El fuero de Brañosera
Brañosera

En tierras de la Cantabria Alta, en un escenario que con el tiempo formaría parte de la Merindad de Aguilar de Campoo, tuvo lugar a principios del siglo IX uno de los episodios más significativos de comienzos de la Reconquista. Se trata de un territorio que constituía un objetivo potencial de los ataques de las gentes sureñas, y que se constituía por tanto en zona de interés primordial para el Reino de Asturias, en cuanto que garantizaba la repoblación de una zona de vanguardia. El documento, que se encuentra depositado en el Archivo de Simancas, está fechado el 13 de octubre de la era 862, es decir, del año 824, teniendo en cuenta la manera entonces habitual de datar en los estados cristianos de la Península. Dice así:

En el nombre de Dios. Yo, Nuño Núñez, y mi mujer Argilo, buscando el Paraíso y el recibir merced, hacemos una puebla en el lugar de osos y caza, y traemos para poblar a Valerio y Feliz, a Zonio, Cristuebalo y Cervello con toda su parentela y os damos para población el lugar que se llama Brania Ossaria con sus montes y sus cauces de agua, fuentes, con los huertos de los valles y todos sus frutos.

Y os marcamos los términos por los puntos que se llaman la Pedrosa, y por el Villar y los Llanos y por Zorita y por Pamporquero y por Cuévares y Peña Rubia y por la Hoz por la que discurre el camino de los asturianos y de los cabuérnigos y por el hito de piedra que hay en Valberzoso y por el Collado Mediano. Y yo el conde Nuño Núñez y mi mujer Argilo os daremos a vosotros Valerio y Feliz y Zonio y Cristuebalo y Cervello esos términos a vosotros y a aquellos que llegaren a poblar Brania Ossaria.

Y a todos los que de otras villas vinieren con sus ganados o por el interés de pastar los prados de los pagos que se mencionan en los términos de esta escritura, los hombres de Brania Ossaria les cobren el montazgo; y tengan derecho sobre aquellas cosas que se encuentren dentro de esos términos; la mitad para el conde y la otra mitad para el Concejo de Brania Ossaria. Y todos los que vinieren a poblar la villa de señalan, pagará, antes de litigar, tres libras de oro al fisco del conde; y que esta escritura pemanezca firme. Se sepa que esta escritura se hizo el jueves, día tercero de los Idus de Octubre, en la era ochocientos sesenta y dos, reinando como Rey el príncipe Alfonso y siendo conde Nuño Núñez.

Y yo, Nuño Núñez, y mi mujer Argilo rubricamos esta escritura.

Palafrenero rubrica; Armonio Presbítero, Munito, Ardega Zamna, Vicente, Tello Abecza, Valerio rubricamos como testigos.

Llama la atención la pormenorizada descripción de los límites del Concejo. Parece evidente que las inmediaciones de la zona se hallaban pobladas, de modo que los lugares mencionados serían perfectamente reconocibles por un número de personas considerable. También llama la atención la referencia al camino de los asturianos y cabuérnigos. Es común en documentos antiguos el citar un territorio y mencionar expresamente un territorio comprendido en aquél. Por ello, los cabuérnigos pueden considerarse simplemente como aquellos "asturianos" con quienes los habitantes de la zona tenían una mayor relación, tanto de tipo comercial como de parentesco, posiblemente. Evidentemente, la palabra "asturianos" no tiene ninguna relación con los habitantes de las modernas Asturias de Oviedo, tan alejadas del lugar del que trata la escritura.

Vemos igualmente que los pobladores del nuevo concejo eran eximidos automáticamente de la anubda (es decir, la obligación de vigilancia de la villa y de los castillos que en ella hubiera, o el pago de estos servicios) y de la castellería o pago para el mantenimiento de los edificios.

En cuanto a los gobernantes del territorio, aparecen citados Alfonso II el Casto, rey de Asturias, y el Conde Nuño Núñez. Tanto los dominios de este conde como su identidad nos son completamente desconocidos, aunque se ha especulado con que pudiera coincidir con el célebre Nuño, apodado Rasura, uno de los míticos jueces de Castilla Vieja, al que la tradición convierte en antepasado de Fernán González. La iglesia de San Miguel, que aparece en el texto del Fuero como donada por los condes, tiene su continuidad en la moderna Brañosera. Aún existe un templo consagrado a San Miguel, aunque el rastro más antiguo que podemos encontrar en el mismo es precisamente la lápida de consagración, del año 1118.


[La página de la Cantabria Histórica]


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