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Criterios para el
diagnóstico de F24 Trastorno psicótico compartido (297.3)
A. Se desarrolla una idea delirante
en un sujeto en el contexto de una relación estrecha con otra(s) persona(s) que
ya tiene(n) una idea delirante establecida.
B. La idea delirante es parecida en
su contenido a la de la persona que ya tenía la idea delirante.
C. La alteración no se explica mejor
por la presencia de otro trastorno psicótico (p. ej., esquizofrenia) o de un
trastorno del estado de ánimo con síntomas psicóticos, y no es debida a los
efectos fisiológicos directos de alguna sustancia (p. ej., una droga, un
medicamento) o a una enfermedad médica.