IMPLICACIONES ETICAS DEL PROYECTO GENOMA HUMANO (PGH)

Salazar Sáenz Francisco Xavier



Breve historia de la Genética
Desde hace más de 150 años, los biólogos alemanes Schleiden y Schwann formularon por primera vez la teoría celular que postula que todos los organismos están formados por células, y que cada una de ellas, en potencia, es capaz de desarrollar los procesos necesarios para el mantenimiento de la vida. Sin embargo, fue Gregor Mendel, monje austríaco, quien en 1886 publicó sus teorías acerca de la herencia. Las leyes de Mendel constituyen la base de la genética moderna.
Unos años antes, el químico Johann Miescher descubre el Ácido Nucleico en los núcleos de las células sanguíneas, y él fue quien bautizó esta sustancia como Ácido Nucleico, (después Ácido Desoxirribonucleico-ADN). Ya en este siglo, en 1902, el médico británico Archibald Garrol sostiene que los genes, que están hechos de Ácido Nucleico, contienen instrucciones para producir proteínas, y en 1910 el norteamericano Thomas Morgan establece que los genes se encuentran en los cromosomas que están en el núcleo de las células en forma de filamentos, y que cada especie tiene un número específico de cromosomas; las células humanas tienen 23 pares de cromosomas, con excepción de las células reproductoras (óvulos y espermatozoides), que tienen exactamente la mitad. En 1953, dos norteamericanos descubren la estructura del Ácido Nucleico como una doble hélice formada por moléculas de azúcar y fosfato, y cuatro bases distintas denominadas guanina, citosina, timina y adenina, abreviadas como G, C, T y A, y que constituyen una escalera espiral, en donde las barandillas son el azúcar y fosfato y los escalones son las bases G, C, T y A.

El Proyecto Genoma Humano (PGH)
Tal vez el proyecto de investigación más importante de la historia, se inicia en el Departamento de Energía de Estados Unidos en 1986, buscando una explicación a los mecanismos de las mutaciones genéticas por efectos de la radiación nuclear; casi inmediatamente después se involucraron otros organismos como la Academia Nacional de Ciencias y los Institutos de salud.
En 1988 se firma el convenio de investigación con un presupuesto de 200 millones de dólares al año durante 15 años, y se le da el nombre de genoma como una combinación de las palabras "gen y cromosoma". Este proyecto fue abriendo sus puertas a investigadores de otros países; para 1997 ya participaban 500 investigadores de 30 países.
La justificación del PGH ha ido ampliándose. Inicialmente fue concebido para entender las mutaciones genéticas, posteriormente para encontrar la causa, y eventualmente la cura de las casi 6 mil enfermedades hereditarias que se conocen hasta ahora, pero en la actualidad empieza a surgir una creciente preocupación por la posible utilización negativa de los conocimientos obtenidos.
En 1993, el Instituto de Medicina de Estados Unidos emite el documento denominado Implicaciones Etica, Legal y Social (ELSI) de la Genética Humana, y en 1994 se aprobó en Estados Unidos la Ley de Privacidad Genética.
El PGH originalmente estaba pensado para terminarse en el año 2005, pero gracias a los avances tecnológicos hoy se prevé que estará terminado para el año 2003, aunque para el 2001 ya se tendrá determinado el 99.9% de las identificaciones buscadas, pero es el 0.1% más importante el que estará listo hasta el año 2003.
La Declaración Universal de la UNESCO sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos
El 11 de noviembre de 1997, los 186 estados miembros de la UNESCO aprobaron por unanimidad en la 29ª. Conferencia General la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos, tras cuatros años de trabajo de la Comisión Jurídica del Comité Internacional de Bioética (CIB). Esta Declaración constituye un claro exponente de la preocupación mundial.
Entre los principios incluidos en la Declaración algunos hacen referencia a la importancia de la bioética en diferentes aspectos: Promover la creación de Comités de Bioética independientes, plurisdisciplinares y pluralistas; promover la educación en bioética; concientizar a los individuos y a la sociedad de su responsabilidad en la defensa de la dignidad humana; favorecer el debate abierto, asegurando la libertad de expresión de las diferentes corrientes de pensamiento, socioculturales, religiosas y filosóficas.
En esta Declaración pueden destacarse las siguientes bases: El concepto de genoma humano como "patrimonio común de la humanidad"; respeto a la dignidad y derecho del individuo; rechazo al reduccionismo genético; el genoma humano en su estado natural no puede ser fuente de lucro; el derecho al consentimiento previo, libre e informado; protección contra la discriminación; confidencialidad de los datos genéticos; libertad de investigación; ninguna investigación sobre el genoma humano y sus aplicaciones debe prevalecer sobre los derechos humanos, las libertades fundamentales y la dignidad humana.
Además, la prohibición de las prácticas contrarias a la dignidad humana, tales como la clonación con fines de reproducción de seres humanos y las intervenciones de línea germinal; promover la creación de Comités de Bioética; solidaridad y cooperación; los Estados deben promover la solidaridad hacia individuos, las familias y los grupos de población, particularmente vulnerables a las enfermedades; cooperación científica y cultural entre países desarrollados y en vías de desarrollo; estimulación del libre intercambio del conocimiento y la información científica en los campos de la Biología, la Genética y la Medicina; la declaración de promover la educación, el debate social y concienciar a los individuos y a la sociedad de su responsabilidad en defensa de la dignidad humana.

Posibles problemas derivados del PGH
De entre las miles de interrogantes surgidas de esta investigación pueden destacarse los siguientes:
a) Los contratos de seguros.
¿Cuáles serán las nuevas políticas de las compañías aseguradoras, cuando puedan tener la posibilidad de predecir con mucha precisión la expectativa de vida una persona y las enfermedades que aún no presentan síntomas?
b) Relaciones laborales.
¿Tendrá derecho un patrón a rechazar una persona sabiendo que es propenso a alguna enfermedad, o que dentro de unos años podría presentar síntomas que le mermaran su capacidad laboral? ¿Tiene derecho el patrón a saber los datos genéticos de un trabajador?
c) El Matrimonio.
¿Estarán obligados los posibles contrayentes a examinarse y eventualmente a revelar toda su intimidad genética, antes de contraer matrimonio? ¿Podrá la ley obligarlos a declarar sobre el particular?
d) La Seguridad Social.
¿La criminalidad se hereda? ¿Sería moralmente ético eliminar de los individuos el "gen de la violencia?"
e) La Salud Pública.
En este terreno es en el que se pueden conseguir los mayores beneficios, sobre todo con los avances de la medicina predictiva y preventiva, sin embargo ¿tienen derecho los médicos, los organismos públicos (IMSS), o los hospitales a conocer datos íntimos y a archivarlos, y a saber a quién pertenecen dichos datos?
f) La Confidencialidad y la Intimidad.
¿Quiénes y por qué causas pueden saber acerca de las características genéticas de otra persona?
g) La Manipulación Genética.
Es el problema más preocupante, ya que siempre han existido en la humanidad ideas eugenésicas que pretenden mejorar las razas, eliminar los rasgos considerados indeseables o antiestéticos. ¿A juicio de quién?
h) Las Patentes.
¿Es patentable esta información? ¿Se puede aprovechar con fines de lucro?

Recuerdo una frase del Papa Juan Pablo II: "No todo lo que es técnicamente posible, es moralmente aceptable".

 

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