La Propiedad:  Origen y Clases

 

Base fundamental para la estructura de un sistema económico resulta ser la definición dada en el mismo a la propiedad. Se habla por parte de algunos economistas, como la propiedad solo puede ser de dos tipos a saber: la propiedad privada y la propiedad estatal. En esta clasificación, se lleva la definición de la propiedad a los extremos, diciéndose que la propiedad privada esta definida por el uso y por la disponibilidad de la misma. Quien así define la propiedad privada únicamente acepta que solo cuando se dan en conjunción estos dos parámetros, es decir que solo cuando alguien puede usar y disponer libremente de un bien, este bien se puede considerar como propiedad privada.

Quienes defienden este criterio, entre otros la escuela Austríaca de economía dan como un hecho de que de no presentase estas dos condiciones la propiedad solo puede considerarse como propiedad estatal, y terminan por decir como este tipo de propiedad es la propiedad de todos, y por esta causa, ella termina por ser la propiedad de nadie.

Independientemente de esta clasificación de la propiedad, también hay otra clasificación la cual hace relación, no a la disponibilidad o al uso de los bienes, sino al destino de la misma. Esta segunda clasificación siendo usada por todos, es querida principalmente por las teorías marxistas, esta clasificación divide los bienes entre medios de producción y bienes de consumo.

Los medios de producción como su nombre lo indica, son los necesarios para la elaboración de otros bienes, para el marxista los bienes de producción deben estar en manos del estado, dejando a sus ciudadanos en disponibilidad y uso únicamente los bienes que están destinados a ser consumidos los cuales el estado se encarga de suministrárselos en las condiciones por ellos programadas, sin consideración a las leyes del mercado.

¿Mas donde realmente nace la propiedad?

Para algunos la propiedad es un hecho cumplido el cual hace nacer el derecho para quien goza de la misma.

¿Pero por que requiere el hombre de establecer este hecho de la propiedad?.

Yo personalmente considero que el hecho de la propiedad también nace en el instinto animal del hombre. Así como los animales requieren de un territorio colectivo o individual según sean los hábitos de su especie para extraer del mismo los bienes que permiten su supervivencia, y así como individual o colectivamente el animal defiende tanto su territorio, su morada y su alimento como base fundamental para su existencia, de igual forma el hombre en su percepción intelectual del tiempo a llevado esta posesión tanto territorial como alimentaria a denominarla como la propiedad y la a extendido sobre el tiempo.

Mas debemos ver como primero se da la disponibilidad de los bienes, y una vez en poder de esta disponibilidad es que se llega al uso del mismo. Aquí cabe anotar como inicialmente esta disponibilidad es comunitaria, y mientras no haya problemas de escasez, no hay motivo entre los miembros de una comunidad para luchar por la disponibilidad individual de una parte de este deposito comunitario de bienes.

Es entonces la escasez lo que determina la aparición de la propiedad privada. Una vez los miembros de una comunidad perciben como estos bienes no son suficientes para todos, se inicia dentro de los miembros del grupo una lucha por hacerse a la posesión y el uso de una fracción de los bienes comunes para de esta forma lograr la propia supervivencia.

Aquí empieza a nacer un nuevo factor, este nuevo factor es que quien logra obtener la posesión de estos bienes, empieza a lograr unas expectativas de supervivencia mayores que las de sus congéneres, es decir que quien logre la posesión, también empieza a lograr poder social dentro de grupo, lo cual lo hace mas acto para la supervivencia, y dentro de los mecanismos evolutivos, se puede decir que este individuo lucha por la prolongación de su propia herencia genética.

Todos los procesos hasta aquí descritos, se pueden decir son comunes para casi todas las especies animales y para el hombre, solo que el hombre al intelectualizar su instinto a dado lugar al nacimiento de la propiedad, la cual habiendo sido en su esencia inicial comunitaria, ante la escasez de los recursos pasa a convertirse en propiedad privada con la cual el hombre logra tanto de su supervivencia así como poder sobre otros hombres, y el hombre al sentirse dueño de este poder en base a los mecanismos de ratificación social de su propiedad que hacen nacer su derecho sobre la misma, en su intelectualización busca llegar a ejercer un control sobre porciones cada vez mas grandes de los recursos disponibles, para intentar saciar su deseo de poder que como tal es ilimitado y por lo tanto el deseo por la propiedad privada es también ilimitado. La propiedad pasando el limite personal de los requisitos de la supervivencia individual se ha convertido es en un factor de poder para destacarse sobre el conjunto social

Este es el origen de la propiedad tanto en sus modalidades comunitarias como privadas.

Dicen los Austríacos, para denominar así de ahora en adelante a aquellos economistas que a si mismos se denominan liberales o capitalistas, términos los cuales no se corresponden con la realidad, si partimos de la base de : primero: que su lucha liberal como a ellos les gusta llamar la búsqueda de abolir los privilegios solo tiende a dejar actuar libremente las fuerzas del mercado, defendiendo dentro de este el derecho absoluto de la propiedad privada, y por lo tanto el derecho del dominio y de poder del hombre sobre el hombre, con lo cual se contradice su esencia liberal por que la propiedad ilimitada tiende es a acrecentar los privilegios, sin darse cuenta como al constituirse la propiedad privada en un derecho absoluto, esta empieza a distorsionar el mercado al cual ellos defienden. Y segundo: de Igual manera, tampoco se puede llamar a los Austríacos capitalistas, dado de que para ellos la existencia del capital es decir la existencia de la acumulación de bienes y la utilización del mismo para generar rentas, no es suficiente para llamar a un sistema que actúe de esta manera como un sistema capitalista, si no se da en la libertad que ellos piden para que el mercado pueda actuar libremente, y por tanto ellos se niegan ciegamente a reconocer como capitalistas a los países y a las personas que actúan en esta forma, con lo cual crean una confusión semántica innecesaria, la cual no aceptan dentro de ellos de ninguna manera. Por lo que resulta conveniente para poder tener un vocabulario común, llamarlos simplemente Austríacos. Ahora, si hemos de desligar el nombre de Austria de esta escuela de pensamiento económico llamada así por ser este el origen de sus primeros expositores, entonces en lugar de los términos de liberales o capitalistas con que a ellos erróneamente les gusta llamarse, tendríamos que acudir al termino no de mercantilistas, por que este esta reservado para quienes practican y preponderan por la actividad mercantil independientemente de la existencia o no de regulaciones a la misma y limitado su hacer al intercambio de bienes mas no del trabajo; sino mercaderistas, es decir los que preponderan por dejar actuar en completa libertad las fuerzas del mercado incluyendo en el mismo todo bien, o acto humano, dentro de un respeto absoluto por la propiedad privada; y aún pensando como este termino es correcto para denominarlos, para evitar herir susceptibilidades seguiré utilizando simplemente el termino de Austríacos.

Como venia diciendo, dicen los Austríacos, que para ellos la propiedad solo puede ser privada o estatal, sin importar que su uso sea para el consumo o para la producción. Pero esta clasificación genérica que ellos hacen de los extremos, no contempla una serie de matices de propiedad donde nacen hechos comunitarios los cuales nos retornan a nuestro origen instintivo, pues crean derechos de uso de un bien, mas no la disposición sobre el mismo.

A manera de ejemplo, podemos poner el caso de quien es dueño de una acción de un club social privado, él tiene derecho al uso de dicho club, mas no es propietario del mismo. Es cierto que él también puede usar su acción, enajenándola, o pignorándola, y por tanto ella tiene en él carácter de propiedad privada, es decir él puede usar y disponer de ella, pero el derecho del uso sin posesión del club, nace es como un hijo carnal del mismo, lo cual para los Austríacos seria una propiedad estatal sin serlo. A este nuevo tipo de bienes los podemos denominar bienes mancomunados o bienes conjuntos.

Este seria el mismo caso de las acciones de una sociedad comercial, en estos casos quienes no participan de la administración del bien, además de la propiedad de las acciones son poseedores de un derecho de recibir una utilidad en la repartición de los beneficios que dicha sociedad haya producido, mas un accionista de una empresa no puede llegar a la misma proclamando esto es mío y con ello hago lo que quiera por que seria tomado por un loco. El se deberá someter su propiedad privada a una reglamentación para la administración de estos bienes mancomunados lo cual relativisa el derecho de propiedad sobre estos bienes conjuntos.

Estos bienes conjuntos, así como hemos visto que nacen de la asociación de propiedades privadas individuales; también pueden nacer como patrimonios autónomos cedidos por el estado a un conjunto especifico de sus ciudadanos. Este caso puede ser un parque recreacional publico, donde para ingresar se pida al interesado una inscripción preliminar, y con seguridad una cuota de mantenimiento para el sostenimiento del mismo. Lo importante aquí para que este bien pueda llamarse un bien conjunto es que la administración o sea la disposición de dicho bien, este en cabeza de sus usuarios o de administradores independientes al aparato estatal quien es quien los provee. Dentro de este tipo de bienes son destacables las cajas sociales de compensación, donde la administración se da conjuntamente entre patronos y empleados y aún puede ser algún miembro elegido por el estado, en este tipo de bienes también donde se da con solides la acción conjunta entre los diferentes estamentos de la sociedad.

Entonces, son las cualidades de: haber sido generados como bienes independientes del bien raíz de donde provienen, y la cualidad de tener una autonomía administrativa de esta raíz, es lo que distingue a los bienes conjuntos.

Los bienes conjuntos son los que permiten la asociación de diferentes capitales sean privados o estatales. Ellos son esenciales para lograr un beneficio mancomunado para quienes tienen derecho a usarlos, beneficio que no seria posible lograr individualmente por ninguno de sus usuarios o generadores.

Esta cualidad de ofrecer un beneficio conjunto hace perder a la propiedad privada el carácter de generador fundamental de riqueza el cual los Austríacos quieren darle, y también toma para si el papel de ser los generadores de equilibrio social dentro de los individuos que pretende la propiedad estatal, pues esta tiende en forma inútil y torpe a se intentar unificar en un solo patrón de conducta a sus ciudadanos, y en su lugar los bienes conjuntos logra la asociación libre de acuerdo a las personales expectativas de los mismos..

Ni la propiedad privada, ni la estatal logran hacer renacer el equilibrio de la propiedad mancomunada de la especie esencial para la convivencia, que si logran formar estos bienes conjuntos en las comunidades especificas donde ellos se originan.

Entonces tenemos que de acuerdo a su uso y disposición que existen tres tipos de propiedades a saber: propiedad privada, propiedad estatal y propiedad conjunta. Cada una de ellas cumple un papel especifico en la sociedad, donde ninguna de ellas puede considerarse un derecho absoluto, ni tampoco innecesaria, pues todas han de cumplir en distinta medida los diferentes propósitos de generar riqueza, bienestar y seguridad para los ciudadanos.

 

Ricardo Muñoz


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