COMERCIO ELECTRÓNICO
Legislación del comercio electrónico
Infografia
http://www1.monografias.com/trabajos15/comercio-electronico/comercio-electronico.shtml#LEYES: Esta página describe aspectos abiertos en torno al comercio electrónico la legalidad de un contrato electrónico, violaciones de marca, ley de telecomunicaciones a fin de garantizar la realización de las actividades económicas de telecomunicaciones. En este mismo orden reseña la Ley sobre Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas la cual es la información creada o utilizada por la persona titular de la firma asociada al Mensaje de Datos, que permite atribuirle su autoría bajo el contexto en el cual ha sido empleado.
http://www.aui.es/biblio/articu/Articulos/comerciofirma.htm: Este artículo relata un reciente estudio de la Universidad Politécnica sobre los aspectos generales del Comercio Electrónico entre ellos la firma electrónica que no es mas que los datos en formato electrónico anexos a otros datos electrónicos y asociados con ellos de una manera lógica y que pueden ser utilizados para comprobar la autenticidad de los mismos para mantener un exclusivo control de los documentos.
http://portal.cnti.ve/cnti_docmgr/sharedfiles/gobiernoelectronico.pdf: En esta dirección se puede observar en detalle un breve comentario de la Ley de Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas en Venezuela el cual tiene por objeto y reconocer eficacia al valor jurídico independiente de su soporte material, así como también regular todo lo relativo a los proveedores de servicio de certificación y certificados electrónicos.
http://cavecom-e.org.ve/bin_cavecome/main/templates/seccion.asp?seccID=2&nivel=2&codigo=241&busqueda=true: Aquí se encuentra un artículo en relación a la legislación que regula el comercio electrónico en Venezuela, debido a que hoy en día no se cuenta con un instrumento legal particular que rija los negocios electrónicos. En vista de su necesaria creación, la Cámara Venezolana de Comercio Electrónico (Cavecom-e) y el Comité de Comercio Electrónico de Venamcham han unido esfuerzos para preparar un proyecto denominado "Ley de Transmisión Electrónica de Mensajes de Datos".
http://cavecom-e.org.ve/bin_cavecome/main/templates/seccion.asp?seccID=4&nivel=2&codigo=108: Es un articulo de opinión publicado por Rafael Solórzano Palacios en fecha 15 de Octubre del 2004, en donde expresa la protección a los consumidores y usuarios-e a través de dos instrumentos normativos como lo son: resolución de 19 de enero de 1999 del Consejo de la Unión Europea y Decisión Nº 283/1999 CE de 25 de enero de 1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, constituyendo el pilar de la protección de los derechos de los consumidores y usuarios en el comercio electrónico.
http://www.onnet.es/08011010.htm: En esta página aportada por Xavier Ribas se comenta la legislación del Comercio Electrónico desde el ámbito norteamericano, haciendo referencia a los impuestos moratorios a cancelar por transacciones realizadas a través de Internet, publicado en el año 1998.
http://derin.uninet.edu/cgi-bin/derin/vertrabajo?id=31: Describe la forma de evaluar legalmente una pagina Web cuyo autor es el venezolano Leopoldo Brandt Graterol, Abogado, Azpúrua & Asociados, indicando que es el medio comercial por excelencia para el comercio electrónico por lo tanto, se hace necesario, fortalecer legalmente a la estructura de la página Web, para reducir el alcance de posibles reclamos legales, bien sea de usuarios en Venezuela o del exterior.
http://www.ieid.org/congreso/ponencias/Rico%20Carrillo,%20Mariliana.pdf: En esta página se puede observar la ponencia realizada por Mariliana Rico Directora del centro de Investigación en Nuevas Tecnologías de la Universidad Católica del Táchira - Venezuela en donde expone entre tantos puntos la Regulación Jurídica del pago mediante el dinero electrónico, basándose en la normativa de Estados Unidos sancionada por el Congreso el 10 de Noviembre de 1978 e implementada a través de un reglamento especifico definiendo el pago como aquellos que permiten efectuar transferencia de fondos y la carga de un instrumento de dinero.
http://www.consumer.es/web/es/derechos_del_consumidor/comercio_electronico/2002/08/19/50889.php: En este reportaje se hace un análisis del aspecto legal de la compra – venta on line, validez de los contratos electrónicos Ley que refuerza e impulsa el uso de la contratación electrónica al garantizar la plena validez de los contratos celebrados por esta vía, equiparando la forma electrónica a la forma escrita en España.
http://www.fecemd.org/archivos/borrador_anteproyec_firmaelectronica.pdf: Este link contiene un borrador de anteproyecto de la Ley de Firma Electrónica hecha en España en ella se contempla la necesidad de fomentar la incorporación de las nuevas herramientas de incorporación electrónica a la actividad de las empresas, esta Ley establece con precisión las presuscripciones mínimas para la realización de las actividades esenciales para el funcionamiento de los servicios de certificación.
http://www.mju.es/guia_celectronico.htm: Aquí se puede encontrar una guía de trámites haciendo énfasis en los contratos formalizados por vía electrónica el cual no es mas que aquel que se celebra a distancia sin que las partes estén simultáneamente presente, dicha ley fue hecha en Madrid el 3 de Febrero del año 2000.
http://www.interfaz.com.co/comercioelectronico/legislacion.html: Web creada por Jairo Caro, Director de Interfaz.Com en Octubre 2000 con un breve comentario de la Ley del Comercio Electrónico en Colombia, uno de los países más avanzados del mundo en cuanto a la infraestructura jurídica para el comercio electrónico, dicha Ley aporta un pilar fundamental para el comercio electrónico en cualquier país, al ordenar el reconocimiento jurídico de los mensajes de datos de contenido comercial.
http://noticias.juridicas.com/areas/20-Derecho%20Informático/10-Artículos/200311-405614121010333150.html: articulo doctrinal de Efrén Santos Pascual en fecha Noviembre 2003, el cual refiere a la aplicación normativa existente en materia de comercio electrónico de aplicación diversa, tanto en la compra-venta de servicios por medios electrónicos, comercio electrónico directo y comercio electrónico indirecto, y servicios de la sociedad de la información.
http://www.delitosinformaticos.com/contratos/contratoprestacion.shtml: a través de este link se puede observar una serie de ejemplos de contrato para el comercio electrónico dependiendo del servicio, se puede visualizar específicamente el contrato de prestación de servicios informáticos especificando definición, partes contratantes, cláusulas generales y especificas.
http://www.mgabogados.com/prodatos/LO15_99Protecciondedatos.htm: en este portal se encuentra información de la Ley de Protección de Datos, el cual tiene por objeto garantizar y proteger, lo concerniente al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente el honor e intimidad personal y familiar.
http://abinia.ucol.mx/ley-contra-delitos-informaticos.pdf: en este link se encuentra la Ley especial contra delitos informáticos según Gaceta Oficial No.37.313 de fecha 30 de Octubre de 2001 de la Republica Bolivariana de Venezuela, expresando protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes mediante el uso de tecnología.
http://www.cavecom-e.org.ve/common/noticia/briefFE.pdf: articulo elaborado por José Ali Vivas Director de Cavecom-e y jefe de la unidad de Investigación y Desarrollo de esta Cámara Venezolana, el cual creo el proyecto en el año 1998, y fue aprobado el Agosto del 2003, por la Superintendencia de Certificaciones, teniendo como beneficio para la seguridad de todas las transacciones comerciales a niveles de países del G-7, simplificar al extremo la tarea de exportación a pequeños y medianos empresarios, así como también mejorar el ranking en la escala de competitividad.
http://www.e-factura.net/web/definicion.htm: la factura electrónica y su definición se encuentran en esta página a la luz de de la nueva normativa comunitaria en la que se define el marco legal para la emisión de facturas a través de medios telemáticos o electrónicos, las empresas disponen de una nueva vía para gestionar el envío de las facturas a sus asociados comerciales, dado que la obligación de emitir las facturas tiene efecto sobre la totalidad de las empresas que operan en la UE, resulta fácil deducir que el alcance de su regulación será amplísimo.
http://www.e-factura.net/web/normativa.htm: en esta página se encuentra las normativas que definen claramente los aspectos técnicos que deben ser cubiertos para que sea válido, legal y fiscalmente, el uso de facturas en soportes electrónicos: la autenticidad de origen, y certificados electrónicos.
http://www.sii.cl/factura_electronica/intro/introduccion.htm: En esta opción podrá acceder a una descripción del sistema de Factura Electrónica que se usa en Chile, es uno de los proyectos centrales en el ámbito de simplificación tributaria de la Agenda Pro Crecimiento que el Gobierno viene impulsando con organizaciones empresariales. Después de su exitosa puesta en marcha, el Servicio de Impuestos Internos se encuentra muy comprometido en masificar el uso de la factura electrónica. Otras medidas incluidas en la agenda tecnológica del Gobierno son la masificación del uso de la firma electrónica para el desarrollo de Internet, la facilitación de transacciones electrónicas entre empresas y el Estado y el desarrollo de los medios de pago vía Internet.
Lic. Leidymar de los Ángeles Gil Guevara