El Nacional, 30 de Agosto de 2002

"La sentencia es revisable porque es un error grotesco"

Declaraciones del Jurista Ignacio Ramírez Romero por Pablo Aiquel Garbarini

El presidente de la Federación Nacional de Defensa de los Derechos Humanos en Venezuela expresó preocupación porque "existan en el Estado tantos desaciertos" y criticó la actuación del Ministerio Público y la del Poder Judicial.

Desasosiego. Ese es el sentimiento que asegura tener el jurista Ignacio Ramírez Romero, presidente de la Federación Nacional de Defensa de los Derechos Humanos en Venezuela, por el resultado y las consecuencias de la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia que rechazó el juicio de cuatro oficiales por rebelión militar, luego del golpe de Estado de abril.

La federación es una de las más antiguas organizaciones en el área de derechos humanos en el país, pues fue fundada en 1982, y Ramírez Romero ejerció en procesos concernientes a los sucesos del 27 de febrero de 1989.

El abogado cuestiona tanto la ponencia del fiscal general, Isaías Rodríguez, como la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia. También descarta los argumentos de aquellos que aseguran que el fallo no puede ser revisado y hasta critica al Ejecutivo, pues demuestra que la denuncia de que un golpe de Estado se le venía encima fue entregada al Ministerio Público antes del 11 de abril.

"El Ministerio Público demostró franca ineptitud, improvisación e ineficacia para instrumentar las investigaciones, procesar los hechos, determinar los culpables, sus grados de participación, y finalmente formular las imputaciones a todos y cada uno de los agentes materiales e intelectuales por encontrarse incriminados en un concurso real de delitos. No sólo el de rebelión militar, sino el de conspiración, desobediencia, insubordinación, privación de libertad, apología al delito, instigación y agavillamiento", destaca.

Ramírez Romero subraya que es insostenible la excusa de la Fiscalía cuando indica que no acusó por otros delitos porque el de rebelión militar "subsumía" a los de menor pena. "Cuando se trata de un delito de acción pública, están obligados a anunciarlos todos", dijo. Agregó que "acusaron mal a Pedro Carmona, por un delito que requiere multiplicidad de actores; permitieron una detención domiciliaria ilegal y no ejercieron control para que no se fugue".

Impunidad

"Con la decisión se deja impune el delito más importante que atentó contra la seguridad de la nación y se hace apología al golpismo", destaca el abogado y es enfático al afirmar que la conducta de los 11 magistrados que aprobaron la sentencia de Arrieche "se encuadra en una manifiesta inobservancia sustancial de las normas procesales, parcialidad y denegación de justicia".

Apuntó que la Sala Constitucional puede revisar una sentencia de otra sala "cuando se está en presencia de un error grotesco" y sostuvo que considerar "que las sentencias del TSJ son cosa juzgada no es procedente, pues esto no prevalece sobre sentencias irritas, porque carecen de validez jurídica".

Además, consideró falaz decir que el artículo 273 no tiene pena: "En ese caso, el delito de apropiación indebida simple tampoco la tiene, pues está en el delito calificado".

El abogado recordó que la Convención Interamericana de Derechos Humanos no consagra la cosa juzgada como una garantía del debido proceso y que la doctrina comparada ha asumido la revisión de las sentencias cuando el tribunal no ha sido objetivo ni imparcial, cuando se vulnera el derecho a la defensa, así como lo racional y justa investigación, cuando se vulnera el debido proceso por dolo o fraude y por sentencias arbitrarias. "No corresponde invocar razones de orden público para sostener la cosa juzgada cuando implica vulneración de derechos esenciales", subrayó.

También consideró irónico que los especialistas que aseguran que no procede una impugnación son los que solicitan a la CIDH la revisión de la Sentencia 1013. Dijo que era ridículo decir que el Estado al ser acusante no puede llevar el caso a instancias internacionales, pues fueron entes del Estado los que estuvieron implicados: los militares, policías (metropolitanos y municipales), alcaldes, etc.

Torpeza

"El Ejecutivo fue torpe e ingenuo al no prever la conspiración que utilizó sin escrúpulos a Petróleos de Venezuela para sus objetivos, al no disponer medidas extremas como el estado de alarma nacional y decretar la emergencia económica y el estado de conmoción, establecidos en la Constitución. Sobre todo ante la franca intención de desestabilizadora del paro nacional indefinido", enfatizó.

Además, "cuando regresaron al poder, tampoco decretaron el estado de excepción, a pesar de las graves circunstancias que afectaron la seguridad de la nación y permitieron que los conspiradores retomaran con absoluto cinismo sus propósitos".

Ramírez Romero introdujo el 9 de abril un escrito en la Fiscalía, en nombre de la Federación Nacional de Defensa de los Derechos Humanos, para presentar la situación de Pdvsa como un "atentado contra los principales intereses y patrimonio de la nación" y acusar a los que interrumpieron ilegalmente la actividad de la petrolera por delitos contra la independencia y la seguridad del país, con el fin de exigir una investigación que determine si "se suscribía un pacto o se formaba una sociedad ilícita con el objetivo de conspirar contra el orden constitucional, como lo consagra el Código Penal". Una semana después, los abogados agregaron nuevos argumentos a la exposición. Estos textos fueron apoyados por tres docenas de diputados oficialistas, entre ellos Tarek William Saab, Juan Barreto, Nicolás Maduro y Arnoldo Márquez.

También introdujeron otras acusaciones en julio -principalmente contra los ejecutivos dee la petrolera estatal, pero también contra los responsables directos e indirectos del derrocamiento de Chávez-.

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