UNIVERSIDAD DE PANAMÁ.
FACULTAD DE DERECHO Y
CIENCIAS POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
CRIMINOLOGÍA
(DER 245 b)
Análisis de la víctima como objeto
de estudio de la Criminología
PROFESOR:
Dr. Raúl Sanjur
PRESENTADO POR:
Elvis Coronado
Céd: 8-439-220
II E diurno
Fecha:
Octubre de 2002
INTRODUCCIÓN
El
objetivo del presente informe es conocer la distintas consideraciones que se le
han dado a la víctima a lo largo de los siglos
Cuál es
su contribución dentro del fenómeno delincuencial.
Para ello
explicaremos el concepto, la perspectiva desde el punto de vista penal y
criminológico, veremos posteriormente una clasificación de víctima y los
factores predisponentes que hacen que la víctima sea sujeto de agresión o de
lesiones.
Finalmente
concluiremos con los tratamientos que se le proporcionan a la víctima a la luz
de factores precedentes.
CONCEPTO DE VÍCTIMA
La victima, es el objeto de estudio de la victimología, la cual trata sobre el papel que funge o juega el sujeto pasivo (o activo) en la realización de determinado hecho criminal. La víctima, como sujeto de comportamientos delictivos o desviados ofrece tanto en su condición pasiva como intereactiva, un gran interés penal y criminológico.
ASPECTO PENAL: (ENTENDIDO COMO
SUJETO PASIVO)

En el campo penal, los aspectos que se enfocan con relación a la víctima tenemos:
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La edad: La violencia carnal presunta (accesos carnal abusivo) es delictiva cuando se realiza sobre persona menor de catorce años, aun con consentimiento; el estupro solo es jurídicamente posible cuando la cópula o cualquier otro acto sexual se obtiene con mujer “mayor de catorce años y menor de dieciocho”, hay abusos sexuales solo cuando el acceso carnal se efectúa sobre persona “menor de catorce años”. (Artículo 216 Código Penal Panameño) |
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El sexo: El delito de aborto ha de recaer sobre mujer embarazada |
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La relación parental. En ocasiones la relación de parentesco entre el agente y su víctima es elemento constitutivo de delito, como ocurre con el incesto (Art. 209 C.p. Panameño). Otras veces, dicha relación es circunstancia de agravación punitiva cono en el homicidio (Art. 132 C.p. Panameño) |
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El cargo. La delictuiosidad de ciertas conductas depende del cargo que ocupe la persona que las sufre; así ocurre con los delitos de violación de inmunidades diplomáticas, atentado contra un jefe de Estado extranjero o su representante y en los delitos contra los funcionarios. |
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La condición biosíquica. El “abusar de las condiciones de inferioridad personal del ofendido” es circunstancia genérica de agravación punitiva; una modalidad de acceso carnal abusivo consiste en tener relaciones sexuales con una persona “se hallare privada de razón o de sentido, o cuando por enfermedad física o mental o por cualquier otra causa no pueda resistir” Art. 216 n°2. C.p. panameño). |
ASPECTOS CRIMINOLÓGICOS (ENTENDIO COMO SUJETO INTERACTIVO)

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Tal ocurre en la estafa, en el rapto consentido, en el estupro, en el duelo; o sin la disposición más o menos velada de consentir la lesión, como en la mayor parte de los delitos de violencia carnal. |
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Los delitos de tránsito – homicidio, lesiones- son ocasionados en notable proporción por la acción negligente o imprudente de las víctimas, sean ellas peatones, pasajeros de vehículos o conductores. |
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Las tragedias familiares que culminan a veces en homicidios o lesiones son frecuentemente provocadas por víctimas –maridos, padres, hijos- intemperantes, agresivas o alteradas por los efectos del alcohol o de sustancias estupefacientes. |
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En las riñas que se desembocan en muertes o en heridas, la víctima suele ser el ebrio a quién la ingestión de bebidas espirituosas lo transformó en buscapleitos. |
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En el homicidio pasional, la víctima suele jugar también papel preponderante, particularmente aquella “que encuentra placer en el sufrimiento y el sacrificio, aquella que soportando vejámenes espera inconsciente ofrendar aun su vida en holocausto del ser amado, en franca demostración de su tendencia masoquista originada en la raíz titánica del amor. |
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Aun respecto de la criminalidad política cuya “víctima” es el propio Estado, pudiera afirmarse que muchas de sus manifestaciones –el terrorismo, la rebelión, por ejemplo, se explica como reacciona contra un sistema totalitario y represivo que de esta manera propicia esas formas delictivas. |
BREVE EXPOSICIÓN HISTÓRICA SOBRE LA VÍCTIMA





CLASIFICACIÓN DE VÍCTIMAS:
Entre las variadas clasificaciones que de las víctimas se han propuesto mencionaremos las siguientes:
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VICTIMAS SINGULARES |
VÍCTIMAS COLECTIVAS |
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Reciben
personalmente el daño que emerge de la acción del victimario y que a ellas
solas se dirige. Ejemplo:
1-
la estafa, 2-
homicidios, 3-secuestros. |
Constituyen
una agrupación humana y en cuanto tal sufren la conducta criminal del
agresor. Ejemplos 1.
Genocidio de los judíos durante la segunda guerra mundial en los
campos de concentración nazi. 2.
Las miles de personas que murieron y sus cientos de miles de familiares afectados, en el acto
terrorista ocurrido el 11 de septimbre en las torres gemelas en los Estados
Unidos. 3.
Los ataques de insurgentes armados contra las comunidades indefensas
en la zona fronteriza entre Panamá y Colombia |
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VICTIMA DOLOSAS |
CULPOSAS |
VOLUNTARIAS |
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Actuan
dolosamente (no necesariamente en sentido jurídica penal) aquellas víctimas
que se convirtieron en tales por su afán de lucro, como suceden en el delito
de estafa o en el de fraude a aseguradores cuando el sujeto “se causa a sí
mismo una lesión personal o agravada voluntariamente las consecuencias de las
que sin su intención o culpa le hubieren sobrevenido” |
Actúa
culposamente aquella víctima que sufre los efectos dañosos de la conducta del
victimario en razón de un comportamiento suyo negligentemente, imperito o
violatorio de normas legales, como sucede frecuentemente en la criminalidad
del tránsito |
Cuando
su situación de tal sin ser reprochable a título de dolo o culpa- es
resultado de una determinación de su propia voluntad, no pocas veces heroicas
o encomiable, como cuando la madre se arroja sobre el cuerpo de su pequeño
hijo para evitar que sea aplastado por un camión en la vía pública, o cuando
el hijo se interpone entre su padre y la bala que iba dirigida a su
progenitor. |
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VICTIMAS SUSTITUIBLES |
VÍCTIMA INSUSTITUIBLES |
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Cuando
el delito habría podido consumarse sobre cualquier persona sin que perdiera
su propia fisionomía; la víctima del carterista, es el peatón mas descuidado
y con dinero entre los millares que deambulan por las calles de las grandes
ciudades. |
Es
insustituible la víctima que lo es por razón de alguna particularidad que la
liga a su victimario, sea esta de carácter personalísimo (relación parental)
o en la medida que haya realizado alguna actividad que la constituya en
blanco de su agresor. El uxoricidio
cometido cuando el cónyuge sorprende a su consorte en cópula adulterina es
buen ejemplo de esta categoría; también lo es el homicidio que consuma el
sicario sobre aquella persona por cuya muerte ha recibido el dinero
convenido. |
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FACTORES
VICTIMIZANTES
Entendemos por factor, la condición, situación, incentivo o estímulo que propicia la victimización de una persona pero que, por sí sólo, no la produce, al menos de forma determinista.
Rodríguez Manzanera advierte que la interacción victimal criminal es uno de los temas más importantes para las ciencias penales. La Victimología nos ofrece la oportunidad de analizar a la víctima como factor predisponente, preparante o desencadente de integrar sus características personales con las del autor, de establecer un modelo dinámico comparado los motivos del autor y la actitud de la víctima.
TRATAMIENTO DE
LA VÍCTIMA A LA LUZ DE LOS FACTORES PRECEDENTES
Los responsables del control social, han de procurar, por todos los medios, evitar llamadas victimización secundaria y victimización terciaria ya que nacen precisamente del tratamiento inadecuado que se da a la víctima, por parte de los responsables del control jurídico social.
Existen también las víctimas potenciales, que sin haber sido atacadas, corren el riesgo de ser objeto de agresión.
De acuerdo con el autor Ezzat Fattah, para poder abandonar este plan, es necesario, tener en consideración las siguientes premisas.
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1. Una teoría sólida y evaluable del fenómeno de la victimización criminal. |
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2. Prestar atención a las necesidades y problemas de las víctimas. |
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3. Poner el conocimiento minucioso y la comprensión profunda del victimzador, como preocupación central de la Víctimología. |
CONSIDERACIONES FINALES
A lo
largo de los siglos la víctima a sido considerada con diversos criterios, tales
como el sujeto que se venga ante la agresión que se realiza contra ella, o como
la persona pasiva que sufre el daño y a la cual hay que resarcir mediante una
sanción al sujeto activo del delito.
Sin
embargo recientemente se ha considerado la posibilidad de sea muchas veces la
misma víctima la que provoque la agresión contra ella, tal es el caso en la
estafa donde la víctima es engañada pero por que ella misma tenía un afán de
lucro excesivo y fue la que provocó la situación.
Otro
aspecto muy importante que se desprende del presente trabajo son las factores
victimizantes, analizando a la víctima como factor predisponente.
BIBLIOGRAFÍA