¿MORAL DE CANDIDATOS?
Santisteban, NUNCA ESTUVO NI PREPARADO NI MENOS LO PENSABA CANDIDATEAR, la aprobación a su gestión lo lleva a la ilusión!, en vez de cumplir el periodo en el cargo, del cual quiere hacer un trampolín, sin el cual, nadie lo conocería. Todos tenemos derecho a candidatear; pero con moral. Si él pensaba candidatear a la presidencia ¿Porqué no lo hizo en abril pasado?... ES UN OPORTUNISTA?... Si él pensaba candidatear, después que Fujimori anunció que habría nuevas elecciones, ¿Porqué no renunció inmediato al cargo público?, para así demostrar honestidad, ES QUE QUERIA APROVECHAR AL MAXIMO EL CARGO Y LA LOGISTICA, PARA HACERSE CONOSIDO. Esto es una falta de MORAL, DE ETICA, DE PROFESONALISMO. Además, no va a garantizar que todos los corruptos de este y el régimen anterior salgan de la función pública, porque le falta una estructura política (integrantes), entonces, allí se treparán todos los funcionarios corruptos y ladrones ( perros, pericotes y gatos), pues se estiman en más de seis mil. Los únicos que garantizan son Toledo, Andrade o Castañeda. BASTA DE LUCRAR CON EL CARGO PUBLICO, NI FUJIMORTISTAS NI OPORTUNISTAS.
Ahora queda claro porque reclamaba que Fujmori siga en el cargo, pues, sabía que Fujimori en el cargo, de todas maneras buscaría perjudicar a Toledo, Andrade o Castañeda, entonces ÉL QUEDABA LIBRE AH!. Antes, fue uno de los primeros en reconocer la "legalidad del tercer periodo de Fujimori, aunque con cuestionamientos en el proceso". AHORA QUE EL ARBOL ESTA EN EL SUELO TODOS CORREN A QUERER COMERCE LOS FRUTOS...! ÉL está bien como defensor, al igual que Olivera está bien como Fiscal de la Nación o Contralor de la República. Zapatero a tus zapatos!
Entonces, lo serio y esperanzador está entre los tres mencionados; sin embargo, Toledo es el que tiene y se ha ganado mayores méritos, ojalá los otros dos hayan aprendido a ser desprendidos y conformen una sola plancha presidencial, de lo contrario sería inútil sus candidaturas, pues Toledo a entrado al corazón de la mayoría de los electores.
JGAR 20/DIC/00
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