PROGRAMA PARA EL FORTALECIMIENTO DEL POSGRADO NACIONAL
Fecha de publicación 31 de octubre de 2001

Considerando

1) Que el Plan Nacional de Desarrollo, entre otros aspectos, establece:

·         La educación es la base del crecimiento personal, así como un factor determinante en el acceso igualitario a las oportunidades de mejoramiento de la calidad de vida;

·         La educación debe responder a las necesidades de los individuos y a los requerimientos del desarrollo regional y nacional; y

·         El desarrollo científico y tecnológico es un motor de cambio social y progreso económico en el mundo contemporáneo;

2) Que el Programa Nacional de Educación, 2001-2006, en el marco de su objetivo estratégico "Educación superior de buena calidad" define que el gobierno federal:

·         Promoverá una educación superior de buena calidad que forme profesionistas, especialistas, científicos, humanistas, tecnólogos y profesores-investigadores capaces de aplicar, innovar y transmitir conocimientos actuales, académicamente pertinentes y socialmente relevantes en las distintas áreas y disciplinas;

·         Impulsará el desarrollo y la consolidación de las instituciones públicas de educación superior;

·         Propiciará la ampliación y el fortalecimiento de los cuerpos académicos en las dependencias de educación superior para incrementar la capacidad institucional de generar y aplicar conocimiento; y

·         Alentará la apertura de programas de posgrado de buena calidad en áreas de interés local, regional o nacional;

3) Que el Programa Especial de Ciencia y Tecnología 2001-2006, determina que:

·         Se impulsará el fortalecimiento de los programas educativos a nivel posgrado que ofrecen las instituciones de educación superior y centros de investigación, y se promoverá el desarrollo de la ciencia básica y su asociación a la formación de recursos humanos a nivel posgrado; y

·         Se estimulará el intercambio académico y la integración de redes conformadas por programas de posgrado que articulen áreas de interés regional;

4) Que el Programa Nacional de Educación y el Programa Especial de Ciencia y Tecnología consideran, entre sus líneas de acción:

·         La creación del Programa para el Fortalecimiento del Posgrado Nacional (SEP-CONACyT), cuyo objetivo es impulsar la mejora continua de la calidad de los programas de posgrado que ofrecen las instituciones de educación superior;

·         El fomento a la operación de posgrados interinstitucionales en áreas de interés regional y en áreas estratégicas del conocimiento que consideren esquemas que propicien efectos multiplicadores en la formación de científicos, humanistas, tecnólogos y especialistas;

·         La constitución del Padrón Nacional de Posgrado SEP-CONACyT, para reconocer la buena calidad de los programas de posgrado en sus niveles de: especialidad, maestría y doctorado que ofrecen las instituciones del país; y

·         El otorgamiento de apoyos económicos extraordinarios a las instituciones para vigorizar y asegurar la mejora de la calidad de los programas de posgrado que imparten.

5) Que los planes de desarrollo que elaboran las instituciones de educación superior, así como sus Programas Integrales de Fortalecimiento Institucional, PIFI, son documentos rectores y herramientas invaluables para avanzar en la mejora continua de la calidad de los programas educativos que ofrecen y en los procesos de gestión académica-administrativa, así como en la concentración de esfuerzos, la optimización de recursos y la definición de áreas de oportunidad, orientadas al cumplimiento de los objetivos y los compromisos institucionales;

6) Que el Padrón de Programas de Posgrado de Excelencia para la Ciencia y la Tecnología del CONACyT ha constituido, desde su establecimiento en 1991, un marco orientador importante para el diseño y el fortalecimiento de programas de posgrado en ciencia y tecnología, y ha impulsado la cultura de la evaluación externa por pares, acción fundamental en cualquier proceso de mejora continua de la calidad de los programas educativos y su rendición de cuentas a través de la acreditación;

7) Que es necesario ampliar ese padrón para reconocer los programas de posgrado de orientación profesional de buena calidad;

8) Que en el marco de la operación del Programa para el Mejoramiento del Profesorado, PROMEP, es indispensable contar con un instrumento que oriente a las instituciones, y a sus profesores de tiempo completo, sobre los programas de posgrado de mayor calidad ofrecidos en el país para que opten por los beneficios que otorga;

9) Que la Ley para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica determina que el Programa Especial de Ciencia y Tecnología, cuya elaboración es responsabilidad del CONACyT, articulará el gasto federal en la materia;

10) Que una de las metas más importantes del Gobierno Federal para 2006, señaladas en el marco del Programa Especial de Ciencia y Tecnología, es elevar la inversión del país en ciencia y tecnología hasta alcanzar el 1% del Producto Interno Bruto, lo que conlleva importantes retos, entre ellos, aumentar significativamente el número de investigadores y personas con posgrado dedicados a actividades académicas, científicas y tecnológicas;

11) Que lo anterior hace necesario el establecimiento de una estrategia de alcance nacional que permita contar con programas de posgrado de buena calidad para formar investigadores y expertos capaces de incidir en el desarrollo de los distintos campos profesionales; y

12) Que es interés del Gobierno Federal promover los programas de posgrado de buena calidad de acuerdo con los planes de desarrollo de la educación superior y de la ciencia y la tecnología en las entidades federativas;

la Secretaría de Educación Pública, SEP, y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, CONACyT, han acordado expedir la siguiente

CONVOCATORIA 2001-2002

en el marco del Programa para el Fortalecimiento del Posgrado Nacional, PFPN, y de la política pública de formación de recursos humanos de alto nivel en el país, con el propósito de apoyar la consolidación de los programas de posgrado de las instituciones que permitan formar a los profesores-investigadores, los científicos, los humanistas, los tecnólogos y los profesionistas que el desarrollo de la nación requiere y para fortalecer el sistema de educación superior, el de ciencia y tecnología, así como preparar a los especialistas que el sector productivo demanda, para contribuir a su progreso.

Para la operación del PFPN, se establecerá el Consejo Nacional de Posgrado cuyas funciones serán las de definir las políticas de evaluación (definición de los comités de evaluación y reglas para su funcionamiento, selección de árbitros, marcos de referencia, procedimientos), de seguimiento, de fomento al posgrado y de asignación de los recursos. Estará formado por representantes de la SEP y el CONACyT y se auxiliará por un Consejo Consultivo integrado por representantes de los sectores académico, gubernamental y productivo. Los recursos para la operación del Programa provendrán del Fondo Sectorial SEP-CONACyT.

A) FOMENTO AL POSGRADO INSTITUCIONAL

Se apoyarán los Programas Integrales de Fortalecimiento del Posgrado de las instituciones de educación superior, PIFOP, que tengan como objetivo fundamental mejorar la calidad de los programas de posgrado que imparten a nivel de especialidad, maestría y doctorado y que:

·         Sean formulados mediante un proceso participativo de planeación estratégica;

·         Identifiquen la situación actual (autoevaluación) de cada uno de los programas de posgrado considerando su pertinencia, el grado de habilitación y el nivel de desarrollo y consolidación de los cuerpos académicos que participan en los procesos educativos, sus resultados (tasas de retención, de graduación, seguimiento de egresados, etc.), el nivel de desarrollo de las líneas de investigación o de trabajo profesional que les dan sustento, la infraestructura académica de apoyo, etcétera;

·         Identifiquen los proyectos, las estrategias y las acciones necesarios a desarrollar para superar las deficiencias de los programas y lograr su acreditación a través de su registro en el Padrón Nacional de Posgrado en el periodo 2001-2006; y

·         Establezcan los programas educativos en un orden de prioridad que permitan enfocar los esfuerzos institucionales para alcanzar las metas de los PIFOP y sus mecanismos de seguimiento a fin de proyectar la consolidación de los programas de posgrado en el periodo 2001-2006.

Los PIFOP deberán considerar, entre otros, los aspectos siguientes:

·         La superación académica del profesorado y el desarrollo y la consolidación de los cuerpos académicos que imparten los programas educativos;

·         La actualización de los planes y programas de estudio y, en su caso, su flexibilización;

·         La mejora de los procesos e instrumentos para la evaluación de los aprendizajes alcanzados por los alumnos;

·         La atención individual y de grupo a estudiantes;

·         La mejora de las tasas de retención y de graduación en los tiempos previstos en los planes de estudios;

·         El establecimiento de mecanismos para el seguimiento sistemático de sus graduados;

·         El fortalecimiento de las líneas de investigación o, en su caso, de trabajo profesional que den soporte a los programas de posgrado;

·         La ampliación y la modernización de la infraestructura de apoyo al trabajo de los cuerpos académicos y de sus alumnos;

·         La cooperación nacional e internacional con instituciones de educación superior o centros de investigación que coadyuven al fortalecimiento de los programas;

·         La adecuación, en su caso, de la normativa institucional;

·         Los apoyos y las estrategias institucionales que permitan mejorar la calidad de los programas educativos.

Para coadyuvar con las IES en el proceso de autoevaluación de sus programas de posgrado, la SEP y el CONACyT han seleccionado un conjunto de indicadores cualitativos y cuantitativos para evaluar los programas en todas las áreas del conocimiento, tanto de orientación profesional en los niveles de especialidad y maestría, como aquellos orientados a la formación de investigadores en los niveles de maestría y doctorado. Los indicadores forman parte del Anexo de esta convocatoria y pueden consultarse en las páginas electrónicas del CONACyT: www.conacyt.mx y de la SEP: www.sep.gob.mx

Las políticas de apoyo SEP-CONACyT, en el marco del PFPN, buscan fomentar la mejora de la calidad de los programas que tengan potencial para lograr su incorporación al Padrón Nacional de Posgrado en un plazo no mayor al año 2006. Se dará prioridad en el otorgamiento de apoyos a las solicitudes institucionales que tengan como objetivo el fortalecimiento y la consolidación de los programas de posgrado que actualmente ostentan la categoría de condicionados con observaciones o con carácter emergente en el Padrón vigente del CONACyT.

Los programas de posgrado susceptibles de recibir apoyos en el marco de esta convocatoria para el Fortalecimiento del Posgrado Nacional deberán -como resultado de su aplicación efectiva- , caracterizarse en 2006 por contar con:

a.      Profesores-investigadores competentes y organizados en cuerpos académicos para realizar sus funciones de docencia, tutoría, generación o aplicación innovadora del conocimiento y gestión académica, así como para la obtención de recursos extraordinarios orientados a la realización de proyectos de investigación, de asesoría técnica o de servicios tecnológicos;

b.      Un plan y programa de estudios actualizado y pertinente;

c.      Procesos educativos eficientes y apoyos académicos que atiendan de manera diferenciada las necesidades de los estudiantes;

d.      Esquemas de evaluación confiables de los aprendizajes alcanzados por los alumnos durante su trayecto educativo y al final del proceso formativo;

e.      Información sistematizada acerca de sus egresados;

f.        Tasas altas de graduación de los estudiantes, de acuerdo con los tiempos previstos en los planes de estudio;

g.      Esquemas que garanticen la buena calidad de las tesis de grado y de la producción académica generada en colaboración por profesores y alumnos;

h.      Infraestructura propia para la impartición adecuada de los programas, así como para el desarrollo de los proyectos y, en su caso, de las líneas de investigación o de trabajo profesional que les dan soporte;

i.         Esquemas que favorezcan la cooperación, el intercambio académico y la conformación de redes de educación superior con la participación de las instituciones de educación superior nacionales y extranjeras; y

j.         Mecanismos que permitan evaluar periódicamente los logros y los impactos de los programas educativos.

Las instituciones que deseen participar en el PFPN, en el marco de esta convocatoria de Fomento al Posgrado Institucional, deberán suscribir en formato libre el PIFOP, el cual contendrá en orden de prioridad los programas de posgrado que la institución ha decidido fortalecer para lograr su incorporación al Padrón Nacional de Posgrado. El PIFOP, firmado por el titular de la institución, se entregará en original y tres copias en la Dirección Adjunta para el Fomento del Posgrado del CONACYT.

Las instituciones de educación superior deberán considerar la información siguiente:

·         La fecha límite para la entrega del PIFOP será el 31 de marzo de 2002.

·         La evaluación de los PIFOP y su solicitud de recursos extraordinarios estará a cargo de comités de pares conformados por reconocidos expertos, que podrán asesorarse por especialistas en diversos campos.

·         La institución solicitante deberá brindar las facilidades necesarias para que la evaluación in situ de los árbitros externos se lleve a cabo en forma expedita.

·         El proceso de evaluación concluirá en junio de 2002. El dictamen será notificado por escrito al titular de la institución solicitante y se acompañará del informe de evaluación del comité. De ser el caso, la réplica al dictamen deberá recibirse, igualmente por escrito, dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de envío.

·         Los programas interinstitucionales serán evaluados con una visión integral. En la solicitud deberá quedar perfectamente documentada la naturaleza y el nivel de contribución de cada institución participante.

·         Los programas de posgrado que hayan sido evaluados favorablemente para recibir apoyos extraordinarios (recursos complementarios para su operación, infraestructura, etc.) en el marco del Programa de Fomento al Posgrado podrán solicitar el otorgamiento de becas a estudiantes para garantizar su acceso y permanencia a tiempo completo en los programas educativos, y su egreso oportuno.

·         La SEP y el CONACyT evaluarán anualmente el proceso de fortalecimiento de los programas educativos apoyados y los avances alcanzados para lograr su incorporación en el Padrón Nacional de Posgrado, así como para decidir sobre la renovación de los apoyos.

·         La asignación de recursos extraordinarios a las instituciones para la realización de sus Programas Integrales de Fortalecimiento del Posgrado se sustentarán en los dictámenes de evaluación de los mismos y en la disponibilidad financiera del fondo sectorial SEP-CONACyT.

B) PADRÓN NACIONAL DE POSGRADO

Con el propósito de reconocer la buena calidad de los programas de posgrado en sus niveles de especialidad, maestría y doctorado en las diferentes áreas del conocimiento, la SEP y el CONACyT han acordado la creación del Padrón Nacional de Posgrado, según lo establecen el Programa Nacional de Educación 2001-2006 y el Programa Especial de Ciencia y Tecnología 2001-2006.

Los programas que soliciten su registro en el Padrón deberán haber alcanzado un desempeño extraordinario en la formación de profesionales, y/o de profesores y/o investigadores en los diversos campos del conocimiento.

CLASIFICACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE POSGRADO

Los programas que logren su registro en el Padrón Nacional de Posgrado se clasificarán de la manera siguiente:

a) Competente a nivel internacional. Programas que satisfacen plenamente, y superan, inclusive, todos los requisitos establecidos en los lineamientos e indicadores de tipo cualitativo y cuantitativo solicitados para su registro en el Padrón Nacional (véase Anexo páginas electrónicas del CONACyT www.conacyt.mx y de la SEP www.sep.gob.mx). Un requisito necesario, -no suficiente-, es que el programa cuente con profesores de reconocimiento internacional1.

b) Alto nivel. Programas que satisfacen los requisitos cualitativos y cuantitativos para ser incluidos en el Padrón Nacional, pero que no alcanzan aún un perfil de competitividad internacional. Un requisito necesario, -no suficiente-, es que el programa cuente con profesores de reconocimiento nacional2.


1 Por reconocimiento internacional debe entenderse un desempeño académico que haya trascendido mundialmente es decir, que el profesor tenga prestigio internacional comprobado. En las áreas de ciencias, tecnología y humanidades sería equivalente, a un investigador nivel II ó III del Sistema Nacional de Investigadores. En el caso de los programas con orientación profesional, este criterio implicaría que la mayoría de los profesores posea reconocimientos a su trayectoria profesional otorgada por organismos nacionales y extranjeros.

2 Por reconocimiento nacional debe entenderse un desempeño académico que pueda ser considerado satisfactorio en cualquier país avanzado, aunque el académico no tenga necesariamente reconocimiento internacional, ello implica ser evaluable con estándares mundiales. En las áreas de ciencias, tecnología y humanidades sería equivalente a un investigador nivel I del Sistema Nacional de Investigadores. En el caso de los programas con orientación profesional, el criterio implica la existencia de reconocimientos nacionales en el ámbito profesional. Teniendo en cuenta el futuro escenario de competitividad mundial de los servicios educativos, éste es el nivel mínimo que deberán tener todos los profesores de posgrado.

LINEAMIENTOS GENERALES

1.      La evaluación de los programas estará a cargo de comités de pares en las diferentes áreas del conocimiento, los cuales estarán conformados por reconocidos expertos nacionales y extranjeros.

  1. La calidad académica de los programas se evaluará a partir de un conjunto de criterios reconocidos en los ámbitos nacional e internacional:

a) INSUMOS. Cuerpos académicos que participan en el programa de posgrado: número de profesores, tiempo de dedicación, grado de habilitación, trayectoria académica y/o profesional, experiencia en la dirección de tesis de grado y reconocimientos académicos y/o profesionales. Infraestructura física: instalaciones, laboratorios, centros de información y talleres, entre otros.

b) PROCESOS. Plan y programa de estudios: requisitos de ingreso, permanencia, egreso y obtención del grado; tasas de retención y de graduación en los tiempos previstos en el programa; eficiencia terminal por cohorte generacional; mecanismos e instrumentos para evaluar los aprendizajes; esquemas de atención de alumnos, etc. Gestión institucional: vinculación, financiamiento institucional y, en su caso, externo. Operación del programa: actividades colegiadas, normativa institucional, participación de los alumnos en las actividades académicas, entre otros.

c) PRODUCTOS. Seguimiento de egresados: Nivel, tiempo y pertinencia de incorporación al mundo laboral de los graduados. Número de graduados por profesor por año. Producción académica y/o profesional promedio por año, generada con la participación de los alumnos, etcétera.

3.      El marco general de evaluación que servirá de guía al Comité de Evaluación puede consultarse en las páginas electrónicas del CONACyT y de la SEP. Algunos de los indicadores del marco general se derivan de un análisis estadístico con los datos de los programas aprobados del Padrón de Excelencia del CONACyT.

  1. Los programas interinstitucionales serán evaluados con una visión integral. En la solicitud deberá quedar perfectamente documentada la naturaleza y el nivel de contribución de cada institución participante.
  2. El Comité de Evaluación respectivo dictaminará con base en el expediente del programa, los informes de los árbitros externos y, en su caso, las observaciones hechas al programa en evaluaciones anteriores. El dictamen se notificará por escrito al titular de la institución solicitante y se acompañará del informe de evaluación del comité. De ser el caso, la réplica al dictamen deberá recibirse, igualmente por escrito, dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de envío.
  3. El registro en el Padrón Nacional de Posgrado de los programas que resulten dictaminados en las categorías de competente a nivel internacional o de alto nivel tendrá una vigencia de cinco años. Las instituciones involucradas deberán presentar un informe anual en el formato que para tal efecto se establezca con el fin de que el comité respectivo lleve a cabo su seguimiento.
  4. Los programas que logren su registro en el Padrón Nacional de Posgrado recibirán apoyos complementarios a los institucionales para coadyuvar al aseguramiento de su calidad (becas para estudiantes de tiempo completo, recursos complementarios para su operación e infraestructura, entre otros). La asignación de recursos extraordinarios se llevará a cabo considerando la disponibilidad financiera del fondo sectorial SEP-CONACyT.
  5. El Padrón Nacional de Posgrado estará disponible en las páginas electrónicas de la SEP y del CONACyT.
  6. Las instituciones interesadas deberán llenar por cada programa el formato del PFPN que se encuentra disponible tanto en disquete como en las páginas electrónicas del CONACyT y de la SEP. Este formato debidamente requisitado deberá entregarse junto con una impresión en original y tres copias en la Dirección Adjunta para el Fomento del Posgrado del CONACyT.
  7. La fecha límite para la entrega de solicitudes será el 30 de enero de 2002. No se recibirán solicitudes incompletas o extemporáneas.

C) IMPULSO AL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE POSGRADO A NIVEL DE ESPECIALIDAD PARA COADYUVAR AL DESARROLLO TECNOLÓGICO DEL SECTOR PRODUCTIVO

La cultura de la innovación y el desarrollo tecnológico de la empresa mexicana demanda con frecuencia la especialización de su personal, sin que éste requiera, necesariamente, estudios de maestría o de doctorado.

De acuerdo con los lineamientos de la SEP, se consideran especialidades aquellos programas de estudios posteriores al grado de licenciatura cuya duración sea de al menos 480 horas.

Con el propósito de ampliar y diversificar la oferta de programas de posgrado a nivel de especialidad en áreas tecnológicas en nuestro país, y en el marco del PFPN, la SEP y el CONACyT apoyarán con base en la disponibilidad financiera del fondo sectorial SEP-CONACyT, la creación de posgrados a nivel de especialidad que incidan en el desarrollo del sector productivo, con especial énfasis en el factor de calidad académica, así como a la integración de los currículos, de prácticas empresariales e industriales que favorezcan un mejor aprendizaje y el entrenamiento in situ.

Las instituciones que deseen participar en esta modalidad del PFPN deberán entregar su solicitud en formato libre firmada por el titular de la institución en original y tres copias en la Dirección Adjunta para el Fomento del Posgrado del CONACyT. Las fechas límite para entregar solicitudes serán el 30 de mayo y el 30 de septiembre de 2002.

Para optar por los apoyos económicos, la institución deberá:

a.      Presentar un plan de desarrollo del programa de especialidad, donde se indiquen con claridad las metas académicas a mediano y largo plazos, con indicadores específicos relacionados con el cuerpo académico, la infraestructura y, muy especialmente, su vinculación con el sector productivo.

b.      Contar con un profesorado que reúna el nivel de habilitación requerido para la impartición del programa y, muy especialmente, que cuente con amplia experiencia en la aplicación innovadora del conocimiento.

c.      Incorporar un estudio de mercado que incluya la detección de necesidades de formación de recursos humanos en el marco de los objetivos del programa de especialidad. Esto incluye las necesidades locales, estatales, regionales y nacionales.

d.      Considerar en los planes y programas de estudios prácticas o estancias en las industrias.

e.      Tener un plan de promoción de sus servicios que cubra el espectro regional, nacional e internacional, y

f.        Disponer de la infraestructura académica y la bibliografía necesarias para apoyar la impartición del programa educativo.

NOTAS ACLARATORIAS:

Los programas que resultaron aprobados y registrados en la Actualización 1996-1997 del Padrón de Programas de Posgrado de Excelencia del CONACyT, deberán presentar, en su caso, la solicitud institucional de registro en el marco de la presente Convocatoria, así como aquellos registrados en la Actualización 1998-1999 y que resultaron condicionados con observaciones o con carácter de emergente en dicho Padrón. Estos programas, al entregar su solicitud de registro, también deberán presentar su informe anual correspondiente al año académico 2001, incluyendo la información relativa a las acciones llevadas a cabo para atender las recomendaciones del comité de evaluación respectivo.

Los programas aprobados con registro vigente en el Padrón de Programas de Posgrado de Excelencia del CONACyT se incluirán automáticamente en el Padrón Nacional de Posgrado en la categoría de alto nivel, durante el tiempo estipulado en la convocatoria bajo la cual fueron dictaminados. En caso de que las instituciones consideren que alguno(s) de sus programas en el Padrón actual que ostentan la categoría de aprobados, reúnen las características para ser considerados en la categoría de competentes a nivel internacional, deberán solicitar la evaluación de los mismos.

Los programas condicionados con observaciones o con carácter de emergente con registro vigente en el Padrón de Programas de Posgrado de Excelencia del CONACyT conservarán su registro durante el tiempo estipulado en la convocatoria bajo la cual fueron dictaminados. Sin embargo, la SEP y el CONACyT sugieren a las instituciones que estos programas se incorporen en el PIFOP con la más alta prioridad con el propósito de recibir apoyos que les permita acelerar su proceso de consolidación y con ello lograr su eventual registro en el Padrón Nacional de Posgrado en el periodo 2001-2006.

Los programas no aprobados en la convocatoria 2000-2001 del Padrón de Programas de Excelencia del CONACyT podrán considerarse en la solicitud institucional en el marco de la presente convocatoria en alguna de sus dos vertientes.

Los programas de posgrado serán evaluados utilizando en forma integral los criterios establecidos en el Anexo a esta convocatoria.

Es necesario enfatizar la importancia del ejercicio de autoevaluación que las instituciones deberán hacer de sus programas de posgrado, especialmente para definir si un programa es apto para ser reconocido en el Padrón Nacional de Posgrado, o si lo considera necesario incluir en su PIFOP para ingresar al Programa de Fomento al Posgrado. Esto es debido a que si un programa no queda registrado en el Padrón, no podrá ser considerado en el Programa de Fomento, al menos dentro de la misma convocatoria.

 


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