Laboratorio Virtual |
Retención en la Fuente - Marco Histórico |
Retención en la Fuente | Marco Histórico | Indice General
COLOMBIA Y LOS IMPUESTOS EN EL SIGLO XIX
Desde el Grito de Independencia en 1810 hasta el momento en que ésta se consolida con la Batalla de Boyacá, se dictan cinco constituciones para Tunja, Antioquia, Cartagena y Mariquita; en todas ellas se establece la facultad del poder legislativo de "asignar contribuciones que deban pagarse por los pueblos, el modo como deben cobrarse y sobre los ramos que deban imponerse".
Al concluir la campaña libertadora, tomando el modelo inglés, se establece la Contribución Directa (Impuesto sobre la Renta) por parte del Gobierno de Francisco de Paula Santander en 1820.
No obstante, no era fácil entrar a cobrar impuestos debido a que las personas consideraban que si se habían independizado era para no tener que pagar altos impuestos, por ello en ocasiones los gobernantes preferían acudir al crédito externo motivados por la urgencia de recursos y por la disminución en las rentas debido a la supresión de los impuestos coloniales.
Nuestro país no podía escapar a la situación antes descrita, pues los tributos "eran considerados pillaje organizado y esa actitud se transfirió a los impuestos establecidos por los estados independientes. Sin embargo, correspondía a buenos principios liberales bajar los impuestos para liberar las fuerzas del mercado y facilitar la acumulación de capital en el sector privado".
A pesar de lo anterior, a medida que avanza el proceso de conformación de la República, el sistema tributario se va acomodando a las nuevas circunstancias, siempre bajo la influencia europea líder en estas materias, pero con alta dependencia de las rentas del comercio exterior.
En esta primera época se decidió conservar los siguientes tributos: Alcabalas, aduanas, aguardientes, quintos de metales, diezmos y vacantes que debían pagar 2.5 millones de habitantes.
En 1821 se promulga la Constitución en el Congreso de Cúcuta, se suprimen algunos impuestos como: la alcabala en algunos ramos, el impuesto de la Armada de Barlovento (o sisa) y de exportación interior; se elimina el estanco para el aguardiente y el tributo de los indígenas otorgando igualdad de derechos con los ciudadanos.
En 1832 se suprime la media anata, las anualidades y mesadas eclesiásticas.
En 1835 se suprime la alcabala sobre mercancías extranjeras, remplazándola por un 7% a título de impuesto a la importación, que rige hasta 1844.
Esta nueva forma de organización estatal sustituyó a la Nueva Granada, se originan los estados federados y soberanos. Esto cambia el régimen impositivo existente y se establecen las siguientes prohibiciones comunes:
Para esta época sobresalían los tributos de: aduanas, amonedación, papel sellado y de exportación de quina y tabaco.
El diezmo fue abolido en 1849 bajo el gobierno de José Hilario López (quien además abolió la esclavitud).
Todas las modificaciones, realizadas en este siglo, eran susceptibles de buenos resultados en lo económico, pero las constantes guerras civiles dieron al traste con buena parte de los objetivos previstos. Además, el país no estaba preparado para administrar las reformas debido a la inestabilidad social y a la falta de gobiernos fuertes y buenos administradores, situaciones que en conjunto, impidieron que el sistema tributario funcionara y prosperara.
LA REPUBLICA Y EL FIN DE SIGLO
En 1886, se promulga la Constitución Nacional para imprimirle una nueva forma organizativa al Estado. Para ilustrar la situación tributaria de la época se presentan los tributos con sus respectivos recaudos estimados:
No. de orden |
Tributos |
Vr. Presupuesto |
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 |
Aduanas Salinas Derecho de degüello Papel moneda (emisión) Papel sellado y timbre nacional Correos Telégrafos Derecho complementario de título Derechos consulares Laguna de Fúquene (imp. Ribereño) Bonos del ferrocarril de la sabana Ferrocarril de Panamá y Letras Impuesto fluvial del Río Magdalena Impuesto y Arrendamiento de Minas Ferrocarril de Panamá Otros ferrocarriles y puentes Bienes Nacionales Otros: Amonedación, faros, etc. |
10.000.000 3.700.000 1.866.100 1.200.000 624.000 580.000 250.000 200.000 200.000 200.000 200.000 126.000 120.000 101.000 70.000 36.000 36.000 31.600 |
Total presupuesto 1887 | 19.540.700 |
Fuente: LOPEZ Garavito, Luis Fernando, "Historia de la Hacienda y el Tesoro en Colombia" Banco de la República, 1992, Pág. 307.
Una vez organizados como República de Colombia, se sigue bajo la influencia europea en el modelo para la organización tributaria, las reformas fiscales de corte centralista procuran la elevación del arancel de aduanas y la instauración del papel moneda de curso forzoso.
No obstante, las buenas intenciones nuevamente las dificultades económicas, agravadas por la caída de la renta de salinas, que de un total de $3.700.000 presupuestados en 1887, arrojaba recaudos así: $1.527.621 en 1889, $1.482.524 en 1890 y $1.187.070 en 1891.
En 1894, algunas cifras que reflejan la situación del Tesoro son:
Deuda Pública | 16.389.143 |
Exportaciones | 15.962.019 |
Recaudo Aduanas | 7.932.356 |
Importaciones | 10.711.207 |
Fuente: Ibíd., Pág., 329, 338 y 399
Sin embargo, todas las medidas que se tomaban, con pocas excepciones, no producen efectos en las rentas en las postrimerías del siglo, en los cuales tampoco se tuvo en cuenta la contribución directa o impuesto a la renta.
Termina el siglo bajo el Gobierno de Manuel Antonio Sanclemente, elegido en 1898 y quien fallece en 1900 siendo reemplazado por José Manuel Marroquín.
El manejo de las elecciones en 1898 genera disputas políticas que desencadena la Guerra de los Mil Días. Así en el año 1900 se cierra el año con rentas reducidas en más de un 50%, al respecto se decía:
"... los gastos de un ejército superior por todo concepto a nuestras fuerzas económicas y a nuestras necesidades públicas, ha traído al tesoro a la miseria, y a la Administración a la agonía".