1. En el año 2005 el Ministro de Trabajo Carlos Tomada decidió impulsar la creación de un denominado Grupo de Expertos en Relaciones Laborales a fin de promover un aporte teórico al debate sobre el estado actual de las relaciones laborales en Argentina.
Según palabras de Tomada, se decidió integrar dicho Grupo de Expertos con miembros representativos de la comunidad académica.
Pero una lectura de cómo quedó conformado el mismo permite advertir que, salvo algunas excepciones (1), la mayoría de sus miembros tuvo una identificación bastante sustancial con el proceso de precarización de la normativa laboral en el país en la década del noventa. Y algunos de sus integrantes (2) han sido denunciados reiteradamente en distintos foros académicos como importantes responsables ideológicos de la virtual demolición del derecho del trabajo que la fuerte y extendida ofensiva del capital generó en ese período.
Esto sólo ya permitía dudar sobre cuál podría ser el resultado de las deliberaciones de estos expertos, las que además tuvieron el carácter de secretas hasta tanto estuvieran definidas las conclusiones finales y fueran recibidas por el ministro.
En junio de 2008 se publicó finalmente el Informe sobre el Estado Actual del Sistema de Relaciones Laborales en la Argentina (3).
El contenido de sus diferentes capítulos permite comprobar que las dudas tenían bases ciertas: un análisis manifiestamente superficial de los distintos temas, una ingenuidad no inocente respecto a las causas del profundo deterioro de las relaciones laborales, y supuestas soluciones que en relación a varios temas constituyen en realidad falsas salidas destinadas a frenar las pocas respuestas reales que desde la justicia se han venido construyendo en estos últimos años a tanta precarización laboral.
Así sucede, por ejemplo, con un tema tan importante como es el del despido discriminatorio de activistas gremiales, que cada vez más jueces vienen calificando como nulo y carente de eficacia jurídica, ordenando en consecuencia la inmediata reinstalación del compañero despedido en su puesto y tareas habituales, y ahora los expertos proponen resolver con indemnizaciones incrementadas, lo que no es otra cosa que permitir la discriminación previo pago de una suma mayor de dinero.
Claro que el informe del Grupo de Expertos no constituye en absoluto un episodio aislado sino que forma parte de una clara recomposición de la política de relaciones laborales que se viniera impulsando abiertamente desde los intereses del capital en forma gradual pero ininterrumpida, hasta que el estallido social de diciembre de 2001 y los posteriores hechos del 2002 cortaran abruptamente todo ese proceso.
En este marco, el discurso pronunciado por la presidenta Cristina Fernández en la sede de la Unión Industrial Argentina el 18 de septiembre suministra otra pista en la misma dirección: anunció que se está acelerando la sanción de una nueva ley de riesgos del trabajo para terminar con la industria del juicio, y en forma apenas embozada formuló una fuerte crítica a los jueces que olvidan su obligación de hacer viable macroeconómicamente el país, es decir que no privilegian los altos intereses nacionales de empresarios y capital financiero por sobre los subalternos intereses sectoriales de trabajadores accidentados o enfermos.
El término industria del juicio fue cínicamente elaborado por sectores empresarios indignados porque algunos jueces no les permitían una y otra vez violar la ley a su antojo e interés. Así los victimarios se sitúan en el papel de víctimas y denuncian –en un hábil discurso que invierte los términos de la realidad- a los trabajadores que recurren a la justicia en resguardo de sus derechos.
En un país donde, según las estadísticas del propio Ministerio de Trabajo, casi el cincuenta por ciento de los asalariados está en negro y otro alto porcentaje ve violados muchos de sus derechos, y donde, según las estadísticas de la misma Superintendencia de Riesgos del Trabajo, la enorme mayoría de las empresas no cumple con las normas de seguridad e higiene, que la titular del Poder Ejecutivo tenga el descaro de referirse a la industria del juicio –palabra que fuera prácticamente desterrada del léxico oficial desde la crisis del 2001 hasta ahora- permite advertir la fortaleza que va adquiriendo el paulatino reacomodamiento de los sectores sociales que protagonizaron la fuerte ofensiva de los noventa.
El nuevo incremento de los casos de criminalización de la protesta social, con el procesamiento de centenares de militantes, hechos de violencia brutal como la represión a los trabajadores de Casino en diciembre de 2007 y enero de 2008, la prepotencia de empresas que durante los conflictos colectivos contratan a la propia fuerza de seguridad estatal, pagando a cientos de policías para hacer de fuerza de choque, amedrentar a los trabajadores en conflicto y convertir los establecimientos industriales en verdaderos cuarteles (4), parecen constituir señales cada vez más alarmantes de esta recomposición de los sectores hegemónicos que les permite recuperar la ofensiva perdida con el estallido social que derribó al gobierno de la alianza y condicionó fuertemente la política del sistema en los años siguientes.
2. Volviendo al informe del Grupo de Expertos, en el capítulo 4 del mismo se exponen las conclusiones en relación a la situación sindical.
En una suerte de análisis del denominado modelo sindical argentino, la posición de la mayoría reconoce la existencia de algunos problemas pero afirma insólitamente que los mismos no están en las características del modelo sino en la nueva realidad social.
Pareciera que estos expertos pasan por alto que un modelo sindical es ni más ni menos que una determinada forma o estrategia de organización sindical para responder lo más eficazmente posible a las políticas del capital, es decir a la realidad.
Sostener que el problema no está en el modelo sino en la realidad constituye así un razonamiento viciado en sí, un dislate que sólo se explica en la necesidad de no reconocer una crisis terminal de toda una forma particular de organización y acción sindical.
Luego de un análisis superficial, parcial y contradictorio de la actual situación del sindicalismo en nuestro país, el denominado Grupo de Expertos se limita a proponer algunas de las medidas de reforma de la ley recomendadas por el Comité de Libertad Sindical de la OIT, casi todas relacionadas con el reconocimiento de mayores facultades y tutela a las organizaciones sindicales que no cuentan con personería gremial.
En este sentido se omite toda referencia a la supercentralización de algunas estructuras sindicales en los casos de sindicatos nacionales donde todo se decide desde Buenos Aires y las seccionales del interior del país carecen de una autonomía real para actuar gremialmente.
Se silencia todo lo relativo a la representación directa en los lugares de trabajo –los delegados gremiales- y el ahogo constante a que son sometidas las comisiones internas que no responden disciplinadamente al oficialismo de sus sindicatos.
Las referencias a que las garantías de la ley a la participación democrática interna son suficientes, cuando los despachos del Ministerio de Trabajo revientan de miles de denuncias de fraude electoral y numerosas direcciones sindicales absolutamente desprestigiadas entre sus propias bases se eternizan en la conducción, resultan insólitas e inexplicables desde la supuesta lógica académica (5).
En el citado informe, recibido por el ministro de trabajo para a su vez aportarlo a los legisladores que tengan a su cargo el análisis de la actual normativa y sus posibles reformas, se insiste en una afirmación que a fuerza de repetición se ha instalado como una suerte de verdad revelada e indiscutible: el modelo sindical argentino es válido porque fue impuesto por los trabajadores, y éstos no lo cuestionan.
De esa supuesta certeza se desprende que no cabe reformar la ley sindical, salvo en los puntos menores ya propuestos por la OIT.
En realidad se incurre aquí en confusión: el concepto de modelo sindical guarda relación pero no es lo mismo que la regulación jurídica de la organización sindical, del derecho de huelga y de negociación colectiva.
En el concepto de modelo sindical se integran otros elementos más esenciales y profundos, que tienen que ver con las sustancias ideológicas presentes en distintos sectores de la clase trabajadora, con la construcción histórica de una cultura de lo sindical que da sustento a determinadas interpretaciones y convencimientos por parte de los propios trabajadores sindicalizados en relación a sus organizaciones (6), con la elaboración colectiva de experiencias organizacionales particulares, y por supuesto con las distintas tradiciones de conflicto colectivo y negociación.
Todos estos elementos hacen a la definición de un modelo sindical en un país y en un tiempo determinados. Y ese modelo difícilmente se cristaliza en el tiempo sino que por el contrario mantiene un permanente devenir de discontinua transformación de sí mismo en la medida en que cambian los elementos que lo van definiendo (7).
En ese todo, la regulación jurídica del modelo es una parte, la que traduce en el plano del derecho la colisión de intereses que se produce permanentemente alrededor de lo sindical.
Como tal, un modelo sindical determinado expresa en sí la resultante de las fuerzas antagónicas –capital y trabajadores- y diferentes pero no necesariamente antagónicas –distintas ideologías e intereses en la composición de ambos términos (8).
Un modelo sindical no es únicamente lo que los trabajadores quieren que sea, y obviamente tampoco traduce exclusivamente los intereses de los empleadores. Es en un cierto punto del conflicto entre ambas posiciones, a su vez cada una con sus contradicciones internas, donde se va modelando el modelo.
Así las sociedades de resistencia expresaron a la vez la ideología hegemónica en los trabajadores sindicalizados en un período histórico determinado, que cuestionaba al mismo sistema social capitalista y se planteaba la destrucción del mismo, y la ideología del capital en ese mismo período, de negar toda posibilidad de mejoras laborales y extremar al máximo los niveles de explotación por necesidades propias del proceso de acumulación originaria.
En la medida en que las luchas de los trabajadores obligan a retroceder al capital y alterar su estrategia de confrontación, reconociendo ciertos derechos sociales, este cambio a su vez repercutirá en las propias organizaciones sindicales, las que ante la nueva estrategia del capital deberán variar a su vez sus formas de organización y conflicto.
Los modelos sindicales que se van definiendo con posterioridad van a atender así a los cambios profundos en las relaciones sociales, la necesidad –y posibilidad- de los trabajadores de acceder a determinadas conquistas sociales, aun en el marco del sistema social repudiado, y la necesidad de los empleadores de mantener bajo control el conflicto dentro de un determinado espacio, donde deberán ceder a muchos reclamos pero podrán asegurarse el no cuestionamiento a fondo de los componentes esenciales del régimen de apropiación del trabajo asalariado.
Así se va definiendo en el devenir histórico la construcción de un modelo sindical: como una particular forma o estrategia de organización y acción sindical, decidida en gran parte por los trabajadores pero como respuesta a una acción determinada y concreta del capital, y condicionada en mayor o menor medida por la regulación jurídica desde el Estado.
El modelo nunca se construye como decisión libre e incondicionada de los trabajadores, eso no es posible en una sociedad hegemonizada por el capital, no solo porque en cuanto estrategia de conflicto siempre es respuesta a una forma determinada de dominación decidida preponderantemente desde el dominador, sino también porque desde el poder político se lo condiciona obviamente a través de la regulación jurídica del mismo.
En la medida en que esta relación entre ambos términos no es estable sino que cambia permanentemente, estas mutaciones inciden en mayor o menor grado en la conformación del modelo.
Es en el plano de su regulación jurídica donde se expresan permanentemente las tensiones y donde los sectores hegemónicos inciden de acuerdo a sus intereses y fuerza de clase.
4. En este sentido, las conclusiones de los expertos convocados por Tomada son falsas y no resisten el menor análisis.
Un modelo sindical no es un esquema inmutable sino en cambio permanente. Y son los trabajadores los que van a ir cambiando sus aspectos más negativos de acuerdo a sus necesidades y en la medida de sus posibilidades, en un mayor o menor período de tiempo.
Y es desde el capital que se intenta a su vez defender todos aquellos elementos de la regulación jurídica del modelo que dificulten los cambios intentados por los trabajadores.
En el informe de los expertos aparece en este punto otra afirmación tramposa. Al defender la ley vigente sostienen que la misma responde a un modelo no cuestionado por los trabajadores, y afirman que en dos ocasiones –luego del golpe militar de 1955 y durante la última dictadura del 76- se dictaron normas jurídicas que permitían a los trabajadores cuestionar a sus direcciones sindicales y éstos no lo hicieron, lo que constituiría –en la interpretación de la mayoría de los expertos- una prueba de que no hay cuestionamientos desde los propios asalariados.
A esto se podría responder que ni en 1956 ni en 1976 la estructura sindical presentaba una crisis de representatividad tan profunda como la actual, ni los trabajadores intentan habitualmente cuestionamientos que se presten a estrategias ajenas, que responden a los intereses del poder político y no a sus propios intereses. En aquellas dos oportunidades, defender las estructuras sindicales era una necesidad que pesaba mucho más que las contradicciones que pudieran presentar las mismas.
Por el contrario, en la actualidad más de mil sindicatos sin personería gremial y el hecho incontrastable de que el grueso del conflicto colectivo pase por comisiones gremiales que no responden al oficialismo de sus propios gremios, demuestran que las estructuras tradicionales del sindicalismo argentino están estallando.
Y en ese sentido el informe motorizado por el Ministerio de Trabajo aparece como un intento de desesperado de retrasar un cambio que los trabajadores vienen empujando desde hace ya varios años.
5. Al proceso de reacomodamiento de los sectores hegemónicos del capital que se viene delineando en forma constante desde la propia crisis del 2001 y que se acelera a partir del enfrentamiento del gobierno con sectores de la producción agraria, y se consolida con el agravamiento de la crisis económica mundial, no aparece oposición seria desde las estructuras sindicales oficiales, las que padecen de un autismo cada vez más profundo.
El vergonzoso papel de las direcciones de sindicatos vinculados al agro, como la Unión de Trabajadores Rurales dirigida por Venegas, o la Federación de la Carne encabezada por Etcheum, identificándose acríticamente con los intereses de los mismos sectores patronales que explotan a sus trabajadores, sin siquiera aprovechar la oportunidad de un conflicto de tanta trascendencia pública para denunciar el estatuto del peón agrario, retrógrada regla jurídica aprobada durante la dictadura, o las precarias condiciones de trabajo en los frigoríficos, el accionar del jefe de la CGT, Hugo Moyano, como lobista del gobierno ante distintas organizaciones gremiales, para evitar que reclamaran en paritarias mayor incremento salarial al ya decidido desde el Poder Ejecutivo, o enfrentándose con los activistas del paro agrario en las rutas de Entre Ríos, son apenas anécdotas de un fenómeno más profundo.
El insólito silencio de la CGT ante el anuncio de la presidenta en relación a la pronta sanción de una nueva ley de riesgos del trabajo que termine con la supuesta industria del juicio (en realidad con la posibilidad de los trabajadores de reclamar por las enfermedades y accidentes sufridos) y dé a la cuestión una solución macro-económica (es decir en función de los intereses de los sectores que hegemonizan la economía), la escasa o casi nula respuesta a todo el proceso de sanción de la nueva ley de movilidad jubilatoria, que responde a la necesidad del gobierno de parar los juicios de los jubilados reconociéndoles apenas sí una parte de lo que la justicia les viene otorgando, sobre todo a partir de la sentencia de la Corte, son otros tantos elementos a tener en cuenta.
La ausencia más absoluta de las estructuras sindicales oficiales ante los graves problemas que van sufriendo los trabajadores, su silencio en relación a los grandes temas en discusión –desde la economía hasta las cuestiones relacionadas con la seguridad en los establecimientos y los miles de accidentes y enfermedades anuales por razones laborales- constituyen una evidencia palpable del proceso de degradación del actual modelo sindical.
Solo pueden ignorar esta realidad aquellos quienes –como la mayoría del grupo de expertos convocados por el ministro de trabajo- no quieren verla.
6. Es en esta realidad que el conflicto social se da por fuera y muchas veces a pesar de las estructuras sindicales tradicionales.
Al proceso de recomposición del capital lo enfrentan como pueden amplios sectores de trabajadores que no solo carecen de una adecuada herramienta sindical para la pelea, sino que –más grave aun- ven en algunos casos como sus propios sindicatos se han configurado en instrumentos de represión en función de los intereses de los empleadores y dirigentes sindicales asociados a los mismos.
En algunos casos la ofensiva contra los trabajadores es producto de la necesidad concreta de empleadores que buscan imponer o evitar cambios en condiciones de trabajo y cuentan con la complicidad de la estructura sindical, y en otros es llevada adelante por la misma dirección sindical, como forma de asegurarse el control interno de la organización, y cuenta con la complicidad y ayuda de los empleadores.
Y donde las direcciones sindicales adoptan una conducta diferente, intentando ser honestamente representativas de los intereses de los trabajadores, la debilidad de la respuesta que terminan dando a la ofensiva del capital revela su desconcierto y otro aspecto no menos preocupante del agotamiento de este modelo sindical, generado en el marco de una coyuntura histórica absolutamente diferente a la actual.
En casi todos estos conflictos la autoridad administrativa ha sido permisiva respecto a las maniobras de direcciones y empleadores contra los trabajadores, cuando no ha suministrado la ayuda necesaria para que las mismas dobleguen la resistencia de comisiones gremiales o grupos de trabajadores rebeldes. Quizás este papel jugado por el Ministerio de Trabajo pueda explicar con mayor claridad la integración mayoritaria y las conclusiones del grupo de expertos.
La Unión Tranviaria Automotor (UTA) intentado expulsar a todo el cuerpo de delegados del subte y –ante el momentáneo fracaso de la maniobra- negándose a convocar a elecciones al finalizar el mandato de los mismos, o la dirección del Sindicato Único de Trabajadores del Neumático (SUTNA) avalando indirectamente el despido de unos doscientos trabajadores de las fábricas del neumático, casi todos ellos activistas gremiales y en su mayoría opositores a la conducción nacional del gremio, constituyen probablemente los casos más recientes y conocidos, pero no los únicos, de la referida ofensiva hacia los trabajadores.
El primero es un claro ejemplo de una dirección sindical desprestigiada que intenta borrar toda oposición posible y para ello cuenta con la complicidad de los mismos sectores empresarios. El segundo, de una brutal ofensiva de las empresas del neumático, preocupadas por los reclamos crecientes y los intentos de organización de los trabajadores desde los mismos lugares de trabajo, que contó con una actitud cuanto menos complaciente por parte de una directiva nacional del SUTNA preocupada por evitar que se extendiera al resto del gremio la experiencia de los trabajadores de FATE, que recuperaron su cuerpo de delegados y la conducción de la misma seccional San Fernando del sindicato (9).
7. Resulta cierto que una modificación en la regulación jurídica de la organización y acción sindical no implica necesariamente una inmediata transformación del modelo. Y que son los trabajadores quienes tienen la responsabilidad de generar los cambios imprescindibles para hacer de sus organizaciones una herramienta eficaz en el conflicto social.
Pero es mentirosa la afirmación de que actualmente los trabajadores no cuestionan el modelo sindical. Los reiterados conflictos en cientos de lugares de trabajo, en toda la extensión del país, demuestran que desde la clase se está dando una pelea cada vez más al margen de las estructuras sindicales y en muchas ocasiones a pesar y con la oposición de las mismas.
Es desde el poder que no se quiere cuestionar un modelo sindical que en la actual coyuntura resulta funcional a los intereses del sistema, no solo ni principalmente por las contradicciones que pueda presentar el régimen de personería gremial única, sino también, y mucho más, por la reglamentación de las representaciones sindicales en los lugares de trabajo, por los límites al derecho de huelga, por la centralización excesiva en los sindicatos de ámbito nacional, por la inexistencia de reales garantías a la participación y democracia interna.
Mal que le pese al grupo de expertos y al mismo Ministerio de Trabajo, el modelo sindical argentino atraviesa una crisis de características inéditas, carece de respuesta a las estrategias del capital y se ha transformado en un verdadero obstáculo a la acción gremial de los trabajadores. Y la regulación normativa del mismo hoy se constituye en un virtual cerrojo opuesto desde el poder a los propios trabajadores para recuperar sus sindicatos y hacer de ellos una herramienta eficaz para enfrentar las políticas patronales.
Buenos Aires, octubre de 2008.

(1) Como las de Mario Elffman y Julio César Simón.
(2) Como Jorge Rodríguez Mancini.
(3) Edit. Rubinzal Culzoni.
(4) Como ocurriera en la autopartista Dana Spicer en enero de 2008 y en las industrias del neumático Fate y Pirelli más recientemente.
(5) Obviamente no desde los intereses que defiende la mayoría de estos expertos.
(6) Y que no necesariamente coincide con exactitud con la imagen de las mismas que se difunde por los medios masivos de prensa e impregna la visión de amplias capas de la población.
(7) La extensión de los períodos de perdurabilidad o vigencia de cada modelo depende de numerosas variables del conflicto social.
(8) Las diferentes fracciones del capital por un lado, con intereses no siempre coincidentes, y por el otro los trabajadores de distintas actividades, diferentes corrientes político gremiales y –más sustancialmente en algunos casos- bases y direcciones sindicales.
(9) Ambos fenómenos ilustran la profundidad de la degradación de la institucionalidad sindical en la Argentina: la UTA es uno de los gremios fuertes integrados en la CGT, y el SUTNA es el más importante gremio de industria de la CTA. El secretario gral. de UTA arrastra una larga historia de desprestigio entre sus propias bases, pero el máximo dirigente del SUTNA, Pedro Wasiejko, llegó hace muchos años atrás a la conducción del gremio a caballo de una trayectoria de combatividad reconocida por los trabajadores del neumático. Sin embargo ambos son hoy acusados de actitudes manifiestamente contrapuestas a los intereses de sus propias bases.