GUSTAVO WILCHES-CHAUX: DESASTRES
Miércoles 25 de mayo, 2005
De: Mario Pachajoa Burbano
Amigos payaneses:
Gustavo Wilches-Chaux presenta aspectos para
meditación que contendrá
la nueva Ley "Normas sobre la Movilización Nacional para
atender
situaciones de emergencia causadas por conflictos que afecten la
seguridad y defensa nacional, como por actos terroristas,
calamidades
públicas, desastres naturales o producidos por el ser
humano...
Cordialmente,
***
¿PARA QUÉ ECHAR A LA GUERRA LOS DESASTRES?
Por: Gustavo Wilches-Chaux"
[email protected]
25 de mayo, 2005
La edición 145 de la Gaceta del Congreso (abril 5/2005)
publicó el proyecto de ley numero 254 de 2005 por medio de
la cual se expiden normas sobre la Movilización Nacional para
atender situaciones de emergencia causadas por conflictos que
afecten la seguridad y defensa nacional, como por actos
terroristas, calamidades públicas, desastres naturales o
producidos por el ser humano...
Dicho proyecto ya había sido archivado en la legislatura del
año 2002, pero lo volvió a presentar el Senador Manuel Ramiro
Velásquez, Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores,
Defensa y Seguridad Nacional del Senado.
El proyecto y la exposición de motivos que lo sustenta, merecen
una serie de comentarios, especialmente porque, de aprobarse esa
ley, en la práctica suplantaría al Sistema Nacional para la
Prevención y Atención de Desastres (SNPAD), que nació como
resultado de un proceso de reflexión y planificación que apoyó
el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) con
posterioridad a la avalancha de Armero. Como se sabe, ese
desastre significó la muerte de más de 20 mil personas. Un
precio demasiado alto en vidas humanas y pérdidas materiales,
pero que por lo menos sirvió para que el país entendiera que
teníamos que contar con nuevos enfoques, estrategias y formas de
organización para responder y, en lo posible evitar o reducir el
impacto de futuros desastres.
El Sistema se ha venido consolidando en Colombia en las dos
últimas décadas, a lo largo de las cuales, como cualquier
proceso vivo, ha tenido múltiples retrocesos, pero
también varios avances. Con base en el Sistema colombiano, y
también con el apoyo del PNUD, se han establecido sistemas
similares en varios países centro y suramericanos y, a pesar de
que siempre será susceptible de mejorarse, el nuestro continúa
siendo modelo. No sólo desde el punto de vista de su
formulación teórica, sino sobre todo porque, en la práctica,
las instituciones y demás actores que lo conforman han logrado
generar diálogos y establecer mecanismos de coordinación que
faltan en otros países. Por esas y otras razones, sería una
vergüenza que el Senado le diera al Sistema entierro de tercera.
Cuando uno lee el proyecto de ley y su exposición de motivos,
necesariamente se tiene que preguntar por qué, en varias partes,
meten dentro del mismo costal todas las situaciones de
emergencia por desastres naturales, orden público, actos
terroristas, emergencias que afecten la seguridad y defensa
nacionales o calamidades públicas. Unas y otras
situaciones responden a causas y procesos distintos y exigen
tratamientos diferentes. De lo contrario no vamos a entender por
qué suceden los desastres y, en consecuencia, tampoco vamos a
poder generar las respuestas adecuadas, y mucho menos evitarlos.
Una prueba de que quienes elaboraron el proyecto no entienden
integralmente el problema, es que en la exposición de motivos
hacen referencia a esa naturaleza impredecible que abraza
nuestra geografía nacional, a pesar de que no es difícil
demostrar que la gran mayoría de los desastres que han afectado
al país en los últimos 30 años, tienen carácter de
repitentes. Así por ejemplo, fenómenos similares a los que
produjeron los desastres de Popayán (1983), del Atrato Medio
(1992), de Tierradentro (1994) o del Eje Cafetero (1999), o la
avalancha de Armero (1985), o los desastres que está provocando
la actual temporada invernal en Colombia, ya se habían
presentado antes en los mismos lugares. Si generan efectos más
catastróficos, es porque ahora hay más gente, y porque las
condiciones de vulnerabilidad son mucho mayores. Pero no hay tal
que la naturaleza sea impredecible.
Como el espacio es corto, voy a citar solamente algunos de los
muchos aspectos que preocupan de esta que podría llegar a
convertirse en Ley de la República. Uno, la concepción bastante
peculiar y vertical- que revela el artículo noveno
De la articipación ciudadana: Todos los colombianos,
ajustado en lo determinado por la Constitución y la ley, tienen
el deber solidario y la obligación ciudadana de acudir a la
Movilización cuando el Presidente de la República la
decrete. Más adelante, en su artículo 16, el proyecto
clasifica los Grados de Movilización y establece que
ésta podrá ser total o parcial. Y para el caso de
la Movilización Total, afirma que no tendrá
más limitaciones que las impuestas por la necesidad de respetar
los derechos que no resulten afectados por el decreto de
Movilización. Debemos preguntarnos: ¿Y los derechos que
sí resulten afectados qué? ¿Quién y con qué criterio
determina cuáles sí y cuáles no resultan
afectados? Dejo las posibles interpretaciones y
consecuencias en manos de lectores y lectoras.
Y por último, mientras la Comunidad Andina (de cuyas instancias
directivas y ejecutivas forma parte el Gobierno de Colombia),
está trabajando en la definición de una Estrategia Andina
para la Prevención y Atención de Desastres que busca que
en los países de la región existan aproximaciones y políticas
comunes en esa materia, y que cada país pueda cooperar con los
demás para evitar los desastres o responder cuando ocurran, el
penúltimo artículo del proyecto de ley (artículo 33
Transitorio) establece que El Presidente de la República,
dentro de los treinta (30) días siguientes a la sanción de esta
ley, podrá convocar al alistamiento de ciudadanos colombianos
entre oficiales y suboficiales en uso de buen retiro y
profesionales de la reserva, con el fin de fortalecer la
vigilancia en las fronteras con Panamá, Venezuela, Brasil, Perú
y Ecuador. Este es apenas un ejemplo de los problemas que
acarrea equiparar los desastres de origen natural con una
(¿posible?) guerra fronteriza. Darles tratamiento exclusivamente
militar a los desastres resulta simplista y equivale a eliminar
de un tajo la complejidad e integralidad de la gestión del
riesgo.
Por más fallas que le reconozcamos al Sistema Nacional para la
Prevención y Atención de Desastres, el hecho de que todos los
días no seamos testigos de más y mayores desastres, en buena
medida se debe a su presencia, existencia y operatividad en
distintos lugares y niveles.
La gestión del riesgo es un derecho ciudadano y el Sistema forma
parte de nuestro patrimonio colectivo. Movilicémonos
sí, pero para defenderlo.
Gustavo Wilches-Chaux