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COMERCIO ELECTRÓNICO

 

Publicidad en Internet

Parte Legal

Propiedad Intelectual

Yennis Rodríguez

 

INFOGRAFÍA

 

 

1.- Es Efectiva la Publicidad en Internet?

El ratio con que se mide el costo de la publicidad en la red es conocido como CPM, que significa Costo Por Mil, es decir, las empresas anunciantes pagan una tarifa específica por cada mil apariciones o impresiones de su banner o anuncio publicitario. Más allá del CPM se encuentran factores que permiten concluir que los anuncios en Internet son más efectivos que los de otros medios, estos factores son: El índice publicidad/edición y el hecho de que los navegantes de Internet usan al medio en lugar de actuar pasivamente como receptores. Cuando empresas y agencias de publicidad se aseguren de lo efectivo que es anunciar en la Internet y quieran hacerlo, los CPMs serán aun más bajos y ellos serán quienes se beneficien y no los sitios web.

http://www.gestiopolis.com/canales/demarketing/articulos/no8/publinternet.htm

 

 

2.- Qué es Publicidad en Internet?

La publicidad en Internet se realiza a través de los denominados "banners" que son pequeños gráficos que aparecen, normalmente, en el encabezado y al pie de las páginas, el tamaño estándar de un banner es de 468 x 60 píxeles. Estos suelen rotar, de manera que aparezcan varias pautas publicitarias dentro del mismo espacio. A esto se le llama rotaciones. El sistema que maneja las rotaciones de los banners lleva un contador que suma cada vez que es mostrado a alguien que navega la página. Este contador cuenta con protecciones que aseguran la fidelidad de los datos recopilados.

http://www.statics.com.ar/publicidad/index.html

 

 

3.- Publicidad en Internet

Dirigir esta publicidad es muy efectivo, y relativamente barato. Una campaña de medios dirigida por Internet le puede ahorrar tiempo y dinero a un departamento de publicidad al eliminar la necesidad de laborioso y costoso trabajo, recibir mayor audiencia, determinar las necesidades de los ínter nautas, tiene riesgos relativamente Bajos, los clientes pueden comunicarse fácilmente con la empresa a través del correo electrónico, así que, la comunicación es bidireccional, lo que hace de la publicidad en Internet, muchas veces, una forma de publicidad de respuesta directa. pero así como tiene ventajas también tiene sus desventajas la publicidad en Internet es fácilmente detectada por la competencia, los usuarios de Internet están cansados de la publicidad on line, y por eso la evitan constantemente. La publicidad en Internet solamente va dirigida a los usuarios de Internet, no es fácil encontrar las páginas que resultarán mejor para publicitar determinado producto o servicio.

http://www.gestiopolis.com/recursos/documentos/fulldocs/mar/pubint.htm

 

 

4.- Análisis. Publicidad en Internet.

Internet posee un alto poder discriminante por cuanto nos permite llegar a un reducido y bien definido grupo de personas con características homogéneas, a diferencia de aquellos medios que se dirigen a un segmento de la población más amplio y heterogéneo. Internet por definición es un medio de comunicación global, es decir, tiene la capacidad de alcanzar a una población internacional. Y a ello hay que añadir que aunque nuestra estrategia de comunicación en Internet sea de carácter nacional o regional, nadie puede evitar que una persona de otro país acceda a esa información. El medio Internet ofrece grandes posibilidades publicitarias. Permite contratar diferentes tipos de formatos publicitarios tales como banners, palabras claves, etc., y a su vez nos ofrece la oportunidad de interactuar con el cliente potencial a través de formularios y correo electrónico. La publicidad en Internet es asequible a todo tipo de presupuestos

http://ebusiness.exo.com.ar/ecommerces/paginas/Page.asp?Seccion=174&Pagina=5&plantilla=Page.asp

 

 

5.- Porque hacer Publicidad en Internet

Una de las ventajas de Internet sobre otros medios, es la capacidad de saber exactamente cuánta gente ve un anuncio digital o "banner". Lo que se mide son las impresiones o cantidad de veces que el anuncio es desplegado. Adicionalmente, se puede saber la cantidad de veces que los lectores no sólo vieron el anuncio, sino que hicieron "click" sobre el mismo. La WWW le ofrece a su Empresa y a Ud. la posibilidad de darse a conocer así como a sus productos y servicios las 24 horas del día todos los días del año. A un costo muy razonable podrá tener a su alcance el mejor servicio publicitario en el mundo.

http://www.utp.ac.pa/seccion/topicos/publicidad_mercadeo/porque.html

 

 

6.- El Impacto de los Negocios por el usos de la Publicidad y Mercadeo por Internet

La capacidad publicitaria de la Red, con la que las empresas pueden presentar y especificar sus productos y que no todas utilizan, posibilita ofrecer a los clientes en potencia de una información clave para su compra. En la red, además de los típicos banners, que vendrían a ser como carteles de propaganda, existen las webs propias de cada una de las empresas, y la publicidad push que funciona mediante subscripciones. El primer negocio que empezó a funcionar a través de Internet fue el de la publicidad. Básicamente, consistía en agregar en las partes más visitadas de la WWW, normalmente en la portada o página principal, un anuncio en forma de banner. A partir de este módulo publicitario y mediante un link, se permitía al usuario de la web desplazarse hasta la WWW del anunciante, pudiendo profundizar en sus artículos. Esta forma de publicidad sigue vigente, aunque actualmente se han añadido nuevos caminos por dónde llegar al cliente de una forma más directa, e incluso pudiendo vender el producto desde la misma Red.

http://www.utp.ac.pa/seccion/topicos/publicidad_mercadeo/impacto.html

 

 

7.- ¿Por qué no funciona la publicidad en Internet?

El rendimiento de las campañas publicitarias en la Red deja mucho que desear. Anunciantes, soportes y empresas de publicidad tratan, en vano, de inventar nuevas fórmulas para que los anuncios funcionen en Internet. Las campañas de advertising en la Red se basan en banners y pop-ups, no hay más por mucho que busquemos. Los primeros son de diferentes tamaños, verticales, horizontales, cuadrados, grandes, pequeños, estáticos, con movimiento, con efecto terremoto, acompañando al cursor, etc., y los segundos, más grandes o pequeños y con más o menos facilidades para que no molesten, pero no hay más. El error básico y sustancial de la actual publicidad en Internet es la diferenciación frente a la integración. El cerebro humano está educado, y parece que diseñado, para evitar y sortear los elementos molestos que nos impiden llegar al objetivo que buscamos en cada momento. la publicidad no funciona porque sólo es un obstáculo para llegar a nuestros objetivos, e inconscientemente la evitamos. No importa lo bien diseñados que estén los gráficos, ni lo novedoso; si es innovador, nos detendremos en ello una vez, sonreiremos o nos sorprenderemos, y lo olvidaremos ni siquiera que nos ofrezcan regalos y dinero por arte de magia

http://diariored.com/blog/mkt20/archivo/000155.php

 

 

8.- Guía Legal Sobre Comercio Electrónico

El desarrollo del comercio electrónico es una realidad imparable para empresas y consumidores. El establecimiento de un marco legal adecuado es fundamental para conseguir que el comercio electrónico consiga una suficiente implantación. El Gobierno ya ha dado los primeros pasos en este sentido, con la presentación de un anteproyecto de ley, que se une a la normativa existente sobre firma digital y contratación electrónica.  Existen actividades que no estarán reguladas por la legislación de comercio electrónico tales como:  Las cuestiones fiscales y tributarias,  Los juegos de azar que impliquen apuestas económicas,  La protección de datos personales y de las reglas de la competencia, Las actividades realizadas en el ámbito de la sociedad de la información por notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. Las actividades profesionales realizadas por abogados y procuradores de los tribunales, en el ejercicio de la representación y defensa en juicio.


http://www.expansiondirecto.com/2000/02/10/tecnologia/5tec.html

 

 

9.- Internet como vehículo del nuevo Comercio

Existen aún graves lagunas regulatorias y legislativas, como el control de la información, los derechos a la confidencialidad, protección del menor, sistemas fiscales, etcétera. Estos problemas se hacen más acuciantes según Internet va atravesando fronteras y países en donde existen legislaciones diferentes y culturas distintas, factores que dificultan el establecimiento de políticas y reglas comunes.En algunos casos se está viendo cómo el control de Internet por parte de los gobiernos se realiza tomando acciones represivas o que suponen una restricción al desarrollo de este tipo de actividades. Varios países han reconocido estas práctica como un freno al progreso, y han decidido impulsar nuevas estrategias que permitan un control eficiente de Internet sin someterla a restricciones innecesarias.

http://www.cibereconomia.freeservers.com/internet/tamayo/capitulo10marco.html

 

 

10.- Legislación del Comercio Electrónico: ¿será sólo una moda?

En mayo de 2000 entraron en vigor una serie de reformas al hoy Código Civil Federal (CC), Código de Comercio (CCom), Código Federal de Procedimientos Civiles (CFPC) y Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC). Su finalidad era habilitar la con-tratación electrónica, de manera que los acuerdos celebrados por “medios electrónicos ópticos o cual-quier otra tecnología”1 pudieran con-siderarse legalmente válidos y por consiguiente plenamente obligatorios y exigibles entre las partes que concurrieron a su celebración. En los países donde ya se han creado leyes rela-cionadas con el entorno digital, la técnica legislativa es ordenada. En di-chas jurisdicciones es común encontrar una serie de leyes separadas entre sí, de manera que cada una regula en forma concisa, sólida y clara una materia normalmente bien delimitada. Antes de la entrada en vigor de dichas leyes, los respectivos órganos legislativos sostuvieron consultas deta-lladas con miembros de la industria relevante y la sociedad civil, con objeto de identificar necesidades y buscar soluciones que resultaran en el bien común.

http://www.isocmex.org.mx/kiyoshi.html

 

 

11.- Leyes del Comercio Electrónico

Existen muchos aspectos abiertos en torno al comercio electrónico; entre ellos podemos destacar, la validez de la firma electrónica, no repudio, la legalidad de un contrato electrónico, las violaciones de marcas y derechos de autor, pérdida de derechos sobre las marcas, pérdida de derechos sobre secretos comerciales y responsabilidades". Por esto en Venezuela existen leyes aplicables para el comercio electrónico entre las cuales tenemos: Ley de Telecomunicaciones, Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, Ley especial contra los delitos informáticos, Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, Ley de Cajas de Valores, Ley de Licitaciones, Ley Orgánica de Ciencia y Tecnología.

http://www1.monografias.com/trabajos15/comercio-electronico/comercio-electronico.shtml#LEYES

 

 

12.- Proyecto de Ley de Delitos Informáticos de Venezuela

La presente ley tiene por objeto la protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes o los cometidos mediante el uso de dichas tecnologías. Cuando alguno de los delitos previstos en la presente ley se cometa fuera del territorio de la República, el sujeto activo quedará sujeto a sus disposiciones si dentro del territorio de la República se hubieren producido efectos del hecho punible y el responsable no ha sido juzgado por el mismo hecho o ha evadido el juzgamiento o la condena por tribunales extranjeros.

http://delitosinformaticos.com/legislacion/venezuela.shtml

 

 

13.- A propósito de la nueva Ley de Telecomunicaciones

Internet: ¿Quién la necesita en Venezuela?

Al parecer la nueva política Comunicacional recién implantada en Venezuela, a través de su recién estrenada ley de Telecomunicaciones, intenta solventar estos huecos tecnológico y educacionales al reconocer en Internet un medio de vital importancia para el desarrollo del país al proponer una infraestructura que posibilite el acceso a dicho medio, cabe destacar la importancia de los artículos 5, 7 y 8 de la Ley de Telecomunicaciones. Sin embargo, existen dos obstáculos que resulta imprescindible remover para que el uso de Internet pueda tener un alto impacto dentro de nuestra sociedad. El primero de ellos es el carácter elitesco con el cual se arropa desde sus orígenes a Internet. Para corregir esta debilidad se requiere de la preparación de los docentes en Internet, en su manejo, y establecer estrategias de búsqueda de información en esta tecnología, en función de las necesidades como país en desarrollo, para que la población conformada en un 60% por jóvenes de hasta 25 años tenga la posibilidad de asumir el reto de construir el futuro.

http://www.saladeprensa.org/art302.htm

 

14.- Comentarios de Ley del Comercio Electrónico

El objeto principal pero no el único, de la ley de comercio electrónico es de dotar de seguridad jurídica las transacciones y operaciones realizadas a través de mensajes de datos brindando herramientas útiles para ser respaldadas jurídicamente las operaciones y que éstas sean consideradas confiables con certeza y seguridad. La Ley, como es obvio, no resuelve todos los problemas que puedan suscitarse en el desarrollo de esta modalidad de comercio, pero trata de otorgar cierta tranquilidad y reconocimiento jurídico a los actores que en ella intervienen. 

http://sabanet.unisabana.edu.co/comercio/comentarios_ley_de_comercio_elec.htm

 

 

15.- La Lucha por la Propiedad Intelectual

En 1709, la reina Ana de Inglaterra aprobó el primer documento legislativo de protección general de los derechos de autor, que otorgaba a los creadores catorce años de protección, prorrogables por otros catorce si el autor seguía vivo. Con ello no hacía sino refrendar las teorías jurídicas de su tiempo, que derivaban de las leyes de derecho natural y, de forma más inmediata, de distintos privilegios medievales. Tres siglos después, las leyes actuales de propiedad intelectual y los derechos de autor se ven amenazados por un poderoso enemigo: la Red.

http://www.monografias.com/trabajos13/derereal/derereal.shtml

 

 

16.- Propiedad Intelectual e Industrial

Un "web site" tiene tres elementos susceptibles de ser protegidos mediante el derecho de autor: la información que contiene, el diseño gráfico y el código fuente que debe ser interpretado por el programa navegador o "browser". Este esfuerzo invertido en el diseño estético y funcional del web debe ser protegido jurídicamente no sólo porque constituye una creación intelectual, sino también porque representa una estrategia comercial de la empresa que puede ser copiada o imitada por la competencia. El contenido puede estar formado por obras independientes, que gozan de protección jurídica como creaciones intelectuales, pero también puede contener información o datos que no pueden ser considerados como obras protegidas, pero que al estar dispuestas y ordenadas de una manera singular, constituyen una creación intelectual reconocida en el artículo 12 de la Ley de Propiedad Intelectual.

http://www.commercenet.org/doc/doc9.htm#intro

 

 

17.- La Propiedad Intelectual e Internet: Su Subordinación a la Cultura y a la Información

Internet descrita habitualmente como una red de redes, de perfiles propios, caracterizada por el número creciente de personas que están conectadas, la fácil accesibilidad y el relativo costo, su multifuncionalidad y la ausencia de una autoridad central, acrecienta la problemática máxima si se tiene en cuenta su carácter internacional o pluriestatal y la falta de una reglamentación específica. La propiedad en este entorno se presenta como uno de los aspectos más regulados, pero sus normativas tienen un carácter territorial, de aplicación a un Estado concreto, sin perjuicio de los convenios internaciones suscritos sobre la materia.

El interés en salvaguardar los legítimos intereses de los autores pueden conducir a perjudicar otros intereses igualmente legítimos y superiores. De ahí que la búsqueda de soluciones haya de partir forzosamente de la correcta ubicación de la Propiedad Intelectual dentro de los ordenamientos jurídicos, de las normas que fijan su razón de ser y su regulación general.

http://www.dtifueyo.cl/docs/copyright/lapropiedadintelectualeinternet.doc

 

 

18.- Derecho y moral: los derechos morales del autor

Los derechos de propiedad intelectual, y dentro de ellos el derecho de autor, se han creado teniendo en cuenta el principio de territorialidad. Corresponde al Estado decidir qué derechos intelectuales alberga en su territorio, su contenido y protección. Ahora bien, el fácil desplazamiento que caracteriza a las obras y la internacionalización de los mercados de estas hicieron que se llegara a la necesidad de protección jurídica internacional. En este sentido se fueron promulgando tratados bilaterales de reciprocidad, etc. hasta llegar a convenciones multilaterales como el Convenio de Berna para la protección de obras literarias y artísticas de 1886, con sus posteriores revisiones, y la Convención Universal de Ginebra en 1952.

http://www.monografias.com/trabajos12/aderymor/aderymor.shtml

 

 

19.- Propiedad Intelectual

Propiedad intelectual son los derechos que tiene el autor de un trabajo para autorizar o prohibir su uso. El término utilizado en los países encolumnados en el llamado Derecho Continental (como lo es el Derecho Argentino) es derecho de autor o droit d'auteur, mientras los países anglosajones utilizan la expresión copyright.  En los países de derecho latino, el derecho de autor tiene orientación esencialmente individualista y se restringe a la protección de las expresiones formales que son el resultado de una actividad intelectual de naturaleza creativa, la atribución de la calidad de autor corresponde a la persona física que crea la obra, a quien le reconoce determinados derechos de carácter personal y patrimonial. El derecho de autor ha sido profundamente impactado por el avance de la informática, ya que la tecnología permite que todo tipo de trabajo intelectual sea modificado, reproducido, distribuido, publicado o transformado sin la autorización de su autor

http://www.geocities.com/SiliconValley/Circuit/4888/principal.htm

 

 

20.- Propiedad Intelectual - Protección Páginas WEB

Una Página Web está formada por elementos preexistentes y por elementos de nueva creación. Los elementos preexistentes pueden ser susceptibles de protección intelectual cuando sean dibujos, videos, texto o fotografías, por ejemplo. Así es que para poder incluir estos elementos en un Web Site será necesario la autorización de sus titulares, a no ser que estas obras sean de dominio público.  Cuando ya se tienen las autorizaciones sobre las obras que van a estar recogidas en la Página Web, es necesario protegerla en su conjunto, para poder probar la titularidad de la Página. Esto se puede realizar a través de dos mecanismos: 

  • Inscripción en el Registro de Propiedad Intelectual: se pueden inscribir los contenidos, el código fuente y el diseño. El inconveniente de este mecanismo está en que cada vez que cambie alguno de estos elementos, será necesario inscribirla nuevamente.
  • Depósito notarial: el Acta que se levante deberá recoger los elementos que se depositan, es decir, contenidos, código fuente y diseño y las circunstancias que hacen de la Página Web como una obra única. El inconveniente de este mecanismo radica en su alto coste en relación con el mecanismo anterior.

http://www.portaley.com/propiedad-intelectual/proteccion-web.shtml

 



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