Asociación Contra el Ruído de Tres Cantos |
Ruido producido por� alarmas en
el medio urbano de Tres Cantos: Con la llegada del tiempo
caluroso tendemos a salir mas de nuestras casas y es cuando m�s notamos la
falta de silencio. A nivel del estado no
tenemos normativa sobre ruidos en zonas residenciales. Existe solo una
directiva a nivel� del parlamento
europeo sobre evaluaci�n y gesti�n del ruido ambiental que esta en estudio y se
empezar� a aplicar en el a�o 2007, empezando por la realizaci�n de mapas de
ruido en las cercan�as de los aeropuertos y las grandes v�as de comunicaci�n.
Si existe normativa en el �mbito laboral. Las
medidas de protecci�n a trabajadores contra riesgos debidos� a la exposici�n de ruido durante el trabajo
se recogen en la Directiva europea 86/188/CEE . Mediante la presente
norma se procede a la transposici�n al Derecho Espa�ol del contenido de dicha
Directiva, estableci�ndose as� una serie de medidas dirigidas a reducir la
exposici�n del ruido durante el trabajo, para disminuir los riesgos para la salud
de los trabajadores, esta normativa se recoge en Espa�a con el Real decreto
1316/1989 de 27 de Octubre. Consecuencias del ruido para la salud
humana
En
el art�culo 4.2 de la norma dice que exposiciones a ruidos equivalentes a 80
dba resultan perjudiciales para la salud. �
La existencia de ruido
en el ambiente puede suponer riesgo de p�rdida de audici�n. Niveles excesivos
de ruido lesionan ciertas terminaciones nerviosas del o�do. �
El individuo es
consciente de esta p�rdida irrecuperable cuando en sus conversaciones no oye
correctamente a los dem�s, a pesar de que no haya ruido en el ambiente. �
Existen adem�s otros
efectos. Algunos individuos han manifestado alteraciones respiratorias,
cardiovasculares, digestivas y visuales. �
Elevados niveles de
ruido pueden provocar trastornos del sue�o, irritabilidad y cansancio. �
El ruido disminuye el
nivel de atenci�n y aumenta el tiempo de reacci�n del individuo frente a
est�mulos diversos, por lo que favorece el crecimiento del n�mero de errores
cometidos y por lo tanto de accidentes. Concluyendo
el ruido deteriora nuestra salud y si es malo en el �mbito laboral tambi�n lo
es en el lugar en que vivimos. A
falta de legislaci�n a nivel estatal muchos ayuntamientos han publicado normas
a niveles locales de obligado cumplimiento con el prop�sito de proteger la� salud de los ciudadanos. La ordenanza municipal� de Tres Cantos sobre ruido y vibraciones
En
teor�a los vecinos de Tres Cantos estamos protegidos frente a agresiones ac�sticas
gracias a la ordenanza de protecci�n del medio ambiente contra la emisi�n de
ruidos y vibraciones� que es de obligado
cumplimiento en nuestra ciudad y que lleva en funcionamiento desde el 24/09/98. Seg�n
esta ordenanza cualquier vecino puede pedir una evaluaci�n de ruidos y vibraciones
como un servicio p�blico m�s sin coste para el usuario. Por
ser un tema de actualidad y que nos preocupa a muchos me voy a referir en este
art�culo al problema de ruido producido por las alarmas y las normas
principales de �mbito local que las regulan en el entorno de nuestras
viviendas. En
el art�culo 4.3 de la norma define como ruido diurno al producido entre las 8 y
las 22 horas y� nocturno entre las 22 y
las 8 horas. La
determinaci�n del nivel sonoro se realizar� en decibelios� ponderados, corregidos conforme a la ponderaci�n
normalizada de las frecuencias mediante la curva de referencia tipo A.� El decibelio (db) es la unidad de medida de
ruido en general que expresa la presi�n sonora existente y el dba, es el
decibelio ajustado seg�n la percepci�n humana de las distintas frecuencias. � El
dba es la unidad en la que se mide el nivel de ruido en la escala de
ponderaci�n A, mediante la cual el sonido que recibe el aparato medidor, es
filtrado de forma parecida a como lo hace el o�do humano. Aunque
las caracter�sticas que hacen diferente un ruido de otro son su nivel de presi�n
sonora y su frecuencia, mediante la medici�n de ruido en la escala � A �, se puede
comparar la nocividad de diferentes tipos de ruido. La medici�n del ruido de
acuerdo a la ordenanza se realizar� como m�nimo a 1,5 metros de la l�nea de
propiedad y en el punto de m�xima afecci�n: Seg�n el art�culo 7.1,- Niveles m�ximos de ruido
permitido en ambiente exterior.
Seg�n el art�culo 7,2,- Niveles m�ximos en el
ambiente interior. No se permitir� el
funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepci�n interno, medida
en otra dependencia del mismo inmueble, o de los adyacentes, exceda de los
niveles que se indican a continuaci�n:
La ordenanza se contradice al reglar las
alarmas
Si
lo anterior siempre se cumpliera podr�amos decir que se estar�a velando por nuestra
salud. El problema viene cuando por otro lado las mismas normas en el apartado
2.C autorizan a que se puedan emitir ruidos de hasta 85 dba medidos a 3 metros,
lo cual y a pesar de que se produzcan de forma intermitente y por poco tiempo
no deja de ser una contradicci�n ya que es un nivel excesivo de ruido que
perturba nuestra tranquilidad y da�a nuestra salud. El
que suscribe el art�culo vive en las viviendas adosadas de la Cooperativa PSV.
Hace ahora 8 a�os cuando vine al barrio se instalaron un n�mero importante de
alarmas gracias a la campa�a de la Cooperativa por incluir mejoras. Estos
artefactos cuya bocina est� en la fachada de las casas funcionan con sensores
volum�tricos mediante rayos infrarrojos que detectan aumento de temperatura,
instalados dentro de la vivienda. El problema viene porque se producen muchas
falsas alarmas con bastante frecuencia, una simple corriente de aire puede
hacer saltar la alarma. En
la �poca inicial a que me refiero todav�a no hab�a ordenanza municipal y se
viv�a en un sobresalto continuo debido a las falsas alarmas que a veces no
hab�a forma de desactivar. Estas
alarmas no est�n conectadas a centro alguno de control por lo que solamente a
base de hacer mucho ruido a los vecinos se intenta disuadir al intruso. �El aviso solo se da a los vecinos de forma
que si� no avisan a la polic�a es el
afectado el que lo tiene que hacer con el consiguiente riesgo. Mejoras actuales en los sistemas de alarma: Afortunadamente,
en parte por la aparici�n de la norma y por que se han ido quedando obsoletas
estas alarmas ya no se activan tanto como hace unos a�os. Actualmente
est� muy de moda contratar un sistema de seguridad con una empresa privada que
en teor�a vela por nuestra seguridad en nuestras casas. El
personal de seguridad ante un aviso de intrusi�n detectado en la central se
pone en contacto con el usuario para que le conteste con la palabra clave si no
contesta o el que lo hace contesta sin dar la palabra clave la empresa de
seguridad llama a la polic�a del barrio, para que se personen en el domicilio
afectado. Es
decir la empresa hace un filtrado del aviso de alarma porque sabe que se producen
muchas falsas alarmas por distintos motivos, mala maniobra, pruebas, corrientes
de aire etc. Naturalmente
la empresa privada ofrece diversas opciones de mejora� como son� habla - escucha
y o v�deo, instalando las correspondientes c�maras en la vivienda y� siempre coloca carteles en la fachada� que muestre que la propiedad est� protegida
contra intrusos lo cual sirve para que el infractor se decida por otra vivienda
que no est� protegida. Inconvenientes
de las alarmas atendidas por empresas privadas
Sin considerar los temas econ�micos,� el sistema privado a primera vista parece
que es m�s seguro. Sin embargo, bajo mi punto de vista, adolece de algunos
inconvenientes como son: �
El personal de dichas
empresas privadas no tiene autorizaci�n para entrar en una casa y por tanto hay
que avisar a la polic�a para que se persone en el domicilio afectado con la
consiguiente perdida de tiempo que esto supone. �
�Los sistemas de alarma actuales que
normalmente se montan siguen utilizando avisos ac�sticos �in situ� en el
entorno de los 85 dba,� lo cual como dec�amos
al principio de este art�culo resulta nocivo para la salud. Mejoras propuestas de los sistemas de
alarma
Se
podr�a mejorar este servicio con dos actuaciones que considero fundamentales: �
Transmisi�n del aviso
de intrusi�n directamente a la polic�a , para lo cual es necesario que este
servicio estuviera atendido por la polic�a del barrio. �
Sustituci�n de los
avisos ac�sticos �in situ� por avisos luminosos intermitentes como los que
utilizan las ambulancias. Con estos cambios que propongo se podr�a ganar en rapidez de
actuaci�n algo fundamental cuando puede estar en peligro la vida de una persona
y se evitar�a da�os a la salud de las personas debidos a los� excesos de ruido. Ram�n Le�n Orgaz
Vocal
de la asociaci�n ACOR |