DOCTRINA CATÓLICA

Catecismo de la 
Realeza Social de Jesucristo
del Padre Phillippe

OCTAVA LECCIÓN

DERECHOS INTANGIBLES

DE LA VERDAD Y EL BIEN

  • 59. ¿Sólo la Verdad y el Bien tienen derechos?

       Por supuesto.

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  • 60. ¿Cómo demuestra su afirmación?

        Por argumentos teológicos y filosóficos.  

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  • 61. ¿Cuáles son los argumentos filosóficos?

       Estos son. La nada no tiene ningún derecho, puesto que no existe. Es imposible que lo que no existe pueda tener derechos. Atribuir derechos a la nada es una injusticia. Ahora bien: ¿qué significa atribuir derechos al error? Significa atribuir un derecho a la nada. Para comprender esto basta darse cuenta de lo que son la Verdad y el Error. La Verdad se halla en la inteligencia, en la medida en la que la inteligencia reproduce exactamente la realidad existente. Cuando la inteligencia produce intelectualmente en sí misma una cosa que no existe nos hallamos ante el error. Y ¿qué sucede en tal caso? Yo tengo en mi espíritu tal idea de una cosa, de modo que para mí es como si existiese. Le atribuyo pues, el derecho de estar en mi espíritu como si de hecho existiese. Pero en realidad no existe. Y desde el momento que no existe en una creación de mi espíritu, sin fundamento alguno. ¿Cómo podré en ese caso poner por fundamento de mi vida y mi obrar, una realidad que no existe? ¿Cuál será el resultado de una tal aberración? El resultado será el mismo que para un edificio que se levantase sin fundamentos. Si pongo por base de mi vida y acciones una idea propia que no corresponde a nada objetivo y real, todo el edificio intelectual y social que construya sobre este fundamento necesariamente está destinado a derrumbarse. El único fundamento posible para una vida y acción debe ser una realidad verdadera. Por esto, sólo la Verdad tiene, en el orden individual y social, el derecho de existir. Desde ningún punto de vista, puede el error reivindicar este derecho. Y si llega a tomar lugar en una inteligencia o en las masas, está usurpando los derechos que no le corresponden, y por lo tanto, cometiendo injusticia.

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  • 62. ¿Qué argumentos teológicos apoyan su afirmación?

       Lo afirmado se funda en la Revelación hecha al mundo por Jesucristo. Nuestro Señor vino al mundo para salvarlo, en conjunto y a cada hombre en particular. Con este fin, reveló al mundo la Verdad. Esta Verdad le pertenece en nombre de su derecho divino y también en nombre de su Obra Redentora. Si esta Verdad le pertenece y si se le ha dado al mundo por medio de El en un sentido y con una finalidad muy concretos, arruinarla o disminuirla es una injusticia. Eso sería sacrificar el derecho de Cristo.

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  • 63. Pero en esas condiciones solo cabe lugar para la Verdad. ¿Qué ocurre entonces con la conocida distinción entre tesis e hipótesis?

       Efectivamente, sólo cabe lugar para la Verdad y el Bien. En cuanto a la distinción entre tesis e hipótesis, es necesario comprenderla bien, pues de hecho, el recurso a esta distinción ha sido la causa de la pérdida de muchas almas.

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  • 64. Pero, ¿no aprobó la Iglesia tal distinción?

        De ninguna manera. Se trata de una sutileza inventada por algunos teólogos, que la utilizan para formarse una conciencia o para salir del paso.

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  • 65. ¿Me podría explicar esta distinción y cómo se recurre a ella?

       Por tesis se entiende la situación en la que la Verdad y el Bien gozan de todos sus derechos. Así, en el estado de tesis, la Santísima Trinidad, Jesucristo y la Iglesia tienen en el País y entre las Naciones el lugar que, en derecho, les corresponde. En este caso, se vive prácticamente bajo el imperio de Jesucristo y su Iglesia. Frente a esta situación de derecho, nos encontramos en otra situación de hecho. De hecho, Jesucristo no ejerce su imperio sobre las sociedades; de hecho la Verdad y el Bien no gozan de las prerrogativas que les corresponde. Más: el Mundo y los Estados están corrompidos. Su corrupción es tal que es imposible pensar prácticamente en este momento en devolver a la Verdad y al Bien lo que es para ellos un derecho estricto. Es el estado de hipótesis, esto es, el estado en el que nos encontramos, ante el poder ‑poder que suele estar organizado‑ de los enemigos de Jesucristo y de la Iglesia. ¿Qué hacer en un tal caso? Nadie tiene derecha a traicionar la Verdad y el Bien, nadie tiene derecho a renegar de Dios ni de la Iglesia, pero en las actuales circunstancias no se puede hacer nada para mejorar esta situación. Sin embargo, debe hacerse notar que esta tolerancia es una simple tolerancia y no una aprobación. En tal caso, todos deben conservar en su alma la firme voluntad de dar a la Verdad y al Bien los derechos que les corresponden. Y además, debe usarse de la libertad que se les concede a todos, para hacer el bien y especialmente para difundir en todo los principios de la Verdad y así insensiblemente regresar de nuevo al estado de tesis.

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  • 66. ¿No dijo usted que por recurrir a esta distinción se causó un gran mal?

         Si, pues muchos católicos la aceptaron sin distinción como medio para librarse de sus deberes de apostolado. Se declara simplemente: "estamos en estado de hipótesis", y no se hace nada para regresar al estado de tesis. Este es un primer efecto funesto que produce esta distinción. Y otro se deriva del precedente: esta distinción, al tranquilizar y dar descanso a las conciencias de los militantes, crea una atmósfera de inacción y a veces de desánimo en el aspecto social. En tal medida se acostumbra a la gente a respirar tal atmósfera que ya no se da cuenta del veneno que conlleva y que inconscientemente se va absorbiendo. Ni que decir tiene que es necesario volver a poner en práctica las palabras de Nuestro Señor: "Sí, sí; no, no", Estas palabras del Divino Maestro sólo pueden realizarse en una adhesión franca, leal y entera a los principios de la Verdad que deben dirigir el Orden Social hacia Dios. Se debe volver a decir lo ya dicho. Si la distinción entre tesis e hipótesis disminuye en la práctica la acción y misión educadora de la Iglesia entre los Pueblos, le hace parcialmente faltar a su misión. No solamente no se santifican las almas, sino que se embotan y acaban por la indiferencia práctica.

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  • 67. Permítame que exponga una dificultad. Cuando estamos en el estado de hipótesis, usted tolera la existencia del error; y cuando estamos en el estado de tesis, no lo tolera. En ese caso nos exponemos a ver surgir en todas partes, bajo la protección del Supremo Dominio de Dios y de la Realeza de Cristo, un estado de tiranía.

       Esta es la dificultad que nos oponen los incrédulos. Parece que se nos dice: cuando ustedes son los dueños, son de una exigencia exorbitante, y podemos esperar de ustedes lo más inesperado. Cuando no son los dueños de la situación, ustedes reclaman la libertad que niegan a los otros. Para poder juzgar esta cuestión, es necesario que nos pongamos en frente de la verdadera realidad. Estas realidades son: que el hombre se halla en este mundo para salvar su alma, que se halla ante la temible alternativa de salvarse o condenarse eternamente. No hay término medio. Y sabemos que estas son las exigencias divinas. Para salvarse el hombre tiene que morir en estado de gracia, de modo que no puede haber una mayor crueldad con el hombre que la de facilitarle el medio de perderse. Y no puede dársele una mayor y real caridad que contribuir a procurarte su Eterna Bienaventuranza. Ahora bien: las Constituciones modernas, que permiten y consagran todas las perversiones del espíritu y del corazón, procuran a las almas todas las facilidades para que se condenen. Dicho esto, he aquí en dos palabras la respuesta a la dificultad que se propone: Incontestablemente, si fuéramos dueños de la situación, haríamos lo posible para que un alma no se condene; 2º Recordamos que existe una diferencia entre el Orden Social y el Orden Individual. En el orden estrictamente individual no podemos violentar las conciencias. Pero, si a pesar nuestro y contra lo previsto, alguien se quiere condenar, al cabo es cosa suya. Consiguientemente, si alguien se obstina en negar obediencia a Cristo y a la Iglesia, lo dejaríamos a su propia conciencia, siempre y cuando no cause escándalo. Decimos, siempre y cuando no cause escándalo, porque es evidente que no podemos tolerar que la incredulidad de un individuo perjudique el bien general de una Sociedad o País, e incluso el bien particular de un alma. Por consiguiente: 3º Prohibiríamos la propagación de cualquier error o mal. Es este el sentido en el que suprimiríamos de los Códigos y Constituciones de los Países las grandes libertades modernas.

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