Sr. Director:

Le pido ver la posibilidad de publicar el siguiente petitorio.

PETITORIO PARA SER TRATADO EN LAS COMISIONES DE

PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DE SENADORES Y DIPUTADOS

Art. 1º – Serán beneficiarios de una jubilación anticipada, a partir de la promulgación de la presente ley, aquellas personas que hubieren trabajado en relación de dependencia y que hubieren cumplido 30 o más años de servicios con aportes computables en uno o más regímenes comprendidos en el sistema de reciprocidad.

Art. 2º – Institúyesele un beneficio que consistirá en un haber mensual igual al que le hubiere correspondido en caso de poseer la edad mínima requerida por el artículo 47 de la ley 24.241, el que se percibirá hasta la fecha que el interesado reúna los requisitos para acceder a los beneficios previstos en la misma, fecha en la cual se reliquidará el mismo conforme lo establecido en el régimen general.

Art. 3º Toda persona que acredite poseer la edad mínima requerida por el artículo 47 de la ley 24.241 y le faltare años de aportes y este desempleada, institúyesele un beneficio que consistirá en un haber mensual proporcional a los años de aportes computables en uno o más regímenes comprendidos en el sistema de reciprocidad.

Art. 4º Toda que persona que este desempleada y acredite tener 50 años o mas y le faltar en años de aportes, darle la posibilidad de completarlos, incentivando a las posibles empresas que lo inserten en el mercado laboral, exceptuando sus aportes patronales.

FUNDAMENTOS

El desempleo constituye en la República Argentina un terrible flagelo no deseado e impensado que, lamentablemente y sin duda alguna, se instauró y radicó permanentemente entre los argentinos, haciendo estragos en toda la sociedad.
El artículo 14 bis de nuestra Carta Magna determina que el Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable.
Nada más desesperante para aquella persona que era un trabajador en actividad y hoy, desocupado, pierde toda esperanza de poder lograr conseguir una nueva fuente laboral y por ende algún día gozar del derecho a una jubilación digna, la que se ha tornado en una idea o ilusión lejana y difusa, beneficio que nunca se hará efectivo en su vida.
El desempleo cíclico ocasiona graves trastornos y frustraciones en la población argentina. Esta degradación se presenta, entre otras, en la franja de personas que se encuentran entre los cincuenta y sesenta y cinco años de edad. Estas no sólo están excluidas, sino condenadas a padecer una situación de desamparo frente a la imposibilidad de obtener, a pesar de la
búsqueda incansable, algún tipo de empleo.

En este contexto y para esta población en los tiempos que corren, no sólo es difícil sino casi imposible tener acceso a un empleo, máxime si lo que se pretende además, es que éste sea estable, trayendo aparejado un quiebre en la dignidad humana, frustrándola al ser imposible poder lograr mediante su esfuerzo brindar a su familia una calidad de vida digna, en cuanto a proveer las necesidades básicas e indispensable para su desarrollo, como la adquisición de una vivienda o al menos la mantención de ésta, el alimento, el vestido, la educación y la asistencia médica para él y su grupo familiar. Es indispensable y de impostergable ejecución el presente petitorio, a fin de evitar el sufrimiento que estamos padeciendo, física, psíquica y moralmente, percibiendo no sólo un adelanto de la jubilación, sino que también podamos acceder a las prestaciones que el sistema previsional brinda, a fin de poder contemplar nuestras necesidades en lo que respecta a la asistencia en la salud para nosotros y nuestro grupo familiar y de poder obtener una seguridad que satisfaga nuestros requerimientos mínimos. La presente medida pretende incorporar al sistema jubilatorio hasta que dure la emergencia económica y exista en el país el pleno empleo, a aquellas personas que se encuentren entre los 50 y 64 años de edad y cumplan con los requisitos pertinentes, entre ellos:

a) Que al momento de iniciar los trámites requeridos certifiquen por el órgano respectivo haber permanecido desocupada por un período de dos o más años continuos e ininterrumpidos a la fecha de hacerse efectiva la presentación.

b) Que acrediten mediante certificación de servicios aportes computables en uno o más regímenes comprendidos en el sistema previsional argentino.

c) Que a la fecha de solicitud del beneficio a concederse no gozaren de jubilación, retiro o pensión no contributiva nacional, provincial o municipal, ni se encuentren realizando tareas remuneradas en relación de dependencia o en forma autónoma.
Es por ello que el objeto de la presente está dirigido a las personas que se encuentran desocupadas y que hoy por hoy les es imposible revertir esta situación, ya que, si para muchos de los jóvenes de nuestro país es inviable conseguir un trabajo, mucho más se ven imposibilitadas para lograr ubicarse laboralmente las personas señaladas en la franja que nos ocupa.
La realidad nos muestra en forma desgarradora que actualmente las personas mayores se hallan en un total desamparo, ante la falta de programas que logren contener y satisfacer las necesidades básicas de éstos. Esta población, que bajo un enorme esfuerzo logró cumplir con los compromisos asumidos llevando a cabo los aportes correspondientes a su jubilación, no puede acceder a ningún beneficio, por verse imposibilitada de obtener algún recurso ante la falta de trabajo.
Es por ello, que el financiamiento de dicho adelanto se solventará con los aportes correspondientes que hubieren realizado los beneficiarios del mismo y que tienen como finalidad poder establecer un sistema de protección social para aquellas personas que se encuentren hoy desocupadas y que la situación socioeconómica por la que atraviesan les hace imposible poder sostener una vida digna, por cuanto carecen de ingresos estables y se ven imposibilitados de acceder a una cobertura médica social que los ampare a cada uno de ellos
y a su grupo familiar.
Ante la falta de igualdad de oportunidades que atraviesa nuestro país, la falta de contención ante esta problemática y a fin de dignificar y revalorizar y resarcir a la persona mayor que mediante el aporte exigido por ley, logró cumplir con él, o en gran parte, no así con la edad establecida en la misma, es que se solicita la aprobación del presente petitorio.

Hugo de la Sota
Comisión Directiva
Asociacion 50 a 60
[email protected]
[email protected]
Nuestra Página www.asoc50a
60.com.ar


LA BURBUJA DE SIEMPRE

Sr. Director:

No se dan cuenta, nuestros Gobernantes y Legisladores, o siguen viviendo en la misma burbuja de siempre, solo les interesa la captación de idiotas útiles para seguir perpetuándose en el poder.

No se dan cuenta que hoy existen en el país cientos de miles de personas de mas de 50 años, que nunca van a tener la posibilidad de poder insertarse laboralmente y van a tener que vivir del aire y del sol durante años hasta que puedan jubilarse, “si antes no se terminan de robar todo”; Que esperan para resolver el problema, acaso es problema de financiación?, donde está el dinero de las empresas privatizadas?, donde esta el blindaje de us$ 40.000 millones?, donde esta la reserva en dólares que había durante el plan de convertibilidad, si la deuda externa sigue subiendo en forma matemática. Los mayores de 50 años están la mayoría despedidos, salvo que estén en alguna repartición publica, se acuerdan cuando era un acontecimiento jubilarse en una empresa, hasta le hacían una fiesta de despedida, hoy se tienen que despedir de la vida.

No se dan cuenta que no puede haber en la Argentina personas de mas de 70 años sin ningún tipo de subsidio y estoy hablando de subsidio, no de migajas, no se dan cuenta que esta GENTE fue la que hizo al país en serio.

No se dan cuenta que la Argentina está beneficiada en sus exportaciones por el precio del euro y la apertura del mercado Chino e Indio y sin embargo tenemos record de desempleados o cobrando las migajas del subsidio Jefes y Jefas, la mayoría entregados por clientelismo político.

No se dan cuenta que una familia no puede vivir con $ 340, que es lo que dicen el valor de la canasta básica, no tienen vergüenza.

No se dan cuenta que alguien que trabajó toda la vida y llegó a jubilarse, no puede vivir con $ 240 y muchos fueron estafados por los empleadores delincuentes o las burocracias del ANSES.

No se dan cuenta que todo lo que tocan se pudre, pero los implicados se llenan los bolsillos, o acaso existe algún dirigente pobre? Y cuando digo dirigente, digo gobernantes, legisladores, jueces, sindicalistas, etc., etc. Son todos millonarios o en camino de serlos, que casualidad, que suerte que tenemos tanta gente culta e inteligente que muy rápidamente se enriquece.

No se dan cuenta que no se puede robar a la gente como lo hicieron con el corralito y el corralón, o acaso no había una ley que nos amparaba.

No se dan cuenta que cada ves hay mas gente viviendo en la calle.

No se dan cuenta que cada día mueren mas chicos por hambre (EN LA ARGENTINA HAMBRE??).

No se dan cuenta que la gente ya no sabe que hacer y por esto delinque, es muy fácil hablar con la panza llena y decir que la relación pobreza/delito no existe.

No se dan cuenta que siempre son los mismos los que se llevan la mejor porción de la torta y dejan migajas para el resto.

No se dan cuenta que el sistema jubilatorio está en crisis no solo por lo que roban sino por todos los trabajadores que hay en negro, todos sabemos quienes son los que contratan en negro, menos los que tendrían que saberlo.

No se dan cuenta quienes son los que evaden impuestos?

No se dan cuenta que el resto del pueblo es ARGENTINO.

PARECE QUE NO

Por todos estos motivos, hemos decidido un grupo de argentinos, que están sufriendo semejante INJUSTICIA, luchar por nuestros derechos, creando una asociación civil en formación, para poder peticionar ante ambas cámaras de trabajo y previsión del congreso de la nación, nuestros objetivos a saber:

1. Toda persona que esté desempleada a partir del derrumbe económico y tenga 30 años de aportes o más, se pueda jubilar como si hubiera alcanzado los 65 años.

2. Toda persona que haya llegado a los 65 años y le faltare años de aportes y esté desempleada, darle la jubilación en forma proporcional a los años de aportes.

3. Toda persona que fue despedida sin causa y tiene mas de 50 años y no llega a tener los 30 años de aportes, darle la posibilidad de completar sus aportes, reinsertándola en el mercado laboral, dando como incentivo a las empresas que la tomen con la excepción para estos casos de los aportes patronales.

Invitamos al que lo desee adherirse en nuestra página Web: www.asoc50a60.com.ar

Hugo de la Sota

Cimisión Directiva

[email protected]

[email protected]

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