DIVORCIO CULPOSO

Una
variante del divorcio unilateral o sin acuerdo, es el divorcio culposo (por ej
divorcio por infidelidad) que opera cuando existe una violación grave de los
deberes y obligaciones que les impone el matrimonio, o de los deberes y
obligaciones para con los hijos, que torne intolerable la vida en común. En
este caso no es necesario esperar los 3 años de separación y la ley enumera
algunos ejemplos de conductas que se enmarcan dentro de esta figura: Atentado
contra la vida o malos tratamientos graves contra el cónyuge o de alguno de los
hijos; infidelidad; abandono; condena por delitos contra las personas; conducta
homosexual: alcoholismo o drogadicción que constituya un impedimento grave para
la convivencia armoniosa entre los cónyuges o entre éstos y los hijos; y
tentativa para prostituir al otro cónyuge o a los hijos.
El
inconveniente del divorcio culposo está en la prueba, ya que estas causales
deben acreditarse en el juicio, de lo contrario no se obtendrá el divorcio.