ESTATUTOS DEL PARTIDO.

 

I.   Del nombre del partido.

 

1.   El nombre oficial de nuestro partido es:

PARTIDO DEMOCRÁTICO POPULAR REVOLUCIONARIO – EJERCITO POPULAR REVOLUCIONARIO - TENDENCIA DEMOCRÁTICA REVOLUCIONARIA (PDPR-EPR-TDR).

 

II.   De la caracterización del partido.

 

2.   Nuestro partido es una expresión, organizada y consciente, de la dignidad, de la voluntad y de la rebeldía popular.

 

2.1        Es la expresión de la unión consciente y organizada  de hombres y mujeres que tienen en común el objetivo ético-político de transformar la sociedad capitalista en una sociedad sin clases, cuya primera fase sería el socialismo y su segunda fase el comunismo.

2.2        Es un instrumento que sirve a el pueblo en su lucha por construir el poder popular y desarticular el poder de la clase dominante para emanciparse y construir una sociedad digna y justa.

2.3        Es un instrumento que se distingue orgánicamente del pueblosin dejar de formar parte indisoluble de el.

2.4        Es un instrumento que al mismo tiempo que educa y organiza al pueblo, es educado y organizado por el.

2.5        Es un instrumento del pueblo que expresa el grado de  conciencia, organización y autoemancipación que este a alcanzado en su lucha revolucionaria.

2.6        Es un instrumento que desarrolla la lucha económica, política, ideológica y militar.

 

III.   De los objetivos políticos del partido.

 

3.   Los objetivos de nuestro partido son: transformar revolucionariamente las relaciones de explotación y dominación capitalista, restaurar la dignidad humana y hacer realidad la Patria, libre y soberana, con la que soñaron y por la que han dado su vida millones de mexicanos.

 

En la fase del capitalismo global totalitario, esto se concreta del modo siguiente:

 

3.1        La construcción de una sociedad mas justa e igualitaria en donde hombres y mujeres sean libres.

3.2        Establecer un Gobierno Democrático Popular, una Nueva Constitución, un reordenamiento económico y, por consiguiente, una Républica Democrática Popular, como expresión de las transformaciones democráticas revolucionarias que el Pueblo-Nación requiere.

3.3        Poner término al régimen neoliberal, a la hegemonía y a la dominación económica, política, ideológica, policiaca y militar que ejerce en nuestro país el capital financiero transnacional.

3.4        Construir las bases objetivas y subjetivas que posibiliten abolir la propiedad privada sobre los medios de producción y materializar el proyecto socialista de emancipación y reorganización social.

3.5        Construir un nuevo poder que emane directamente de la actividad y de la lucha democrática revolucionaria del pueblo por conquistar su hegemonía en todas las esferas de la vida social.

 

Para contribuir al logro de estos objetivos nuestro partido sabe que no debe desarrollar intereses distintos que lo separen del pueblo, ni proclamar principios especiales a los que quisiera amoldar el movimiento.

 

 

IV.   De la vía democrática popular revolucionaria.

 

4.   Es necesario que el pueblo en lucha, apoyándose en sus organizaciones, conquisten el poder político y ejerzan su hegemonía y dominio, por medio de una revolución política que no se agote en sí misma y que lleve a cabo las transformaciones económico-sociales que permitan materializar el proyecto socialista de emancipación y reorganización social.

 

4.1        La vía democrática revolucionaria que nuestro partido considera posible transitar - junto a otros movimientos, fuerzas partidos y organizaciones democráticas revolucionarias y en unidad indisoluble con el pueblo - consiste en la combinación y generalización de todas las formas de lucha, legales e ilegales, económicas y políticas, electorales, parlamentarias, pacíficas y violentas, armadas y no armadas, etc., así como en la unificación de todas éstas en una sola fuerza, con el objeto de imponer, a la dictadura del capital financiero, la voluntad de todo el pueblo.

4.2        Para garantizar la combinación de todas las formas de lucha y su unificación en una sola se requiere contribuir a impulsar la coordinación de todas las fuerzas democráticas revolucionarias, legales y clandestinas, armadas y no armadas, etc., en torno a una línea política común, determinada por medio del análisis, de la discusión y del consenso pero, sobre todo, de la praxis revolucionaria, como determinación teórico-práctica, crítica y autocrítica, objetiva y subjetiva, que exige la permanente profundización en el conocimiento de la realidad nacional e internacional, la crítica radical del sistema de dominación capitalista, así como la actividad revolucionaria práctico-transformadora del pueblo y de sus organizaciones, con base en el proyecto de emancipación.

 

 

V.   De la línea política.

 

5.   Nuestra Línea política es una línea de construcción y articulación de una nueva hegemonía y poder popular, a partir de una triada básica: ética, política y estratégica.

 

5.1        Para transformar lo ideal en real se requiere una estrategia y una táctica. La Línea Política o estrategia y táctica de la revolución consiste en la construcción, desarrollo y articulación de una nueva hegemonía o poder popular y proletario y, de manera simultánea, en la desarticulación y liquidación de la hegemonía o poder capitalista y neocolonial, a partir de combinar, desarrollar y generalizar las formas de lucha que requiera la situación concreta. Formas de lucha conectadas a las determinaciones estratégicas de: espacio, tiempo, objetivos, medios, libertad de acción y vulnerabilidad., en suma La estrategia señala las tareas correspondientes a una etapa histórica general, y la táctica determina el modo de cumplir la orientación estratégica en un periodo relativamente breve. Estrategia y táctica se relacionan dialécticamente, dentro de la línea política y en su aplicación, como lo general y lo particular, lo previsible y lo imprevisible, lo esencial y lo fenoménico. Una estrategia acertada se vuelve impotente o fracasa si no se aplica, en cada momento, la táctica adecuada.

5.2        La estrategia de nuestro partido está determinada por los objetivos políticos de nuestro programa: Gobierno democrático popular Nueva Constitución, Reordenamiento Económico-Social, República Democrática, siendo una estrategia político-militar. Dichos objetivos a su vez están determinados por la fase histórica y coyuntura actual en todo el mundo y las condiciones objetivas de nuestro desarrollo como Nación. Dentro de dicha estrategia se encuentra la organización y construcción de nuestro partido dentro del pueblo, la consolidación y desarrollo de nuestro ejército la construcción de un frente único en el que participen todas las fuerzas democráticas, progresistas y revolucionarias, en la construcción de una nueva economía, de una nueva ideología, de una nueva moral y de una nueva cultura y, con base en todo ello, en la construcción de un nuevo poder: el poder popular, que emane directamente de la actividad y de la lucha revolucionaria del pueblo, es decir, del movimiento democrático revolucionario o proceso social orientado a anular y superar la sociedad capitalista.

5.3        Una de las tácticas de nuestro partido consiste en la propaganda y la autodefensa armada revolucionaria. Pero no es la única táctica. Junto con ésta instrumentamos nuestra inserción como partido y frente de clase en cada coyuntura o momento político propicio y favorable para ello, con el objeto de llevar a cabo la realización de los objetivos inmediatos de nuestro programa y, de esta manera organizar la base social y construir la base política de la revolución. Tácticamente nos apoyamos y nos debemos seguir apoyando hasta en los más pequeños resquicios de legalidad burguesa. Pero lo fundamental es la elaboración de tácticas diversas a cada paso de la lucha por la solución de las demandas inmediatas del pueblo, definiendo objetivos y tareas concretas, con base en el análisis de la situación concreta.

 

 

VI.   De la teoría revolucionaria.

 

6.   Nuestra teoría revolucionaria es la teoría filosófica, científica e ideológica, fundada por Carlos Marx y Federico Engels. 

 

 

6.1        La teoría revolucionaria constituye una lectura del mundo, crítica, abierta y en renovación constante que tiene como objetivo fundamental la transformación revolucionaria del mundo social.

6.2        La teoría revolucionaria es una guía para la acción, que ha dado lugar a diferentes interpretaciones y corrientes, obligadas a demostrar la realidad y el poderío de su pensamiento, en y por medio de  la práctica.

6.3        La teoría revolucionaria debe ser accesible a los desposeídos, y conseguir desenmascarar siempre los intereses de clase de los enemigos del pueblo en cada momento de la lucha.

6.4        La teoría revolucionaria sólo existe y se desarrolla en unidad indisoluble con la práctica revolucionaria. .

 

VII.   De algunas otras características del partido.

 

7.   Nuestro partido como una expresión de la voluntad de lucha del pueblo no se considera depositario del monopolio del saber y la verdad ni es un sector que, desde fuera, pretenda dirigir o, incluso, sustituir la lucha revolucionaria del pueblo en lucha.

 

7.1        Nuestro partido es un instrumento de carácter político-militar conformado por su militancia

7.2        La militancia la conforman hombres y mujeres que han decidido dedicar su vida a la revolución, dentro de las filas de nuestro partido.

7.3        La militancia elige a sus representantes y los sostiene y apoya en sus tareas políticas.

7.4        Los recursos económicos, recabados por el partido, tienen por objeto la creación de una economía popular que contribuya al sostenimiento de la lucha revolucionaria.

7.5        El partido actúa en la clandestinidad,  insertado en el pueblo y en la lucha de éste por conquistar y ejercer su hegemonía revolucionaria.

7.6        Nuestro partido no se considera “el partido único de la revolución”, tampoco se mantiene aparte de otras  estructuras fuerzas, movimientos y partidos democráticos revolucionarios ni se opone a ellos.

7.7        Nuestro partido pretende hacer valer y representar, junto a otras fuerzas y partidos revolucionarios, los intereses comunes a todo el pueblo, independientemente de sus particularidades étnico culturales, al mismo tiempo que hace suyos los intereses comunes al proletariado y a los oprimidos de todo el mundo.

7.8        Nuestro partido pretende contribuir prácticamente a impulsar a los demás, y teóricamente, tener clara visión de las condiciones de la marcha y de los resultados generales del movimiento proletario.

 

 

VIII.   De la unidad revolucionaria.

 

8.   La unidad revolucionaria del pueblo y de sus organizaciones constituye la garantía del triunfo revolucionario.

 

 

8.1        Nuestro partido considera necesario impulsar junto a otros partidos  y fuerzas revolucionarias, un frente único una coordinadora insurgente y, por medio de ésta, una conducción compartida en torno a un programa y una línea política común elaborada en el curso de la lucha democrática revolucionaria.

8.2        La coordinadora insurgente constituiría un instrumento por medio del cual el pueblo se dirigiría a sí mismo.

8.3        La conducción compartida y la línea política común constituyen las bases de la unidad revolucionaria y de la conquista de la hegemonía revolucionaria del pueblo.

 

IX.   Del principio de organización.

 

9.   El principio de organización y dirección de nuestro partido es el centralismo democrático, readecuado y desarrollado teórica y prácticamente, dando lugar a un modelo o sistema democrático representativo, participativo, centralizado y horizontal.

 

9.1        Dicho principio tiene como base una ética y una concepción filosófica que parte de la dignidad humana, como imperativo categórico que exige al hombre ser siempre fin y nunca medio.

 

Dicho principio implicaría:

 

(a)                  suprimir todo vínculo de dominio-subordinación que reproduzca, en el terreno ideológico y político, una relación enajenada y enajenante, tanto al interior del partido como entre el partido y el pueblo; pues dicha relación genera, finalmente, la excesiva centralización, el verticalismo y la burocratización del partido, la separación de éste respecto del pueblo, así como el bajo nivel teórico y práctico de la militancia y el pueblo.

(b)                  establecer un nuevo vínculo de relación social y humana, es decir, un vínculo solidario, digno y justo, un vínculo transparente y desmistificado, que nos posibilite asumir el control y el dominio de nuestras propias relaciones, y no ser esclavo de ellas.

(c)                  ejercer el principio de libertad, como actividad práctico-crítica que se funda en el conocimiento de la necesidad, pero no de una necesidad absoluta, pues ésta sólo conduce a negar completamente la libertad de la acción humana y, por consiguiente, al fatalismo, desde el cual ‘la actividad del hombre se reduce a nada y no es sino consecuencia de leyes que no dependen de él’. Pero el ejercicio del principio de libertad también se funda en la posibilidad de elección y realización delimitada por el conjunto de  condiciones de condiciones y motivos, a que  ha dado lugar la lucha de clases, concepción ésta, que ‘admite la determinación del hombre por parte de las condiciones a las que responde su actividad, sin admitir que a partir de tales condiciones la búsqueda pueda ser infaliblemente previsible’.“Tal libertad está delimitada por 1) el rango de las posibilidades objetivas que siempre son más o menos restringidas en número; 2) el rango de los motivos de la elección que pueden restringir aún, hasta la unidad, el rango de las posibilidades objetivas.” 

 

(1)                  El principio democrático representativo y participativo centralizado y horizontal de organización y dirección del partido otorga eficacia y precisión a la actividad revolucionaria, al impulsar las siguientes determinaciones: la elección democrática de sus representantes; la estructuración del partido con base en los representantes democráticamente elegidos; la participación de la militancia en la discusión de todos los asuntos políticos; la permanente participación de la militancia en la determinación de la política a seguir; el diálogo interno, racional y tolerante, entre las diferentes interpretaciones marxistas al seno del partido; el establecimiento de acuerdos, obligatorios para todos, por medio del consenso o del voto mayoritario; la planificación y evaluación, periódica y colectiva, del trabajo revolucionario; la rendición periódica de cuentas; el ejercicio interno y permanente de la crítica y la autocrítica; la autonomía relativa de las instancias; la unidad de acción de la militancia a partir de la dirección democrática centralizada; el poder de autodeterminación de la militancia; la formación teórico-práctica del militante revolucionario; la estructura orgánica compartimentada; la comunicación horizontal entre las instancias; el carácter político-militar y clandestino de la estructura y de la actividad revolucionaria; la combinación del trabajo legal y clandestino; la emulación como reconocimiento, estímulo y ejemplaridad en el cumplimiento de las tareas concretas de la construcción revolucionaria; así como la unidad indisoluble del partido con el pueblo. Desde luego, se trata de un principio de organización que debemos saber ajustar a nuestro proceso de desarrollo concreto y a las condiciones de clandestinidad pero, sobre todo, a la praxis revolucionaria.

 

 

X.   Del dispositivo conceptual.

 

10.        La supresión del vínculo de dominio subordinación es fundamental en el principio de organización y dirección democrática e incluye la supresión de su correspondiente dispositivo conceptual, y por tanto, de la noción  estratificada de la estructura piramidal donde se asume que los 'niveles' o instancias 'superiores' subordinan a las instancias 'inferiores'.

 

10.1    El principio representativo y participativo propone la construcción de una estructura horizontal donde no exista una división de la militancia en dos partes, una de las cuales se encuentre por encima de la otra; es decir, propone una estructura donde no exista un arriba y un abajo, lo que no quiere decir que no exista una dirección democrática centralizada, sólo que ésta no se encontraría concentrada en una élite considerada ‘superior’ a la que la militancia deba subordinarse, sino una dirección constituida por los representantes de las diversas instancias, elegidos por los militantes. Así, toda instancia representativa es determinada electivamente por la militancia y constituye el instrumento por medio del cual la propia militancia se deberá dirigir a sí misma.

 

 

XI.   De su estructura orgánica.

 

11.        En la estructura partidaria de corte horizontal, ninguna instancia se encuentra por encima o por debajo de otra y no existen niveles superiores o inferiores, sino instancias centrales y periféricas, reales y concretas, en el plano nacional, regional, estatal y zonal. Pero sí, la voluntad de la mayoría rige la vida interna, teniendo como principios fundamentales el respeto real a las diferentes visiones y  el respeto irrestricto  a los acuerdos a que llega la militancia en su conjunto, en todas las instancias que dan vida a su estructura. Las diferentes instancias que conforman la estructura son:

·        Congreso.

·        Plenaria General.

·        Concejo Político.

·        Plenaria General Estatal.

·        Concejo Estatal.

·        Concejo Zonal.

·        Concejo de Resistencia Popular.

-       Comisión de Honor  y Justicia.

 

 

11.1    El carácter central de una instancia reside en su mayor vinculación con el pueblo. Por su parte, una instancia periférica se define por el menor número de militantes y sectores a los cuales representa, los cuales no por ello dejan de participar activamente en la toma de decisiones partidarias. Pero adquiere un carácter central, en la medida que dicha instancia realice mayor trabajo de construcción  y lo organice creando nuevas instancias partidarias.

 

11.2    Dentro de este principio de organización, no existe la figura de responsable sino la de representante, el cual es elegido por su propia instancia, encargándose de impulsar la vida orgánica compartimentada de su instancia y garantizar así la participación y formación integral del militante.

 

11.3    Cada instancia adquiere así la forma de un concejo; cada elemento del concejo representa por lo menos a una instancia o a la estructura del pueblo en que se encuentra. Cada concejo ocupa, de acuerdo a su trabajo y grado de representatividad, un lugar determinado en la estructura partidaria.

 

 

XII.   Del Congreso.

 

12.        La instancia democrática de dirección central adquiere la forma de un congreso o asamblea general,

 

12.1    El Congreso o asamblea general sesionara ordinariamente cada año y extraordinariamente si la plenaria general lo convoca, se requiere políticamente y las condiciones lo permiten.

12.2    En el Congreso participan un número determinado de delegados en representación, cada uno, de un número determinado de militantes especificados ambos en las convocatorias promovidas por la comisión organizadora, debiendo estar representada toda la militancia. Dichos delegados son elegidos por medio del voto universal, directo y secreto.

12.3    Los acuerdos se determinan por consenso o mayoría.

12.4    Todos los acuerdos del Congreso y todas las elecciones que en él tienen lugar son acuerdos del Partido, Equivalentes “a una palabra de honor recíproca empeñada por todos los militantes” y obligatorios para todas sus instancias.

12.5    Nadie bajo pretexto alguno, puede violentar los acuerdos, y sólo un nuevo Congreso del Partido puede anularlos o modificarlos

12.6    El Congreso se encuentra facultado para aprobar o modificar el Programa, La Línea Política y los Estatutos.

12.7    El Congreso se encuentra facultado para elegir a los miembros del Concejo Político.

 

XIII.   De la Plenaria General.

 

13.        Entre Congreso y Congreso, la Plenaria General es el órgano por medio del cual la militancia determina su posición política, su táctica, los planes de trabajo y el proceso de evaluación.

 

13.1    La Plenaria General es el ámbito en que deberán establecerse periódicamente resolutivos obligatorios para todos, a partir del siguiente procedimiento: los puntos de análisis y discusión de la plenaria están determinados por las instancias; en los puntos donde exista consenso, la discusión se resuelve; en los puntos que no exista consenso, se instrumenta una nueva ronda de discusión al interior de toda la militancia y se resuelve por medio del acuerdo mayoritario obligatorio para todos, preservándose el derecho de la minoría a mantener sus puntos de vista e insistir en ellos en posteriores rondas de discusión.

13.2    La Plenaria General está conformada por los representantes de todos los Concejos Zonales que conforman al partido, cada CZ nombra a su (s) representante (s) a la Plenaria, pudiendo ésta ser ordinaria o extraordinaria.

13.3    La Plenaria General ordinaria se llevará a cabo, cada cuatro meses y la extraordinaria antes de dicho periodo, siempre y cuando se requiera y las condiciones de seguridad lo permitan.

13.4    En la Plenaria General ordinaria deberán estar presentes uno o más representantes del Concejo Político y por la Comisión de Coordinación.

13.5    En la Plenaria General extraordinaria deberán estar presentes tanto el Concejo Político como la Comisión de Coordinación en pleno.

 

 

XIV.   Del Concejo Político.

 

14.        Entre congreso y congreso, así como entre plenaria y plenaria funcionará una Concejo Político (CP).

 

14.1    Las características de el cp son a) es elegible, b)reelegible, c)removible y d) informa.

14.2    Una tarea del cp es organizar instrumentar y evaluar el conjunto de actividades acciones y tareas orientadas hacia la concreción de objetivos planteados en el congreso para la etapa correspondiente.

 

14.3    El Concejo Político es el encargado de cumplir el mandato y las disposiciones emanadas del Congreso y la Plenaria General. De este modo el Concejo Político constituiría la instancia central por medio de la cual la militancia se dirigiría a sí misma. Y sólo como una excepción a la regla, el Concejo Político estaría facultado para decidir al margen de la militancia frente a situaciones extraordinarias, apegándose a los resolutivos de la Plenaria Nacional, a los Estatutos, Programa Político y Línea Política del partido, pero de lo cual finalmente debe rendir cuentas.

 

14.4    Los acuerdos tomados en situaciones extraordinarias, deberán ser llevados a sus respectivos colectivos para que en caso necesario se hagan las consideraciones pertinentes o en su caso, les den cumplimiento. El cumplimiento de dichos acuerdos o resolutivos será revisado al inicio de cada sesión.

 

14.5    El Concejo Político tiene un doble carácter: por un lado es el órgano de coordinación de las instancias y por otro lado es el órgano por medio del cual el partido se dirige  a sí mismo; dicho órgano es la expresión del principio, representativo-participativo de organización y dirección democrática y tiene como principales tareas el impulso de los acuerdos tomados en la plenaria y la puesta en marcha de los medios necesarios para lograrlo.

 

14.6    El  CP se reunirá por lo menos una vez cada mes.

 

14.7    Entre plenaria y plenaria, el CP es el encargado de mantener informada y coordinada a la militancia.

 

14.8    El CP está obligado a facilitar: 1) la discusión  de todos los asuntos políticos; 2) la toma democrática de decisiones; 3) la elección a todos los cargos de representatividad.

 

14.9    El CP debe impulsar el intercambio de información que nos permita retomar las experiencias que otros colectivos realizan y crecer mejor y más rápido además de una mayor integración de nuestros colectivos.

 

14.10                    Asimismo, debe conocer de los distintos problemas que rebasen la capacidad de las instancias para resolverlos, considerando siempre que es a cada zona en primera instancia a quien le compete resolver el problema en cuestión.

 

14.11                    Debe llevar las propuestas de cada zona de trabajo (tareas, problemas y temas de discusión sobre funcionamiento, coordinación), para favorecer el avance, desarrollo y consolidación de la organización.

 

14.12                    El CP debe sesionar permanentemente para recoger consensos y llevar a su discusión los discensos.

 

14.13                    El CP organizará las reuniones de las plenarias, proponiendo los temas de la agenda con base en las propuestas hechas por las instancias y la militancia.

 

14.14                    El CP organizará y desarrollará lo necesario para la realización del congreso.

 

14.15                    Será el responsable (temporalmente) de la elaboración del boletín y concentrará los artículos y propuestas.

 

14.16                    En el cumplimiento de sus tareas, podrá apoyarse en sus representados.

 

14.17                    Los miembros del Concejo Político elegidos por el Congreso sólo podrán ser removidos por éste; los representantes de cada Concejo Estatal en el Consejo Político sólo podrán ser removidos por la Plenaria de cada Concejo Estatal.

 

14.18                    Cada instancia puede proponer a dos representantes de manera que uno de ellos sea ratificado por el congreso por mayoría de votos si y sólo si no hay impugnación al respecto, y el otro elegido directamente por el consejo estatal

14.19                    El CP deberá presentar un informe periodico a los colectivos que representa, a la plenaria general y al Congreso.

 

XV.   De la Plenaria General de Zona.

 

15.        La Plenaria General de Zona (PGZ) es el máximo órgano de representación de una zona por medio de la cual la militancia se dirige a sí misma, se discuten y definen los análisis y planes generales de la zona. La agenda preliminar de esta plenaria se define por el Consejo Estatal o Zonal recogiendo las propuestas de los Consejos de Resistencia Popular.

 

15.1    En la PGZ participará los representantes que cada zona determine.

15.2    La plenaria genral de zona puede ser de carácter ordinaria o extraordinaria. Las plenarias ordinarias se realizarán por lo menos dos veces al año.

15.3    En la PGZ tiene la facultad de elegir, ratificar o revocar a sus representantes.

 

 

XVI.   De los Concejos Estatales y Zonales.

 

16.        Cada instancia o estructura partidaria se constituye en un centro de análisis concreto de las situaciones concretas y, con base en ello, en un centro de elaboración y determinación de la táctica o tácticas a desarrollar en cada sector social o ámbito de la política y de la economía así como en cada coyuntura que se presente en el plano  sectorial, multisectorial, local, estatal, regional o nacional.

 

 

16.1    Cada Concejo Estatal y Concejo Zonal llevará a cabo, periódicamente, una plenaria o asamblea estatal o zonal, garantizando de este modo el desarrollo teórico-político de la militancia.

 

16.2    Cada instancia partidaria, estatal o zonal, estará compartimentada, una de otra, con base en las normas de la clandestinidad, sin que ello impida la comunicación horizontal.

 

16.3    Cada Concejo Estatal y Zonal tendrá una autonomía relativa. Es decir, tendrá la facultad para decidir y actuar con base en el programa político, los estatutos y la estrategia. Por lo que sesionará por separado para tratar y atender todo lo necesario con relación al trabajo que tiene; concentrando la información, analizándola, para dar las alternativas y resolver cualquier contingencia que se presente.

 

16.4    El número de militantes debe especificarse de acuerdo al desarrollo de cada sector

 

16.5    Sus miembros podrán ser removidos por los Consejos de Resistencia  Popular.

 

 

XVII.   De los Concejos de Resistencia Popular.

 

17.        Los CRP son las células o instancias periféricas de organización político-militar del partido, que expresan el grado de conciencia y organización alcanzado por el pueblo, así como el trabajo revolucionario  del partido dentro de éste.

 

 

17.1    Podrán ser miembros de los CRP todos los militantes del partido, (legales y clandestinos, profesionales y no profesionales).

 

17.2    Las tareas de los  CRP son las siguientes:

 

1)   Garantizar la presencia y desarrollo del partido dentro del pueblo.

2)   Ser pueblo y estar con el pueblo.

3)   Apropiarse del saber de la teoría revolucionaria y fusionarlo con el saber de la experiencia popular.

4)   Ser el sector teórico más claro y práctico más resuelto dentro del pueblo.

5)   Profundizar en el conocimiento de nuestra realidad.

6)   Ejercer la crítica radical del abandono, la explotación y la dominación capitalista.

7)   Recuperar y hacer recuperar con el pueblo la capacidad de indignación.

8)   Impulsar la recuperación del poder de autodeterminación que le ha sido enajenado al pueblo.

9)   Construir el nuevo poder popular con base en una nueva socialidad, una nueva ética y una nueva ideología.

10)        Construir nuevas organizaciones del pueblo y formar parte de ellas.

11)        Impulsar la alianza con otras fuerzas democráticas y revolucionarias por medio del pueblo en cada localidad.

12)        Elaborar el análisis concreto y la táctica que garantice, desde su sector, la realización de la estrategia.

13)        Evaluar en los tiempos programados los resultados de la actividad práctica. entregando su informe personal a su colectivo.

14)        Exigirse una claridad teórica y desarrollar una práctica política consecuente en el pueblo.

15)        Organizar a sus respectivos sectores sociales en función de sus necesidades concretas y de sus intereses históricos.

16)        Impulsar la formación de nuevos CRP al interior del pueblo con vida orgánica propia.

17)        Capacitarse para desarrollar la autodefensa, la propaganda y la lucha armada revolucionaria.

18)        Construir una nueva economía con base en un proyecto de reorganización económica, política y social al interior del pueblo; economía que sirva de apoyo a la lucha revolucionaria de todo el pueblo.

 

 

XVIII.   De la Comisión de Honor y Justicia.

 

18.        La Comisión de Honor y Justicia no es una instancia permanente sino temporal, designada entre los militantes del partido por la Plenaria General para determinar, rebasada la capacidad de las instancias y a petición de parte, si se han infringido los Estatutos y, en caso de probarse, la sanción correspondiente.

 

18.1    Nombrada la CHJ y habiendo entrado en funciones, gozará de total autonomía para cumplir su encomienda. Los fallos de esta comisión podrán ser apelables.

 

18.2    La Comisión de Honor y Justicia tiene que rendir al Congreso o a la Plenaria General un informe del caso que este revisando y del dictamen que propone.

 

XIX.     De la comunicación horizontal y del derecho de tendencia.

 

19.        El principio representativo y participativo asegura el derecho comunicación horizontal entre las instancias, así como el derecho de tendencia o agrupamiento temporal e inorgánico al interior de la estructura partidaria, siempre y cuando, se cumplan estrictamente  las normas de seguridad.

 

 

XX.   De sus miembros.

 

20.        Podrá ser militante del partido toda persona con solvencia moral y política que  acepte y se comprometa a cumplir y hacer cumplir el programa, la línea política y los estatutos del partido. Y que además acepte formar parte de una instancia, colabore activamente con ella y se ajuste a su disciplina.

 

20.1    La incorporación a las filas del partido debe ser solicitada por el interesado, de manera oral y escrita, a una de las instancias de la organización, debiendo estar avalada dicha solicitud por dos militantes.

20.2    Para preservar la seguridad del partido, la incorporación de un nuevo militante deberá estar precedida: a) por el conocimiento previo y/o verificable de la conducta anterior del candidato; y, b) por un periodo de trabajo político que permita confirmar el conocimiento que sobre él se tiene.

 

 

XXI.   De los derechos y obligaciones del militante.

 

21.        Todo militante tiene el derecho de ser respetado en su dignidad como persona y ser tratado siempre como fin y nunca como medio.

 

Cualquier militante de la organización tiene los siguientes derechos:

 

21.1    Ningún militante debe estar por encima de otro ni establecer un vínculo de dominio subordinación.

21.2     Todo militante tiene el derecho de participar de manera directa en la toma de decisiones del partido través de sus representantes en los órganos de dirección.

21.3     Todo militante tiene el derecho de manifestar sus puntos de vista diferentes a los de las mayorías sin menoscabo de sus derechos de militante. Que el reconocimiento de puntos de vista diferentes constituya la base del necesario proceso de discusión política y lucha ideológica.

21.4    Ningún militante puede ser privado de su militancia sin que medie un procedimiento jurídico justo.

21.5    Todo militante tiene derecho a participar en el órgano de discusión interna.

21.6    Todo militante tiene derecho a voz y a voto, así como a elegir y ser electo en tareas, comisiones y cargos de representación partidista.

21.7    Todo militante tiene derecho a solicitar que la CHJ intervenga en caso de considerar que sus derechos han sido violentados.

 

Todo militante de la organización tiene las siguientes obligaciones:

 

21.8    Todo militante tiene la obligación de establecer relaciones de colaboración y ayuda mutua socialista, en su vida personal y en su actividad política.

21.9    Todo militante tiene el deber de sujetarse a los acuerdos mayoritarios establecidos en base a las normas, principios y objetivos revolucionarios.

21.10                     Todo militante tiene el deber de: contribuir a establecer los principios que rijan de manera justa la vida del partido, hacia el exterior (en su relación con el pueblo), en su interior (en las relaciones mutuas entre los militantes) y entre sus representantes y representados.

21.11                    Es deber de todo militante participar del análisis político y de la elaboración de documentos que contribuyan al desarrollo político-ideológico-militar de la militancia, así como de elevar su capacidad teórica política ideológica y militar.

 

21.12                    Las relaciones que establezcan, cualquier compañero con otros agrupamientos e individuos no debe comprometer la seguridad, la información o la política del Partido, asímismo es necesario informar a la instancia correspondiente acerca de dicha relación.

 

XXII.   Del órgano de discusión interna.

 

22.        El boletín debe ser un espacio de debate. Un instrumento que contribuya al desarrollo político ideológico de la militancia y que garantice el ejercicio irrestricto de su libertad de expresión.

22.1    El Consejo Político debe ser el encargado de la edición del Boletín.

22.2    El CP no debe alterar el contenido de ningún artículo ni impedir su publicación. En todo caso puede hacer las sugerencias técnicas que considere pertinentes.

22.3    La responsabilidad del Consejo Político es la de concentrar los artículos y organizarlos en el formato del Boletín y encargarse de su distribución primaria (a las instancias).

22.4    Asimismo debe ser responsabilidad del Consejo Político la elaboración del editorial, pero en general, la elaboración y calidad del boletín deberá depender de la participación de toda la militancia, que sea ésta la que eleve dicha calidad mediante su participación.

22.5    La distribución a la militancia es responsabilidad de cada instancia.

22.6    El Boletín tiene un carácter mensual.

 

 

XXIII.   De las relaciones con otras organizaciones.

 

23.        La unidad de las distintas fuerzas democráticas revolucionarias que luchan por la transformación de la sociedad es un objetivo estratégico.

 

23.1    Impulsar y establecer la relación, la coordinación y la unidad con las distintas organizaciones revolucionarias armadas y no armadas.

23.2    La unidad debe fincarse con base en principios y objetivos comunes, respetando la independencia de cada organización política.

23.3    La relación, coordinación y la unidad no obedece  al voluntarismo de ninguna organización o individuo, sino a las necesidades de la Lucha revolucionaria.

 

Criterios para las relaciones externas

 

23.4    Las relaciones con otras organizaciones deben ser de naturaleza política.

23.5    Deben estar basadas en los principios políticos como: respeto mutuo, camaradería, la independencia, coordinación, colaboración, solidaridad, responsabilidad y seguridad.

23.6    Debemos cumplir y hacer cumplir los acuerdos que como resultado de nuestras relaciones surjan.

23.7    Las relaciones no deben tener un carácter utilitarista sino buscando sentar las bases de relaciones constructivas y duraderas que impulsen la unidad de los revolucionarios.

23.8    La relación debe partir de objetivos comunes como: la construcción de un movimiento democrático revolucionario, que nos incluya a todos, orientado a restituir el poder de autodeterminación del pueblo; el fortalecimiento de las organizaciones populares que nos permitan avanzar en el proceso de liberación del pueblo mexicano; crear las condiciones que permitan al pueblo mexicano apropiarse de la teoría revolucionaria, de los objetivos socialistas así como de los objetivos democrático revolucionarios de la presente etapa y poder avanzar en el logro de su materialización; crear las condiciones para avanzar en el fortalecimiento y consolidación del proceso de unidad de las fuerzas democráticas revolucionarias, en particular de las fuerzas armadas revolucionarias.

23.9    La relación con otros proyectos revolucionarios debe tener como base el establecimiento de acuerdos por escrito, que definan los objetivos, normas y principios de la relación.

23.10                    Las relaciones que establezcan, cualquier compañero con otros agrupamientos e individuos no debe comprometer la seguridad, la información o la política de la T, así mismo es necesario informar a la instancia correspondiente acerca de dicha relación.

23.11                     Se conformarán comisiones, es necesario formar una comisión que nos represente en el establecimiento de la relación con otras organizaciones. Puede ser la misma para atender las diversas relaciones o diferente para cada organización con la que se establezca la relación. En función de  la seguridad.

 

 

XXIV.   De las formas incorrectas de hacer política.

 

24.        Existen formas no revolucionarias de hacer política, las cuales no debemos permitir que se den al interior de nuestras filas ni con amigos o compañeros de otras organizaciones fraternas.

 

24.1    Debemos evitar, al interior del partido, prácticas políticas inadecuadas, como el corrillo, el rumor, la descalificación, la falta de discusión, la falta de lucha ideológica, la crítica sin fundamento entre otras que sólo buscan imponer una determinada forma de concebir el mundo y de sobresalir.

 

24.2    Debemos aplicar una política de “sumar esfuerzos y voluntades en pos de la revolución, y hacer a un lado el sectarismo y la intolerancia”.

 

Criterios que deben regir las relaciones entre revolucionarios.

 

24.3    Evitar se haga un mal uso de la compartimentación y la clandestinidad, que da lugar a formas ilegales de hacer política.

24.4    Mantener como una obligación de todos y cada uno de los que integramos el partido vigilancia revolucionaria.

24.5    Impulsar la crítica y la autocrítica como una práctica política permanente entre todos los que integramos al partido.

24.6    Oponer a las formas no revolucionarias de hacer política, una moral que se exprese en el respeto a los acuerdos, normas y principios, así como una actitud correcta ante la vida.

 

 

XXV.   Sanciones.

 

25.        Será objeto de sanción todo militante que infrinja los Estatutos del partido.

 

25.1    La sanción se aplicara de acuerdo a la falta cometida y podrá consistir en lo siguiente:

 

·        Amonestación verbal.

·        Crítica oficial.

·        Suspensión de actividades.

·        Expulsión.

·        Fusilamiento (sanción suspendida temporalmente por el Congreso para su estudio)

  

25.2    De la suspensión de actividades en adelante no podrá ser aplicada ninguna sanción sin revisión del CP, y de la Comisión de Honor y Justicia.

25.3    Será la Plenaria General o el Congreso quien ratifique los dictámenes que emita la Comisión de Honor y Justicia.

 

 

Noviembre de 2000.

 

 

Primer Congreso del PDPR-EPR-TDR

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