de todas las personas. DE LOS MIEMBROS Art�culo 5. Cielo 12� Sur, Grupo de Astronom�a estar� conformado por un n�mero indeterminado de miembros, pudiendo participar en la forma de personas naturales o jur�dicas, profesionales activos o cesantes, de todas las �reas de las Ciencias Sociales, Ciencias Pol�ticas, Ciencias Naturales; investigadores, doctrinarios y expertos en todas las especialidades o materias y sub-especialidades, que se identifiquen con los fines y objetivos de Cielo 12� Sur, inscritos en el Libro Padr�n correspondiente para tener la condici�n de asociado. Art�culo 6. La calidad de asociado es inherente a la persona y no es transmisible en ning�n caso; las personas jur�dicas podr�n designar a un representante mediante copia legalizada del acta que contenga su nombramiento. Art�culo 7. Los Asociados ser�n: � Miembros Fundadores: Son las personas que fundaron el Grupo: � Sr. Manuel Valencia Ram�rez � Sr. An�bal Paredes Monteblanco � Miembros Titulares: Son todos los asociados incluidos los fundadores y los que se inscriban durante la vigencia de la instituci�n. � Miembros Honorarios: Son personas naturales o jur�dicas nacionales o extranjeras que por sus m�ritos especiales o por actos propios comprometan la gratitud de Cielo 12� Sur y que a juicio de los Miembros Fundadores merecen tal distinci�n. � Miembros Benefactores: Son las personas naturales o jur�dicas nacionales e internacionales que en alguna forma han contribuido con aportar al patrimonio social en forma desinteresada y altruista. � Miembros Adherentes. Son las personas naturales que desean participar voluntariamente en las actividades de la asociaci�n. DE LAS ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE LOS ASOCIADOS MIEMBROS FUNDADORES Art�culo 8. Los asociados Miembros Fundadores tienen los m�s altos poderes para dirigir, gestionar y administrar el grupo, con excepci�n de aquellos asuntos cuya soluci�n corresponda a los acuerdos que se tomen en Asamblea General de Asociados Miembros Titulares; por tanto, y sin que la enumeraci�n sea limitativa, sino enunciativa corresponde a los Asociados Miembros Fundadores: a) Reglamentar su propio funcionamiento. b) Establecer la pol�tica que debe seguir el grupo de acuerdo a sus fines. c) Aceptar o rechazar el ingreso de nuevos miembros a Cielo 12� Sur, as� como acordar su separaci�n. d) Dirigir todas y cada una de las actividades del grupo, organizar sus oficinas, filiales, etc. y determinar sus gastos. e) Ejercer todos los medios necesarios para el cumplimiento de los fines del grupo en concordancia con el reglamento. f) Fijar y modificar las cuotas que correspondan pagar a los Asociados Miembros Titulares. g) Nombrar, separar funcionarios, apoderados y empleados al servicio del grupo, conferirles las facultades convenientes, se�alar sus obligaciones y remuneraciones, limitar y renovar facultades que anteriormente hubieran conferido y establecer todas las reglas que sean necesarias para el buen servicio del grupo. h) Enajenar, permutar y otorgar promesa de venta de bienes muebles e inmuebles (previa autorizaci�n de la Asamblea General), as� como comprarlos o venderlos, ceder cr�ditos o recibir donaciones y tambi�n hacerlas, celebrando toda clase de contratos cualquiera sea su naturaleza, con las facultades mas amplias y obtener u otorgar pr�stamos mediante contrato de mutuo acuerdo, sobregiros, adelantos en cuenta corriente en cualquier otra forma de acuerdo a Ley. i) Contratar seguros y servicios de cualquier naturaleza. j) Sostener en cualquier fuero judicial los derechos del grupo con las facultades de desistimiento, convenir en demandas, autorizar o practicar reconocimiento, transigir juicios y someter a arbitraje las cuestiones promovidas o por promoverse con las facultades generales y especiales de mandato contenidas en el art�culo 9 y 10 del C�digo de Procedimientos Civiles, pudiendo delegar poder de una o m�s facultades en una o m�s personas que representen al grupo, tanto en juicios como ante las autoridades policiales, administrativas y pol�ticas. k) Convocar a Asamblea General de Asociados Miembros Titulares cuando las actividades del grupo lo exijan. l) Discutir y resolver todos los dem�s asuntos que de acuerdo con este reglamento no estuviesen sometidos a la decisi�n de la Asamblea General m) Nombrar a los miembros de las Comisiones de Trabajo. n) Designar, dirigir y coordinar las Comisiones de Trabajo que se requieran conformar en funci�n de las diferentes actividades que afectan a la asociaci�n. DE LA ADMISI�N Art�culo 9. Para acceder como Asociado Miembro Titular se requiere ser propuesto por dos asociados miembros titulares h�biles, propuesta que ser� revisada por los Miembros Fundadores y deber� ser aprobada. Adem�s se deber� cumplir con los siguientes requerimientos: � Solicitar por escrito y participar su inter�s y las razones por las que desea formar parte de Cielo 12� Sur � Ser mayor de edad. � Tener solvencia moral demostrada. � Tener solvencia econ�mica. � Firmar la carta compromiso. � Pagar los derechos que correspondan: Cuota �nica de admisi�n. Art�culo 10. Para acceder como Asociado Miembro Adherente puede ser: � Mediante la propuesta de un miembro de Cielo 12� Sur o � Mediante las convocatorias o invitaciones abiertas que se hagan � Tambi�n puede ser por solicitud del interesado. En todos los casos los interesados en incorporarse a Cielo 12� Sur deber�n cumplir con los siguientes requisitos: a) Solicitar por escrito y participar su inter�s y las razones por las que desea formar parte de Cielo 12� Sur. b) Ser mayor de edad. c) Tener solvencia moral demostrada. d) Tener solvencia econ�mica. e) Completar la ficha de inscripci�n y datos personales. f) Pagar los derechos que correspondan: Cuota �nica de admisi�n Los Miembros Fundadores evaluar�n las propuestas y decidir�n sobre la admisi�n de los nuevos miembros. No hay discriminaci�n de ning�n tipo (sexo, raza, credo pol�tico o religioso, posici�n socioecon�mica, ocupaci�n, educaci�n o profesi�n, etc.) para integrar Cielo 12� Sur. Art�culo 11. Una vez aprobada la admisi�n de un nuevo asociado, se le comunicar� haber sido admitido y se le invitar� a una reuni�n personal para formalizar su admisi�n. En esta reuni�n el nuevo miembro asociado firmar� los documentos correspondientes en dos copias originales y el Libro Padr�n de Asociados; abonar� la cuota �nica de admisi�n que corresponda y recibir� la credencial de su membres�a, un fotocheck y una copia de la Gu�a de Astronom�a para Aficionados. En el caso de los nuevos Asociados Miembros Titulares, abonar�n la primera cuota social mensual. DEL PADR�N DE ASOCIADOS Art�culo 12. Cielo 12� Sur llevar� un Libro de Registro de Asociados actualizado en el que consten el nombre, actividad, domicilio y fecha de admisi�n de cada uno, con indicaci�n de la especialidad, los cargos de administraci�n o representaci�n y otros datos anexos. DE LA RENUNCIA Art�culo 13. La renuncia de cualquier asociado debe formularse por escrito a trav�s de una carta dirigida a Cielo 12� Sur, la que ser� puesta a consideraci�n de los Miembros Fundadores. DE LA SUSPENSI�N Y EXCLUSI�N: Art�culo 14. Los Asociados Miembros Titulares que incumplan con el pago de sus cuotas mensuales durante seis meses consecutivos, o cuatro alternados, dentro de los seis meses u ocho cuotas alternadas dentro de los doce meses, sin raz�n justificada, ser�n suspendidos de sus derechos o excluidos de Cielo 12� Sur. La inasistencia a dos sesiones consecutivas o recurrentes injustificadas, da lugar a la suspensi�n del asociado en sus derechos; si continuara con las inasistencias injustificadas, ser� excluido de Cielo 12� Sur. Constituye falta grave que determina la suspensi�n o exclusi�n de los asociados: � La utilizaci�n del nombre y prestigio de Cielo 12� Sur para fines personales. � La infidencia comprobada. � Robo, da�os y perjuicios graves a la instituci�n. La calidad de cualquier asociado se pierde tambi�n por: � Realizar actividades paralelas, afines a los objetivos generales y espec�ficos de Cielo 12� Sur. � Incurrir hasta en dos inasistencias injustificadas consecutivas o recurrentes a las citaciones convocadas por cualquier organizaci�n nacional o extranjera, que tiene que ver con asuntos propios de Cielo 12� Sur. � Tener malos antecedentes de naturaleza judicial, penal o policial o adquirirlos durante su membres�a en Cielo 12� Sur. � Mala conducta dentro o fuera de Cielo 12� Sur (consumidor de drogas, alcoh�lico, etc.) � Realizar actividades que vayan en contra y perjuicio de Cielo 12� Sur y de su Reglamento. DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS Art�culo 15. Son Derechos de los Asociados Miembros Titulares los siguientes: a) Elegir y ser elegido para los cargos directivos de Cielo 12� Sur. b) Ser destinatarios de los beneficios acordados Cielo 12� Sur. c) Ser beneficiarios de cargos y actividades organizadas por instituciones nacionales y extranjeras. d) Participar en todas las actividades que organiza Cielo 12�Sur, sea como expositor, investigador, creador, de la ciencia o arte que domina as� como en las actividades convocadas por instituciones nacionales e internacionales. e) Emitir su voz y voto sobre los asuntos de inter�s de Cielo 12� Sur en las reuniones y convocatorias que se realicen. f) Otros que se acuerden. Art�culo 16. Son Deberes y Obligaciones de los Asociados Miembros Titulares: a) Cumplir con los acuerdos establecidos. b) Cumplir con los objetivos de las Comisiones que le son encomendadas. c) Presentar los informes correspondientes como presidente de comisi�n, si fuera el caso. d) Cumplir con el aporte de las cuotas de asociado ordinarias y extraordinarias acordadas. e) Cumplir con las disposiciones emanadas del presente reglamento. f) Otros que se acuerden. Art�culo 17. Son Derechos de los Asociados Miembros Adherentes: a) Asistir a todas las reuniones y convocatorias que se realicen. b) Recibir sin excepci�n todas las comunicaciones, invitaciones, convocatorias, etc. que emita Cielo 12� Sur referidas a sus actividades. c) Emitir su voz y opini�n sobre los asuntos de inter�s de Cielo 12� Sur en las reuniones y convocatorias que se realicen. d) Formar parte y ser elegido miembro de las comisiones de trabajo. e) Participar de todas las actividades de Cielo 12� Sur. f) Gozar de todos los beneficios tangibles e intangibles que se obtengan a favor de Cielo 12� Sur. g) Gozar de descuentos y oportunidades preferenciales en las actividades que realice Cielo 12� Sur. h) Los Asociados Miembros Adherentes no tienen obligaci�n de pagar cuotas o hacer aportaciones mensuales a Cielo 12� Sur. Art�culo 18. Son Deberes y Obligaciones de los Asociados Miembros Adherentes. a) La participaci�n de los Asociados Miembros Adherentes en las actividades de Cielo 12� Sur es voluntaria. Sin embargo, al ser requerida la participaci�n de los miembros para alguna actividad, estos podr�n expresar su deseo de participar y es su obligaci�n asumir su compromiso voluntario de asistir o participar de la actividad programada, por lo que a partir de ese momento se considerar� su estado de disponibilidad para la organizaci�n y funcionamiento del equipo formado y para llevar a cabo la actividad programada. b) Acatar como hora exacta los horarios que se establezcan para las actividades que se realicen tales como: asambleas, reuniones, cursos, excursiones, presentaciones, etc. Se otorgar� un m�ximo de 10 minutos en el horario de inicio de cualquier actividad. La impuntualidad quedar� registrada en el R�cord Personal. c) Asistir a los cursos, capacitaciones y entrenamientos. Se permitir� un m�ximo de faltas de 10% de las sesiones. Superando este porcentaje queda inhabilitado y registrado en el r�cord personal. d) El cuidado, conservaci�n y custodia de los recursos materiales de Cielo 12� Sur. Lo cual es responsabilidad de todos y cada uno de los miembros, haci�ndose responsables solidarios mancomunados por su p�rdida y/o deterioro. e) Acatar el principio del trabajo en equipo. Todos y cada uno de los miembros de un equipo de trabajo son responsables de la seguridad propia y de los dem�s miembros del equipo y de los recursos materiales de Cielo 12� Sur. f) Honrar la verdad, honradez y honestidad. g) Acatar las directivas que se impartan. DEL PATRIMONIO Art�culo 19. El patrimonio de Cielo 12� Sur est� constituido por todos los bienes materiales que a t�tulo oneroso o gratuito, permanente o temporal, aporten los miembros asociados. Asimismo por los ingresos o rentas que se obtengan en m�rito a las actividades que organice y desarrolle para cubrir los gastos y costos operativos de las mismas o para mejorar la implementaci�n, equipamiento y capacidad operativa del grupo. Tambi�n por las cuotas o aportaciones mensuales de los Asociados Miembros Titulares y por las cuotas �nicas de admisi�n de todos los nuevos miembros. DE LAS CUOTAS Art�culo 20. Cuotas �nicas de admisi�n. Para los nuevos Asociados Miembros Titulares la cuota �nica de admisi�n es de S/. 100.00 (cien nuevos soles). Para los nuevos Asociados Miembros Adherentes la cuota �nica de admisi�n es de S/. 80.00 (ochenta nuevos soles) Los pagos de las cuotas se pueden hacer mediante dep�sito en la cuenta del Banco de la Naci�n N� 0410 2319 309 a nombre de Mar�a Elena Pinto Barriales. Una copia del voucher del dep�sito deber� ser enviada por e-mail o en f�sico a: Cielo 12� Sur Jr. Emilio Fern�ndez 640, Sta. Beatriz, Lima Telf: 4337981 e-mail: [email protected] Art�culo 21. Cuotas mensuales de los Asociados Miembros Titulares. La cuota social mensual es de S/. 35.00 (treintaicinco nuevos soles) Art�culo 22. Los Asociados Miembros Adherentes no tienen obligaci�n de aportar cuotas sociales mensuales. DE LAS PROHIBICIONES Art�culo 23. Los miembros de Cielo 12� Sur tienen prohibido lo siguiente: a) Usar y/o consumir drogas, narc�ticos, estupefacientes, bebidas alcoh�licas, etc., o estar en posesi�n de estas sustancias. b) Cualquier acto u omisi�n en contra de los principios de solidaridad, unidad, seguridad y/o de los objetivos de Cielo 12� Sur. c) Realizar gestiones, invitaciones o comunicaciones de cualquier �ndole en nombre de Cielo 12� Sur sin estar facultado para hacerlo. d) En caso de haber sido asignado para cumplir alg�n puesto o cargo, abandonarlo sin dar aviso oportuno y sin quedar asegurado su relevo. El miembro que ha sido asignado a un puesto o cargo no lo podr� transferir sin autorizaci�n. e) El actuar negligente e irresponsablemente y exponerse y/o exponer al peligro a los dem�s miembros del equipo de trabajo o a terceros o a los recursos materiales de Cielo 12� Sur. f) Cualquier hecho, acto u omisi�n que contravenga las normas de seguridad impartidas. La seguridad personal, del equipo de trabajo y de los recursos materiales es principio fundamental de toda actividad de Cielo 12� Sur. g) Participar o fomentar ri�as, rencillas, maledicencias, peleas internas, rivalidades, etc., entre los miembros de Cielo 12� Sur, lo cual ser� considerado falta grave y ser� sancionado por atentar contra la unidad, solidaridad y seguridad del grupo. h) Fomentar o cometer actos de indisciplina, de incumplimiento de sus funciones en los cargos o puestos asignados o faltar a los principios de Cielo 12� Sur. i) Realizar actividades y/o actos proselitistas de car�cter pol�tico o religioso dentro de Cielo 12� Sur. DE LAS SANCIONES Art�culo 24. Dependiendo del grado de falta cometida se aplicar� el nivel de sanci�n que corresponda. a) Primer nivel: Llamada de atenci�n. b) Segundo nivel: Amonestaci�n escrita. c) Tercer nivel: Sometimiento a evaluaci�n disciplinaria por los Asociados Miembros Fundadores quienes dictaminar�n sobre el caso. d) Cuarto nivel: Exclusi�n de Cielo 12� Sur de acuerdo a lo previsto en el Art�culo 14. Sin perjuicio de la devoluci�n de los bienes y recursos materiales que le hayan sido entregados en uso. En todos los casos sin perjuicio del registro en el r�cord personal. e) En caso que los miembros de Cielo 12� Sur, en el cumplimiento de sus funciones cometan faltas graves o delitos tipificados en el c�digo penal vigente, ser�n denunciados ante las autoridades correspondientes. |
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