CÓDIGO DE ÉTICA

 

“Todo patólogo colombiano debe adherirse a los principios generales que rigen el ejercicio de la medicina en Colombia. Además deberá ceñirse a los cánones siguientes de ética profesional.

 

1. No solicitar, ni permitir conscientemente que otros soliciten en su nombre, ni aceptar una posición que haya sido ocupada recientemente por otro patólogo sin consultarle antes.

 

2. No dar informes sobre preparaciones o materiales provenientes de laboratorio de otros patólogos o de la institución servida por él mismo, sin hacer un esfuerzo inmediato y razonable para informar de los resultados de ese examen al patólogo que hizo el estudio original.

 

3. No repartir, directa o indirectamente, los honorarios recibidos por servicios prestados con los médicos tratantes.

 

4. No competir con otros patólogos por medio de las tarifas de honorarios.

 

5. No auspiciar ni participar directa o indirectamente en acuerdos laborales que permitan a una persona operar o administrar un laboratorio de patología sin estar legalmente facultada para el ejercicio de la medicina y sin tener capacitación adecuada en la especialidad.

 

6. No aceptar una posición con salario fijo en un hospital, institución o clínica, a excepción de las que prestan servicio gratuito o son administradas por alguna institución de benerficencia pública y en las que no se exige de los pacientes el pago de los servicios médicos. Sin embargo todo patólogo puede afiliarse con instituciones privadas o en las que se exija remuneración de honorarios a los pacientes siempre  y cuando el recibo de los honorarios causados por los servicios del patólogo no sea interferido por la institución.

 

7.No aceptar ninguna posición en un hospital u otra instutución médica que no se ciña a las normas establecidas por la Sociedad Colombiana de Patología para regir las relaciones contractuales entre la institución y el patólogo”.

 

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