Análisis Artículo 1
Este artículo habla de las
disposiciones de manera general presentes en la Ley LEY ORGÁNICA DE
PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO,
garantizando
a todos los trabajadores (as) de la República Bolivariana de Venezuela las
condiciones de seguridad, salud y bienestar del ambiente de trabajo en donde
labore el empleado; haciendo cumplir a los entes públicos y privados las
normas y lineamientos establecidos en la presente Ley.
El empleador debe tomar las
medidas necesarias según la Ley para garantizar a los empleados unas
condiciones óptimas de seguridad, con la finalidad de disminuir los accidentes
laborales y enfermedades ocupacionales, así como ingresar al Régimen Prestacional de
Seguridad y Salud en el Trabajo establecido en la Ley Orgánica del Sistema de
Seguridad Social. Igualmente se encuentran
estipuladas las sanciones que pueden ser aplicadas a los empleadores por la
falta de incumplimiento de las normas establecidas.
Análisis Artículo 11
Con este artículo se pone de
manifiesto que los Organismos encargados de hacer cumplir las normas estén en
constante supervisión e inspección del medio ambiente en donde se desenvuelve
el trabajador, así como de los
beneficios que debe percibir en
relación a la utilización de su tiempo libre, descanso y turismo social, para
incrementar la calidad de vida de los trabajadores, trabajadoras y grupo
familiar.
También se hace mención a que
no puede existir discriminación laborar por ser mujer o por presentar una
discapacidad física, existiendo mecanismos que garanticen su igualdad de
oportunidades, es por ello que este artículo
establece la protección de niños, niñas y adolescentes, garantizando el pleno
desarrollo de sus capacidades según lo
establecido en la LOPNA.