
ESTATUTO SOCIAL
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"ASOCIACIÓN PROFESIONALES DE EDUCACIÓN FÍSICA DE RIVADAVIA MENDOZA", ARGENTINA. CAPÍTULO I :Denominación, Domicilio, Objeto: |
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Art. 3º: La Asociación tendrá por objeto:
Para lograrlo la Asociación podrá:
g) Propender al perfeccionamiento y capacitación de sus asociados;
j) Asesorar a sus asociados en todo lo pertinente a los aspectos laborales de la profesión.-
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Capacidad Jurídica, Patrimonio y Recursos Sociales: |
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Los recursos de la Asociación estarán formados por:
a) Las cuotas que abonen sus asociados;
b) Las rentas que produzcan sus bienes;
d) Los subsidios, donaciones, herencias, legados y contribuciones o cualquier otro ingreso lícito.- |
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De los Asociados: |
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De los Derechos y Obligaciones de los Asociados
a) Asistir a las Asambleas Ordinarias con voz y voto;
c) Participar en las reuniones de la Comisión Directiva, con voz pero sin voto;
e) Gozar de todos los beneficios que otorga la institución sin distinción de ninguna naturaleza;
f) Frecuentar los locales habilitados al afecto por la Comisión Directiva;
g) Peticionar ante las autoridades de la Asociación;
Art. 6º: Los Asociados honorarios gozarán de los siguientes derechos:
a) Asistir con voz pero sin voto a las Asambleas de la Asociación;
c) Gozar de todos los beneficios que otorga la Asociación, sin distinción de ninguna naturaleza;
d) Peticionar ante las autoridades de la Asociación.
Art. 7º: Los Asociados activos tendrán las siguientes obligaciones:
d) Mantener una conducta honorable, dentro y fuera de la Asociación;
e) Comunicar cambios de domicilio dentro de los sesenta (60) días de producidos.-
a) Faltar al cumplimiento del Estatuto o los Reglamentos;
b) No dar cumplimiento con las decisiones de la Asamblea o Comisión Directiva;
c) Haber perdido las condiciones requeridas en este Estatuto para ser asociado;
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CAPÍTULO IV :De las Asambleas |
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a) Memoria, Balance General, Inventario, Estado de resultado o Cuenta de Ganancias y Pérdidas y el informe de la Comisión Revisora de Cuentas; b) Elección y remoción de los miembros de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas; c) Responsabilidad de los miembros de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas; d) Resolver sobre la apelación de las sanciones impuestas a los socios por la Comisión Directiva; e) Evaluación del cumplimiento de los fines sociales que deberá contener la Memoria y establecer los lineamientos generales para la programación operativa anual por presentar ante la Comisión Directiva; f) Aprobación del presupuesto general de gastos y cálculos de recursos del ejercicio y de la reglamentación interna que dicte la Comisión Directiva g) Fijación del monto de las cuotas de ingreso y de las cuotas sociales; h) Cualquier otro punto incluido en el orden del día, que no sea competencia de la Asamblea Extraordinaria.-
Art. 6º: Es competencia de la Asamblea Extraordinaria: a) La reforma del Estatuto; b) La fusión, escisión y disolución de la entidad; c) Constitución de gravámenes y disposiciones de derechos reales en la entidad; d) Todo asunto de interés de la Asociación que sea objeto de consideración.-
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CAPÍTULO V :De la Comisión Directiva: |
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Art. 11º: Son deberes y atribuciones de la Comisión Directiva: a) Cumplir y hacer cumplir el presente Estatuto, las Reglamentaciones que en consecuencia se dicten, las Resoluciones de las Asambleas y las que dictare la propia Comisión Directiva; b) Organizar y ejercer la dirección y administración de la Asociación adoptando todas las resoluciones necesarias al efecto; c) Dictar los reglamentos de orden interno que las circunstancias aconsejen; d) Convocar a Asambleas ordinarias y extraordinarias, de conformidad con las normas estatutarias pertinentes; e) Resolver sobre la admisión y rechazo de asociados, en forma fundada, dentro de los treinta (30) días de presentada la solicitud correspondiente, la resolución será apelada ante la Asamblea; f) Fijar las normas y oportunidades de pago de las cuotas de ingreso y aportes sociales que establezca la Asamblea; g) Proponer a la Asamblea la designación de socios honorarios; h) Aplicar a los asociados las sanciones disciplinarias a que se refieren los Art. 11º y 12º, asegurando el debido proceso y el derecho de defensa; i) Presentar a la Asamblea Ordinaria la Memoria, Inventario, Balance General, cuadro demostrativo de gastos y recursos e informes de Revisores de Cuentas, como también el Presupuesto y la Programación para el siguiente ejercicio. Todos estos documentos deberán estar a disposición de los socios activos, con quince (15) días de antelación a la realización de la Asamblea Ordinaria; j) Nombrar los agentes y empleados de la Asociación necesarios para el cumplimiento de sus fines, en todas las categorías, fijándoles sus remuneraciones, determinando sus obligaciones, amonestarlos, suspenderlos y destituirlos cuando no cumplan eficazmente los deberes que se les encomendaren; k) Crear comisiones y subcomisiones internas para asesoramiento y control de las actividades sociales y designar sus integrantes; l) Conferir mandatos y designar representantes o apoderados; m) Aceptar donaciones, lagados y subvenciones; n) Autorizar los gastos que demande la Asociación; o) Resolver sobre la filiación de la Asociación a Confederaciones y designar representantes ante ellas.- Del Presidente y VicepresidenteArt. 12º: Son deberes y atribuciones del Presidente: a) Ejercer la representación legal de la Asociación, con las más amplias facultades en todos los actos que la Asociación pudiera tener interés, representación que podrá delegar, previa autorización de la Comisión Directiva, en terceras personas, para asuntos judiciales o actuaciones ante la autoridad pública, otorgando y revocando los poderes respectivos; b) Convocar a la Comisión Directiva y cuando esta lo indique a las Asambleas; c) Presidir las sesiones de la Comisión Directiva, las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias y dirigir los debates; d) Firmar conjuntamente con el Tesorero cualquier gasto, siempre que pertenezca a la Asociación, así también como Inventarios, Balances, cuadros demostrativos de gastos y recursos; e) Firmar juntamente con el Secretario las actas, libros de actas y registros, documentos y la correspondencia que emane de la Asociación; f) Resolver por si cualquier dificultad que pudiere presentarse, dando cuenta a la Comisión Directiva en la primera reunión, para la correspondiente ratificación de lo actuado.- Del Secretario y ProsecretarioArt. 14º: Serán deberes y atribuciones del Secretario: a) Redactar o disponer la redacción de notas, actas, convocatorias, comunicaciones, correspondencia y Memoria de la Asociación y firmar juntamente con el Presidente; b) Llevar los libros de actas de reuniones de Comisión Directiva y de Asambleas, así como el Registro de Asociados y todos aquellos que sean necesarios para el ordenamiento administrativo de la Asociación; c) Fijar en los tableros de la sede social, las resoluciones de interés general que adopten las autoridades; d) Presentar a consideración de la Comisión Directiva, en la reunión inmediata y posterior a la falta, los socios que incurran en el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Art. 11º.- Del Tesorero y ProtesoreroArt. 16º: Son deberes y atribuciones del Tesorero: a) Cobrar o disponer la cobranza de las cuotas de ingreso, cuotas sociales, cotizaciones extraordinarias y demás entradas de la Asociación; b) Disponer lo pertinente para el pago de las erogaciones autorizadas por la Comisión Directiva; c) Mantener en caja dinero efectivo, la suma que disponga la Comisión Directiva destinada a los pagos de gastos menores y depositar el resto de los fondos sociales en cuenta bancaria a nombre de la Asociación y a la orden conjunta del Presidente y Tesorero o quien haga a sus veces; d) Presentar a la Comisión Directiva Balances mensuales y preparar el Balance general, Inventario y cuadro demostrativo de Gastos y Recursos, los cuales, previa intervención de la Comisión Revisora de Cuentas, se someterán a consideración de la Asamblea; e) Firmar juntamente con el Presidente los recibos, cheques y demás documentación relacionada con la actividad financiera de la Asociación; f) Dar cuenta del estado económico y financiero de la Asociación a la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, toda vez que estos lo requieran; g) Presentar mensualmente a la Comisión Directiva, una nómina de socios incursos en las faltas previstas en los incisos d) del Art. 11º; h) Llevar los libros de contabilidad exigidos por las disposiciones en vigor y demás libros y registros auxiliares que sean necesarios, respaldando sus anotaciones con comprobantes respectivos.- De los VocalesArt. 18º: Serán deberes y atribuciones de los Vocales: a) Asistir con voz y voto a las reuniones de la Comisión Directiva; b) Desempeñar las tareas que la Comisión Directiva les confíe e integrar las comisiones internas; c) Ejercer la vigilancia permanente en las dependencias y en las tareas encomendadas al personal de la Asociación, denunciando ante la Comisión Directiva cualquier irregularidad que notaren.-
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CAPÍTULO VI :Comisión Revisora de Cuentas |
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Art. 3º: Son deberes y atribuciones de la Comisión Revisora de Cuentas: a) Vigilar e investigar con amplias facultades todo lo atinente a la contabilidad social, y especialmente compulsar y verificar los libros de contabilidad y documentos de la Asociación, fiscalizar la administración, el estado de caja y la existencia de títulos y valores de cualquier especie; b) Verificar que la percepción de los recursos y pagos de los gastos se efectúen de conformidad con las disposiciones legales, estatutarias y reglamentarias; c) Observar e informar inmediatamente a la Comisión Directiva de toda irregularidad que advierta; elevar a la misma las observaciones y sugerencias que creyere pertinente y recavar de dicho organismo los datos e informes que estime necesarios; d) Asistir a las reuniones de la Comisión Directiva cuando lo estime oportuno o sean citadas por aquel. A estas sesiones podrá asistir con voz pero sin voto; e) Controlar el cumplimiento del presupuesto aprobado por la Asamblea; f) Informar sobre la memoria anual, Inventario, Balance general y cuadro demostrativo de Gastos y Recursos elaborados por la Comisión Directiva, sujetos a consideración de la Asamblea; g) Convocar a la Comisión Directiva en las condiciones establecidas en el Art. 33º; h) Solicitar a la Comisión Directiva la convocatoria a Asamblea en los casos previstos en el Art. 16º o convocarla cuando esta no lo hiciere; i) Verificar el cumplimiento de las Leyes, Estatutos y Reglamentos, en especial en lo referido a los derechos de los asociados y las condiciones en las que se otorgan los beneficios sociales.-
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CAPÍTULO VII :Ejercicio Económico, Destino de Utilidades, Libros |
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