Presentación a propósito de la nominación del
Dr. Raúl E. Zaffaroni para la CSJN 10/11

de Derecho de la UBA, año 2 n°31 "Las drogas: entre el fracaso y los daños de su prohibición" ).

    Asimismo no se pueden omitir las particulares condiciones de inseguridad por la que atraviesa nuestra sociedad, las que han dado lugar a que el poder ejecutivo instrumentara un "plan contra el delito" de especiales características, que en palabras del gobernador de la Pcia. de Buenos Aires, "por primera vez hemos delineado una política de Estado de largo plazo". Más allá de las medidas adoptadas y sus resultados, lo cierto es que responde a un clamor popular, que sin distinción de estratos,  visualiza a la inseguridad provocada por una ola delictiva sin precedentes, como uno de sus principales problemas. A la pregunta de una encuesta reciente "¿Cuál es su percepción frente  a la situación de inseguridad? el 32,5% de los consultados respondió "temor"; el 31,5% contestó "pánico"; el 29,2% habló de inquietud y apenas el 4,8% dijo que no tenía miedo (¿quizás eran los delincuentes?) (La Nación 13/7/03). Frente a este situación, las palabras antes citadas de Zaffaroni según las cuales corresponde  redefinir el derecho penal concibiéndolo como un discurso para limitar, para reducir, para acotar y eventualmente, si se puede, para cancelar el poder punitivo, parecen, cuanto menos, totalmente inoportunas.

    Dejamos sentado que tampoco entendemos que el Estado se base en un hecho de fuerza ya que por el contrario, se debe sustentar en la racionalidad y la justicia; ni que el sistema penal sea la panacea de los graves males que aquejan a la sociedad. Pero, al contrario de Zaffaroni sostenemos el irrenunciable deber del Estado garantizar, si es necesario con su poder punitivo, la constitución de "la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad".  En consecuencia, la deslegitimación del poder político como fuente de normas penales pregonada por el candidato, lo deslegitima a su vez para integrar nuestro máximo tribunal, pues consideramos que tiene el derecho de bregar por sus teorías desde el foro legislativo pero no para dictar sentencias de conformidad a sus ideas en contradicción con las leyes que debe acatar y aplicar.
5. Las consideraciones precedentes constituyen el fundamento
jurídico de nuestra impugnación al candidato propuesto como integrante de la Corte Suprema de Justicia. Pero además, no podemos obviar algunas reflexiones  sobre las actuales circunstancias que atraviesa la Nación, que dolorosamente intenta  salir de una crisis económica, social y política  cómo no registra su historia, y sobre la oportunidad en la que se propone al candidato elegido, que desde ya se perfila como altamente polémica y generadora de todo tipo de críticas y de divisiones. El escándalo que deriva de la manifiesta contradicción entre algunos valores que son materia de una arraigada militancia pública del doctor Zaffaroni, con despliegue en el ejercicio del poder constituyente y en la función legislativa, y por supuesto de su ámbito más propio que es el de la docencia universitaria, aparece como disfuncional con las expectativas de la ciudadanía, insistimos de todo color, tanto en lo que respecta a la genuina aptitud de sus criterios para la tutela de los derechos fundamentales, como para la idoneidad de sus políticas, en particular en materia penal, para la protección de la comunidad asolada por crímenes que no parecen reconocer límite.En un momento en que resulta indispensable hallar soluciones

Continúa en  11/11

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