DOUTRINACATOLICA

AUTORIZAÇÃO PAPAL PARA A CELEBRAÇÃO DA MISSA PIO V

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El Motu Proprio "Ecclesia Dei" de 2 de julio de 1988 El 2 de julio de 1988, su Santidad Juan Pablo II promulgó su Motu Proprio "Ecclesia Dei adflicta", en el cual expresaba su voluntad de garantizar el respeto por las legítimas aspiraciones de aquellos fieles vinculados a la Tradición litúrgica latina y, en orden a la realización de éste propósito , establecia la Pontificia Comisión "Ecclesia Dei". El 18 de octubre del mismo año, el Papa Juan Pablo II otorgó al Cardenal Mayer facultades especiales para facilitar los trabajos de ésta Comisión, entre los cuales figura, en primer lugar:

"La facultad de conceder a todos los que lo soliciten (omnibus id petentibus) el uso del Misal Romano según la edición de 1962 y en conformidad con las normas propuestas en diciembre de 1986 por la Comisión de Cardenales constituida con éste objeto, habiendo sido informado el obispo diocesano". Es importante notar que ésta facultad se refiere a todos los que piden el Misal de 1962. En su calidad de Presidente de la Pontificia Comisión "Ecclesia Dei" , el Cardenal Mayer proveyó una interpretación autorizada del Motu Proprio. En la ya citada carta a los Obispos de los Estados Unidos de fecha 20 de marzo de 1991, explicó que el Santo Padre:

".... dirigiendose a todos aquellos fieles católicos que se sienten vinculados a algunas precedentes formas litúrgicas y disciplinarias de la Tradición Latina y no solo a los antíguos adeptos del Arzobispo Lefebvre, expresó su voluntad de garantizar el respeto hacia sus justas aspiraciones (nº 5, c). En orden a proveer lo necesario en favor de éstos legítimos deseos de los fieles, estableció ésta Pontificia Comisión e indicó su intención con relación a la tarea primaria de ésta, declarando que:

debe mostrarse en todas partes respeto por los sentimientos de todos aquellos que están vinculados a la Tradición litúrgica latina, mediante una amplia y generosa aplicación de las directivas ya hace algún tiempo emanadas por la Santa Sede para el uso del Misal Romano conforme a la edición típica de 1962 (nº 6, c).

En consecuencia, Vuestra Excelencia, deseamos animarle a que facilite la decorosa y reverente celebración de los ritos litúrgicos según el Misal Romano de 1962 allí donde haya un genuino deseo de ello por parte de los fieles".

Se advertirá que, al citar directamente el Motu Proprio "Ecclesia Dei" , el Cardenal Mayer se refiere a "justas aspiraciones" y "legítimos deseos" y añade que "pareceria innecesario, incluso indebidamente penoso, imponer otras restricciones a quienes desean asistir a tales funciones". Muchos obispos han respondido a éstas exhortaciones de un modo muy positivo y en la mayoria de las diócesis donde se ha planteado la cuestión no existen ya restricciones a la celebración de la Misa tridentina. Cientos de éstas misas tienen hoy lugar en iglesias parroquiales en Europa, Australia, Nueva Zelanda, Canadá y Estados Unidos. Hay establecidos horarios de las mismas, con las cuales se puede cumplir el precepto dominical y a las que cualquier fiel es bienvenido.

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"Quattuor abhinc annos" - El indulto de 1984

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Incluso antes de la publicación del Motu Proprio "Ecclesia Dei", cualquier obispo en el mundo estaba autorizado a permitir la celebración de la Misa tridentina, el virtud del indulto contenido en el Decreto "Quattuor abhinc annos" de 3 de octubre de 1984, aunque bien es verdad que éste documento contenia condiciones extremadamente restrictivas. La Federación recibió ciertamente el mismo como un positivo paso adelante, pero hizo patente a la Santa Sede que semejantes condiciones eran incompatibles con la intención del indulto. Consecuencia de ello, fue el encargo hecho por el Cardenal Augustin Paul Mayer - entonces Prefecto de la Sagrada Congregación para el Culto Divino - al Dr. de Saventhem para dirigir una encuesta a nivel mundial acerca de la implementación práctica del indulto. La investigación duró varios meses y el resultado final fue tan convincente que el Cardenal Mayer obtuvo el permiso del Papa para convocar una Comisión de Cardenales, a la que se le encomendó evaluar el indulto y sugerir enmiendas. Se solicitó, entonces, al Dr. de Saventhem que presentara sus propuestas de nuevas reglas para el uso del Misal de 1962, lo que hizo tras consultar al Consejo de la FIUV. Sus sugerencias quedaron reflejadas en no pocas de las normas elaboradas en 1986 por la Comisión Cardenalicia, que llegó a la conclusión unánime que "las condiciones fijadas en el Decreto "Quattuor abhinc annos" eran demasiado restrictivas y ebian ser mitigadas" (Carta del Cardenal Mayer a los Obispos Norteamericanos de fecha 20 de marzo de 1991 - Protocolo Nº 500/90).

Un mensaje del Cardenal Ratzinger

El 25 de julio de 1996, el Cardenal Joseph Ratzinger, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, dirigió a la Federación el siguiente mensaje:

"La FEDERACION INTERNACIONAL UNA VOCE ha jugado un rol importante apoyando el uso de la edición de 1962 del Misal Romano en obediencia a las directivas de la Santa Sede. Por éste invalorable servicio expreso mi gratitud a los mienbros de la Federación y les imparto mi bendición".

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