UNIVERSIDAD YACAMBU
Licenciatura Virtual en Contaduría
Pública.
Participantes: Nelson Torcate Méndez
Eliset Cavallaro
Trabajo Nº 6: Finanzas Públicas.
INTRODUCCION
Este trabajo tiene por
objetivo presentar en forma sencilla las funciones, organización y logros de la
Dirección General Sectorial de Administración y Finanzas de la Gobernación del
Estado Lara, como una experiencia exitosa de la administración pública en
materia de finanzas y se realiza como parte de los requerimientos de la asignatura
Finanzas Públicas. En líneas generales es informe se estructura en dos partes
una presentación de la Dirección General Sectorial y una presentación detallada
de la Dirección de Finanzas con todas sus unidades orgánicas.
RESUMEN
La Dirección General Sectorial de Administración
Y Finanzas de la Gobernación del estado Lara es el órgano público encargado de
coordinar,
planificar y centralizar las funciones financieras del Ejecutivo del estado
Lara, supervisa y controla el manejo de los fondos (bienes y efectivo,
acreencias, etc.), que conforman el Tesoro Regional. Esta conformado por tres
direcciones de línea a saber: Dirección de Tesorería, Dirección de
Administración y Dirección de Finanzas. De las tres Direcciones se corresponde
con la Dirección de Finanzas el presente estudio.
La Dirección de Finanzas es la unidad
orgánica responsable de toda el área
financiera del Estado Lara y en tal sentido se encarga de realizar las
operaciones de registros y cierres contables diarios, mensuales y anuales, así
como de la preparación de los estados financieros del Estado; analiza y produce
los ajustes a los movimientos contables y controla los resultados de la gestión
financiera y contable.
DESARROLLO
1.-
Dirección General de Administración y Finanzas de la Gobernación del Estado
Lara.
La Dirección General de
Administración y Finanzas de la Gobernación del estado Lara, es el órgano del
Estado Lara encargado de Coordinar, Planificar y centralizar las funciones
financieras del Ejecutivo del estado Lara, supervisa y controla el manejo de
los fondos (bienes y efectivo, acreencias, etc.), que conforman el Tesoro
Regional.
Una de sus principales
actividades tiene que ver con la administración de los recursos financieros que
le corresponden al Estado por concepto de Situado Constitucional, el cual
constituye la cuota parte de los recursos del presupuesto nacional que le
corresponde al estado calculado un cincuenta por ciento (50%) en forma
proporcional entre todas las entidades federales que conforma el país y el otro
cincuenta por ciento (50%) en atención a la población de la entidad. Así mismo
le corresponde velar por la correcta utilización del Situado conforme a la Ley.
También corresponde a esta
Dirección velar por la correcta aplicación y utilización de las asignaciones presupuestarias,
racionalizar y controlar el patrimonio estadal, así como los ingresos y gastos.
Coordina y controla el sistema contable conforme a las especificaciones y
normas dictadas por la Oficina Nacional de Contabilidad Pública (ONCOP), órgano
rector en materia contable en el sector público venezolano, tal como lo
establece la Ley Orgánica de Administración Financiera del sector Público.
En atención a sus atribuciones
esta Dirección es la encargada de disponer todo lo conducente sobre los
traslados, movilización de fondos y demás operaciones del efectivo del Estado
Lara; elabora las estadísticas financieras y fiscales de la entidad, igualmente
es la responsable de la adquisición, registro y suministro de bienes,
materiales y equipos, que requieran las diferentes dependencias de la
Gobernación del Estado Lara para su correcto y oportuno funcionamiento. Esta
unidad orgánica controla los sistemas financieros de contabilidad y de compras
y suministros. Es la responsable de elaborar y mantener actualizado el
inventario de bienes del Estado y ´presentar en forma periódica los informes
económicos – financieros de la Gobernación tanto a los diferentes órganos del
Poder Público Estadal, como a los organismos del nivel Central que tienen que
ver con al materia financiera como son entre otros El Ministerio del Poder
Popular para Las Finanzas y el Banco Central de Venezuela.
Esta Dirección General sectorial
esta conformada por tres direcciones de línea a saber: Dirección de Tesorería,
Dirección de Administración y Dirección de Finanzas. De las tres Direcciones se
corresponde con la Dirección de Finanzas el presente estudio.
2.-
Dirección de Finanzas del Ejecutivo del Estado Lara:
Esta unidad orgánica es la responsable de toda el área financiera del
Estado Lara y en tal sentido se encarga de realizar las operaciones de
registros y cierres contables diarios, mensuales y anuales, así como de la
preparación de los estados financieros del Estado; analiza y produce los
ajustes a los movimientos contables y controla los resultados de la gestión
financiera y contable.
Dirige las operaciones
financieras a fin de asegurar los compromisos presupuestarios asumidos y
optimizar el uso de los fondos públicos. Administra y ejecuta los recursos
financieros del Situado Constitucional y garantiza que se uso conforme a la
legislación aplicable a la materia. Es la responsable de disponer todo lo concerniente a los traspasos
presupuestarios. Elabora todas las estadísticas financieras del Estado Lara.
Es la responsable del sistema
contable presupuestaria y fiscal tanto de los gastos de inversión como de los
gastos de funcionamiento, lleva el control contable y presupuestario del gasto
a nivel de cada cuenta presupuestaria así como por cada categoría programática.
Prepara el Balance de la Hacienda Pública Estadal, así como los demás estados
financieros de la Hacienda del estado.
Lleva el registro y
custodia los recursos financieros que
conforman las reservas del Tesoro del estados, también conocido como las
disponibilidad de efectivo no comprometida; es la responsable de emitir las
órdenes de pago y garantiza su correcta imputación presupuestaria, así como que
las misma contengan todos los recaudaos necesarios.
Esta Dirección esta conformada
por cuatro (4) unidades a saber: División de Ingresos propios No Tributarios
del Estado Lara, División del Programa de
Inversión, División del Programa de
Funcionamiento y División de Contabilidad.
División de
Ingresos Propios del Estados Lara
El Departamento de Liquidación y
Control de Ingresos Propios, tiene como responsabilidad la recaudación y transcripción de los ingresos propios No
Tributarios del Estado Lara, ya que por la creación del Servicio Autónomo de
Administración Tributaria del Estado Lara, este asume, la competencia para los
ingresos tributarios.
Tomando en consideración las
disposiciones de la Ley de Administración Financiera del Sector Público del
Estado Lara, en su Artículo 86, cuyo tenor es el siguiente:
“Las oficinas y funcionarios
encargados de la liquidación de ingresos deben ser distintos e independientes
de los encargados del servicio de tesorería y en ningún caso estos últimos,
pueden estar encargados de la liquidación y administración de ingresos.
Cuando se trate de tasas por servicios prestados por el estado cuya
recaudación por oficinas distintas de las liquidadoras sea causa de graves
inconvenientes para la buena marcha de esos servicios, podrá el Ejecutivo del
Estado Lara autorizar la percepción de tales tasas en las propias oficinas
liquidadoras, cuidando de que se establezcan sistemas de control adecuados para
impedir fraudes.”
Se hizo menester realizar una serie de reformas estructurales
y tecnológicas para regularizar los ingresos no tributarios del Estado Lara. Es
por ello, que se solicitó a
Los Ingresos No tributarios están
conformados por:
·
Reparos Fiscales
(emanadas de la Contraloría General).
·
Venta de Guías y Circulación de Minerales no Metálicos.
·
Restitución de bienes provenientes de los Convenios
suscritos por la Unidad de Auditoria Interna de la Gobernación del Estado Lara
y los funcionarios.
·
Venta de Pliegos Licitatorios
·
Indemnización por Incumplimiento de Contratos
(Indemnización, multas y Reintegros del Anticipo) originados de la Rescisión de
Contratos de Obras.
·
Ingresos Ordinarios integrados por el Contrato Usufructo con
Operadora Hotelera Viscount C.A. y los Contratos de Arrendamientos de locales
en el Edificio La Francia.
·
Reintegros por cobros indebidos y otros.
·
Intereses por depósitos a la vista.
·
Intereses por depósitos Plazo Fijo.
·
Transferencias y Donaciones efectuadas por concepto de
Situado Constitucional, LAEE, FIDES, MINPADES y MSDS (Salud).
Marco de Referencia Legal
Ø
Ley de
Hacienda Publica del Estado Lara publicada en Gaceta Oficial del Estado Lara,
Extraordinaria Nº 234 de fecha 10/12/1996
Ø Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos publicada en la Gaceta Oficial Nº 2.818 Extraordinaria de 1º
de julio de 1981.
Ø
Código
de Comercio publicado en Gaceta Oficial de la
República de Venezuela N° 475
Extraordinaria del 21 de diciembre de 1955
Ø
Código Civil publicado en Gaceta
Oficial de la República de Venezuela Número 2.990 Extraordinario, 26 de julio
de 1982.
Ø Ley de Administración
Financiera del Sector Público del Estado Lara publicada en Gaceta Oficial del
Estado Lara, Ordinaria Nº 4005 de fecha 22/12/2004 y su modificación 2006.
Corresponde a la División de Ingresos Propios del Estado Lara, el
ejercicio de todas las funciones y potestades atribuidas para la organización,
administración, liquidación, recaudación, fiscalización y control de los
Ingresos Estadales de carácter no tributario, conforme al ordenamiento jurídico
vigente. En el
ejercicio de sus funciones, es de su competencia de esta unidad las siguientes
funciones:
1. Liquidar y Recaudar los
ingresos no tributarios de la competencia del Estado Lara
2. Ejercer las funciones de
Fiscalización y Control del cumplimiento de las obligaciones a cargo de los
contribuyentes y deudores del Estado Lara
3. Determinar el cumplimiento
de las obligaciones y deberes a cargo de los responsables o terceros.
4. Determinar la aplicación de
intereses legales.
5. Evacuar las consultas
sometidas a su consideración, en las materias de su competencia.
6. Promover y efectuar
estudios, análisis e investigaciones en las materias de su competencia.
7. Elaborar y presentar al
Director de Finanzas informaciones y estudios necesarios para la fijación del
Presupuesto de Ingresos.
Estructura organizativa y funcional
La División de Ingresos Propios del Estado Lara, tendrá
como estructura organizativa y funcional la siguiente:
1. Jefatura
2. Unidad de Liquidación
3. Unidad de Control.
Jefatura de la División de Ingresos Propios del
Estado Lara.
Además
de las funciones que le corresponden en su carácter de Inspector Fiscal de la
Hacienda Pública Estadal tendrá a su
cargo las siguientes:
1. Planificar, organizar, dirigir,
ejecutar, coordinar y supervisar el desarrollo de las actividades y de los
procedimientos de liquidación, recaudación y control de los Ingresos Propios No
Tributarios de su competencia.
2. Definir, establecer y ejecutar,
la organización interna, funcionamiento y procedimientos internos para el ejercicio
de las competencias de la División.
3. Dirigir, planificar, coordinar,
ejecutar, supervisar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la
recaudación de los ingresos estadales.
4. Conocer y avocarse sobre las
solicitudes, reclamaciones, recursos administrativos y consultas que
interpongan los interesados, de conformidad con la normativa vigente.
5. Mantener un sistema seguro de
archivo de expedientes, con el objeto de llevar el registro permanente de los
recursos, consultas, peticiones recibidas, así como los dictámenes, criterios y
jurisprudencia producidos.
6. Administrar y controlar los
bienes muebles e inmuebles que le sean asignados.
7. Firmar los actos y documentos
relativos a las funciones de su competencia.
Unidad de
Liquidación
La Unidad de Liquidación tendrá las siguientes funciones:
1. Llevar y ejecutar el servicio de
percepción de todos los ramos de ingresos propios no tributarios del estado.
2. Velar por la debida recaudación
de los tributos de competencia estadal.
3. Supervisar y controlar los convenios
que se celebraren con los deudores, para la recaudación y percepción de los
ingresos estadales.
4. Coordinar, procesar y controlar
la información y datos referente a lo recaudado por todos los ingresos
estadales.
5. Archivar la información y
documentación procesada, por cada ramo de ingreso tributario.
6. Presentar mensualmente informes
de recaudación y contabilización de los ingresos propios no tributarios
administrados.
7. Recibir los pagos de los sujetos obligados para
elaborar y expedir la correspondiente planilla de liquidación del ramo no
tributario que corresponda, de conformidad con la normativa estadal aplicable,
hasta tanto sea prevista en ella, la autoliquidación.
8. Llevar estadísticas de los ingresos
tributarios por cada ramo.
Unidad de Control
La Unidad de Control tendrá las siguientes funciones:
1. Coordinar, supervisar, controlar
y evaluar las actividades relacionadas con la inspección y el control de los
Ingresos Propios no tributarios competencia del estado Lara.
2. Instruir y sustanciar los
expedientes, así como elaborar las actas, actos e informes fiscales que surjan
como consecuencia de las inspecciones y el control conforme a la normativa vigente.
3. Instruir, tramitar, sustanciar y
culminar el Sumario Administrativo, originado en las actuaciones fiscales
realizadas por los funcionarios competentes, cuando hubiere lugar a su
apertura.
4. Determinar el monto de los
ingresos a pagar por el administrado originados por los reparos efectuados, así
como también, el monto de los intereses legales.
5. Instruir a los funcionarios
competentes para que consignen en los expedientes, las circunstancias
detectadas a través de las fiscalizaciones efectuadas.
División
del Programa de Inversión.
El Programa de Inversión, como
unidad adscrita a la Dirección de Finanzas de la Dirección General Sectorial de
Administración y Finanzas, es responsable de la Revisión, Seguimiento,
Ejecución y Control del Presupuesto de Gastos y de la vigilancia en la correcta
aplicación y utilización de los créditos presupuestarios; emitiendo pagos para
aquellos gastos considerados como inversión para el Estado.
Son considerados inversión para
el Estado, aquellos gastos corrientes y de capital que garantizan la
efectividad en la gestión de los órganos de la administración pública estadal y
aquellos bienes y servicios que ser utilizarán para la producción propia de
activos de capital o aumentos del capital financiero. Se incluyen las erogaciones por concepto de
Sueldos y Salarios, retenciones de sueldo legales y contractuales al personal
de las diferentes dependencias a la Dirección General Sectorial de Salud y
Dirección General Sectorial de Educación del Estado Lara, así como las
Transferencias de Capital a entes descentralizados funcionalmente y los
proyectos de Obras de Infraestructura, financiados con recursos provenientes de
aplicaciones financieras producto de la Ley de Asignaciones Económicas
Especiales (LAEE), Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES),
Situado Constitucional, entre otras fuentes de financiamiento.
Asimismo, se encarga de la
revisión y trámite de pagos por concepto de Fondos en Avance, Transferencias
Corrientes y de Capital, Órdenes de Pago Permanentes a las diferentes dependencias
del Ejecutivo Estadal,
revisión y trámite de pagos por concepto de Contratos de Adquisición de
Bienes y Servicios, en atención a las disposiciones legales vigentes.
Es obligación de esta unidad aplicar y ejecutar el control interno y su
plena supervisión, así como definir las estrategias, políticas, planes, metas y
procedimientos vinculados a las actividades que allí se realicen, supervisar y
controlar la ejecución diaria y mensual de los créditos presupuestarios que le
son asignados y cumplir con las funciones encomendadas por la Dirección de
Finanzas o la Dirección General Sectorial de Administración y Finanzas.
El Programa de Inversión, velará
por la adecuada aplicación de las disposiciones legales demás principios,
normas y procedimientos que regulen y garanticen la oportunidad, eficiencia,
eficacia y economía de la información de los procesos de la Administración
Pública.
En este sentido, las actividades
desarrolladas en este, se ejecutan atendiendo a la legalidad, veracidad,
propiedad y conformidad de la documentación de respaldo para la emisión de
pagos y en función a los principios consagrados en los Artículos N° 141 y N°
311 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Así mismo Registra, controla, revisa
y supervisa
Cumple
y hace cumplir la normativa legal
vigente, las cuales rigen los procesos administrativos dentro de
Maximiza la
aprobación de las órdenes de pagos emitidas y realiza el registro, control y
ejecución presupuestaria de los gastos de Funcionamiento eficazmente según la
normativa existente.
Orienta recursos presupuestarios hacia aplicaciones
financieras en áreas prioritarias de
Contribuye con el Desarrollo de acciones enmarcadas
en el logro de los objetivos que el Ejecutivo Regional del Estado dirige hacia
Presta Servicio a los diferentes Trabajadores del
Ejecutivo Regional entre los que se
mencionan:
Ø Obreros D.G.S.I., Empleados
Administrativos, Asuntos Civiles, Fuerzas Armadas Policiales, Jubilados y
Pensionados.
Ø A los Proveedores de
Suministros y Servicios
Ø A las diferentes Direcciones
Generales Sectoriales que conforman el Ejecutivo Regional
Ø A las Personas Naturales;
las cuales se benefician a través de las Donaciones que otorga el Ejecutivo
Regional
Ø A las Instituciones Públicas
y Privadas beneficiadas con recursos que les otorga el Ejecutivo según
División De Contabilidad:
Uno de los objetivos básicos de la
actual gestión de Gobierno lo constituye la modernización de la administración
financiera pública. En este sentido
Funciones de esta unidad:
1.
Registrar diariamente las operaciones contables que generen
la ejecución del presupuesto por parte de los Programas de Inversión y de Funcionamiento (Compromiso y Causado)
2.
Registrar diariamente las operaciones contables que generen
las emisiones de cheques (Pagado) por
parte de
3.
Revisar y Registrar
los pagos de nominas y sus respectivas
cuentas bancarias
4.
Revisar y registrar diariamente las retenciones (Fondos de
Terceros) realizadas en las diferentes
nóminas tramitadas.
5.
Revisar y registrar diariamente los aportes patronales realizados en las diferentes nóminas
tramitadas.
CONCLUSIONES:
La gobernación del Estado Lara cuenta con una
unidad orgánica especializada en el manejo de las Finanzas Públicas.
El manejo de las Finanzas Públicas del estado Lara
de llevarse con estricto apego a la legalidad.
Corresponde a la unidad de Finanzas Públicas todo lo relativo al control de
ingresos, gastos y registros contables.
INFOGRAFIA
1. Ley de
Administración del Estado Lara
2. Ley de
Administración Financiera del Sector Público del Estado Lara.
3. Reglamento
parcial N° 1 de La Ley de Administración Del Estado Lara.