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Procedimiento
para la admisión de socios
Artículo 21° - Candidatos a Socio Activo:
El
nombre de un candidato a socio activo para cubrir una clasificación vacante,
que haya sido propuesto por un socio que esté al día con sus obligaciones, será
sometido a consideración de la Junta Directiva, utilizándose al efecto una
tarjeta especial de proposición.
Artículo 22° - Investigación del Candidato:
La
Junta Directiva, remitirá la tarjeta el Comité de Aumento de Número se
Socios, el que previa una cuidadosa investigación a cerca del carácter, posición
y crédito, comercial o industrial, profesional, familiar y social de la persona
propuesta, pase al Comité de Clasificaciones, el que informará a la Junta
Directiva para que ésta emita su pronunciamiento.
Artículo 23° - Antecedentes del
Candidato:
Recibidos
los antecedentes en la Junta Directiva, sus integrantes procederán a votar por
escrito, por la aceptación del candidato o su rechazo. En caso de que un
Director vote en contra, deberá comunicar reservadamente al Presidente de Club
las razones de su voto, de no hacerlo continuará el trámite.
La aceptación quedará determinada siempre
que exista unanimidad de votos en ese sentido. Será Suficiente la emisión
de un voto en contrario, justificado para que la solicitud de ingreso quede
rechazada, debiéndose, en tal caso, procederse al archivo de todos los
antecedentes.
Artículo 24° - Aceptación del Candidato: Aprobado,
que fuese por la Junta Directiva, el ingreso del candidato, se pondrá en
conocimiento del los socios en la próxima reunión semanal, a fin de que ellos
puedan presentar objeciones si las
tuvieran en el término de ocho días, en este caso se procederá de acuerdo al
proceso indicado en artículo 23° del presente reglamento. Artículo 25° - Reingreso de
socio: El
socio que hubiere sido dado de baja por razones justificadas, podrá solicitar
su reingreso. La Junta Directiva examinará los respectivos antecedentes. |
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