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Capitulo III

 

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De la Junta Directiva

 

            Artículo 6º - Junta Directiva:

                La Junta Directiva es el organismo ejecutivo superior del Club. Sólo una Asamblea Extraordinaria especialmente convocada para tal efecto, puede contrariar sus actos o resoluciones, por mayoría de dos tercios de votos.

 

                Artículo 7º - Miembros de la Junta:

                Los miembros titulares de la Junta Directiva tienen la obligación de concurrir a las reuniones ordinarias de esta, así como las reuniones semanales del Club.

 

                Artículo 8º - Deberes del Presidente:

                Son deberes del Presidente:

a)       Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamentos y Resoluciones de la Asambleas.

b)        Representar al Club en todos los actos oficiales.

c)       Presidir las reuniones semanales, las Asambleas Ordinarias, y / o Extraordinarias, así como la Junta Directiva y hacer cumplir sus resoluciones.

d)       Firmar la correspondencia juntamente con el Secretario, el Tesorero o el Director que corresponda, según los casos.

e)       Cumplir todas las funciones, las directivas y de asistencia a las Avenidas de Servicio.

f)         Concurrir a la Conferencia Distrital presidiendo la delegación del Club.

 

Artículo 9º- Deberes del Vicepresidente:

Son deberes del Vicepresidente:

a)       Cumplir todas las funciones del Presidente cuando éste se halle ausente o impedido.

b)       Concurrir a las Asambleas, Reuniones Ordinarias Y Extraordinarias y cooperar con la Junta Directiva, en todo cuanto les fuese encomendado.

c)       Presidir el Comité de Aumento en número de socios y el Comité de Clasificaciones.

d)       Es deber del Vicepresidente organizar la delegación que asistirá a la Conferencia Distrital.  

 

Artículo 10º - Deberes del Secretario:

Son deberes del Secretario:

a)       Llevar el registro de socios y vigilar el ordenamiento de los kárdex.

b)       Convocar a Reuniones y Asambleas a pedido del Presidente y levantar actas de las mismas.

c)       Remitir a Rotary Internacional los informes necesarios, incluyendo el semestral de socios (primero de enero y primero de julio) de cada año, y los cambios de listas de los mismos.

d)       Remitir al Gobernador del Distrito informes mensuales de asistencia.

e)       Firmar la correspondencia junto con el Presidente cuando le corresponda, y cooperar con éste en el desarrollo de programas y actividades de servicio.

f)         Prestar la cooperación que le pidiere el Club o un socio.

g)       Asumir la Presidencia del Club ante la ausencia del Presidente y el Vicepresidente.

h)       El Secretario Adjunto cooperará con el Secretario y actuará como tal, en caso de impedimento o ausencia de éste.

 

Artículo 11º - Deberes del Tesorero:

Son deberes del Tesorero:

a)       Recaudar y guardar los fondos y llevar las cuentas del Club. Rendir cuantas de los mismos trimestralmente, y cuando lo pidiera la Junta Directiva o Asamblea.

b)       Efectuar las órdenes de pago junto con el Presidente.

c)       Formular junto con el Presidente el Presupuesto Anual del Club, y ocuparse de los ingresos y cobranzas que hubiere que hacer.

d)       Remitir a Rotary Internacional las obligaciones económicas que correspondan al Club, y a los socios.

e)       Guardar los bienes, archivos y bienes del Club.

f)          Depositar todos los fondos del Club cualquiera sea su origen, en un banco que designe la Junta Directiva.

g)        Las cuentas se pagarán únicamente por medio de cheques firmados por el Presidente y Tesorero  en conformidad con los respectivos comprobantes.

h)       Presentará a fin de gestión el Balance y Estados Financieros.

i)         El Tesorero Adjunto, suplirá al Tesorero en ausencia o impedimento de éste.

 

Artículo 12º - Deberes de los Vocales:

Los vocales asistirán obligatoriamente a las reuniones de la Junta Directiva y cumplirán los deberes de Directores de Avenida y las Comisiones que les encarguen la Junta Directiva.

 

Artículo 13º - Deberes de los Maceros:

Los Maceros son integrantes de la Junta Directiva y sus deberes son:

a)       Ayudar a mantener un ambiente ordenado, digno y eficaz  durante las reuniones del Club. Los principales deberes de los maceros son:

b)       Dar la bienvenida a los y a los visitantes, como funcionarios de protocolo.

c)       Asegurarse de que todos los socios usen sus respectivas insignias y distintivos.

d)       Asegurarse que en las reuniones los socios nuevos y los invitados sean bien atendidos, de manera que no se sientan aislados.

e)       Asegurarse que las mesas, las sillas, la campana, el mallete y las banderas estén en el lugar que les corresponde y que funcionen correctamente los micrófonos, el equipo de radio y la amplificación.

f)         Contribuir para que las reuniones sean amenas, para lo cual deben ser imaginativos.

 

 

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