CÓDIGO DE ÉTICA
“Todo
patólogo colombiano debe adherirse a los principios generales que rigen el
ejercicio de la medicina en Colombia. Además deberá ceñirse a los cánones
siguientes de ética profesional.
1.
No solicitar, ni permitir conscientemente que otros soliciten en su nombre, ni
aceptar una posición que haya sido ocupada recientemente por otro patólogo sin consultarle
antes.
2.
No dar informes sobre preparaciones o materiales provenientes de laboratorio de
otros patólogos o de la institución servida por él mismo, sin hacer un esfuerzo
inmediato y razonable para informar de los resultados de ese examen al patólogo
que hizo el estudio original.
3.
No repartir, directa o indirectamente, los honorarios recibidos por servicios
prestados con los médicos tratantes.
4.
No competir con otros patólogos por medio de las tarifas de honorarios.
5.
No auspiciar ni participar directa o indirectamente en acuerdos laborales que
permitan a una persona operar o administrar un laboratorio de patología sin
estar legalmente facultada para el ejercicio de la medicina y sin tener
capacitación adecuada en la especialidad.
6.
No aceptar una posición con salario fijo en un hospital, institución o clínica,
a excepción de las que prestan servicio gratuito o son administradas por alguna
institución de benerficencia pública y en las que no se exige de los pacientes
el pago de los servicios médicos. Sin embargo todo patólogo puede afiliarse con
instituciones privadas o en las que se exija remuneración de honorarios a los
pacientes siempre y cuando el recibo de
los honorarios causados por los servicios del patólogo no sea interferido por
la institución.
7.No
aceptar ninguna posición en un hospital u otra instutución médica que no se
ciña a las normas establecidas por la Sociedad Colombiana de Patología para
regir las relaciones contractuales entre la institución y el patólogo”.