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Red Bolivariana, 9 de Septiembre de 2002
Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela
Ing. Miguel De Gregorio
Artículo 182. Se
crea el Consejo Local de Planificación Pública, presidido por el Alcalde o
Alcaldesa e integrado por los concejales y concejalas, los Presidentes o
Presidentas de la Juntas Parroquiales y representantes de organizaciones
vecinales y otras de la sociedad organizada, de conformidad con las
disposiciones que establezca la ley.
| Este
precepto constitucional fue comp¡ementado con la Ley respectica el 12 de
junio del 2002 cuando se publica en Gaceta Oficial Nº 37.463 | |
| las Camaras Municipales de los 335 municipios del pais deben haber aprobado la ordenanza para su funcionamiento para el 30 de julio del 2002 | |
| los Alcaldes de los 335 municipios del pais deben instalar los CLPP antes del 12 de octubre del 2002 |
1. ¿que
son los Consejo Locales de Planificación Publica?
son los organos de co-gestion participativa
contemplada en el articulo 182 de
la Constitución de 1999, que tanto nos ha costado alcanzar.
2. ¿quienes
los integran?
El alcalde, los concejales, los presidentes de las juntas parroquiales y
representantes de organizaciones vecinales y sociedad civil organizada.
4. ¿que
funciones tienen estos Consejos locales?
formular y aprobar el plan municipal de
desarrollo y las politicas de
desarrollo de inversión del presupuesto municipal y ademas el Presupuesto
Consolidado de Inversión anual del municipio.
6. ¿porque no se ha fomentado de
manera publica los alcances de este organo y sus
atribuciones?
porque los alcalde no permitirán que el poder
concentrado que poseen, deban compartirlo con los concejales y la sociedad
civil, ya que antes existía un solo voto para decidir el futuro de un
municipio. ahora el alcalde representa un voto entre mas de trinta integrantes
del Consejo Local de Planificación Publica de cada municipio?
8. ¿donde puedo ver con detalle el
contenido de la ley sancionada por la asamblea
Nacional?
puede buscar en este enlace el texto completo de
la ley
www.participacion.elgratissitio.com
ahora debo preguntarle
¿porque nadie habla de los Consejos Locales de Planificación Publica, si ya es ley y está contemplado en la constitución?
¿es que dicho consejos locales no representan lo que toda la clase media y popular requiere para salir de esta crisis, permitiendo que que sean los genuinos foros de debates de cada comunidad de los centenares de municipios de nuestro pais?
¿porque no le hablan francamente a todos nosotros ?
¿tenemos o no derechos en la
instalación y participación de los mencionados Consejpos Locales de
Planificación Publica?
existe el temor que los Alcaldes y los concejales
no están dispuestos a compartir con las comunidades organizadaslas competencias
que la Constitución ha otorgado a la sociedad civil
Los
Consejos Locales de Planificación Publica
a instalarse en los 335 municipios del país antes del 12 de octubre del 2002,
resolverán los siguientes problemas:
1. Los presupuestos
de inversión de cada Alcaldía, serán formulados, planificados y
aprobados por consenso o por mayoría simple entre el sector oficial y el sector
civil organizado.
3. Se les dará prioridad a los proyectos y
propuestas de las comunidades organizadas.
5. Permitirá que cada municipio o Alcaldía,
tenga disponibilidad de mano de obra, de todo nivel profesional, ya que se
contara con un banco de datos que posea información acerca de la mano de obra
disponible en el municipio y la correspondiente prosperidad de sus habitantes,
al participar en las ejecuciones de las inversiones de manera directa.
7. Se le facilita al
Gobierno Regional y Nacional la formulación de los presupuestos respectivos en
cada área del municipio con sus respectivas características.
Este panorama tan
alentador nos permite enviar un mensaje patriótico y optimista a cada una de
las siguientes personalidades:
Presidente
de la Republica. Un amplio y
decidido agradecimiento por parte de toda la sociedad civil por impulsar este
marco constitucional tan beneficioso para toda y cada una de las distintas
participaciones comunitarias.
Comisión
de Participación Ciudadana Asamblea Nacional. Un
reconocimiento a su ardua y laboriosa actuación en la formulación y aprobación
de este y otros instrumentos legales establecidos en la Constitución.
Diputados
de la Asamblea Nacional. Cumpliendo
de manera responsable con la aprobación de estas leyes, a pesar de estar en
mora con la población venezolana, pero comprensible por los múltiples sucesos
que está atravesando el país.
Vicepresidente
de la Republica. Actitud
seria y responsable al recibir el 4 de junio de este año una propuesta nuestra
sobre la posibilidad de suspender los recursos otorgados a las alcaldías si los
proyectos beneficiados no eran aprobados por el Consejo Local de Planificación
Publica por inconstitucionalidad de dichos actos (Art. 25 CRBV).
Ministros
y Presidentes de entes descentralizados (FIDES, etc.). desde
la vigencia de la Ley de los CLPP, el dia 12 de junio del 2002, deben haber
suspendido de inmediato los otorgamiento de los recursos a las alcaldías hasta
tanto no instalen cada municipio el respectivo CLPP a efecto de otorgarle los
derechos participativos y protagónicos y además decisorios que la Constitución
y la Ley respectiva le han otorgado.
Partido
Oficialista. Actitud
tolerante de muchas irregularidades en alcaldía bolivarianas, permitiéndoles
que asuman una actitud de rebeldía ante los preceptos constitucionales
conquistados por las comunidades organizadas.
Partidos
Opositores. Autismo y
desprecio de la autonomía y de la sociedad civil, no promoviendo los derechos
adquiridos por temor de que puedan quedar desplazados por el protagonismo que
las comunidades se le ha otorgado (Craso error) .
Sociedad
Civil y ONG.
algunas le han jugado sucios a sus representados, negándole la divulgación de
las bondades de este órgano cogestionario, acaparando un protagonismo
deshonesto y lucrativo, con fines meramente políticos y mercantilistas.
Círculos
Bolivarianos Se está
desestimando sus buenas voluntades al no ofrecerles informaciones oportunas y
veraces sobre los CLPP, ya que todos los sectores representativos de los
municipios tendrán representantes elegidos por asamblea de ciudadanos que
reivindicarán las colectividades frustradas por su desatención oficial.
Medios
de Comunicación regional de Carabobo. Un
profundo agradecimiento por su objetividad y apoyo en la divulgación de este órgano
planificador que debe ser instalado antes del 12 de octubre de este año para
cumplir con formular y aprobar los respectivos presupuestos de inversión del
2002 de los 335 municipios de Venezuela.
Medios
de Comunicación Nacional. Esperanzados
de que nos permitan implementar una matriz de opinión y difusión a nivel
nacional. Esperamos que los editores puedan apoyarnos con la efusividad y
emotividad que el caso amerita
A
nuestros amigos invisibles Si
no han conocido los alcances de la Ley respectiva de los CLPP y como deben ser
promovidos dentro de su comunidad, pueden ver como fueron nuestros pasos y
actuaciones al respecto.
Cualquiera
duda pueden comunicarse con nosotros sin mucho protocolo a través de nuestra página
www.participacion.elgratissitio.com
ofrecemos
la siguiente documentación a los interesados
| Proyecto
de ordenanzas de funcionamiento de los CLPP ( aprobadas ua en 38 municipios) | |
| Presentación
por diapositivas de los CLPP | |
| Triptico
esquematico de los CLPP |
Actuaciones
efectuadas en el Municipio Puerto Cabello (Vea los enlaces Web)
Muchas
gracias a nombre de las comunidades organizadas
Ing.
Miguel De Gregorio