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EN DESMEDRO DE LA FRONTERA

Venezuela Analítica, Caracas, Venezuela, 13 de junio de 2000

El Universal, Caracas, Venezuela, 26 de junio de 2000


          En  septiembre de 1992, se realizó en Santafé de Bogotá la reunión ordinaria  de los representantes alternos ante el Acuerdo de Cartagena (hoy CAN), dedicada a aspectos fronterizos de la integración andina, que aquel año iniciaba una apertura sin precedentes. El personal de la Junta del Acuerdo (antecedente de la actual Secretaría General de la CAN), presentó a consideración de los países miembros, un proyecto de resolución que buscaba crear normas comunitarias sobre el  desarrollo fronterizo. Lo sustantivo del  planteamiento  JUNAC, consistía en la creación de zonas de integración fronteriza ZIF en cada una de las fronteras de los países andinos, como epicentros de acciones nacionales, bilaterales y comunitarias para el desarrollo económico de las áreas de frontera.

            En aquella oportunidad, Venezuela fijó una posición firme: el tema del desarrollo fronterizo tiene aspectos de carácter estratégico que  lo hace particularmente sensible en términos políticos para cada uno de nuestros países. En consecuencia, Venezuela no aceptó la intención de los técnicos de la JUNAC de establecer normas obligatorias en materia fronteriza, que posteriormente pudieran contradecir las opciones nacionales en las negociaciones  con Colombia. Venezuela dejó sentado el sentido primariamente bilateral de las negociaciones de integración y desarrollo fronterizo, abortando la propuesta de los técnicos de la JUNAC.

El tema de las ZIF había sido originalmente introducido por Venezuela en el debate integracionista andino. En concreto, la ZIF para la frontera Táchira-Norte de Santander, era objeto de estudio por el gobierno venezolano desde 1989, en medio de las negociaciones fronterizas y limítrofes con Colombia.  Los análisis adelantados por técnicos  venezolanos, muchos de ellos residentes en zonas de frontera, sirvieron para desatar un rico debate sobre el papel de los estados fronterizos en la  nueva realidad de apertura económica. Esos debates eran el marco de referencia que Venezuela estaba considerando en 1992,  y que la llevaron a no comprometerse en la liberalización de los factores productivos (más allá de lo estrictamente comercial) en el espacio de la frontera.

Siete años después, el mes de mayo de 1999 en Cartagena de Indias, la burocracia de la Secretaría General de la Comunidad Andina CAN, presentó nuevamente a consideración de los cancilleres andinos, un proyecto que buscaba comprometer a los gobiernos en una política común fronteriza. Esa vez, la CAN ganó la partida, ya que los cancilleres andinos aprobaron la Decisión 459, sin oposición de los diplomáticos que representaban a Venezuela. 

La Decisión aprobada por el gobierno de Hugo Chávez, compromete seriamente la capacidad de negociación fronteriza de Venezuela ante Colombia, ya que automáticamente se convirtió en norma legal interna, de obligatorio cumplimiento.

La Decisión 459 coloca en manos comunitarias (es decir, extranacionales) las políticas fronterizas aplicables en Zulia, Táchira, Apure y Amazonas, sobre temas tan diversos como infraestructura sanitaria, tránsito de personas, carreteras, puentes, estimulo a pequeñas empresas,  formación de mano de obra, conservación ambiental, educación y... pare de contar.  Ahora, por obra del gobierno bolivariano, las políticas para el desarrollo fronterizo venezolano serán decididas en una instancia internacional, bajo la misma lupa de las fronteras de Ecuador, Perú, Bolivia o Colombia.

La creación de zonas de integración fronteriza, que hasta 1992 eran sólo tema de análisis con Colombia, es ahora una pesada obligación, adquirida imprudentemente  por el actual gobierno venezolano en desmedro de los intereses y especificidades de  las regiones fronterizas venezolanas.

 

 

 

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