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Facultad de Contaduría
UNIVERSIDAD LIBRE - BOGOTA COLOMBIA

 

Creación de La Organización Internacional del Trabajo

 

Contenido

2. CREACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO
2.1 ORGANOS DE LA OIT

 

2. CREACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO

Las grandes dificultades que produjo la primera guerra mundial dieron paso igualmente a la presión de las organizaciones obreras para hacer que en el tratado de paz se consagren las preocupaciones suscitadas por el ambiente de agitación social, por la situación de malestar existente en varios países y las aspiraciones a una vida mejor, dando lugar al final de la guerra, los gobiernos aliados crearan a través del tratado de paz una reglamentación internacional del trabajo, que fue confiada a una comisión especial que concluyó con la inclusión en la parte XIII del Tratado de Versalles los temas dedicados a la cuestión obrera y la creación de una organización internacional del trabajo, que en octubre de 1919 convoco su primera conferencia internacional del trabajo. La elaboración del proyecto se llevó a cabo en Francia y en Inglaterra con intervención de personalidades como Arthur Fontaine y Malcom Debevigne, funcionarios del ministerio del trabajo de sus respectivos países.

El 25 de Enero de 1919, en su primera sesión, la conferencia de los preliminares de paz incluyo el estudio de la legislación internacional del trabajo, desde el punto de vista internacional y examino los medios internacionales necesarios para asegurar una acción común en los temas relativos a las condiciones de empleo y establecer un puente de cooperación con las ligas de las naciones, que adoptaría al final la posibilidad de realizar convenios internacionales y las medidas para poner en ejecución los que se hubiesen aceptado.

Finalmente y tras la preparación de varios proyectos, se acogió la propuesta Alemana del preámbulo que de común acuerdo con la delegación Francesa sirvió como contenido de la parte XIII del tratado de Paz de Versalles: " Las altas partes contratantes, reconociendo que el bienestar físico, moral e intelectual de los trabajadores industriales es de importancia esencial desde el punto de vista internacional, ha creado un organismo permanente asociado al de la sociedad de naciones. Reconocen que las diferencias de clima, usos y costumbres, de oportunidad económica y de tradición industrial hace difícil alcanzar, de una manera inmediata, la uniformidad absoluta en las condiciones de trabajo. Pero, persuadidas de que el trabajo no ha de ser considerado simplemente como un articulo comercial, piensan que existen medios y principios para la reglamentación de las condiciones de trabajo que todas las comunidades industriales habrá de esforzasen en aplicar mientras las circunstancias que puedan encontrarse se lo permitan".

"Entre estos métodos y principios, las altas partes contratantes opinan que los siguientes tienen una importancia especial y urgente":

1°) El principio rector antes enunciado que el trabajo no ha de considerarse simplemente como una mercancía o un articulo de comercio.

2°) El derecho de asociación en vista de alcanzar todo objetivo no contrario a las leyes, tanto para los patronos como para los asalariados.

3°) El pago a los trabajadores de un salario que les asegure un nivel de vida conveniente en relación con su época y su país.

4°) La adopción de la jornada de 8 horas o las 48 horas semanales como objetivo a alcanzar donde no se haya logrado todavía.

Sin proclamar que estos principios y métodos son completos o definitivos, las altas partes contratantes opinan que sirven para guiar la política de la sociedad de naciones y que, si son adoptados por las comunidades industriales que son miembros de la sociedad de naciones y mantenidos intactos de la practica por un cuerpo a apropiado de inspectores, beneficiaran duraderamente a los asalariados del mundo".

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2.1 ORGANOS DE LA OIT

La estructura de la OIT esta compuesta por tres órganos principales:

La oficina internacional del trabajo cumple, de acuerdo a los estatutos de constitución de la OIT, las siguientes funciones:

  1. Ofrecer a los gobiernos, en el marco de la cooperación técnica, una ayuda que esencialmente tome la forma de envió, a los diferentes países, de expertos especializados en los campos de competencia de la OIT. Y en becas de estudio, estadías de formación profesional, reuniones de ciclos de estudio, y de asistencia a la educación obrera.
  2. Cumplir los deberes y ordenamientos de la constitución de la OIT le asigna en relación con la aplicación efectiva de las normas internacionales y los convenios.
  3. Preparar los documentos sobre los diversos puntos del orden de las sesiones de la conferencia y del consejo de administración.

 

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