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ACTA CORRESPONDIENTE A LA 5ª. JUNTA DE LA COMISION REGIONAL DE CONTABILIDAD Y AUDITORIA CELEBRADA EL 29 DE SEPTIEMBRE DE 2000, EN ZACATECAS, ZACATECAS.

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La junta dio inicio a las 10:45 a.m., con la aprobación del orden del día y la apertura formal a cargo del C.P.C. Fernando García Fuentes, Presidente de la Comisión.

 

 

Acto seguido, la C.P.C. Ma. Teresa Villegas Santillán, presidenta del colegio de Colegio de Contadores Públicos de Zacatecas, A.C. , dio la bienvenida a los miembros de la comisión.

 

En esta reunión se contó con la asistencia de 13 miembros de la comisión, representando a los Colegios de Torreón, Saltillo, Reynosa , Nvo. Laredo, Zacatecas y Cd. Victoria.

 

Posteriormente, el Secretario de la comisión dio lectura al contenido del acta de la junta anterior celebrada en Saltillo, Coahuila, habiendo sido aprobada por unanimidad.

 

Siguiendo con el Orden del Día se procedió a la expresión, y análisis y comentarios del boletín D-7, el cual se resume de la siguiente manera:

 

RESUMEN DE COMENTARIOS AL PROYECTO PARA AUSCULTACIÓN DEL BOLETÍN D-7 " CONTRATOS DE CONSTRUCCION Y DE FABRICACION DE CIERTOS BIENES DE CAPITAL."

 

 

  1. Se propone que los conceptos señalados en los párrafos del 7 al 13, incluidos dentro del apartado "DEFINICION DE TÉRMINOS", se consideren como un apéndice del boletín, en virtud de tratarse de definiciones legales.
  2. En el párrafo 14, numeral 1), 2) y 3), se propone que el termino "contrato de construcción " se sustituya por el termino "centro de utilidad", quedando de la siguiente manera:

    Numeral 1) Sobre las partes de un contrato de construcción.- Cuando un contrato más

    De un activo, la construcción de cada uno de ellos debe ser tratada como un

    Centro de utilidad por separado siempre que:

    Numeral 2) Sobre varios contratos de construcción, considerados como uno solo.- Un

    Grupo de contratos ya sea con uno o varios clientes, deben ser tratados

    Como un centro de utilidad único cuando:

    Numeral 3) Sobre contratos para la construcción de un activo adicional.- Un contrato

    Puede prever la construcción de un activo adicional a opción del cliente o

    Puede ser modificado para este fin. La construcción del activo adicional debe

    Ser tratada como un centro de utilidad por separado siempre que:

  3. Respecto al párrafo 15, se propone que el concepto de "estimado", se sustituya por el de "valor estimado"
  4. Se propone adiciones a la definición del concepto "Anticipos a clientes, "señalada en el párrafo 19, para diferenciarla del concepto "obra cobrada por ejecutar "Por lo tanto, el párrafo 19 quedaría de la siguiente manera:

Anticipos de clientes.- son las cantidades recibidas por el contratista antes de que el trabajo haya sido desempeñado. Dichas cantidades deberán reunir las características siguientes:

 

  1. Podrán estar facturadas o no
  2. Su objetivo es proveer de liquidez al contratista .
  3. Su amortización se realiza con base en el avance de la obra.
  4. La determinación de su monto no tiene como base conceptos específicos de la obra a ejecutar.

 

  1. La definición de concepto "Obra cobrada por ejecutar "señalada en el párrafo 20, se propone que se le efectúen adiciones quedando de la siguiente manera:

 

Obra cobrada por ejecutar.- Es la cantidad bruta adeudada a los clientes por todos los contratos en proceso en los cuales lo cobrado excede a los costos incurridos más las utilidades reconocidas (menos las pérdidas reconocidas). Dichas cantidades cobradas deberán reunir las características siguientes:

 

  1. El importe cobrado se refiere a conceptos específicos de la obra.
  2. Su amortización se realiza en el momento en que se ejecuta el concepto específico de la obra.

 

  1. En cuanto a la definición del concepto de "Retenciones", señalado en el párrafo 21, se propone que dicho concepto sea ampliado porque no en todos los casos las Retenciones se consideran como garantías.
  2. Se propone que en relación a lo señalado en el párrafo 26, inciso c), el tratamiento de las penalidades podrá considerarse como disminución del ingreso o incremento del costo directo, lo cual estará en función de los principios de importancia relativa y revelación suficiente.
  3. En cuanto a lo señalado en el párrafo 61, se propone modificar el término "incertidumbre sobre la posibilidad de cobro" por el término "imposibilidad práctica de cobro", quedando dicho párrafo de la siguiente manera:

 

Cuando sigue una imposibilidad práctica de cobro de una estimación reconocida como cuentas por cobrar. . .

 

El presidente de la comisión mencionó a los asistentes a la reunión, que la C.P.C. Elva Patricia Marrufo del Colegio de Contadores Públicos del Sur de Tamaulipas, A. C., aceptó la postulación para ocupar la vice-presidencia de esta Comisión Regional, por lo que en la próxima reunión de trabajo se pondrá a consideración de los miembros de la comisión.

 

Por la tarde del mismo día, se realizó una ronda de conferencias con miembros del Colegio de Contadores Públicos de Zacatecas, las cuales fueron expuestas por el C.P.C. Manuel Jiménez Andrade y el C.P.C. Juan José Rosado Robledo, miembros de la Comisión.

 

La junta se dio por terminada a las 15:00 horas, con la invitación a los miembros de la Comisión para que asistan a la 6ª junta a realizarse en Reynosa, Tam.

 

 

 

 

PRESIDENTE                                                              SECRETARIO

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C.P.C. FERNANDO GARCÍA FUENTES              C.P.C. SALVADOR ARVIZU VARGAS

                                                       

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