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Opinión y análisis
Los Consejos Locales de Planificación
Pública ¿Elefantes rosados de la democracia
participativa? Miguel González Marregot
Lunes,
13 de diciembre de 2004
Menospreciados, manipulados y temidos por alcaldes y
concejales; ignorados, criticados e incluso deseados por el movimiento
vecinal, los Consejos Locales Planificación Pública (CLPP), comienzan a
perfilarse como uno de los mayores retos institucionales que tiene que
superar el “nuevo modelo democrático” que se propone para el país, en un
marco de pluralidad, democracia y tolerancia. Y es que, en el accidentado,
tortuoso y fascinante proceso de conformación de los Consejos Locales de
Planificación Pública se han manifestado una serie de posiciones
ideológicas e intereses políticos; a veces coincidentes y contrapuestos
que no siempre favorecen la inclusión, la información o el fortalecimiento
de la sociedad civil.
Los CLPP constituyen una innovación constitucional (Artículo 182), como
mecanismo institucional de participación de la población en el gobierno
local. Los CLPP reúnen teóricamente en su conformación a los tres
componentes básicos de la actividad cívica local: el ejecutivo
representado en la figura del Alcalde y las Juntas Parroquiales, el
legislativo encarando en los Concejales; y la sociedad civil; a través de
sus representantes democráticamente electos.
En el plano estrictamente formal; la base legal de los Consejos Locales
de Planificación Pública es muy amplia aunque incompleta; comprendiendo
entre otros artículos constitucionales: el 6, que define la naturaleza del
gobierno; el 62, que ordena la libre participación de los ciudadanos en
los asuntos públicos; el 70 que enumera los medios de participación; el
141 y 143, que indican el carácter participativo de las administraciones
públicas; el 166, que determina la creación de los Consejos Estadales de
Planificación y Coordinación de Políticas Públicas; el 178, que especifica
las competencias del Poder Municipal; y el 184, que determina la creación
de mecanismos de cogestión en la prestación de servicios públicos. Pero
además existen, la Ley Orgánica de Planificación y, la Ley Orgánica de
Administración Pública; así como la Ley del Fondo Intergubernamental para
la Descentralización (FIDES) y la Ley de Asignaciones Especiales (LAE),
que también amparan la operatividad de los Consejos Locales de
Planificación. Por último, hay que mencionar la propia Ley de los CLPP, y
las ordenanzas específicas, que cada municipio haya emitido al respecto.
Ahora bien, en el plano real, la constitución de los CLPP no ha sido
sencilla. Hasta el mes de Septiembre del presente 2004, se habían elegido
Consejos Locales en 298 de los 335 municipios del país. Empero, casi el
75% de esas instancias se hayan impugnadas y del 25% más de la mitad no
funcionan; según fuentes extraoficiales. Estas cifras aproximadas nos
indican que la implantación de estos mecanismos de participación ciudadana
ha sufrido serios tropiezos. ¿Cuáles factores han causado semejante
resultados?.
Son varias las causas. Veamos las más relevantes. En primer lugar, la
extrema politización del país, con serios rasgos de exclusión ha
determinado un progresivo deterioro institucional que dificulta el
desarrollo de las propias iniciativas ciudadanas contempladas en la
constitución vigente. En segundo lugar, el inapropiado desarrollo
legislativo en los instrumentos vinculados al tema ha generado lagunas y
dudas operativas en la implementación de tales instancias. Una tercera
causa, es la baja capacidad gerencial y operativa de las entidades
municipales del país. Si bien el municipalismo venezolano posee una larga
trayectoria, la conceptualización de su gestión y desarrollo institucional
no es moderna. En consecuencia aún hay poca comprensión de la “importancia
ciudadana” de los Consejos Locales de Planificación. En cuarto lugar, la
“cultura administrativa clientelar”; bien sea de naturaleza partidista o
personal, se ha convertido en serio obstáculo para la evolución normal de
los procesos de elección y posterior funcionamiento de los CLPP.
Un quinto tema, es sin duda, la debilidad y la inexperiencia de la
propia sociedad civil para cumplir funciones de co-gobierno. Al respecto,
hay que reconocer las diferencias entre los ámbitos de gestión
gubernamental y el contexto privado. Si bien en ambos casos, hay procesos
de gestión hay diferencias notables en su alcance, finalidad y
procedimientos internos. En muchos casos, la sociedad civil le cuesta
asimilar la lógica gubernamental. En sexto lugar, la viabilidad
institucional de los Consejos Locales se ha visto muy afectada por la
enorme desinformación (intencional o no) que ha acompañado su creación.
Por último, en la gran mayoría de los municipios se han presentado
divergencias y resistencias de parte de las “autoridades tradicionales”
(alcaldes, concejales, y burocracia pública local) frente a la irrupción
de “esa nueva figura” de los consejeros representantes de la sociedad
civil. Pero aún hay más...
Resulta que los Consejos Locales de Planificación Pública, se han
convertido en un espacio apetecible para ciertos actores políticos. Los
CLPP ocupan un lugar destacado en la agenda política de diez puntos,
anunciada por el gobierno nacional para el año 2005. En efecto, el
Ministro de Comunicación e Información, Andrés Izarra, el pasado 16 de
Noviembre, advirtió como tercer punto el avance en la construcción del
“nuevo modelo democrático popular” mediante la creación de unidades de
batalla endógena (UBE), la aprobación de la Ley de Participación Ciudadana
y la integración de Concejos Municipales y Locales de Planificación
Pública (El Universal, 16-11-2004 /1-4). Por otra parte, una red social de
grupos revolucionarios (conformada por Aporrea, Círculos Bolivarianos,
Coordinadora “Simón Bolívar”; entre otros grupos menos conocidos)
implementan la denominada “Conexión Social para el Poder Popular” y cuyo
objetivo sería la constitución de un “Estado Popular Participativo y
Protagónico” con los CLPP incluidos; por supuesto. Para ello se prepara
una serie de eventos, asambleas y congresos populares, participativos y
protagónicos (no faltaba más) a nivel nacional, estadal y municipal
durante el próximo año 2005. (El Nacional.com 26-11-2004).
Del lado de la oposición, aunque con mucho menos furor o acaso
claridad, los CLPP han despertado también valoraciones surtidas; las
cuales oscilan desde su rechazo lineal por considerarlos (como una versión
venezolana de los CDR cubanos), hasta su apreciación inteligente, por
parte de ciertos sectores de las comunidades organizadas de los sectores
medios; y de algunos partidos políticos como el MAS. Un comentario
adicional, podemos referirlo a la percepción tímida, curiosa pero positiva
que aún tienen los distintos sectores sociales venezolanos sobre la
utilidad de los Consejos Locales, en atención a las “posibilidades
teóricas” de intervenir en la resolución de algunos problemas básicos e
inmediatos de comunidades y barriadas.
En descargo de los CLPP, podemos afirmar que han resultado una
experiencia relativamente exitosa frente a la absoluta inoperancia de los
propuestos Consejos Estadales de Coordinación y Planificación de Políticas
Públicas (deberían estar funcionando 24, uno por cada entidad federal) y
el Consejo Federal de Gobierno.
Por último, es previsible que a medida que se acerquen los procesos
electorales locales (Concejales y Juntas Parroquiales) a realizarse en
2005, la cuestión de los CLPP cobrará mayor vigencia, al menos en el
discurso de los cientos de candidatos que optarán a los cargos de
representación popular en juego. Mientras tanto y en medio de las
restricciones enunciadas los Concejos Locales de Planificación Pública, se
balancean como “elefantes rosados” entre las opciones de ser motores de un
desarrollo plural e incluyente o una mera presunción para imponer un
modelo hegemónico. Y es que la batalla por la participación ciudadana
apenas comienza.
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