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Disomnias
Criterios para el
diagnóstico de F51.0 Insomnio primario (307.42)
A. El síntoma predominante es la
dificultad para iniciar o mantener el sueño, o no tener un sueño reparador,
durante al menos 1 mes.
B. La alteración del sueño (o la
fatiga diurna asociada) provoca malestar clínicamente significativo o deterioro
social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo.
C. La alteración del sueño no
aparece exclusivamente en el transcurso de la narcolepsia, el trastorno del
sueño relacionado con la respiración, el trastorno del ritmo circadiano o una
parasomnia.
D. La alteración no aparece
exclusivamente en el transcurso de otro trastorno mental (p. ej., trastorno
depresivo mayor, trastorno de ansiedad generalizada, delirium).
E. La alteración no es debida a los
efectos fisiológicos directos de sustancia (p. ej., drogas, fármacos) o de una
enfermedad médica.
Criterios para el
diagnóstico de F51.1 Hipersomnia primaria (307.44)
A. El motivo principal de consulta
es la presencia de somnolencia excesiva como mínimo durante 1 mes (o menos si
se trata de la forma recurrente), tal y como ponen de evidencia episodios
prolongados de sueño nocturno o episodios de sueño diurno que tienen lugar casi
cada día.
B. La somnolencia excesiva provoca
un malestar clínicamente significativo o deterioro social, laboral, o de otras
áreas importantes de la actividad del individuo.
C. La somnolencia excesiva no puede
explicarse mejor por la presencia de un insomnio y no aparece exclusivamente en
el transcurso de otro trastorno mental (p. ej., narcolepsia, trastorno del
sueño relacionado con la respiración, trastorno del ritmo circadiano o
parasomnia) y no puede atribuirse a una cantidad inadecuada de sueño.
D. La alteración no aparece
exclusivamente en el transcurso de otro trastorno mental.
E. La alteración no se debe a los
efectos fisiológicos directos de una sustancia (p. ej., drogas, fármacos) o de
una enfermedad médica.
Especificar si:
Recidivante: si hay períodos de somnolencia
excesiva que duran como mínimo 3 días y tienen lugar varias veces al año
durante al menos 2 años.
Criterios para el
diagnóstico de G47.4 Narcolepsia (347)
A. Ataques de sueño reparador
irresistibles que aparecen diariamente durante un mínimo de 3 meses.
B. Presencia de uno o ambos de los
siguientes síntomas:
1. cataplejía (es decir, episodios breves y súbitos de
pérdida bilateral del tono muscular, la mayoría de las veces en asociación con
emociones intensas)
2. intrusiones recurrentes de elementos del sueño REM en las fases de
transición entre el sueño y la vigilia, tal y como indican las alucinaciones
hipnagógicas o hipnopómpicas o las parálisis del sueño al principio o al final
de los episodios de sueño
C. La alteración no se debe a los efectos fisiológicos directos de una
sustancia (p. ej., drogas, fármacos) o de una enfermedad médica.
Criterios para el diagnóstico de G47.3 Trastorno del sueño relacionado con la respiración (780.59)
A. Desestructuración del sueño que provoca somnolencia excesiva o
insomnio y que se considera secundaria a una patología respiratoria relacionada
con el sueño (p. ej., síndromes de apnea obstructiva del sueño o de apnea
central del sueño o de hipoventilación alveolar central).
B. La alteración no se explica mejor por la presencia de otro transtrono
mental y no se debe a los efectos fisiológicos directos de una sustancia (p.
ej., drogas, fármacos) o de otra enfermedad médica (diferente de un trastorno
de la respiración relacionado con el sueño).
Criterios para el diagnóstico de F51.3 Trastorno del ritmo circadiano (307.45)
A. Presencia persistente o recurrente de un patrón de sueño
desestructurado que obedece a una mala sincronización entre el sistema
circadiano endógeno de sueño-vigilia del individuo, por una parte, y las
exigencias exógenas de espaciamiento y duración del sueño, por otra.
B. Las alteraciones del sueño provocan un malestar clínicamente
significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la
actividad del individuo.
C. Las alteraciones del sueño no aparecen exclusivamente en el
transcurso de otro trastorno del sueño u otro trastorno mental.
D. El trastorno no se debe a los efectos fisiológicos directos de una
sustancia (p. ej., drogas, fármacos) o de una enfermedad médica.
Especificar tipo:
Tipo sueño retrasado: patrón de sueño persistente que consiste en
acostarse y despertarse tarde, con incapacidad para conciliar el sueño y
levantarse a horas más tempranas pese a desearlo.
Tipo jet lag: somnolencia y estado de alerta presentes en momentos del
día inadecuados, y que aparece después de repetidos viajes transmeridionales a
zonas con diferente horario.
Tipos cambios de turno de trabajo: insomnio que aparece durante las
horas que el individuo debería dormir o somnolencia excesiva durante las horas
en que debería estar despierto, debido a un turno de trabajo nocturno o a un
cambio repetido del turno de trabajo.
Tipo no especificado