REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO
DE EDUCACIÓN SUPERIOR
UNIVERSIDAD
YACAMBÚ
VICERRECTORADO
DE ESTUDIOS VIRTUALES
Asignatura: Contabilidad
Superior
Profesora: Lourdes
Henríquez
Realizado
por: Eliset
Cavallaro
Junio
2008
INTRODUCCION:
La investigación que se realiza a continuación
plantea el determinar cual es el rol que tiene el Contador Publico en el manejo
de las inversiones extranjeras, a través de las normas contables que han sido
creadas para regular este papel. Primeramente,
se determina lo que es una inversión extranjera para diferenciarla de otros
tipos de inversiones, luego se clasifica según la naturaleza de sus actividades
y del capital para posteriormente explicar las Normas Internacionales Contables
que requiere ser aplicadas en este tipo de operaciones. Se continúa
con los tipos de ajustes por inflación, sus normas, los objetivos que persiguen,
ejemplo de su representación y los métodos básicos que se utilizan para
analizar los ajustes efectuados. Posteriormente,
se señala como es el manejo de los tipos de cambios de estas inversiones, aplicando
las NIC y
ACTIVIDAD 1:
Se refiere a la cantidad de dinero que empresarios y
particulares, que tienen su domicilio principal en un país distinto lo utilizan
para realizar transacciones comerciales en otros países, con la finalidad de
obtener una utilidad mas adelante, esto implica un ingreso de capital para el
país en el que inicie las operaciones.
Según se expresa en el
art. 107 de
• El inversor extranjero y el nacional tendrán los mismos
derechos y obligaciones.
• Se admite la inversión extranjera en todos los sectores de
la economía nacional, menos en los medios de comunicación en español, así como
en los servicios profesionales que difieran de las regulaciones nacionales.
• No requiere aprobación administrativa exceptuando los casos
en los que los extranjeros que deseen ser propietarios de inmuebles localizados
en zonas aledañas a la frontera, instalaciones militares, industrias básicas o
marítimas que requieran la autorización del Ministerio de
• Los inversores tienen derecho a sacar del país las
utilidades obtenidas, los montos
provenientes de la reducción de capital o de la liquidación de la empresa.
• No existirá restricción alguna para obtener créditos.
• No se les limitara los derechos de registro de licencias de
marcas, patentes y acuerdos de distribución, etc.
En base a este mismo
decreto se puede definir lo siguiente:
Inversión Extranjera Directa. Son
los aportes de personas naturales o jurídicas extranjeras; realizados con moneda
convertible, bienes físicos e intangibles, moneda nacional a ser remitida al
exterior y las reinversiones según el Decreto n.º
2.095; así como también las que son producto de inversiones originarias de la
conversión de deuda, de contribuciones tecnológicas de conocimientos
intangibles.
Inversión nacional. Es la que efectúa el Estado, a través de personas
naturales nacionales o extranjeras con visa de residente por un mínimo de un
año y de personas jurídicas nacionales que manifiesten ante
Inversión subregional. Son las realizadas por inversores provenientes
de cualquier país miembro del Acuerdo de Cartagena.
Inversión indirecta. Es la que se
realiza a través de la adquisición de acciones por parte de inversores
extranjeros y particulares, en la bolsa de valore de la nación.
Las personas jurídicas
extranjeras pueden establecerse en el país creando una persona jurídica con
responsabilidad propia e independiente; una subsidiaria; una sucursal; una casa
de representación; o a través de contratos de transferencia de tecnología o
licencias sobre patentes y marcas.
Para esto se debe introducir en el Registro Mercantil y en los organismos
específicos que supervisen el sector donde se vaya a realizar la inversión.
Estas inversiones pueden
efectuarse bajo las siguientes modalidades:
Adicionalmente se incluirá; el documento Constitutivo del Inversionista
Extranjero en Español autenticado por el Consulado de Venezuela en el país de
origen, el Poder del representante del Inversionista Extranjero y
Existen unas normas creadas a nivel internacional
(NIC) por el International Accounting
Standards Board (anterior International Accounting Standards Committee) para
estandarizar la información financiera presentada en los estados financieros,
estas permiten orientar al inversor en la tarea de reflejar la información
económica de las operaciones realizadas.
Con lo estipulado en las NIC, se puede deducir la
manera como se presentan los Estados Financieros; los cuales deben apegarse a
los siguientes postulados:
·
Empresa en marcha: Normalmente se considera
que la empresa continuará sus operaciones y que no tiene información ni
necesidad de liquidarse o reducir sustancialmente sus operaciones.
·
Devengamiento: Los ingresos y costos se acumulan, es decir son reconocidos a media
que se devengan o incurren y son registrados en los estados financieros en los
periodos a los que se relacionan.
·
Uniformidad: Se supone que las políticas
contables son uniformes de un periodo a otro.
Con respecto a los inventarios, se realiza la aplicación
del sistema de costos históricos; exceptuando los casos de construcción y
servicios conexos que se encuentren en curso (según
·
El costo de los inventarios es igual al valor
de compra mas los derechos de importación, el transporte,
otros impuestos y demás costos atribuibles a su adquisición.
·
Los métodos de costeo FIFO, LIFO y PPP.
·
El costo de un producto o servicio debe ser
reconocido como un gasto. Cualquier rebaja, ya sea por pérdida o ajuste, debe
ser reconocida como pérdida en el periodo en que se produce.
·
Deben ajustarse al valor más bajo de entre su
costo y su valor neto de realización. Revelando en los estados financieros las
políticas contables relativas a inventarios, los métodos de costro utilizados,
los montos y cualquier rebaja importante producida en el periodo.
Para contabilizar la depreciación; se aplica:
·
La vida útil debe estimarse considerando los
siguientes factores: uso y desgaste físico esperado, obsolescencia y límites
legales o de otro tipo para el uso de un activo.
·
Las vidas útiles y los activos depreciables deben revisarse periódicamente y las tasas de
depreciación deben ajustarse para el periodo en curso y para los posteriores,
si las expectativas son muy diferentes a las estimaciones realizadas.
Excepto los casos
en los de inmuebles, maquinaria y equipo a los que se refiere
Los Estados de Flujo de Efectivo por método directo
o indirecto, deben acompañar a los Estados Financieros de cada ejercicio,
basándose en lo siguiente:
·
Debe ser presentado con el balance y estado
de resultados, para cada período requerido.
·
Se consideran Efectivo, al dinero y los depósitos
a la vista.
·
Los Equivalentes de Efectivo, son las inversiones
de corto plazo convertibles en cantidades conocidas de efectivo y que no están
sujetas a riesgos significativos de cambios en su valor.
·
Las Actividades de Operación, son las
principales actividades productoras de ingresos para la empresa y otras
actividades que no son de inversión o financiamiento.
·
Actividades de Inversión, son las
adquisiciones y enajenaciones de activos de largo plazo y otras inversiones no
incluidas entre los equivalentes de efectivo.
·
Actividades de Financiamiento, son las
actividades que producen cambios en el tamaño y composición del patrimonio y
del endeudamiento de la empresa.
2. Análisis e interpretación de la información
financiera ajustada por la inflación.
Son una serie de métodos que se utilizan para
de algún modo reflejar en la información contable los efectos causados por los
procesos inflacionarios que afectan a un país en los diferentes momentos
históricos de la información. Quizás
los valores que se obtengan producto de dicho ajuste no se apegue en un 100% a
la realidad pero al menos la acerca; lo cual es muy común a realizar procesos
de depreciaciones, amortizaciones y valoraciones de activos intangibles debido
a que siempre serán estimaciones y no un valor fijo y certero ya determinado. Por esta razón existen los principios
contables ya que permiten unificar criterios para que la información aunque no
sea exacta en todos los casos por lo menos sea objetiva y común, que entre
otras ofrece la ventaja de su fácil comparación con los estados financieros
emitidos en otros países.
Para 1990, se emitió
En este mismo sentido, para Julio de 1.991 el
Congreso incluyo en
En Venezuela, el método mixto sufrió una
adaptación debido a que la devaluación y la inflación no mantienen el mismo
nivel, porque existen unos controles de
precios y de dólares, los cuales no se apegan a la realidad ya que muchas veces
los precios sobrepasan a los regulados por las dificultades existentes para
adquirir las divisas.
Ejemplo:
Para ajustar un Estado de Resultados según
una base porcentual sobre los valores históricos y así apegarse al costo
adquisitivo, estaría determinado de esta manera:
|
|
||||
ESTADO DE RESULTADOS
PROPORCIONAL
|
||||
|
|
||||
|
|
VALOR HISTÓRICO
|
VALOR AJUSTADO
|
||
|
|
2006
|
2007
|
2006
|
2008
|
|
VENTAS NETAS |
100.00% |
100.00% |
100.00% |
100.00% |
|
COSTO DE VENTA |
60.88% |
66.59% |
62.12% |
65.41% |
|
UTILIDAD BRUTA |
39.12% |
33.41% |
37.88% |
34.59% |
|
GASTOS GENERALES |
19.20% |
20.48% |
19.87% |
20.86% |
|
AJUSTE POR AMORTIZACION DIFERIDA |
0.00% |
0.00% |
0.06% |
0.34% |
|
AJUSTE POR DEPRECIACIÓN |
0.00% |
0.00% |
0.15% |
0.25% |
|
UTILIDAD OPERACIONAL |
19.92% |
12.93% |
17.81% |
13.14% |
|
OTROS INGRESOS |
5.11% |
10.76% |
5.06% |
10.64% |
|
OTROS EGRESOS |
17.10% |
7.89% |
17.03% |
7.89% |
|
UTILIDAD ANTES CORRECCION MONETARIA |
7.93% |
15.80% |
5.83% |
15.88% |
|
CORRECCIÓN MONETARIA |
0.00% |
0.00% |
0.04% |
-2.22% |
|
UTILIDAD ANTES DE IMPUESTOS |
7.93% |
15.80% |
5.88% |
13.65% |
|
PROVISIÓN IMPORRENTA |
2.63% |
4.15% |
2.46% |
3.87% |
|
UTILIDAD COMERCIAL |
5.30% |
11.64% |
3.42% |
9.78% |
Para el Estado de Resultados, se debe ajustar toda la inflación menos
las ventas y los otros ingresos ya que su registro son al momento de ser
causados, con respecto a los costos y gastos ajustados por inflación sí
reflejan el valor monetario que tendría que desembolsar la empresa, si desea
mantener un nivel similar de operaciones, dada una tasa de inflación.
Las
razones financieras mas comunes que se utilizan para el análisis de los ajustes
por inflación son los siguientes:
Estos
análisis, se efectúan mediante técnicas y aplicación de formulas que permiten
evaluar la situación actual de la empresa.
3. Tipos de cambio: NIC, DPC-10 de las
inversiones extranjeras.
El ajuste por inflación es una traducción de
una moneda a otra, que no produce cambios en los valores de los bienes, lo cual
se puede realizar aplicando cualquiera de las siguientes normas:
• Convertir de bolívares históricos a dólares
estadounidenses (DPC 12 - FAS 52).
• Convertir de bolívares históricos a otra
moneda extranjera (DPC 12 - NIC 21).
Además según
• Convertir de bolívares históricos a
bolívares constantes (DPC 10 - NIC 29)
Con respecto a
Las DPC 10, indican
que los ajustes por inflación se deben reflejar en todos los Libros contables
que exige el Código de Comercio, es mas indica que las operaciones contabilizadas se deben registrar en
la proporción que afecten al momento de realización a los valores reflejados. Si
posteriormente suceden eventos que los alteren se efectuaran los ajustes según los
principio contables, si es por el método NGP aplicando los conceptos que
integran los estados financieros, susceptibles de ser modificados; o si es por
el método mixto, los resultados netos del período deben coincidir con los del
método NGP para comprobar que no se han alterado los valores históricos.
4. Principios éticos del comportamiento del
contador.
1.- Independencia, se refiere a que intelectual y moralmente
debe mantener una postura objetiva.
2.-Legalidad, las actuaciones deben estar apegadas
a las normas jurídicas de su país.
3.- Integridad, debe ser honesto, leal, veraz y
diligente.
4.- Confidencialidad, debe mantener una postura discreta
por lo que no estará divulgando de manera irresponsable o no permitida, la
información confidencial pertinente a su desempeño dentro del ente y el
desarrollo del mismo.
5.- Formación y perfeccionamiento, debe mantener una
continua disposición al mejoramiento profesional así como también a aplicar los
conocimientos adquiridos en la prestación de sus servicios.
6.- Lealtad, su comportamiento debe ser de respeto
y solidaridad con sus Colegas y dentro de su área de trabajo.
7.- Normas técnicas, además de cuidar que sus
actuaciones se apeguen a las normas jurídicas del país, también debe apegarse a
lo establecido por las Federaciones y Colegio de Contadores a nivel
internacional y Nacional.
CONCLUSIONES:
Se puede deducir que las inversiones
extranjeras definidas en el Decreto 2.095 representan un beneficio tanto para
los inversores como para quienes las reciben ya que los primeros pueden obtener
beneficios que quizás es sus países de origen no pueden obtener, sea por
razones de competitividad, mercadeo, costos, oportunidades, etc. y para los países
receptores, porque les genera movimiento económicos, ingresos por tributos, generación
de fuentes de empleo, mayor variedad en el mercado, contribución a mejoras tecnológicas
y de conocimientos, etc. Pero es muy
importante resaltar que el registro de estas operaciones se deben apegar a las
normas internacionales para permitir un reflejo lo más claro y asertivo posible
para que se maneje un solo lenguaje fácil de entender por la diversidad de
cultura. En el caso especifico de Venezuela, a pesar
de contar con interesantes recursos, existen elementos que deben ser tratados
para hacer mas atractiva estas inversiones; tales como el manejo de los
procesos de devaluación y de inflación. Por este motivo, el proceso de ajuste por inflación
de la información financiera debe ser además del método regular del Nivel
General de Precios, una variación del Método Mixto, reconocido por los demás países
considerando a aquellos que se encuentren en situaciones similares al de
Venezuela. Esto permite que las informaciones
reflejadas se adapten y sean comparables a las relejadas por los demás países,
siendo útil dentro del país invertido así como también en el país de donde salen
los aportes. Otro elemento que se debe
destacar son las diferentes normas emitidas por los organismos tanto nacionales
(DPC 10) como internacionales (NIC), que regulan de algún modo los tipos de
cambios, que se necesitan reflejar en estos estados financieros, siempre
ceñidos a los valores éticos reconocidos a nivel internacional y aplicables
dentro de todos y cada uno de los países que permitan garantizar una información
adecuada, clara digna de un profesional de
INFOGRAFIA
BIBLIOGRAFIA