LA REALIDAD SOCIAL CHILENA A INICIOS DE LOS 1980 La insurgencia social contra Pinochet . Sebastián Jans

Una etapa de reflujo  

Las consecuencias sociales  

El paupérrimo rostro de Chile

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LAS CONSECUENCIAS SOCIALES.  

Las consecuencias sociales que se producen en Chile, ante la acción de la dictadura, son de efectos profundos, a partir del primer momento. Lo que surge con mayor inmediatez e importancia, desde luego, son los efectos de la represión y el marco de disociación social que esto genera.

La acción represiva, desarrollada por la dictadura, entre 1973 y 1979, primero, a través del Comando Conjunto, y, luego, a través de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), dejará un profundo trauma social. El resultado de esa acción represiva no convencional, se puede apreciar acciones en más de 2.500 detenciones con desaparecimiento; múltiples fusilamientos sin juicio, como los ejecutados por la llamada “Caravana de la Muerte”; violencias innecesarias o apremios ilegítimos; miles de detenciones arbitrarias.

Según datos de las organizaciones de derechos humanos, las detenciones practicadas por la policía (Carabineros e Investigaciones), a partir de 1974, se elevan significativamente, al considerar las cifras de detenciones practicadas por causales de tipo civil, criminal o político.  Entre 1967 y 1973, en los gobiernos de Frei y Allende, que tuvieron un alto grado de convulsión social, producto de las demandas de las organizaciones sociales (tomas de terrenos, huelgas, manifestaciones, etc.) y de las convulsiones políticas, las policías practicaron 530.050 detenciones, es decir, un promedio anual de 75.721 detenciones.

Sin considerar las detenciones de la DINA y su sucesora CNI (Central Nacional de Informaciones), entre 1974 y 1982, las policías practicaron 889.817 detenciones, es decir, un promedio anual de 98.868, lo que implica un incremento de más de 23.000 personas detenidas en procedimientos policiales, en un periodo en que no hubo ninguna manifestación de efervescencia social, producto del Estado de Sitio y la carencia de derechos a reunión y organización.

A siete años del golpe militar, el 11 de septiembre de 1980, Pinochet realiza un plebiscito sin registros electorales, para hacer aprobar una Constitución a su gusto y medida, donde los Artículos Transitorios constituían la base de su entrada en aplicación. El artículo 24 Transitorio facultaba a la autoridad para arrestar a personas en sus casas o en lugares que no fueran cárceles, hasta por 15 días; se restringía el derecho a reunión y la libertad de información, se facultaba al gobierno para prohibir el ingreso al territorio nacional a cualquier con nacional o expulsar del país a cualquier disidente; de la misma forma, se autorizaba a relegar en forma administrativa.

Todas estas atribuciones podían ser tomadas con un simple decreto supremo, y no eran susceptibles de recurso alguno ante los tribunales de justicia, salvo el de solicitar la reconsideración ante la propia autoridad administrativa. En los hechos, la Constitución en ejercicio eran los Artículos Transitorios.

La aplicación del Artículo 24 Transitorio no hizo otra cosa que legitimar la acción represiva del régimen, dentro de un paraguas aparentemente legalista, respondiendo a la misma línea que se había aplicado hasta antes de la pretendida normalización constitucional del régimen.

Pero, también, hubo otra consecuencia social de enorme impacto, la cual fue el desempleo o cesantía, con los efectos que ello trae en las condiciones socio-económicas de los trabajadores. La paralización de las industrias y la caída de las actividades productivas, provoca que enormes masas de trabajadores queden imposibilitadas de ganarse la vida. Ello no solo provoca una serie de efectos sobre el ingreso, y los traumas sociológicos y psicológicos que afectan a las familias, sino que sobreviene la pauperización y el acrecentamiento de las lacras sociales (delincuencia, prostitución, alcoholismo, etc.).

EL DESEMPLEO EN CHILE EN 14 AÑOS.

Año

Porcentaje

1968

6 %

1975

19 %

1982

30,6 %

Una encuesta realizada por Gallup, en el transcurso de 1982, por encargo de la UNICEF (Fernando Dahse. “Situación del niño de la familia pobre. El caso de Chile”), revelaba de una manera parcial, pero, significativa, el drama social de la cesantía en las poblaciones de las tres urbes mas importantes del país.

La encuesta mencionada se realizó entre 194.848 familias con niños menores de 6 años, de estratos urbanos pobres de Santiago, Valparaíso y Concepción (15 comunas). El resultado demostró que un 69 % de los niños menores de 6 años, tenía a sus padres trabajando; un 13,2 % tenía a sus padres sin trabajo por menos de 3 meses; y el 17,8 % restante tenía a sus padres sin trabajo por más de 4 meses. En algunas áreas, la cesantía llegó a superar el 65 %, como es el caso de los trabajadores de la construcción.

A fines de 1982, el Departamento de Economía de la Universidad de Chile, reconocía una cesantía real de un 30,6%. Al hablar de cesantía real, este organismo involucraba a más de 403.534 personas, que dependían en sus ingresos del Programa de Empleo Mínimo (PEM) o del  Programa Ocupacional de Jefes de Hogar (POJH), desarrollados por el gobierno a través de las Municipalidades, para absorber cesantía, en planes de ornamentación y mejora de la jardinería urbana.

PROGRAMA DE SUBSIDIO DE CESANTÍA A TRAVÉS DE LAS MUNICIPALIDADES. Diciembre 1982.

Plan

Ingreso Mensual

Personas

Porcentaje de la fuerza laboral

Plan de Empleo Mínimo

$ 2.000.-

(US$ 25.-)

 

303.534

 

8.7 %

Plan Ocupacional para Jefes de Hogar

$ 4.000.-

(US$ 50.-)

 

100.000

 

2.5 %

La cesantía no solo provocaba secuelas sociales, sino que contribuía también a otro resultado económico, cual era el abaratamiento de la mano de obra, lo que permitía a los empresarios disponer de mano de obra más barata, sin la presión de demandas o huelgas. De hecho, el régimen implementó una legislación favorable a la clase patronal, sobre la base de la abolición de los derechos sindicales y la derogación de muchas de las leyes de seguridad laboral. Un ejemplo de ello fue el Decreto 2.200 (año 1978) que cambió las condiciones del contrato y reglamentación del trabajo, en directo beneficio de la parte patronal. El llamado “Plan Laboral”, promovido por el Ministro José Piñera, permitió un restringido derecho a huelga y una menguada capacidad negociadora de los trabajadores que estuvieran organizados en sindicatos, pero, impidiendo la acción sectorial, esto es, de federaciones o uniones de sindicatos.

La nueva legislación se pondrá a prueba con dos conflictos que se manifestaron a inicios de 1983, que demostraron las ventajas que la nueva legislación tenía para los patrones: el que involucró a los trabajadores que construían la central hidroeléctrica Colbún-Machicura, en Linares, y la huelga de los trabajadores de Madeco, en Santiago.

El primero de estos conflictos paradigmáticos, respecto de la naturaleza del “Plan Laboral” de la dictadura, involucró a 1.463 trabajadores, que paralizaron ilegalmente para exigir el reintegro de 98 despedidos por la empresa francesa que construía la central hidroeléctrica. Tales despidos se originaban en un conflicto previo en el marco legal. La pertinaz actitud de los dirigentes sindicales, en cuanto a mantener la paralización hasta las últimas consecuencias, en vez de realizar paralizaciones limitadas y continuas, llevó a la empresa a caducar los contratos y contratar nuevo personal. La ley permitía reemplazar a los trabajadores en huelga, facultad a la que recurrió la empresa, por lo cual, considerando el alto porcentaje de mano de obra desocupada, las condiciones se dieron para frustrar la huelga y producir un enfrentamiento en los intereses de los trabajadores, entre los que luchaban por sus demandas y los que desesperadamente necesitaban un trabajo.

El caso de Madeco no fue menos dramático. Más de 350 operarios iniciaron una huelga legal, ante lo cual, la empresa llamó a inscribir nuevo personal. Se formó una fila de postulante que sobrepasó las 8.000 personas. Otros sindicatos enfrentaron huelgas infructuosas (Good Year, Enlozados Cóndor, Panal, Salomé, etc.), que, en el mejor de los casos, lograron mantener sus trabajos, cuando no enfrentaron el despido o sencillamente el lock-out, como ocurrió con los casos de las industrias Panal o Salomé.

 

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La insurgencia social contra Pinochet

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