Universidad Yacambú.

Maestría en Gerencia de las Finanzas y de los Negocios.

Asignatura: Herramientas Web para la Ciencia y la Tecnología.

Sección “D”

Autor: Lic. Sergio Saavedra Guzmán.

 

Ética en el proceso Investigativo y Derechos de Autor.

Introducción

La ética como parte fundamental del hombre, estudia su moral y determina que bien o mal puede estar actuando el individuo dentro de una sociedad, en el mundo virtual del nuevo siglo es posible descargar el contenido de un libro procedente del ciberespacio, favoreciendo el mal uso de la informática y la tecnología, generando una avalancha de fraudes en el proceso de investigación, es por ello la importancia de la aplicación de la ética, en cualquier acto aunque no es una obligación, sin embargo la aplicación de esta, evitara que los autores del presente no incurran en este tipo de actos.

Contenido

 El Derecho Moral

El derecho moral se refiere a la capacidad que tiene el autor para controlar el destino de sus obras y para controlar su trabajo, por lo tanto tiene que ver en la relación autor-creación. Estos derechos son intransferibles y perduran en la vida del autor.

Existen varios mecanismos de como el autor puede dar a conocer sus derechos morales de la siguiente manera:

1.- Si una persona utiliza la identidad de un autor, para su beneficio sin la autorización del autor.

2.- Si la autoría de una obra se atribuye a un autor en contra de su voluntad.

3.- El autor puede comprobar que alguien ha creado un trabajo derivado de su creación.

El Derecho Conexo

Los derechos conexos están muy relacionados con los derechos de autor, porque se basan en una obra creada sin embargo no son iguales, el derecho conexo fue derivado del derecho de autor; que nace con la invención de la imprenta, mientras que los derechos conexos se generaron a raíz de la difusión de las obras.

El derecho de autor tiene prioridad sobre el derecho conexo, en la mayoría de los países se habla del principio "in dubio pro autoris", que quiere decir "en caso de conflicto o duda, se estará a lo que más favorezca al autor".

Los sujetos de estos derechos son:

1.- Los artistas quienes con su expresión corporal, voz o movimiento expresan una obra literaria o de danza, declamadores, cantantes, danzantes, lectura de un libro en voz alta para fijación en disco compacto (los llamados audiolibros).

2.- Artistas ejecutantes: quienes a través de un instrumento musical expresan una obra musical: pianistas, solistas, músicos de concierto, filarmónicos.

3.- Productores de fonogramas: editores de discos compactos, y anteriormente de discos de acetato, con grabaciones de interpretaciones o ejecuciones; también pueden ser sonidos no provenientes de una interpretación, como sonidos de la naturaleza o el ambiente.

Ética en la investigación.

La ética en los proyectos de investigación, busca explotar el conocimiento del autor en una materia, evitando el plagio de una obra; su proceso debe ser original, único y su realización debe ser basada en la experiencia y análisis del investigador. Actualmente esta ética ha mermado significativamente dado a la facilidad de acceso a la información por la medio de la tecnología (Internet).

Conclusión

Para la sociedad actual es de vital importancia conocer los derechos de autor y la Ética, así como también la relación que existe entre ellos ya que esta en el investigador trabajar en base a algo original, sin llegar a perjudicar otras obras, demostrando con su conocimiento el alcance y calidad de su creación.

Jiménez, Esther (Julio 2002) Derecho de Autor en Internet consultado el 03 de Julio de 2008 de la World Wide Web: http://www.derecho.com/boletin/articulos/articulo0142.htm. “Internet es valorado como un medio para intercambiar, crear y compartir información. Para mí Internet es el medio de comunicación y economía global que va a obligar a todo el mundo a comunicarse en pro de un objetivo común: generar conocimiento. No permitamos a unos pocos “expoliar” ese conocimiento por falta de una adecuada protección legal del derecho fundamental a la creación”

 

¿De quienes son los derechos?

En el este articulo el autor plantea que la propiedad intelectual se divide en tres áreas: derecho de autor, derecho de marcas y el derecho de patente, sin embargo se enfoca más hacia los derechos de autor ya que es el área que tiene un desarrollo histórico, además que también dice que una vez que se domina el tema del derecho de autor, se puede resolver cualquier problema de autoría, anuncia que el derecho de autor protege al autor donde la creación puede ser de una persona, y que la situación de persona jurídica no podrá tener la condición de autor de cualquier obra. También habla como se transmiten los derechos de autor, así como también recita dos formas de negociar los derechos de autor, estos son: la cesión de derechos y la licencia de derechos, donde el primero tiene que ver con el termino ceder, que es cuando el autor cede sus derechos, lo que implica que estos ya no son de su propiedad, y el segundo tiene que ver con un permiso para usar sus trabajos.

 

El derecho de autor en Venezuela

En este artículo se plantea a los derechos de autor como la protección del autor que se le da a las obras de cualquier índole, así como también define al derecho de autor como un conjunto de facultades morales que le acredita al autor, y donde todos los beneficios que se difunde de su creación le pertenecen. Así como también habla de los derechos conexos, que son donde entran los intermediarios para la difusión de una obra ej.: un cantautor necesita  la difusión de su producción, ahí entra el juego de los derechos conexos. Nos define también el registro de producción intelectual, donde podemos realizarlo, así como también cuales son las cosas que gozan del derecho de autor.

 

What is Copyright Protection?

En este artículo nos plantea que los derechos de autor pueden cambiar de acuerdo al país, así como también nos habla del convenio de Berna, que no es más que, un tratado internacional sobre el derecho de autor que se apoya en principios básicos y disposiciones para la protección mínima de obras literarias y artísticas.

Así como también nos define el derecho de autor como la protección de cualquier tipo de obra donde el autor tiene el derecho exclusivo de reproducir y ejecutar trabajos en base de su obra; nos habla también de cuando comienza un autor a gozar de los derechos de su obra, como también de la manera correcta como escribir los derechos en una obra. Dice, que el derecho de autor no caduca sino una vez pasado cincuenta años como mínimo a la muerte del autor, que según el país puede variar. En este articulo hallamos también el símbolo © el cual simboliza los derechos de autor. También aclara que todo lo que está en internet no es de dominio público a menos que cumpla con unas características especiales, y para finalizar nos habla que los derechos de autor internacionales no existen sin embargo el Convenio de Berna y la Convención Universal de los Derechos de Autor, permiten al autor proteger su obra en países donde no es ciudadano.

 

Gestión Colectiva del Derecho de Autor y los Derechos Conexos

En este articulo el autor expresa, cuando un autor realiza una obra pasa a ser el titular de la obra y tiene la libertad de decidir en su uso, ya que la ley ampara al autor al momento de su creación, así como también dice que lo que se protege no es la idea, sino como se interpretan esas ideas. También el derecho de autor lo divide en dos categorías;  los derechos patrimoniales y los derechos morales, que establecidos en varios convenios internacionales como por ej.: el Convenio de Berna, Convenio de Roma.

También hace referencia de los derechos Conexos, que son aquellos que se conceden a los artistas en relación con sus interpretaciones o ejecuciones, fonogramas y radiodifusiones y se otorgan a los titulares que entran en la categoría de intermediarios en la difusión una obra; nos comenta el porqué es necesaria la gestión colectiva de dichos derechos, así como también porque los cuales no pueden ser de manera individual, y finaliza mencionando la gestión colectiva y el entorno digital donde las obras serán difundidas gracias a las redes como Internet. Por lo tanto es necesario adaptar la gestión colectiva del derecho de autor y los derechos conexos por parte de las entidades públicas y privadas con la finalidad de aprovechar las ventajas y la eficacia que ofrecen las tecnologías de la información.

 

Derechos de Autor en Internet

            El autor del artículo refleja un poco de historia donde dice que estos derechos nacen en el año 25 AC, sin embargo es hasta la aparición de la imprenta donde aparece la posibilidad de proteger los derechos del autor, y así hace un repaso  hasta la creación del World Wide Web, conocida actualmente como Internet, luego nos refleja el marco jurídico Español donde se estipula y reconocen los derechos de autor, hasta llegar a los retos de los derechos de autor en Internet, donde estipula una serie de puntos donde puede verse en juego los derechos de Autor dentro de la red, así como también los puntos refleja los beneficios; “Si la base de Internet fue compartir información y conocimiento se hace difícil entender el por qué de la introducción de derechos, en principio, ajenos a la red”.

Así mismo hace un enfrentamiento entre el Derecho de autor y el Copyright donde demuestra que son parecidos más no iguales, así como también propone al Internet con un entorno problemático para la propiedad intelectual lo que ha provocado una serie de conflictos en los EEUU y España, finalizando el articulo refiere a los buscadores y las bibliotecas virtuales como una vulnerabilidad de los derechos de autor

 

Protección de los Derechos de Autor en Internet

            En este articulo el autor manifiesta que la protección de los Derechos de autor son un problema jurídico que poco a poco está adquiriendo importancia, ya que son varios los casos de reproducción, distribución, etc., de la información sin la autorización del autor, y nos muestra resumidamente cómo podemos lograr la protección de los derechos de una obra, uno de los ejemplos más notables de las copias ilegales son la música en formato mp3, lo que el estima como una situación que perjudica a los autores, así como también hace una cita de los artículos de España y EEUU donde se protege la autoría de una obra.

Por otro lado sería conveniente incorporar en las páginas web algo que reserve los derechos de autoría y prohíba la transformación de las creaciones intelectuales sin el consentimiento del autor. Y finaliza colocando algunos de los delitos a la propiedad intelectual.

 

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