PROYECTO  DE  REFORMA  DEL  REGLAMENTO  DEL  CONSEJO DIRECTIVO
El siguiente proyecto fue elaborado por el Prof. Ra�l Courel y elevado durante su decanato al Consejo Directivo de la Facultad de Psicolog�a de la UBA para su tratamiento y resoluci�n.

Proyecto de resoluci�n de CD.


Visto:

La Resoluci�n N� 043/87 (CD) y su correspondiente Anexo.


Considerando:

Que esta etapa de la Universidad de Buenos Aires y, en consecuencia, de la Facultad de Psicolog�a, requiere pol�ticas institucionales de largo alcance y planificaciones capaces de ir m�s all� de las exigencias de corto plazo.

Que la Facultad de Psicolog�a requiere entre sus reformas la actualizaci�n de sus funcionamientos para adecuarlos a un nuevo esquema de actividades, que es m�s extenso, variado y complejo que el del pasado.

Que en la actualidad se hace imprescindible actualizar la organizaci�n del trabajo de los Consejeros Directivos para facilitar el tratamiento conjunto, hoy indispensable, de asuntos que la reglamentaci�n hoy vigente obliga a tratar de manera separada.

Que el tratamiento de los asuntos de la Facultad por parte del Consejo Directivo debe facilitar la coordinaci�n y cooperaci�n de las actividades de ense�anza, investigaci�n y extensi�n universitaria, tanto en el nivel de grado como en el de posgrado.

Que es deseable que la organizaci�n del Consejo Directivo permita concentrar el debate y la toma de decisiones en materia de planeamiento, posibilitando el tratamiento conjunto de los asuntos, de manera sistem�tica e integral, asegurando la fluida y congruente articulaci�n de las distintas �reas y sectores.

Que los criterios actualmente vigentes en materia de planificaci�n curricular requieren una cabal complementaci�n de las actividades de grado, posgrado, investigaciones y extensi�n universitaria, asegurando la congruencia interna del sistema acad�mico universitario.

Que es necesario que el Consejo Directivo trate los asuntos acad�micos que requieren resoluciones en el corto plazo de manera conectada y conjunta, en lo concerniente a ense�anzas, investigaciones y extensi�n universitaria, teniendo en cuenta las necesidades y aspiraciones del conjunto de la Facultad.

Que la pol�tica de investigaciones de la Universidad de Buenos Aires, seg�n establecen las normativas que regulan su sistema de investigaciones cient�ficas y tecnol�gicas, requieren para la asignaci�n de recursos (becas de investigaci�n, subsidios, etc.) la vinculaci�n de las actividades de investigaci�n con las de ense�anza, promoviendo asimismo las titulaciones de posgrado de sus planteles docentes.  

Que la mejora de las carreras que se dictan en la Facultad requiere desarrollar la formaci�n pr�ctica de los estudiantes en actividades de investigaci�n y de extensi�n universitaria.

Que el desarrollo de las distintas �reas disciplinarias de la psicolog�a requiere implementar nuevos posgrados cuyos ejes sean la investigaci�n (por ejemplo: doctorado y maestr�as) y la extensi�n universitaria (por ejemplo: carreras de especializaci�n) y que, asimismo, en atenci�n a las necesidades futuras de la Facultad se debe procurar un incremento de las titulaciones de posgrado en los planteles docentes de la Facultad.

Que es deseable que la Facultad aplique una activa y moderna pol�tica en materia de incorporaci�n de personal a la docencia, tanto a actividades de ense�anza como de investigaci�n y de extensi�n universitaria, tratando de manera conjunta o coordinada lo que concierne a concursos acad�micos y a designaciones de docentes interinos, sean para tareas de ense�anza, de investigaci�n o de extensi�n universitaria.

Que es asimismo necesario que la Facultad desarrolle un sistema integral de evaluaci�n de las actividades acad�micas de ense�anza, de investigaci�n y de extensi�n universitaria que sea congruente con su pol�tica de desarrollo e incorporaci�n de recursos acad�micos.

Que es conveniente redistribuir el tratamiento de los distintos asuntos que tratan las Comisiones del Consejo Directivo para posibilitar tanto un reparto m�s equilibrado de tareas entre los Consejeros Directivos como la construcci�n de perspectivas integradoras en los tratamientos de diversos asuntos.

Que por las razones expresadas es preciso modificar el Reglamento Interno del Consejo Directivo para perfeccionar su funcionamiento.


           
         EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE PSICOLOG�A


Resuelve:

Art�culo 1�.- Dejar sin efecto los Art�culos que van del 25� al 33� inclusive del Anexo de la Resoluci�n N� 043/87 (CD) reemplaz�ndolos por los que se agregan en el ANEXO de la presente Resoluci�n.

Art�culo 2�.- Modificar la numeraci�n del articulado del Anexo de la Resoluci�n N� 043/87 (CD) a partir del Art�culo 34� que llevar� el n�mero 32, numer�ndose los siguientes en orden sucesivo.    

Art�culo 3�.-  De forma.   





A N E X O



Art�culo 25�.-  Habr�n cinco (5) Comisiones Permanentes integradas por los miembros titulares y suplentes del Consejo Directivo denominadas:

a) De Planeamiento
b) De Asuntos Acad�micos.
c) De Concursos y Evaluaciones.  
d) De Asuntos Institucionales.
e) De Presupuesto.

Art�culo 26�.- Cada Comisi�n deber� integrarse con  ... Consejeros Directivos por el claustro de Profesores, ... por el claustro de graduados y ... por el claustro de estudiantes. Las Comisiones podr�n distribuir el tratamiento de sus asuntos en Subcomisiones integradas por al menos 3 (tres) de sus miembros, aunque la firma de los despachos son competencia de la Comisi�n en su totalidad.
En el caso de los Consejeros Suplentes que no est�n integrados a ninguna de las Comisiones, podr�n hacerlo de manera voluntaria, pero una vez incorporados su desempe�o quedar� encuadrado en las obligaciones y derechos que este Reglamento fija para el desempe�o de los Consejeros Titulares en las Comisiones.
En cada Comisi�n se podr� integrar, con voz y sin voto, un (1) representante del personal administrativo de la Facultad.

Art�culo 27�.- Compete a la Comisi�n de Planeamiento dictaminar sobre proyectos de planes de estudios y curriculares, de cursos, tanto de grado como de posgrado, de carreras nuevas, de departamentos, de pol�ticas y planes de investigaci�n y de extensi�n universitaria y sobre pol�ticas y sistemas de evaluaciones de los planes de estudios. Dictamina tambi�n sobre las pautas y plantas generales de recursos docentes para la ense�anza, la investigaci�n y la extensi�n universitaria, as� como sobre todos aquellos otros asuntos que implican aspectos estructurales o planificaciones que significan definiciones estrat�gicas para el desarrollo de la Facultad. Le compete asimismo dictaminar sobre el calendario acad�mico y recomendar sobre los criterios y pautas generales para las designaciones interinas en actividades de ense�anza, de investigaci�n y de extensi�n universitaria.

Art�culo 28�.- Compete a la Comisi�n de Asuntos Acad�micos dictaminar sobre todo proyecto, programa  o asunto que concierna al funcionamiento de los planes de estudios y de las actividades acad�micas en departamentos, �reas o c�tedras, de cualquier carrera, tanto de grado como de posgrado, que involucren la ense�anza, la investigaci�n y/o la extensi�n universitaria, as� como sobre asuntos concernientes a los estudios de los alumnos, todo lo anterior cuando corresponda al periodo acad�mico en curso o inmediato.

Art�culo 29�.- Compete a la Comisi�n de Concursos y Evaluaciones dictaminar sobre todo asunto que se refiera a concursos docentes, en cualquiera de sus jerarqu�as. Dictamina asimismo sobre los m�ritos para acceder a las funciones de docencia, de investigaci�n y de extensi�n universitaria en forma interina y sobre las evaluaciones de los informes de actividades de los docentes. Eval�a tambi�n las distintas actividades de ense�anza, investigaci�n y extensi�n universitaria, de grado y de posgrado, conforme a las pautas que a tales fines se determinen. 

Art�culo 30�.- Compete a la Comisi�n de Asuntos Institucionales dictaminar sobre todo proyecto o asunto que se refiera a la aplicaci�n de los estatutos, reglamentos y dem�s normas universitarias. Dictamina tambi�n sobre convenios y asuntos vinculados a la relaci�n de la Facultad con otras instituciones, educativas u otras, gubernamentales o no gubernamentales y todo asunto que implique asistencia t�cnica o servicios que la Facultad pudiera prestar a la sociedad. Dictamina asimismo sobre solicitudes de auspicios a eventos cient�ficos. Dictamina tambi�n sobre asuntos concernientes a publicaciones, a prensa y a comunicaciones de la Facultad. Tambi�n son de su competencia los proyectos y asuntos que hacen al bienestar estudiantil y a las actividades culturales dirigidas a la comunidad educativa.

Art�culo 31�.- Compete a la Comisi�n de Presupuesto dictaminar sobre todo proyecto o asunto que se refiera al r�gimen econ�mico financiero de la Facultad y a su funcionamiento administrativo. Dictamina tambi�n sobre proyectos de pautas de asignaci�n presupuestaria, reformas administrativas, asuntos edilicios, asuntos vinculados a fuentes externas de financiamiento, equipamientos para investigaciones y recursos para biblioteca, publicaciones, prensa y teleinform�tica de la Facultad.   

Art�culo 32�.- De forma-

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