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Editorial
del diario La Nacion
Imagen de la Virgen en Tribunales
El 10 de diciembre último, la jueza federal Susana Córdoba
hizo lugar a una acción de amparo y dispuso el retiro de la imagen
de Nuestra Señora del Rosario de San Nicolás que estaba
emplazada en la entrada principal del Palacio de Tribunales, bajo la estatua
de la Justicia, desde mayo de 2002. La imagen religiosa fue removida el
3 del actual, por orden de la Corte Suprema.
Tanto el mencionado fallo como el posterior cumplimiento de lo dispuesto
en él provocaron y siguen provocando innumerables reacciones en
favor y en contra, muchas de las cuales aparecieron publicadas en las
cartas de lectores de LA NACION.
La acción de amparo había sido presentada por la Asociación
por los Derechos Civiles (ADC), que había pedido que se declarara
la inconstitucionalidad de la anterior decisión de la Corte Suprema
que había permitido esa colocación. Ahora, la resolución
de la jueza está bajo estudio de la Sala 4a. de la Cámara
Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que
deberá expedirse.
Es importante puntualizar aquí que el fallo de la jueza Córdoba
ha coincidido con la posición del nuevo presidente de la Corte,
Enrique Petracchi, quien había sostenido que la presencia de la
imagen "revelaría una implícita, pero no por ello menos
clara, adhesión a un credo en detrimento de los otros", dando
lugar a que, entre aquellos que concurren a los tribunales, pudieran producirse
"efectos de discriminación y presión sobre sus legítimas
convicciones". En tal sentido, recordó que el artículo
2° de la Constitución impone "únicamente al Estado
la obligación de sostener materialmente el culto católico
y no, en cambio, la de apoyar una religión oficial o preferirla".
El ministro Augusto Belluscio había señalado que la imagen
se había instalado sin que "ningún acto administrativo
lo hubiera autorizado". Si bien todas las partes en juego insisten
en la necesidad de buscar una solución armoniosa, es evidente que
algunas de las posiciones vertidas son irreductibles. Sin embargo, el
fallo de la jueza no hizo más que refirmar el principio de neutralidad
religiosa del Estado, componente esencial del derecho de libertad de culto.
La imagen religiosa fue quitada de un ámbito en el cual nunca debió
haber sido entronizada. En un país pluralista, y la Argentina reclama
para sí esa condición, debe respetarse una laicidad necesaria,
que sea garantía de la distinción que debe establecerse
entre los ámbitos de diferentes competencias, entre lo que corresponde
a la Iglesia y lo que corresponde al Estado. La oración pública
tiene, por consiguiente, ámbitos que le son propios.
Cabe destacar en ese sentido que, tal como lo ha enfatizado días
atrás un lector de este diario, el Código de Derecho Canónico
señala en el canon 1188 que el uso de exponer a la veneración
de los fieles imágenes sagradas en las iglesias debe hacerse en
número moderado y guardando el orden debido. Si el derecho eclesiástico
establece eso para los templos, con más razón debería
seguirse tal criterio cuando se tratare de lugares ajenos al culto.
En el ámbito de la justicia argentina, lo que toda la ciudadanía
debe esperar, y exigir, es que el respeto por la dignidad del hombre esté
presente en la figura de jueces probos e independientes y abogados honestos.
En los últimos tiempos, la imagen de muchos de sus principales
representantes se ha visto muy menoscabada y por motivos muy graves. Ahora
tienen por delante un gran esfuerzo para recuperar para el Poder Judicial
el prestigio que le es propio.
Pero esta misma sociedad que reclama con razón por la calidad de
sus instituciones debe también acompañarlas dando ejemplo
de entendimiento y de respeto por las disposiciones de nuestra ley fundamental.
De esta manera, nadie se sentirá agraviado y habrá un motivo
menos de desunión entre los argentinos.
La Nacion, 24 de enero de 2004
Retirarán
una imagen católica de Tribunales
La Corte Suprema deberá retirar la imagen de la Virgen de San Nicolás
de la entrada del Palacio de los Tribunales. La Justicia consideró
que su presencia era discriminatoria.
La causa fue iniciada por la Asociación por los Derechos Civiles
(ADC), una organización no gubernamental. La permanencia de esta
imagen o de cualquier símbolo religioso, según
la ADC, vulneraría el principio de imparcialidad judicial.
El vocero del Episcopado, presbítero Jorge Oesterheld, manifestó
anoche su sorpresa por la decisión de la Justicia. "Sorprende
esta decisión en un país con una tradición católica
que forma parte de la cultura nacional", dijo a Clarín. Añadió
que la existencia de símbolos católicos en lugares públicos
"jamás implicó una discriminación religiosa ni
fue obstáculo para una absoluta libertad de cultos". Por su
parte, otras fuentes eclesiásticas aclararon que la imagen no fue
colocada por autoridades de la Iglesia, sino por un grupo de fieles.
En febrero del año pasado, la Corte Suprema había autorizado
la colocación de una estatuilla de la Virgen de Medjugorje. Entonces,
la ADC presentó un escrito en el que solicitaba el retiro de la imagen.
En mayo de ese año se retiró, pero fue reemplazada por la
de la Virgen de San Nicolás.
Hace unos meses, en respuesta a la demanda, la mayoría de los miembros
de la Corte sostuvo que "la religión católica es un haz
fundamental en la realidad social y en la cultura argentina". Los jueces
Petracchi y Maqueda coincidieron con los demandantes. Y el juez Belluscio
manifestó que "no sólo media un hecho de discriminación
religiosa, impropio de un servicio de justicia que debe ser administrado
sin distinción de credos, sino que este hecho deriva de autores anónimos
y ha sido indebidamente tolerado".
Ahora, con su fallo, la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal
abrió otro capítulo en la polémica.
Clarin,
Miércoles 10 de diciembre de 2003
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