LOS  INICIOS  DE LA ESCUELA EN ANNA


Los sistemas educativos nacionales, surgen en  Europa  a principios del siglo XIX como consecuencia de los postulados de la Revolución Francesa. En  España será la Constitución de 1812 la que  determine por primera vez la necesidad de que el estado intervenga en la financiación y el control de la educación en nuestro país, como forma de universalizar el ámbito de aplicación y como instrumento para hacer prevalecer la idea de igualdad entre todos los hombres, así como la de   extender los principios de obligatoriedad  y gratuidad   en la educación.

A pesar de este  intento, la  invasión Napoleónica  y la inestabilidad política que  se instauró en España,  retrasaron la concreción de una política educativa basada en estos principios; la plasmación de esta idea  la encontramos  ya entrada la segunda mitad del siglo XIX con la ley Moyano[1] .

Durante este periodo anterior a la ley , en Anna existía una escuela de primeras letras para niños  dotada de 1800 reales a la que asistían  entre 80 y 90 niños y otra de niñas con una presupuesto de 1300 reales  y una  asistencia entre 70 y 80 niñas. El total de alumnos escolarizados  oscilaba entre 150 y 170 para una población de  317 vecinos, dato que proyecta una población real de 1426 habitantes; estas cifras arrojan una proporción  de escolarización bastante baja , ya que por cada dos cabezas de familia uno de ellos escolarizaba a uno solo de sus hijos, el trabajo infantil era algo cotidiano y la formación, aunque fuera en las primeras letras habitualmente se  adquirirla de  otros hermanos  mayores en el propio hogar. 

El mantenimiento de estas dos  escuelas, independientes en su funcionamiento, corría a cargo del municipio y  el  dinero salía del  llamado “Fondo de Propios”,que alcanzaba   básicamente  para pagar el sueldo del maestro y de la maestra. Los locales los proveía y dotaba la municipalidad, también de los dineros que contemplaban estos exiguos presupuestos. La ubicación de aquellas dos modestas escuelas la encontramos en  la parte alta del Ayuntamiento y en los altos del edifico del Palacio en la Plaza de los Alamos. Si retrocedemos en el tiempo desde 1845[2]  hasta 1768,  encontramos las primeras referencias, sobre  las escuelas en  Anna. La  forma  de escolarización  en nuestra localidad  cambió muy poco durante  estos  setenta y siete años ; de aquella época conocemos la existencia de dos maestros, D. Domingo Gómez, casado  con  Antonia Cijes y que residió en la Calle de arriba  hasta  el año 1769 , en que falleció, y  D Domingo Verger que ejerció su  oficio de maestro  complementándolo con el de hornero durante los años 1768-1769, lo que da  cuenta de la escasa dotación económica con la que  se sostenía  la escuela y las penurias de aquellos primeros maestros.

El retrato de aquella época, nos deja un pueblo de no mas de ocho calles, agrupadas en el entorno de la plaza de los Álamos, eminentemente agrícola y con una producción que no  alcanzaba mucho mas  allá del auto abastecimiento, escasamente industrializada y sujeta al derecho enfitéutico impuesto por el Señor de la Villa en  las concordias, que quedó prácticamente  arruinado por la caída de los  precios  de la seda a finales del siglo XVIII,  ya que  constituía uno de los ingresos fundamentales de la población. Ante este panorama es lógico pensar, que no fuese la instrucción de sus hijos, una necesidad que las familias debieran de considerar a cubrir,  ya que de forma prioritaria, eran otras y de carácter vital las necesidades que  se debían  satisfacer. De los 300 niños potencialmente escolarizables, solamente  la mitad  asistía  a la escuela, el resto pasaba a engrosar el epígrafe de “ No sabe leer ni escribir” que se puede  observar con cierta frecuencia en los documentos de la época 

La ley de instrucción pública de 9 de septiembre de 1857, también conocida como ley Moyano, marcó un punto de partida que se prolongó  en el tiempo durante  prácticamente un siglo dando  cierto grado de estabilidad, sobre todo a nivel legislativo y administrativo, al desarrollo de la instrucción pública. En el nivel que nos ocupa, la leyreguló  los niveles educativos del sistema; en cuanto a la enseñanza elemental[3] , la  definió como obligatoria y gratuita para aquellos que no pudieran costearla, tal y como se recogían en los principios de la Ilustración. Los  centros podrían ser públicos o privados y define  la formación y  el acceso del profesorado, así como el papel de las distintas administraciones incluida la local en el sostenimiento de la escuela. Aunque la ley sirvió para dar forma  al conjunto de iniciativas educativas, en la práctica consolido un sistema en el que en la enseñanza  elemental, prevalecía la segregación de sexos y de clase social.La alfabetización y la instrucción en las reglas básicas del calculo, así como el aprendizaje de normas de urbanidad, fueron la base para la mayor parte de la población que tuvo muy difícil la posibilidad  de acceso a  la enseñanza media; en cuanto al profesorado, escasamente  prestigiado mal vivía con los escasos fondos que aportaba la administración local y que frecuentemente tenían que ser complementados  por los alumnos, generalmente en especie.

Tras  los sucesos  del llamado sexenio revolucionario en 1876 se aprueba  una nueva Constitución que restaura la monarquía constitucional que entre otros consagro los principios  de sufragio universal, la declaración de derechos  y la tolerancia religiosa, lo que llevó aparejado el establecimiento del principio de libertad de Cátedra y como consecuencia una suavización del control ideológico que la iglesia a través del estado  y de la red de escuelas, ejercía sobre la instrucción publica. El hecho  mas destacado de esta  época, por lo que supuso  como intento de dignificar la profesión del maestro, fue  el intento de que estos, pasasen a ser pagados por el tesoro público, ya que como hemos comentado el salario que recibían del ayuntamiento  era, cuando se percibía , muy escaso. 

Durante los años de 1895 y 1896 , mas de cien años después de las primeras referencias sobre escolarización, en Anna  continuaban existiendo dos escuelas una de niños regentada por D. Jaime Sancho y otra de niñas a cargo de Dña Elvira Carmelo, en ambos casos estaban constituidas como  dos escuelas unitarias e independientes entre sí, subsidiarias en lo económico de la Junta Municipal de Instrucción Publica, a la que  anualmente rendían cuentas de los gastos de funcionamiento, así como de las necesidades y del estado del material. En esta Junta, propiciada por la ley Moyano,  en la que se encontraban representados el Ayuntamiento los maestros y  algunos padres de alumnos encontramos un primer germen de participación de los padres en la  administración educativa.; como he señalado, esta era la encargada  de proveer los recursos necesarios para el funcionamiento de los establecimientos educativos , mientras que los nombramientos y el salario de los maestro, corría a cargo básicamente de la administración central. 

En los  años siguientes  los maestros fueron:

 1897-1898                 -Jaime Sancho

 -Elvira Carmelo Pla

             1898-1899                 -Elvira Carmelo Pla

 -No figura maestro de niños.

             1900- 1901              -Elvira Carmelo

 -Manuel Jordà García

 -Carlos March Coll

             En este curso se observa la presencia de un maestro mas , lo  que implicaba la división en dos secciones de la escuela de niños, y esto quizás para compensar la no existencia de maestro durante el curso anterior. Durante  los años 1901 -1902 , ejerce como maestra Amelia Fabra Aleix , que fallece en esta localidad en este último año a  la edad de 21 años



[1] 1857

[2] -Madoz. Diccionario Historico y Geografico de España

[3] .Antes  era conocida como primeras letras

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