| |
| |
|
PASCUAL
II, 1099-1118
CONCILIO
DE GUASTALA 1106(1)
DE
LAS ORDENACIONES HERÉTICAS Y
SIMONÍACAS(2)
D. 358 - Desde hace ya muchos años la extensión del imperio teutónico está separada de la unidad de la Sede Apostólica. En este cisma se ha llegado a tanto peligro que -con dolor lo decimos- en tan grande extensión de tierras apenas si se hallan unos pocos sacerdotes o clérigos católicos. Cuando, pues, tantos hijos yacen entre semejantes ruinas, la necesidad de la paz cristiana exige que se abran en este asunto las maternas entrañas de la Iglesia. Instruidos, pues, por los ejemplos y escritos de nuestros Padres que en diversos tiempos recibieron en sus
órdenes a novacianos, donatistas y otros herejes, nosotros recibimos en su oficio episcopal a los obispos del predicho Imperio que han sido ordenados en el cisma, a no ser que se pruebe que son invasores, simoníacos o de mala vida. Lo mismo constituimos de los clérigos de cualquier orden a los que su ciencia y su vida recomienda.
|
.
|
-
1
En Lombardía.
-
2
MsiXX 1209 Es; JF post 6094;
Har VI, II1883 (primo)A; Bar (Th>
ad 1106, 29 (18, 171 a).
—Grave controversia habia
surgido ya desde el siglo X
sobre si eran válidas o no las
ordenaciones de los simoníacos
y herejes, por parecer que
algunos antiguos las habían
declarado nulas; of. Concilio
Romano de 964 [Msi XVIII 474],
Urbano II, carta a Lanzón,
etc., de 1091 [MsiXX 705 a]. Pero
Clemente II en el Sínodo Romano
de 1047 [MsiXIX 672 s], al
inflingir penas a los ordenados
simoníacamente, reconoció la
validez de sus ordenaciones.
Este decreto lo confirmó León
IX en el Sínodo Romano de 1049
y declaró de paso que las
ordenaciones de los herejes eran
válidas [Hrd VI, II 991]. Nicolás
II en el Romano de 1059 permitió
que los que hasta entonces habían
sido ordenados gratis por los
simoníacos, permanecieran en su
dignidad IV. 354], Lo mismo
estatuyó Urbano II en el de
Placencia de 1094 acerca de
aquellos que, sin saberlo,
hubieran sido ordenados por
simoníacos y de los que lo
hubieran sido por cismáticos, a
condición, sin embargo, de que
se recomendaran por su vida y su
ciencia. Pascual II estatuyó lo
que sigue. Sin embargo la cuestión
entera sólo lentamente se fue
acallando; cf. Hfl Vp. 350 s,
440, 442, 514,712, 718, 725.
Sobre las reordenaciones que se
dice haber sido hechas por
Alejandro III, Lucio III, Urbano
IIIy otros, cf. L. Saltet. Les réordinations,
París 1907. (Texto y notas del
Denziger).
|
|
ÍNDICE Nº 130 |
|
. |
|
|
|
|
|