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«el quinto, no matarás ». El asesinato pasional y su análisis en El Carnero
El asesinato a lo largo de la historia ha tenido diversas repercusiones e influencias: esto teniendo en cuenta que desde las cosmovisiones de la antigüedad el homicidio se patentiza en los mitos. La muerte del hombre por el hombre es, de esta manera, uno de los temas más recurrentes y cuya faceta al volverse un anti-ejemplo para la sociedad no puede pasar inadvertida.
Los ejemplos del asesinato son de lo más variados en la literatura; en cuanto a los textos iberoamericanos de la época virreinal, este tema se encuentra de manera destacada en Conquista y descubrimiento del reino de Nueva Granada de Juan Rodríguez Freyle, en donde varios de los relatos que contiene este libro tienen como asunto este delito. En la narración de los acontecimientos se explica de manera detallada todo el panorama alrededor de dicho suceso; desde las causas que lo motivan, quiénes intervienen en él y el modo en el cual se realizan estas fechorías, hasta las consecuencias y las acciones de la justicia. De esta forma, el texto no sólo es una crónica del homicidio, sino que, con un carácter didáctico, ofrece una amonestación de corte moralizante sobre dicha cuestión.
Dos de las narraciones presentadas en El Carnero tocan este tema; entre los puntos coincidentes están:
El ejemplo moralizador tiene un claro fundamento cristiano en los mandamientos quinto (No matarás) y noveno (No desearás a la mujer de tu prójimo) del Decálogo. La violación de estos mandamientos y el castigo implícito ante dicha trasgresión es puesta de relieve en las narraciones sobre los asesinatos de los capítulos X y XVIII de El Carnero. La única diferencia notable es el tratamiento a la mujer adúltera irredenta que ha de pagar por sus pecados con la muerte en el primer caso o, en el segundo, viéndose obligada a retirarse al convento para purgar su pena, actos ambos que tienen un antecedente el cual es parte de una tradición literaria muy ligada a la literatura de exempla medieval; el carácter misógino de la obra y el ejemplo de la mujer sirven tienen desde un principio un carácter visiblemente moralizante basado en la represión mental a través del castigo.
La finalidad de las narraciones criminales —en este caso, del asesinato— puede interpretarse con un matiz sociológico el cual identifica al castigo impuesto por la trasgresión como una forma de institución social a través de la cual no sólo se justifica el trabajo de la autoridad, sino que es un elemento constituyente de la cultura. Esto tiene un papel altamente relevante en la sociedad virreinal que está en formación en Nueva Granada, pues se concibe que el dominador debe imponer su ideología y así el castigo sirve de ejemplo para una línea moral que, independientemente de que se establezca como tal, es uno de los medios de los que se sirve el conquistador para el control de los nuevos territorios.
El castigo puede verse como una especie de aparato técnico; un medio instrumental para lograr un fin [...] Asimismo puede considerarse como una relación coercitiva entre el Estado y el trasgresor [...] También puede representarse como un procedimiento legal, una forma de poder, un instrumento de dominación de clase, la expresión de un sentimiento colectivo, una acción moral, un acontecimiento ritual o la encarnación de cierta sensibilidad. (Garland, 1999: 326)[2]
En El carnero queda claro que el castigo es proporcional a la falta cometida o, mejor dicho, al número de éstas. Así, en el capítulo X la mujer (Inés de Hinojosa) es causante de dos muertes: la de su legítimo esposo (Pedro de Ávila) y la de su primer amante y asesino a su vez de Ávila (Jorge Voto); al ser descubiertas estas acciones la justicia aplica su mayor rigor contra doña Inés de Hinojosa sentenciándola a la pena capital. Por otro lado, en el capítulo XVIII los amores de la mujer (Luisa Tafur) son sólo responsables de una muerte (la de su esposo) con lo que tan sólo los ejecutores del homicidio son los sentenciados y ella se retira a un convento a expurgar sus culpas, sin embargo, su iniquidad debe pagarse con el olvido y el desprecio de la gente la cual no volverá a saber de ella tras salir del convento.
1. El relato del capítulo X
En la narración del capítulo X, es de notar la causa directa que provoca el adulterio de Doña Inés de Hinojosa, elemento que, no obstante, será puesto en un segundo plano en el juicio ético de las acciones de esta mujer. Es decir que sólo la hermosura de esta dama causará los asesinatos, sin reparar en los antecedentes que originaron el descontento de Doña Inés hacia su marido, puesto que éste era mujeriego, jugador y celaba a su esposa. Con todo, se puede considerar como parte de la ideología de la época la sumisión de la mujer respecto al hombre, aun cuando éste fuese un individuo poco respetable. De ahí que se ponga de relieve el adulterio de la esposa de Pedro de Ávila y no el de éste.
La intervención de elementos parcialmente sobrenaturales está ligada al remordimiento y al cumplimiento de la culpa —a través de la falta de tranquilidad— en este relato. El hecho de que la sangre de Pedro de Ávila parezca, a ojos de su viuda, clamar justicia es uno de los elementos que utiliza el narrador para comenzar su discurso moral, pero que además será el leitmotiv para seguir con la narración de los homicidios. «El narrador se vale de este material para pasar juicio sobre la historia neogranadina, asumiendo un papel de juez que va creando en su escritura lo que [...] podríamos llamar un ‘espacio disciplinario’» (Hernández, 1994: 222) De aquí se sigue que la enseñanza moral de este relato sea que no se puede solucionar un mal con un mal mayor, siguiendo la doctrina providencialista. Se agrega el mismo sentido de justicia divina aparece en el texto cuando el asesino a su vez es muerto, de esta forma, Dios también interviene en los asuntos humanos que no han sido solucionados.
Le dio por un costado la primera estocada [Pedro Bravo a Jorge Voto] (y podríamos decir que la dio Pedro de Ávila; por las que él le dio en Carora, y le mató, porque cuando falta la justicia en la tierra la envía Dios del cielo por el camino que él es servido. (Rodríguez, 2000: 134)
La presencia de elementos que puedan atenuar el crimen parece no ser tomado en cuenta por la justicia neogranadina. Siguiendo con el relato del capítulo X, cuando Hernán Bravo, hermano del amante de Doña Inés y que no estaba de acuerdo con su hermano en el plan de asesinar a Jorge Voto busca salvar la vida de éste a través de un papel en donde le informa de la conspiración en su contra no prestó atención a éste, con lo cual desdeña la protección divina que se le ofrece por medio de Hernán Bravo, con lo cual su suerte queda echada. Este factor, empero, no contó a favor de este individuo, en particular porque quiso sustraerse a la acción de la justicia, y así también pagó junto con su hermano la muerte de Jorge Voto.
Otra característica del castigo ejemplar se muestra cuando los esfuerzos para sustraerse a la justicia fracasan, excepto en el caso del sacristán Pedro de Hungría quien es el único que tiene éxito en su fuga. Como ya se ha visto, Hernán Bravo es capturado y su hermano no puede librarse a pesar de las fianzas que se proponían. Esto tiene una función de advertencia a los delincuentes quienes son advertidos del largo brazo de la justicia y de la imposibilidad de escapar de ella, sin que valgan títulos o riqueza —algo que contrastara con la creciente corrupción de este momento en Nueva Granada.
2. El relato del capítulo XVIII
El antecedente de esta narración es un discurso en el cual se critica a la mujer como propiciadora de crímenes, recurriendo a la técnica de los excursus que tienen como fuente, entre otras, libros del canon bíblico. Al ligar a la mujer, al diablo y al fuego la ejemplificación moral queda completamente definida, identificando a la fémina como uno de los disfraces del mal. Dentro de ese discurso, el adulterio queda manifestado como una forma de engaño al hombre ligado a la tradición bíblica en la que Eva engaña a Adán con lo cual: «Come la fruta vedada, pasa el mandato de Dios y sujétanos a todos de la muerte. Llama Dios a Adán a juicio, y dale por disculpa diciendo: Mulier quem dedisti mihi, ipsa me decepit» (Rodríguez, 2000: 238). Por lo tanto, la mujer queda como causa primigenia del mal en el mundo y la atribución del mal a ella —así como la desconfianza perenne— no es sino un evento razonado y fundamentado en una tradición con una carga medieval que las asocia al diablo.[3]
Al igual que en el relato anterior, las faltas del hombre contra su esposa serán la causa de que se planee su muerte; aunque en el juicio moral éstas queden relegadas y únicamente destaque el pecado de la mujer. En este caso, la defensa del honor propio del marido que está siendo engañado es el factor que desencadena su propia muerte al enfrentarse a la venganza de su cuñado. Esta acción, al trascender, crea una vergüenza pública, puesto que son expuestos los personajes implicados en las acciones. «A través del chisme, las acciones privadas surgen en la esfera de lo público, es decir se teatralizan y el texto mismo de El Carnero contribuye la transmisión de lo que podríamos llamar un ‘contrabando de lo secreto’» (Hernández, 1994: 223). La atenuante de carácter no penal en este suceso —la cual salvará a Luisa Tafur de sufrir la muerte— es que una parte de la culpabilidad está en el hombre que ha usado mal, para desgracia propia, de la hermosura de la dama.
En esta narración intervienen dos elementos que magnifican la situación ejemplar o el ejemplo que se pretende mostrar; de esta forma, el asesinato se ve complementado con la venganza y la lujuria como anti-virtudes que deben ser combatidas para el mejoramiento de la sociedad. En efecto, la mayor preocupación es la creación de una conciencia colectiva en un medio que sufre de todo tipo de corrupciones sociales creando un proyecto moral que conducirá a la estabilidad del reino y de la administración de éste.
[En el caso de Freile] Lo que se desvela es una situación social en transformación, que afecta o amenaza el orden establecido. Freile [...] revela a sus lectores una topografía particular del espacio social donde viven a la vez que ese yo (intelectual) se sitúa como portador de una verdad y de un poder que se dan en la escritura. A través de ella se deja al descubierto un mundo donde lo alto (grandes hazañas, administración colonial) convive con lo bajo (casos) poniendo en evidencia el peligro que esto representa para la estabilidad colonial (Hernández, 1994: 228)
La concepción del castigo implica no sólo la muerte como justicia ante el homicidio, sino un proceso complejo en el cual la confesión del delito es un punto importante. La tortura como medio de extraer esa confesión (antes de ratificarla sin castigo corporal), agrega a lo infamante de la situación un elemento que no puede ser eludido al contemplar la narración. Por tanto, a la situación espiritual (el remordimiento del asesino) se añade la situación somática (el dolor de la tortura) que deben disuadir al probable trasgresor de su idea, cerrando, en esta forma, la intención moralizadora en la que se propone un argumento, sostenido por la fuerza de la justicia, el cual consiste en un castigo terreno y una pena perpetua tras la muerte —el infierno— a la cual el hombre ha llegado por su libre albedrío. Así, según la concepción cristiana imperante, el pecador terminará sufriendo de ese castigo no por predestinación divina, sino por un acto de completa libertad adverso a la voluntad divina.[4]
Ambos textos ofrecen una advertencia de una carga que si bien puede considerarse como misógina es, en realidad, una advertencia que incluye tanto al hombre como a la mujer y que pone de relieve un hecho básico: el adulterio de la mujer es a causa del hombre lujurioso; por tanto, el castigo posterior podrá ser aplicado a ambos.
El estilo que sigue el autor es, pues, una recolección de notas en las cuales, como observador externo, tiene el derecho de juzgar críticamente. No sólo eso; además, pretende que las narraciones sean una invectiva a la vida cotidiana de Nueva Granada y, de esta forma, el castigo representa la ejemplificación final del quid moralizador. Así, el asesinato pasional cumple con una función de reflejo de la sociedad la cual es amonestada, a través de la historia y sus consecuencias, de la imperiosa necesidad de una reforma en la forma de vivir y, al mismo tiempo, advierte sobre el castigo, con lo cual Rodríguez Freyle se alinea con la ideología del dominador al generar la idea de un gobierno panóptico cuya eficiencia para aplicar la justicia no debe dar lugar a discusión.
BIBLIOGRAFÍA
Catecismo de la Iglesia Católica. 1993 (México: Coeditores Católicos de México).
Garland, David. 1999. Castigo y sociedad moderna. Un estudio de teoría social (México: Siglo XXI Editores).
Hernández, Ivette N. 1994. “El desorden de un reino: Historia y poder en El Carnero”, en Conquista y contraconquista. La escritura del Nuevo Mundo. (México: Brown University-COLMEX).
Monestier, Martin. 2000. Penas de muerte: Historia y técnica de las ejecuciones capitales. (México: Diana).
Rodríguez Freyle, Juan. 2000. Conquista y descubrimiento del Nuevo Reino de Granada. Crónicas de América, 10. (Madrid: Dastin).
[1] Al respecto, cabe mencionar una coincidencia —casi obvia para la época— que es el arma homicida, la cual en todos los casos es la espada.
[2] Destaco en cursivas los elementos más propios para el análisis de El Carnero, de acuerdo a la concepción del castigo en Garland.
[3] Esta carga medieval, además, representa a las mujeres como brujas. En el capitulo IX, El Carnero posee un relato de brujería cuyo protagonista es Juana García. Cabe también señalar que en esta época uno de los libros más populares era el Malleus Maleficarum (escrito hacia 1486 y cuya fama duró al menos 200 años) un tratado sobre la cacería de brujas que propagó la histeria sobre la brujería en toda Europa.
[4] La idea de la pena de muerte como castigo al asesino no es contraria al dogma cristiano del No matarás: «Por este motivo la enseñanza tradicional de la Iglesia ha reconocido el justo fundamento del derecho y deber de la legítima autoridad pública para aplicar penas proporcionadas a la gravedad del delito, sin excluir, en casos de extrema gravedad, el recurso a la pena de muerte» (Catecismo de la Iglesia Católica. 1993: 561).
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